picture_as_pdf 2017-10-05

TRIBUNAL COLEGIADO


El Sr. Juez del Tribunal Colegiado de Familia de la Tercera Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados: GARCÍA, JESÚS ROBERTO c/ROMERO, RAMONA s/Divorcio, Expte. Nro. 894/16, CUIJ. Nro. 21-10863551-4, ha dictado lo siguiente: “Rosario, 06 de Septiembre de 2017. Revóquese por contrario imperio el decreto de fecha 22/08/2017 y en su lugar se provee: Atento lo manifestado: A los fines notificatorios, cítese a la demandada, por edictos, que se publicarán en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales, tres veces, venciendo cinco días después de la última publicación, (Art. 73 del CPCCSF). Fdo.: Dra. María José Diana, Juez; Dra. María Gracia Paoletti, Secretaria. Rosario, 21 de marzo de 2016. Por presentado, con domicilio constituido, en el carácter invocado, con patrocinio letrado. Otórguesele la participación que por derecho le corresponde. Jueza de trámite: Dra. María José Diana. Por interpuesta petición de divorcio. De la misma, hágase saber. De lo manifestado en cuanto a los efectos del divorcio, córrase traslado por DIEZ (10) días, bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por cédula con transcripción del art. 438 CCyC. De no ser hallada la requerida en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o de los vecinos si la misma vive allí y únicamente en caso afirmativo procederá a practicar la notificación. (Expte. Nro. 894/16). Fdo.: Dra. María José Diana, Juez; Dr. Hernán Andrés Julián, Secretario. Art. 438 CCCN: Requisitos y procedimientos del divorcio debe ser acompañada de una propuesta que regule los efectos derivados de éste; la omisión de la propuesta impide dar trámite a la petición. Si el divorcio es peticionado por un sólo de los cónyuges, el otro puede ofrecer una propuesta reguladora distinta. Al momento de formular las propuestas, las partes deben acompañar los elementos en que se fundan; el juez puede ordenar, de oficio o a petición de las partes, que se incorporen otros que se estiman pertinentes. Las propuestas deben ser evaluadas por le juez, debiendo convocar a los cónyuges a una audiencia. En ningún caso el desacuerdo en el convenio suspende el dictado de la sentencia de divorcio. Si existe desacuerdo sobre los efectos del divorcio, o si el convenio regulador perjudica de modo manifiesto los intereses de los integrantes del grupo familiar, las cuestiones pendientes deben ser resueltas por el juez de conformidad con el procedimiento previsto en la ley local. Publíquense los edictos en el BOLETIN OFICIAL sin cargo, en virtud del patrocinio ejercido por el Sr. Defensor General. Rosario, 27 de Septiembre de 2017. Dr. Julián, Prosecretario.

S/C 336730 Oct. 5

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario, dentro de los caratulados: SBRIGATA, MARIA TERESA s/Sucesorio - 21-02885828-8, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña SBRIGATA, MARIA TERESA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 22/09/2017. Eliana G. Monteporzi, prosecretaria.

$ 45 336151 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 5 de Rosario, dentro de los caratulados: LOMBARDI, GERMAN RODOLFO s/Declaratoria de herederos; 21-02885405-3, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de don LOMBARDI, GERMAN RODOLFO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 21/09/2017. Eliana G. Monteporzi, prosecretaria.

$ 45 336148 Oct5. __________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6ta. Nominación de Rosario y en autos: FALCINI, MARCELA ANDREA s/Usucapión” Expte. Nro. 398/1991, se hace saber que se ha dictado la siguiente Resolución; “Nº 3055 Rosario, 18 de Septiembre de 2017. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Aclarar la Sentencia Nro. 2489 de fecha 19 de septiembre de 2017 en el sentido que e) inmueble que se declara adquirido por prescripción adquisitiva a favor de la Sra. Marcela Andrea Falcini es el descripto en los considerandos precedentes a los fines correspondientes. 2) Publicar nuevos edictos en el BOLETÍN OFICIAL haciendo saber la presente aclaratoria. Insértese y hágase saber”. Fdo.: Dr. Néstor Osvaldo García (Juez) - Dra. María Belén Baclini (Secretaria). Se hace saber en consecuencia que el inmueble objeto de la presente se trata de un lote de terreno situado con frente al Este sobre la calle Laporte de esta ciudad de Rosario, entre las de Massa y Galicia ubicado a los 14,72 metros de esta última hacia el Norte y que mide 8,66 m. de frente al Este igual medida en su contrafrente al Oeste , por 24,25 m. en sus costados Norte y Sur, encerrando una superficie total de 210,01 m2 y lindando por su frente al Este con la calle Laporte, al Norte con marcos Ventura al Sur con Luis Horacio Borsani y Virginia Esther Savoini y al Oeste con Antonio Yuliani. Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Dr. Bitetti, Prosecretario.

$ 52,50 336690 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Sra. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados: “CONSORCIO DE COPROPIETARIOS EDIFICIO BALCARCE 556/64/66 c/IBAÑEZ, ANGEL ARMANDO s/Juicio Ejecutivo”, Expte. Nº 21-02863522-9, se cita llama y emplaza a los herederos y/o sucesores y/o administrador provisorio de la herencia de ANGEL ARMANDO IBAÑEZ, D.N.I. Nº 13.255.093, para que comparezcan a estar a derecho, caso contrario se procederá a nombrar curador, que tendrá la doble función de curador ad-hoc de la herencia y en su caso defensor de los herederos rebeldes y con el cual se entenderá la demanda o el procedimiento (Art. 597 C.P.C.C. S.F.). Publíquense por el término de tres días para que dentro de los cinco días siguientes a la última publicación comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dr. Sergio Antonio González, Secretario. Rosario, 28 de Septiembre de 2017.

$ 33 336722 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Sra. Juez de Ira. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia M. Giles, se hace saber que en los autos caratulados: “MARCHETTI, ALICIA MARÍA c/AUGUSTO, EDUARDO OMAR s/Juicio Ejecutivo”, se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 19 de Septiembre de 2017. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Mandando llevar adelántela ejecución contra Eduardo Omar Augusto hasta tanto la actora Alicia María Marchetti, se haga íntegro cobro de la suma de $19.500.- (pesos diecinueve mil quinientos) con más los intereses establecidos en los considerandos de la presentes con costas (art.251 del C.P.C). A los honorarios oportunamente. Insértese y hágase saber.- Fdo. Dra. Delia M. Giles, Jueza. Dr. Sergio A. González, Secretario. Publíquense por el término de tres días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo. Dr. Serbio A. González. Rosario, 28 de Septiembre de 2017.

$ 33 336723 Oct. 5 Oct. 9

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En los autos caratulados: “MUTUAL COINAG c/MARINO CLAUDIA s/Ejecutivo”, Expte. Nro. 1472/2010, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario a cargo del Dr. Boasso, Secretaría de la Dra. Sedita, se ha decretado lo siguiente: Resolución Nº 1391 – Rosario, 5 de Septiembre de 2016. Y Vistos: Los presentes caratulados “Mutual Socios Coop. Coinag c/Marino Claudia Ermelinda y Otros s/Demanda Ejecutiva” Expte. N° 1472/10... Resuelvo: 1) Aprobarla en cuento por derecho hubiere lugar por la suma de $ 5.581,17.- que la misma arroja. 2) Regular los honorarios de de la Dra. María Silvina Sefusatti (CUIT 27-18580138-7) en un 1 jus-unidad de honorario profesional de abogados y procuradores, que equivalen a la suma de $ 1.384.- (Pesos mil trescientos ochenta y cuatro) (Art. 7. Inc. 2 b y 12 inc. 7ma. Ley 6767), e IVA si correspondiere. Hacer saber que los honorarios regulados devengarán un interés del 6% anual a computar a partir de a mora y hasta el día de su electivo pago. Insértese y hágase saber. Firmado: Dr. Boasso (Juez) - Dra. Sedita (Secretaria). Rosario, 24 de Noviembre de 2016.

$ 33 336757 Oct. 5 Oct. 9

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Por el presente se hace saber que en el Juzgado de 1a Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Silvia Cicuto, Juez; Secretaría de la Dra. Daniela Jaime, en autos: “REZZOAGLI, OSCAR ANTONIO c/REZOAGLI y REZOAGLI, ENRIQUE y Ots. s/Acción de reembolso”, Expte. Nro. 876/2013 CUIJ Nº 21-01164638-4, se ha dictado lo siguiente: “Rosario, 18 de Septiembre de 2017. Por iniciada la acción que expresa. Intímese al pago de los honorarios regulados por Auto N° 1997/17 por el término de tres días y bajo los apercibimientos previstos en el art. 260 del C.P.C.C. modif. por la Ley 10259. Notifíquese por cédula y por edictos.”. Firmado: Dra. Silvia Cicuto, Juez; y Dra. Daniela Jaime, Secretaria. Rosario, 27 de Setiembre de 2017. Dra. Jaime, Secretaria.

$ 33 336837 Oct. 5 Oct. 9

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En los autos caratulados: “MUTUAL DE SOCIOS DE LA COOP. COINAG c/PÉREZ ARIEL HERNÁN s/Ejecutivo”, Expte. N° 550/2012, que tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial 12da Nominación de Rosario; a cargo del Dr. Bellizia, Secretaría de la Dra. Filippini, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 19/10/2012. Por presentado, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito de la copia certificada del poder acompañado. Agréguese la Boleta Colegial acompañada. Désele la participación que por derecho le corresponde. Por iniciada la acción que expresa. Cítese y emplácese a estar a derecho a la parte demandada por el término y bajo los apercibimientos de ley. De no ser hallado el demandado en el domicilio denunciado, el notificador deberá requerir de quien lo atienda o vecinos le informen si el mismo vive o trabaja allí y solo en caso afirmativo procederá a efectuar la notificación, dejando debida constancia en la diligencia del resultado del informe obtenido. Imprímase a los presentes el trámite del juicio ejecutivo (artículo 442 y ss. del CPCC). Al pedido de inhibición general, previamente oficie a los Registros de la Propiedad a los fines de verificar la ausencia de bienes registrables susceptibles de embargo. Resérvese en Secretaria la documental acompañada. Notifíquese por cédula. Expte. N° 550/12. Firmado: Dr. Bellizia (Juez) - Dr. Lavaca (Secretario) Otro Decreto: Rosario, 21/12/2012. Téngase presente lo manifestado. Agréguese la cédula acompañada. Previamente ofíciese a la Secretaría Electoral Provincial y al Registro Nacional de las Personas a fin que informe el último domicilio de la parte demandada. Firmado: Dr. Bellizia (Juez) - Dra. Filippini (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 04 de Julio de 2016. Téngase presente’. Atento a lo solicitado, ofíciese al RENAPER a fin que informe el último domicilio del demandado como se pide. Autorizase al peticionante a intervenir en el diligenciamiento. Firmado: Dr. Bellizia (Juez) - Dra. Filippini (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 07 de Febrero de 2017. Agréguese escrito cargo N° 17153/16. A lo solicitado mediante cargo N° 325/14 se provee: a la declaración de rebeldía, oportunamente. Téngase presente el nuevo domicilio denunciado a la co-demandada Carolina Lucero, a los fines legales pertinentes. Notifíquese. Fdo.: Dr. Bellizia (Juez) - Dra. Filippini (Secretaria). Otro Decreto: Rosario, 07 de Julio de 2017. Publíquese edictos. Fdo.: Dra. Gotlieb (Juez en suplencia - Dra. Fillippini (Secretaria).

$ 52,50 336756 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Srta. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, Dra. Delia Giles y Secretaría del Autorizante, se hace saber que en autos caratulados: PEREZ, HECTOR CLAUDIO s/Solicitud propia quiebra; CUIJ Nro. 21-02877343-6 mediante resolución Nro. 2425 de fecha 31 de Agosto de 2017 se declara la quiebra de Héctor Claudio Pérez, DNI 26.070.327, C.U.I.L. 20-26070327-8, con domicilio en calle J. Juárez 1437 de Villa Gobernador Gálvez. Se fija el día 10 de noviembre de 2017, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar los pedidos de verificaciones de créditos ante el síndico (Art. 14 inc. 3) Ley 24.522). Se fija el día 27 de Diciembre de 2017, para que la sindicatura presente el informe individual (Art. 35 Ley 24.522). Se fija el día 14 de marzo de 2018, para que la sindicatura presente el informe general (Art. 39 Ley 24.522). Asimismo se hace saber que el síndico actuante en autos es la C.P.N. Daniel Teodoro Fiore, con domicilio en calle Rioja 1254 Piso 3 Oficina 301 de Rosario, fijando horario de atención todos los días hábiles judiciales en el horario de 10 a 12 hs. y de 15.30 a 19.30 hs., teléfono 0314-156-438066. Dr. González, Secretario.

S/C 336802 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Juárez, Secretario Dr. Santiago Male Franch, se hace saber que dentro de los autos caratulados: COLO, GUSTAVO ROBERTO ARIEL y Otros c/PAMPILLO, ALICIA ISABEL y Otros s/Prescripción Adquisitiva (Expte. N° 175/11), por sentencia N° 1148 de fecha 19/05/17 se ha ordenado lo siguiente Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: 1) Hacer lugar a la demanda de usucapión incoada y, en consecuencia, declarar la adquisición del dominio inmueble descripto en los considerandos, la que cabe considerar producida en fecha 01/01 /2006, a favor de los actores Gustavo Roberto Ariel Coló y Andrea Carina Lotuffo, a quienes -previo cumplimento de los recaudos de ley- se les otorgará el titulo supletorio respectivo. 2) Disponer la anotación de litis de la heredad en cuestión, a cuyo fin se librará oficio al Registro General de Propiedades de Rosario. 3) Imponer las costas del presente a la demandada vencida, sin perjuicio de la retribución de oficio, que deberá ser soportada por la actora, conforme lo expuesto en los considerandos de la presente. Insértese y hágase saber. Fdo. Dr. Lucia Juárez (Juez); Dra. Vanina Grande (Prosecretaria). Rosario, 28 de Setiembre de 2017. Dr. Pasotti, Prosecretario en suplencia.

$ 33 336702 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, en los autos HERRERA ELISA CARMEN c/GUASONI UBERTO s/Escrituración; Expte. Nº 74/2015 se hace saber: Rosario, 21 de Septiembre de 2017. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Para sorteo de defensor de oficio, desígnase la audiencia del día 02/11/2017 a las 8:30 hs. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Dra. María Sol Sedita (Secretaria). En consecuencia se hace saber que habiendo sido declarado rebelde Guasoni Uberto en fecha 02/11/2017 a las 8:30hs. se procederá al sorteo de defensor de oficio. Rosario, 27/09/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 33 336711 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial 1ra. Nominación de Rosario Dra. María Andrea Mondelli, en los autos caratulados: BANCO SANTANDER RIO S.A. c/INTEX S.R.L. s/Demanda Ejecutiva, Expte. Nº 54/11, se hace saber al Sr. Sanfilippo, Eduardo Raúl que se ha dictado la siguiente sentencia Nº 2543: Rosario, 08 de septiembre de 2017. Y Vistos Y Considerando... Resuelvo: Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga integro cobro de la suma reclamada, con mas un interés equivalente a la tasa activa sumada del Banco Nación para sus operaciones de descuento de documentos a treinta días, desde la fecha de la mora y hasta el efectivo pago. Imponiendo las costas al vencido (art. 251 CPC). Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Fdo: Dra. María Andrea Mondelli. (Juez), Dra. Elvira Sauan. (Secretaria).

$ 52,50 336710 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/LLIBRE, MARIO ERNESTO s/Ejecutivo; Expte. N° 550/2013 se ha ordenado: Rosario, 02 de Marzo de 2017. Asimismo y surgiendo de las constancias de autos que el domicilio del demandado resulta desconocido, cítese y emplácese al mismo por edictos (arg. Art. 73 CPCC). Oportunamente dése cumplimiento a lo normado por el Art. 78 CPCC. Fdo. Dr. Marcelo C.M. Quaglia (Juez), Dr. Lucas Menossi (Secretario). En consecuencia, se hace saber que se ha ordenado citar por edictos al demandado Llibre, Mario Ernesto, DNI: 17.524.642, para que comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Rosario, 27/09/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14° Nominación de la ciudad de Rosario, dentro de los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/Lambri, Fernando s/Ejecutivo, CUIJ Nº 21-01562163-7, se ha ordenado: Nº 460. Rosario, 27 de Marzo de 2017. Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Ordenando seguir adelante la ejecución hasta tanto la actora se haga integro cobro del capital reclamado, con más los intereses establecidos en los considerandos y el IVA correspondiente, desde la fecha de la mora y hasta el día de su efectivo pago. II) Imponiendo las costas al vencido (Art. 251 C.P.C.C.). III) Difiriendo la regulación de honorarios hasta tanto se practique la liquidación respectiva. Fdo. Dr. Marcelo C. M. Quaglia (Juez), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Rosario, 27/09/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 33 336714 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo de la Dra. Maria Silvia Beduino dentro de los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/ESCARLON, DIEGO FEDERICO s/Ejecutivo; (Expte. N° 710/08) se hace saber que se ha resuelto: Resolución N° 1513. Rosario, 12 de Junio de 2017. Vistos Y Considerando: Los autos caratulados, puestos a despacho a fin de aprobar la planilla practicada en autos y trabar embargo. Informando verbalmente la Actuaría que la planilla asciende a la suma de $ 23.745,01 no ha sido observada durante el término por el cual se puso de manifiesto en la oficina; Resuelvo: 1- Aprobarla en cuanto por derecho hubiere lugar. 2- trabar embargo sobre los haberes que percibe el demandado de la empleadora denunciada en la siguiente proporción: el 10% del importe que exceda del salario mínimo vital y móvil, y el 20% del importe que exceda del doble del mínimo vital y móvil hasta cubrir la suma de $ 12.349,90. Los fondos deberán depositarse en el Banco Municipal -Sucursal Caja de Abogados, librándose los despachos correspondientes. Fdo. Dr. Edgardo M. Bonomelli (Juez), Dra. Cecilia Camaño (Secretaria). Rosario, 27/09/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 33 336715 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 13° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Verónica Gotlieb, dentro de los autos: NUEVO BANCO DE SANTA FE S.A. c/AGROPECUARIA LOS SAUCES SRL s/Ejecutivo: Expte. N° 987/2014 se ha ordenado: Rosario, 16 de Junio de 2017. Notifique el primer decreto de trámite mediante la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Fdo. Dra. Verónica Gotlieb (Jueza), Dr. Lucas Menossi (Secretario). Otro: Rosario, 14 de Octubre de 2014. Por presentados, domiciliados, en carácter invocado y a mérito al poder general acompañado que deberán certificar, otórgaseles la participación que por derecho corresponda. Por iniciada la acción que expresa, cítese y emplácese a la parte demandada a comparecer a estar a derecho, por el término y bajo apercibimientos de ley...Fdo. Dr. Marcelo Quaglia (Juez en Suplencia), Dra. Jéssica Cinalli (Secretaria). Rosario, 27/09/2017. Dra. Sedita, Secretaria.

$ 33 336716 Oct. 5 Oct. 9

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La Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario en los autos caratulados: OVANDO GLADIS NOEMI c/GENOVESI, EDUARDO s/Prescripción Adquisitiva, Expte. CUIJ Nº 21-02877699-0. Como medida de mejor proveer. Atento lo dispuesto por el art. 597 del C.P.C.C. emplácese por edictos que se publicarán por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, a los herederos de María Cristina Smolarz. Rosario, 14/09/2017. Fdo. Dra. Susana Gueiler Juez; Dra. Myrian Huljich (Secretaria). Rosario, 27/09/2017. Dr. Pierini, Prosecretario.

$ 33 336743 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/KARCHER OSCAR MAGDALENO s/Apremio E. Nro. 327/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá. (23) Expte. Nro. 327/16. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Nro. 049. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/KARCHER OSCAR MAGDALENO s/Apremio, Expte. Nro. 327/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos.3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos siete mil cuatrocientos ochenta y dos con cincuenta y seis centavos ($ 7.482,56) en concepto de capital con mas la suma de tres mil setecientos cuarenta y uno con veintiocho centavos ($ 3.741,28) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Karcher Oscar Magdaleno y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio BRB821. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336784 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio; Expte. 80/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 23 de Febrero de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E.80/15. Firmado: Dra. Dora Corrente - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Nro. 1120. Arroyo Seco, 27 de Julio de 2015. Autos y Vistos: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (Art.7 ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 6.437,15, más la suma de $ 3.218,57 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y/u Otros s/Apremio; Expte. 80/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. Por denunciado nuevo domicilio del demandado, practíquese en el las notificaciones que correspondan.-(499). Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 1511. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y Vista: La impugnación deducida por la actora contra el auto nro. 1120 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el art. 5 de la ley nro 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y Considerando: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicación de plazos en la presente causa. Insértese, hágase saber y agréguese. Autos: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio”, Expte. 80/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Davini Juan Carlos y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nro. 0004558-01, Lote 029, Manzana D, Ruta 36. Secretaría, 25 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336787 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio; Expte. Nº 143/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 4 de Marzo de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E.143/15. Firmado: Dra. Dora Corrente - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Nº 1129. Arroyo Seco, 27 de Julio de 2015. Autos y vistos: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte .demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (art.7 Ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 6.585,31 más la suma de $ 3.292,65 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el BOLETÍN OFICIAL por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y/u Otros s/Apremio; Expte. 143/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. Por denunciado nuevo domicilio del demandado, practíquese en el las notificaciones que correspondan. (499). Firmado: Mariana Cattani-Secretaria. Dra. Mariana Alvarado-Juez. Nº 1522. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y VISTA: La impugnación deducida por la actora contra el auto Nº 1129 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el art. 5 de la ley nro 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y Considerando: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicación de plazos en la presente causa. Insértese, hágase saber y agréguese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio; Expte. 143/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Davini Juan Carlos y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nro. 0004558-04, Lote 002, Manzana E, Ruta 36. Secretaría, 25 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 336786 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Decimoquinta Nominación de la ciudad de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS Y OTROS s/Apremio; Expte. 142/15. Se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 4 de Marzo de 2015. Por presentado, con domicilio constituido y en el carácter invocado a mérito del poder general acompañado que en copia se agrega. Previo a Todo tramite acompañe boleta de actuación judicial dentro del término de 48 horas bajo apercibimiento de ley (23). E.142/15. Firmado: Dra. Dora Corrente - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Nro. 1130. Arroyo Seco, 27 de Julio de 2015. Autos y vistos: Por acompañada la boleta colegial, téngase presente. Por iniciada demanda de apremio. Agréguense las constancias de deuda acompañadas. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término improrrogable de ocho días no opone excepción legítima a la prosecución de la acción, se llevará adelante la ejecución (art. 7 Ley 5066). Trábese embargo sobre el inmueble descripto en autos por la suma de $ 6.585,31 más la suma de $ 3.292,65 estimada provisoriamente para intereses y costas. Al punto d) publíquense en el Boletín oficial por el termino y bajo apercibimientos de ley, a la duplicidad de termino no ha lugar. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifíquese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y/u Otros s/Apremio; Expte. 142/15. Firmado: Dra. Viviana Bravo - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. Arroyo Seco, 21/9/2015. Hágase saber la Juez que va a entender. Notifíquese. Téngase presente el consentimiento expresado. Por denunciado nuevo domicilio del demandado, practíquese en el las notificaciones que correspondan. (499). Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 1486. Arroyo Seco, 25/09/2015. Y Vista: La impugnación deducida por la actora contra el Auto nro. 1130 del 27/07/2015, por el cual solicita se revoque parcialmente el decisorio en cuanto no hace lugar a la duplicidad de términos solicitada por aquella en la demanda, invocando el art. 5 de la Ley Nº 7234 (con su correspondiente modificación por la ley Nº 9040). Y Considerando: Que la mencionada norma ley resulta de aplicación al caso, Resuelvo: Hacer lugar a la revocatoria y, en consecuencia disponer la duplicación de plazos en la presente causa, insértese, hágase saber y agréguese. Autos: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DAVINI JUAN CARLOS y Otros s/Apremio; Expte. 142/15. Firmado: Dra. Mariana Alvarado - Juez; Dra. Mariana Catanni - Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Davini Juan Carlos y/o a sus sucesores y/o a los terceros y/o a los ocupantes y/o a quien o quienes resulten ser los propietarios y/o contribuyentes o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida Nro. 0004558-05, Lote 003, Manzana E, Ruta 36. Secretaría, 25 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336785 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGROCOMERCIAL VAGNONI S.R.L. s/Apremio, E. Nro. 310/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 01/08/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá. (23) Expte. Nro. 310/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 016. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGROCOMERCIAL VAGNONI S.R.L. s/Apremio, Expte. Nro. 310/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc, 38). 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley S066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos doce mil novecientos ochenta y dos C/46/100 ($ 12.982,46) en concepto de capital con mas la suma de pesos seis mil cuatrocientos noventa y uno ($ 6.491) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo.: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a AGROCOMERCIAL VAGNONI S.R.L. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio GDZ717. Secretaría, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336782 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGROCOMERCIAL VAGNONI S.R.L s/Apremio; E. NRO. 324/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la ley 10244 y se proveerá. (23) Expte. Nro. 324/16. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Nro. 047. Arroyo seco, 1 de febrero de 2017. VISTA-la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGROCOMERCIAL VAGNONI S.R.L. s/Apremio, Expte. Nro. 324/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos.3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. S Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos trece mil novecientos veintiuno con once centavos ($ 13.921,11) en concepto de capital con mas la suma de seis mil novecientos sesenta con cincuenta y seis centavos ($ 960,56) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Agrocomercial Vagnoni S.R.L. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio HBZ818. Secretaría, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336781 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MIGUEL JUAN ABRAM s/Apremio; E. Nº 309/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 01/08/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá - (23) Expte. Nro. 309/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 017. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MIGUEL JUAN ABRAM s/Apremio, Expte. Nro. 309/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc, 38). 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos veintidós mil cuatrocientos diecisiete c/17/100 ($ 22.417,17) en concepto de capital con mas la suma de pesos once mil doscientos ocho ($ 11.208) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor - intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Miguel Juan Abram y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio DBY447. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 336779 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGUIRRE GERARDO s/Apremio; E. Nº 307/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 01/08/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá - (23) Expte. Nro. 307/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 018. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/AGUIRRE GERARDO s/Apremio, Expte. Nro. 307/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc,38). 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos veintidós mil seiscientos treinta y tres c/25/100 ($ 22.633,25) en concepto de capital con mas la suma de pesos once mil trescientos dieciséis ($ 11.316) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor - intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Aguirre Gerardo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio AMJ595. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 336777 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PORRINI MARÍA NOEL y Otros s/Apremio; E. Nº 319/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá - (23) Expte. Nro. 319/16. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Nro. 037. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PORRINI MARÍA NOEL s/Apremio, Expte. Nro. 319/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos siete mil quinientos noventa y cinco con cincuenta y un centavos ($ 7.595,51) en concepto de capital con mas la suma de tres mil setecientos noventa y siete con setenta y seis centavos ($ 3.797,76) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la repuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Porrini María Noel y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio FMT118. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 336776 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BIANCO HÉCTOR DANIEL s/Apremio E. Nº 323/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10244 y se proveerá - (23) Expte. Nro. 323/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro. 035. Arroyo Seco, 1 de Febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BIANCO HÉCTOR DANIEL s/Apremio, Expte. Nro. 323/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos once mil doscientos setenta y cuatro con siete centavos ($ 11.274,07) en concepto de capital con mas la suma de cinco mil seiscientos treinta y siete con cuatro centavos ($ 5.637,04) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Bianco Héctor, y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio HDA427. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336775 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSPORTE EL INDIO S.R.L. s/Apremio; E. Nº 589/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 28/12/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la ley 10.244 y se proveerá (23). Expte. Nro. 589/16. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Nro. 1093. Arroyo seco, 5 de Junio de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/TRANSPORTE EL INDIO S.R.L. s/Apremio, E. 589/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y en, consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (CPC38); 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 19.754,42 en concepto de capital con mas la suma de $ 9.877 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del automotor- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a Transporte El Indio S.R.L. y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio EKP025. Secretaria, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, secretaria.

S/C 336773 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DATTULI DAMIÁN ALBERTO s/Apremio, E. Nº 588/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 28/12/2016. Cumpliméntese con el Art. 5 de la Ley 10.244 y se proveerá (23). Expte. Nro. 588/16. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. Nro. 1095. Arroyo seco, 5 de Junio de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DATTULI DAMIÁN ALBERTO s/Apremio, E. 588/16. Resuelvo: 1.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 2.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos.3. Aceptar el domicilio ad- litem constituido (CPC38); 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos $ 25.642,23 en concepto de capital con mas la suma de $ 12.821 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica Art. 7 y 11 L5066 y Arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del automotor- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (Art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la (demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado -Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del Art. 7 de la Ley 5066 y modificatorias a Dattuli Damián Alberto y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio FVG952. Secretaría, 22 de Setiembre de 2017. Mariana S. Cattani, Secretaria.

S/C 336770 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6a. Nominación de Rosario, Dr. Néstor Osvaldo García, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don ELSO BACCARO (DNI 6.001.090), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 28 de Septiembre de 2017. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 336689 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 6a. Nominación de Rosario, Dr. Néstor Osvaldo García, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña MARIA PILAR LAPUERTA y/o PILAR LAPUERTA y/o MARIA PILAR LAPORTA (DNI 3.192.297), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaria, 28 de Septiembre de 2017. Fernando Adrián Bitetti, prosecretario.

$ 45 336687 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados SIVORI, JORGE ALBERTO ALEJANDRO s/Sucesorio; Expte. Nº 21-02884714-6 (665/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Jorge Alberto Alejandro Sivori, D.N.I. Nº 5.991.284, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 336727 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados PUENTES, NATIVIDAD ERNESTINA s/Sucesorio; Expte. Nº 21-02886183-1 (759/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Natividad Ernestina Puentes, D.N.I. Nº 3.277.119 y Gabriel Jorge Ravarotto, DNI Nº 14.055.242, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 336726 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados PASCUAL, ANA MARIA ELISA s/Sucesión Testamentaria; Expte. Nº 21-02885064-3 (696/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Ana María Elisa Pascual D.N.I. Nº 3.677.172, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 336725 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición de la Sra. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 11° Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Delia Matilde Giles, se hace saber que en los autos caratulados ESCOBAR, CLETO ALFONSO Y Otros s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 21-02886065-7 (755/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios y/o acreedores de Cleto Alfonso Escobar D.N.I. Nº 5.893.886; Carolina Margarita Espíndola D.N.I. Nº 6.618.266 y Sebastián Andrés Escobar, DNI Nº 23.402.749, por el término de cinco veces en diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Sergio Antonio González, secretario.

$ 45 336724 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de LANCIOTTI, MIGUEL ANGEL, DNI Nº 12.609.749, para que en el término de 30 días, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.); (Expte. CUIJ 21-02885985-3). Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 45 336680 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 12a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de RODRIGUEZ, TERESA MARIA DEL CARMEN DNI Nº 2.349.588, para que en el término de 30 días, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.); (Expte. CUIJ 21-02882816-8). Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.

$ 45 336679 Oct. 5

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de don/doña: Roberto López (DNI 5.984.519), para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. LOPEZ, ROBERTO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02883066-9). Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.

$ 45 336709 Oct. 5 Oct. 19

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de don/doña: Genaro José Amato (DNI 6.028.418), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. AMARO, GENARO JOSE s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-02883181-9). Rosario, 28 de Septiembre de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.

$ 45 336708 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de ANDINO DIEGO ANTENOR, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, 19/09/2017. Jonatan Pierini, Prosecretario.

$ 45 336744 Oct. 5 Oct. 19

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Juárez, Secretaría Dr. Santiago Malé Franch, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de don/doña: Colman, José Narciso (DNI 11.672.339), para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. COLMAN, JOSE NARCISO s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02885154-2). Rosario, 28 de Setiembre de 2017. Santiago M. Malé Franch, secretario.

$ 45 336704 Oct. 5

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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, Secretaría Dra. Viviana Guida, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de don/doña: María Inés Hurovich (DNI 7.308.508), para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. HUROVICH, MARIA INES s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02886225-0). Rosario, 19 de Setiembre de 2017. Viviana M. Guida, Secretaria subrogante. Dra. Guida, Secretaria Subrogante.

$ 45 336705 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes doña Di Mauro, María (DNI 17.276.084) y don Moro, Cesar (L.E. 3.738.386), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: MORO, CESAR y Otros s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02881021-8). Rosario, 29/09/2017. Ma. Florencia Di Rienzo, prosecretario.

$ 45 336693 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Atencio, Felipe (LE 6.033.567), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: ATENCIO, FELIPE s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02877553-6). Rosario, 28/09/2017. Ma. Florencia Di Rienzo, prosecretario.

$ 45 336695 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Navarro, Rubén Aurelio (DNI 17.280.987), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: NAVARRO, RUBÉN AURELIO s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-02864311-7). Rosario, 28/09/2017. Ma. Florencia Di Rienzo, prosecretario.

$ 45 336696 Oct. 5

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 2° Nominación de la ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Romero, Judith Agueda y/o Romero, Judith Agueda (DNI 35.016.492) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: ROMENO, JUDITH AGUEDA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02872920-8). Rosario, 27/09/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 336698 Oct. 5

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dra. Silvia Ana Cicuto, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Leiva, Elva Rosa (LE 2.373.800), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos: LEIVA, ELSA ROSA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 581/2017). Rosario, 28/09/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 336699 Oct. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Zicre, Mirta Lilia (DNI 3.892.640) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CCy C). (Autos ZICRE, MIRTA LILIA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02885410-9). Rosario, María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 336701 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita se cite, llame y emplace a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes don José Dionisio Imán (L.E 6.007.233) y doña Julia Beatriz Nieczaj (DNI 4.920.674), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 C.CyC) (Autos: IMAN, JOSE DIONISIO Y OTROS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ N° 21-02880817-5). Rosario, 20 de Septiembre de 2017. Dr. Pedro A. Boasso, Juez; Dra. Ma. Sol Sedita, Secretaria.

$ 45 336703 Oct. 5

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes doña Crisafulli, Caterina Tindara y/o Crisafulli Tindara Catalina (DNI 93.675.782) y don González, Héctor (DNI 5.980.248), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: GONZALEZ, HECTOR y Otros s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02885309-9). Rosario, 28/09/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 336707 Oct. 5

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FIRMAT

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber que en autos: TESTASECA RENEE c/DI FONZO NICOLÁS s/Usucapión (Expte. Nro. 533/2016), en tramite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, secretaria a cargo de la Dra. Laura Barco, se ha dictado sentencia la cual declara adquirido el dominio, por prescripción veinteñal, por Renee Omar Testaseca, DNI 14.541.149, sobre el inmueble identificado como Lote “A”, de la Manzana 113, según el Plano de Mensura para Información Posesoria Nro. 202.735/17. G.L, Dominio Inscripto al Tº 186, Fº 17, Nro. 109.815, Departamento Gral. López, Impuesto inmobiliario 17-06-00-367398/0002-0. Firmat, 27 de Septiembre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.

$ 99 336817 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito en lo Civil Comercial y Laboral N° 16 de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Cristina Pozzi en autos caratulados: PARDO SA c/PÉREZ ALBERTO ABEL s/Juicio ejecutivo; (Expte. N° 93/2017), se ha ordenado la publicación de la sentencia de fecha 11/09/2017 que dispone lo siguiente: N 1861 Firmat, 11 de Septiembre de 2017. Y vistos... Y considerando... Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución hasta tanto al actor se le haga integro pago del capital reclamado de pesos veinticuatro mil setecientos trece ($ 24.713) con más los intereses legales desde la mora hasta su efectivo pago, para cuyo calculo se aplicará la tasa activa promedio mensual sumada que aplica el Banco de la Nación Argentina, según índices suministrados por Caja Forense. Costas de la ejecución a cargo de la demandada. Difiriendo la regulación de honorarios, al momento de practicarse la planilla respectiva de la liquidación de capital, intereses y gastos causídicos. Insértese, hágase saber y agréguese copia en autos. (Expte. N° 93/2017). Publíquese en el BOLETÍN OFICIAL y tablero del Tribunal. Firmat, 25 de Setiembre de 2017. Fdo. Dra. Laura M. Barco, Secretaria.

$ 33 336778 Oct. 5 Oct. 9

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Se hace saber que en autos MINGORANCE CAGRANDI FRANCO c/ZABALO NICASIO s/Usucapión; (Expte. Nro. 483/2016), en tramite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura Barco, se ha dictado sentencia la cual declara adquirido el dominio, por prescripción veinteñal, por Mingorance Cagrandi Franco, DNI 30.731.724, sobre el inmueble identificado como Lote “4”, de la manzana 0103, según el Plano de Mensura para Información Posesoria Duplicado Nro. 1296/16. G.L, Dominio Inscripto al T. 38, F. 8 vlta., Nro. 225, Departamento Gral. López, Impuesto inmobiliario 17-09-00-370669/0001-7. Firmat, 27 de Septiembre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.

$ 99 336821 Oct. 5 Oct. 9

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CASILDA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la señora Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral, 2da. Nominación de Casilda, se hace saber que en los autos caratulados: PALMIERI LUIS s/Declaratoria de herederos - Sucesión; Expte. Nº 353/2017, se ha ordenado la publicación del presente por un día para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante Palmieri Luis Abraham y/o Abrahan, (Art. 2340 C.C.C.) a hacer valer sus derechos. Casilda, 12 de Setiembre de 2017. Dra. Sandra S. González, secretaria subrogante.

$ 45 336712 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Porte Nolberto Juan y Nocera Juana, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: PORTE NOLBERTO JUAN y NOCERA JUANA s/Sucesión; Expte. Nº 189/16). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336732 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Poloni Adelina, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: POLONI ADELINA s/Sucesión; Expte. Nº 291/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336733 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Lillini Rogelio Antonio, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: LILLINI ROGELIO ANTONIO s/Sucesión; Expte. Nº 112/16). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336731 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Barón Olga María, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: BARON OLGA MARIA s/Sucesión; Expte. Nº 557/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336729 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Serafini Regina Yolanda, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: SERAFINI REGINA YOLANDA s/Sucesión; Expte. Nº 490/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336728 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Girardi Ricardo Emilio Pedro, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: GIRARDI RICARDO EMILIO PEDRO s/Sucesión; Expte. Nº 551/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336738 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Corradini Angela Dominga, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: CORRADINI ANGELA DOMINGA s/Sucesión; Expte. Nº 511/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336737 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Mansilla Néstor Roberto, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: MANSILLA NESTOR ROBERTO s/Sucesión; Expte. Nº 593/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336736 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Ferraris Olga María, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: FERRARIS OLGA MARIA s/Sucesión; Expte. Nº 261/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336735 Oct. 5

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Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil Comercial y Laboral Nº 1 de la 1ra. Nominación de la ciudad de Casilda, Dra. Clelia Carina Gómez, Secretaria del autorizante Agustín Mario Crosio, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres. Storlini Humberto Primo, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro por el término de 30 días bajo apercibimientos de ley. Publíquese por el término de 1 día. (Autos: STORLINI HUMBERTO PRIMO s/Sucesión; Expte. Nº 77/17). Casilda, 29 de Septiembre de 2017. Fdo. Agustín Mario Crosio, Secretario.

$ 45 336734 Oct. 5

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaria), en los autos caratulados: “BERGONZI, GRACIELA J. s/Pequeño concurso preventivo” N° 162/17, se ha ordenado lo siguiente “T°72 F°430 Nº 1623. San Lorenzo, 22-09-2017. Vistos y considerando: Los presentes caratulados: BERGONZI, GRACIELA J. s/Pequeño concurso preventivo”, Expte. Nº 162/17, venidos a despacho a los fines de fijar nuevas fechas para el período de exclusividad que goza la concursada, conforme lo dispone el art. 14 inc. 3 de la LCQ teniendo en cuenta lo manifestado por la Sindicatura y las constancias de autos. RESUELVO: Fijar la fecha del 31-10-2017 hasta la cual los acreedores deben presentar los pedidos de verificación a la Sindica en calle Gurel N° 865 de San Lorenzo los días hábiles de 9:00 a 18:00 horas; 2) Fijar la fecha del 18-12-2017 para que la Sindica presente el Informe Individual; 3) Fijar la fecha del 06-03-2018 para que la Sindica presente el Informe General; 4) Fijar la audiencia del 23-08-2018 a las 10:30 horas con los efectos del inc. 10 del art. 14 de la L.C.; 5) Fijar la fecha del 30-08-2018 como vencimiento del período de exclusividad. Por el término de ley, publíquense los edictos que prescribe al art. 27 L.C. en el BOLETÍN OFICIAL, Diario Juris, y exhíbanse los mismos en los Estrados del Tribunal, bajo apercibimientos de tenerlo por desistido (conf. Arts. 27, 28 y 30 LCQ). Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Lantermo(Secretaria). Fdo. Dra. López de Pereyra (Juez)“.Habiendo aceptado el cargo la Sindica CPN Plenza María Laura con domicilio en calle Gurel N° 865 de San Lorenzo. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 26 de Septiembre de 2.017. Secretaría de le Dra. María Amalia Lantermo.

$ 33 336748 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Judicial Número Doce, en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación, dentro de los autos caratulados: “MARTINI, SÉPTIMO R. c/NUÑEZ, FRUCTUOSO s/Prescripción Adquisitiva - Expte. N° 1272/00”, se ha dispuesto: Cítese y emplácese a Fructuoso Núñez, a estar a derecho por el término de 10 días por edictos que se publicaran tres veces conf. Art. 73 del CPCC, bajo apercibimiento de ley, conforme lo normado art. 597 del CPCC (Expte. N° 1272/00). Firmado: Dra. Gladys Silvia López de Pereyra (Juez), Dra. Luz Gamst (Secretaria). San Lorenzo, 18 de Septiembre de 2017.

$ 33 336682 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial N° 2 de San Lorenzo, se hace saber que en los autos caratulados: “LEONARDI LEONEL S. y Otros s/Declaratoria de herederos - Expte. N° 638/2017”, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de don Leonardi, Sergio Alberto, D.N.I. 17.067.313, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de ley, bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en los Estrados del Tribunal. San Lorenzo 27 de Septiembre de 2017. Dr. Devadder, Prosecretario.

$ 45 336685 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de los causantes don Eduardo Antonio Díaz y doña Teresa Inés Villata y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados “DÍAZ, EDUARDO ANTONIO y Otra s/Declaratoria de herederos; Expte. Nº 324/17”. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 28 de Septiembre de 2017. Dra. Luz María Gamst, Secretaria.

$ 45 336673 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante Don José Agustín Ladino y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados: LADINO, JOSÉ AGUSTÍN s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 483/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 25 de Septiembre de 2.017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Dr. Devadder, Prosecretario.

$ 45 336674 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: PASTORINO, ANDRES RAUL s/Decl. Herederos, Expte. N° 485/17, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Andrés Raúl Pastorino, titular del D.N.I. N° 29.135.851, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en hall de Tribunales. San Lorenzo, 18 de Septiembre de 2.017. Fdo.: Dra.: María Amalia Lantermo – Secretaria Subr.

$ 45 336675 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, en autos: “PAZ DORIS EDA s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 236/17, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de doña Paz Doris Eda, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos legales, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y se exhibe en el hall del Palacio de Justicia, San Lorenzo, 22 de Septiembre de 2017. Dra. Gladys Silvia López (Juez), Secretaria subrogante de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 336676 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante doña Catalina Irenea Duarte y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados “DUARTE, CATALINA IRENEA s/Declaratoria de herederos, Expte. Nº 227/17”. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 22 de Septiembre de 2.017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 336677 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios de la causante doña Ana Pascuala Capozucca y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados “CAPOZUCCA, ANA PASCUALA s/Declaratoria de herederos y/o sucesión, Expte. Nº 513/17”. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 22 de Septiembre de 2017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.

$ 45 336678 Oct. 5 Oct. 19

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Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. Bertune (Juez) y Dra. María Amalia Lantermo (Secretaría), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores, legatarios del causante don Pedro Santiago Operti y a todo el que tenga algún interés legítimo, para que comparezca a estar a derecho por el término y bajo apercibimiento de ley. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina, dentro de los autos caratulados OPERTI, PEDRO S. s/Sucesión; Expte. Nº 449/17. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal por el término de ley. San Lorenzo, 25 de Setiembre de 2017. Secretaría de la Dra. María Amalia Lantermo. Dr. Devadder, Prosecretario.

$ 45 336683 Oct. 5 Oct. 19

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RUFINO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaria de la Dra. Luciana Parenti, en los autos caratulados DUBRA ROBERTO c/DE MIRÓ JOSE s/Prescripción Adquisitiva; (Expte. 835/2016) ha ordenado lo siguiente. Rufino, 02 de Junio de 2017. Cítese al demandado para que comparezca a estar a derecho dentro del término y bajo apercibimientos de ley; por edictos que se publicarán tres veces en el BOLETIN OFICIAL (Art. 73 C.P.C.C.) bajo apercibimientos de rebeldía. Fdo: Dr. Luis Cignoli, Juez. Dra. Luciana Parenti, Secretaria. Secretaría. Rufino, 17 de Agosto de 2017.

$ 45 336691 Oct. 5 Oct. 11

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El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Rufino, a cargo del Dr. Luis Alberto Cignoli, Secretaría de la Dra. Luciana Parenti, cita y emplaza a herederos, sucesores y legatarios de doña Hilda Catalina Castro, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Autos CASTRO, HILDA CATALINA s/Sucesorio; (Expte. 969/2017). Secretaría. Rufino, 14 de Setiembre de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.

$ 45 336692 Oct. 5 Oct. 11

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MELINCUÉ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral del Distrito Nº 8 de Melincué, el Secretario que suscribe cita a los herederos, legatarios y acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes del causante don Severino Villa, por un días, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Autos VILLA, SEVERINO s/Sucesión Testamentaria; (Expte. Nº 586-2017). Melincué, Septiembre de 2017.

$ 45 336823 Oct. 5

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de Venado Tuerto, a cargo del a cargo del Dr. Jorge Enrique Verna y la secretaría a cargo del Dra. Ana Clara Grabowski, en los autos caratulados ZABALA JOSE GABRIEL c/GARBARINO S.A. s/D. Laboral; Expte. Nº 524/2017, se ha dispuesto lo siguiente: Venado Tuerto, 26 de Junio de 2017. Proveyendo escrito N° 9206 año 2017: Agréguense en autos constancia de AFIP, y copias simples de partida de defunción que se acompañan. Intímese al compareciente para que en el término de tres (3) días acompañe copia certificada de la partida de defunción que se adjunta. Cítese a los herederos y/o sucesores del causante a comparecer a estar a derecho en los términos y bajos apercibimientos de ley; a tales fines publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en los Estrados del Juzgado, por el término de tres (3) días (Art. 47 CPCC). Hágase saber al Dr. Maidana que deberá continuar su gestión hasta tanto se provea su reemplazo o culmine el término de la citación de los herederos referida. Notifíquese el presente al domicilio real del actor oportunamente constituido en autos. A lo demás, téngase presente para su oportunidad. Notifíquese. (Expte. N° 728 - año 2016). Fdo. Jorge Enrique Verna, Juez; Dra. Ana Clara Grabowski, Secretaria. Publíquese 3 veces en 3 días. Venado Tuerto, 7 de Agosto de 2017.

$ 33 336813 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición de la señor Juez de Primera Instancia de Familia de ciudad de Venado Tuerto, a cargo de la Dra. Nancy Grasso y la secretaria a cargo de la Dra. Jorgelina V. Daneri, en los autos caratulados CORREA ALEJANDRA VERONICA c/PUGLIESE ADRIAN MANUEL s/Tenencia; Expte. N° 822/2014, se ha dispuesto: Venado Tuerto, proveyendo escrito cargo N° 5907/17: Al punto 12 de Mayo de 2015. 1) Agréguense cédulas debidamente diligenciadas. Al punto 2) Atento el orden público comprometido, a los peticionado, no ha lugar. Al punto 3) Oportunamente. Al punto 4) Fíjase fecha de sorteo para abogado defensor para el día 22/09/2017 a las 8,30 hs. a cuyo fin, líbrese oficio a la Excma. Cámara de Apelaciones Civil y Comercial de Venado Tuerto. A lo demás, oportunamente. Al punto 5) Autorizase a la menor a viajar a la localidad de Entre Ríos los días 04 de Octubre a 06 de Octubre del corriente año. Del pedido de Tenencia provisoria vista al Sr. Asesor de menores. Notifíquese por cédulas. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. (Expte. N° 822/14) Fdo. Dra. Nancy V. Grasso, jueza; Dra. Jorgelina V. Daneri, Secretaria. Publíquese. Venado Tuerto, 21 de Setiembre de 2017.

$ 33 336811 Oct. 5

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro. 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Vicente Militello, Secretaria de la Autorizante, en autos: API c/BENITEZ ELIDA MARIA s/Ejecución Fiscal, Expte. Nro, 1484/2014, se ha dictado la sentencia que en la parte pertinente dispone lo siguiente: Nro. 46. Venado Tuerto, 3 Abr. 2017; Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el los Sres. Elida María Benítez, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Trece Mil Trescientos Noventa y Dos con 21/100 ($ 13.392,21), con más los intereses legales correspondientes, desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas al respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase saber. Fdo, Dr. Militello (Juez); Dra. Barroso (Secretaria). Secretaría de la Dra. Lidia Barroso. Venado Tuerto, 2 de Agosto de 2017.

S/C 336764 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera instancia de Circuito Nro. 3 de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Vicente Militello; Secretaria de la. Autorizante, en autos: API c/BERTONE, JOSÉ s/Ejecución Fiscal; Expte. Nro. 1590/2014, se ha dictado la sentencia que en la parte pertinente dispone lo siguiente: Nro. 465. Venado Tuerto 03 Abr. 2017. Y Vistos:... Y Considerando:... Fallo: Ordenando llevar adelante la ejecución contra el/los Sres. José Bertone, hasta tanto la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado de Pesos Once Mil Trescientos Seis con 94/100 ($ 11.306,94), con más los intereses legales correspondientes desde la fecha de la liquidación y hasta su efectivo pago, con la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/91, Art. 130 del Código Fiscal y Resolución del Ministerio de Hacienda y Finanzas a) respecto vigente a la fecha de esta sentencia, con más las costas (Art. 251 CPC) a la accionada. Los honorarios serán regulados oportunamente. Insértese, agréguese copia en autos y hágase, saber. Fdo. Dr. Militello (Juez); Dra. Barroso (Secretaria). Secretaría de la Dra. Lidia Barroso. Venado Tuerto, 2 de Agosto de 2017. Dra. Barroso, Secretaria.

S/C 336762 Oct. 5 Oct. 9

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Juez, Secretaria del Dr. A. Walter Bournot, en los autos caratulados MORALES, JORGE OMAR s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 682/2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Jorge Omar Morales, D.N.I. 6.143.102, para que dentro del término de ley comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 15 de Setiembre de 2017. A. Walter Bournot, secretario.

$ 45 336771 Oct. 5 Oct. 11

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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico G. Bertram se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Gastaud, Pierina Carolina, para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal dentro de los autos caratulados: GASTAUD, PIERINA CAROLINA s/Sucesión Testamentaria; (Expte. Nº 622/2017); a los efectos de hacer valer sus derechos. Venado Tuerto, 20 de Setiembre de 2017. A. Walter Bournot, secretario.

$ 45 336766 Oct. 5 Oct. 11

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