picture_as_pdf 2011-10-05

DIRECCION GENERAL

DE RENTAS


TUCUMAN


SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 26 de Septiembre de 2011

Ref.: Expte. Nº 24577/376-D-2011.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.-

RESOLUCIÓN Nº I 164-11

VISTO lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme se encuentra acreditado en las actuaciones de la referencia, GHIONE RUDELME ANTONIO, CUIT Nº 20-06301303-0, con domicilio en SAN LORENZO Nº 494 de la localidad SAN GUILLERMO, Provincia de SANTA FE, cuya actividad desarrollada en forma habitual y a título oneroso es PRIMARIA, la que también es ejercida en esta jurisdicción de TUCUMÁN, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación ni en el Régimen del Convenio Multilateral, existiendo la obligación legal de hacerlo respecto del Impuesto sobre los Ingresos Brutos (artículos 1° y concordantes CM y artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes CTP), es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del citado Código Tributario Provincial, disponiendo su incorporación de oficio en el Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, hasta tanto regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Régimen del Convenio Multilateral;

Que en virtud a lo antes considerado y lo dispuesto por la RG (DGR) Nº 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901);

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG (DGR) Nº 180/10 y sus modificatorias,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 01/2010 inclusive, a GHIONE RUDELME ANTONIO, CUIT N° 20-06301303-0, con domicilio en SAN LORENZO Nº 494 de la localidad SAN GUILLERMO, Provincia de SANTA FE, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Padrón Nº 20063013030 y código de actividad 12110, disponiéndose su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, con encuadre en las disposiciones establecidas por la RG (DGR) Nº 6/94.-

El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 36 y concordantes de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y Apéndice al artículo 73 de la RG (CA) N° 2/10.-

Artículo 2º.- La incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal –inclusive- por el cual corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior, manteniéndose dicha incorporación hasta tanto el contribuyente regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.-

Artículo 3º.- En caso de incumplimiento a la intimación de la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por las posiciones o períodos fiscales no prescriptos, cursada por notificación legal Nº 201109-131-004138, la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS procederá a requerir por la vía judicial el pago a cuenta previsto por el artículo 105 del Código Tributario Provincial, por las posiciones o períodos fiscales omitidos y no prescriptos, con más los intereses previstos en el artículo 50 del citado Código.-

Artículo 4º.- Conforme lo resuelto y dispuesto por los artículos 1º y 2º, expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901) que a los efectos establecidos por el artículo 8º de la RG (DGR) Nº 176/10, forma parte integrante de la presente resolución como anexo.-

Artículo 5º.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos, Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tucumán y Santa Fe. Cumplido archivar.-

$ 15 7155 Oct. 5

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DIRECCION GENERAL

DE RENTAS


TUCUMAN


SAN MIGUEL DE TUCUMÁN, 21 de Septiembre de 2011

Ref.: Expte. Nº 23870/376-D-2011.

IMPUESTO SOBRE LOS INGRESOS BRUTOS.-

RESOLUCIÓN Nº I 156-11

VISTO lo dispuesto por el artículo 105 de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y

CONSIDERANDO:

Que, conforme se encuentra acreditado en las actuaciones de la referencia, SALVAGIOTTI SERGIO FRANCISCO, CUIT Nº 20-07883091-4, CM N° 9217479702, con domicilio en SAN LORENZO Nº 344 de la localidad SAN VICENTE, Provincia de SANTA FE, cuya actividad desarrollada en forma habitual y a título oneroso es PRIMARIA, la que también es ejercida en esta jurisdicción de TUCUMÁN, no se encuentra inscripto como contribuyente en esta Autoridad de Aplicación existiendo la obligación legal de hacerlo, en el Impuesto sobre los Ingresos Brutos (artículos 1° y concordantes CM y artículos 26, 27, 214, 215 y concordantes CTP), es que corresponde proceder conforme lo habilita el artículo 105 del Código Tributario Provincial dándolo de alta de oficio en esta jurisdicción, disponiendo, hasta tanto regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Régimen del Convenio Multilateral, su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI- para su administración dentro de la base de datos de contribuyentes locales de la Provincia con su número de inscripción en el referido régimen;

Que en virtud a lo antes considerado y lo dispuesto por la RG (DGR) Nº 176/10, corresponde expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901);

Por ello, y de conformidad con lo dictaminado por el Departamento Técnico Legal en los presentes actuados, y en uso de las facultades conferidas por el artículo 105 del Código Tributario Provincial y lo establecido por la RG (DGR) Nº 180/10 y sus modificatorias,

EL JEFE DEL DEPARTAMENTO RECAUDACIÓN

RESUELVE:

Artículo 1º.- Inscribir de oficio en la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS de la Provincia de TUCUMÁN a partir de 05/2010 inclusive, a SALVAGIOTTI SERGIO FRANCISCO, CUIT N° 20-07883091-4, con domicilio en SAN LORENZO Nº 344 de la localidad SAN VICENTE, Provincia de SANTA FE, como contribuyente del Impuesto sobre los Ingresos Brutos bajo el Padrón Nº CM 9217479702 y código de actividad 141200, disponiéndose su incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, con encuadre en las disposiciones establecidas por la RG (DGR) Nº 6/94.-

El domicilio citado en el párrafo anterior revestirá el carácter de domicilio fiscal conforme a lo establecido por el artículo 36 y concordantes de la Ley Nº 5121 (t.c. 2009) y sus modificatorias, y Apéndice al artículo 73 de la RG (CA) N° 2/10.-

Artículo 2º.- La incorporación al Sistema Automatizado de Recaudación y Control de la Provincia de Tucumán –SARET XXI-, tendrá vigencia a partir de la posición o período fiscal –inclusive- por el cual corresponde la inscripción de oficio dispuesta por el artículo anterior, manteniéndose dicha incorporación hasta tanto el contribuyente regularice su situación tributaria a través del Sistema Padrón Web dispuesto por la Comisión Arbitral del Convenio Multilateral.-

Artículo 3º.- En caso de incumplimiento a la intimación de la presentación de las declaraciones juradas e ingreso del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, por las posiciones o períodos fiscales no prescriptos, cursada por notificación legal Nº 201109-106-001868, la DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS procederá a requerir por la vía judicial el pago a cuenta previsto por el artículo 105 del Código Tributario Provincial, por las posiciones o períodos fiscales omitidos y no prescriptos, con más los intereses previstos en el artículo 50 del citado Código.-

Artículo 4º.- Conforme lo resuelto y dispuesto por los artículos 1º y 2º, expedir constancia de inscripción en formulario 901 (F.901) que a los efectos establecidos por el artículo 8º de la RG (DGR) Nº 176/10, forma parte integrante de la presente resolución como anexo.-

Artículo 5º.- Notificar al contribuyente y a los Departamentos, Divisiones y Secciones que componen el Organismo y gestionar su publicación en los Boletines Oficiales de las Provincias de Tucumán y Santa Fe. Cumplido archivar.-

$ 15 7156 Oct. 5

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WILTEL COMUNICACIONES S.A.


ANEXO III


Notificación al Deudor Cedido. Publicación en el BOLETIN OFICIAL de la Nación y en el diario La Opinión de la ciudad de Rafaela, provincia de Santa Fe.

En los términos de los artículos 1459, 1461 y concordantes del Código Civil, se notifica a los clientes de la empresa WILTEL COMUNICACIONES S.A. (Cedente) que mediante Contrato de Cesión de Derechos Creditorios en Prenda y Garantía de fecha 27 de Setiembre de 2011, la Cedente ha cedido en Prenda y Garantía a favor del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (Banco), los derechos creditorios que tiene y le corresponden sobre las Facturas que emita por servicios prestados a sus clientes y que resulten recaudadas por el Nuevo Banco de Santa Fe S.A.

$ 15 147539 Oct. 5

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