picture_as_pdf 2004-10-05

MINISTERIO DE EDUCACION

 

RESOLUCION Nº 855

 

SANTA FE, 28 SEP 2004

V I S T O :

El Expediente Nº 00401-0137334-4 del registro de este Ministerio, en cuyas actuaciones se plantea la necesidad de llamar a Concurso de Antecedentes para cubrir cargos vacantes de Inspector Sumariante en la Dirección General de Asuntos Jurídicos -Sede Central Santa Fe y Delegación Zona Sur Rosario-, organismo dependiente de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO :

Que funcionalmente el Inspector Sumariante interviene en el procedimiento disciplinario (de naturaleza cuasi-penal), practicando intervenciones formales reguladas normativamente, valorando las circunstancias disfuncionales de acuerdo con la exégesis jurídica de los regímenes alcanzados, y discerniendo el tipo de sanción que corresponde adjudicar al inculpado;

Que es importante tener en cuenta que la Ley Nº 10290 (Régimen de Disciplina para el Personal Docente), en su Artículo 21º, otorga al personal afectado a sumario derecho a ser asistido por un abogado, y que tanto el Decreto Nº 7249/50 que reglamenta la substanciación de sumarios docentes, como el Inciso d) del Artículo 67º en la Sección 2º del Capítulo VI de la Ley Nº 8525 determinan criterios de procedimiento de alcance esencialmente jurídico con marcada incumbencia forense para su ejecución;

Que, con esta contraparte letrada, la Administración requiere contar con profesionales del derecho a los efectos de la substanciación de los procedimientos y de la salvaguarda de los intereses del Estado actuante, frente a las intervenciones de una defensa técnica jurídica;

Que el Inspector Sumariante, quien debe atender el despliegue de la potestad de control y fiscalización del servicio ajustado al régimen normativo imperante, hoy tiene misiones y responsabilidades complejas propias de la juridicidad del proceso disciplinario y la transformación de la dinámica procedimental, esencialmente sobrellevada por los profesionales del derecho;

Que los méritos, interpretaciones y prácticas sumariales y hasta la aplicación subsidiaria de sistemas procedimentales emergentes de los Códigos Procesales Provinciales para integrar soluciones jurídicas, exigen que quienes estén llamados a substanciar el procedimiento disciplinario sean precisa y exclusivamente profesionales del derecho debido a la precisión, habilitación y exclusividad de sus incumbencias, en un todo de acuerdo con el mismo reconocimiento que el Estado hace de su profesión en todas sus manifestaciones;

Que esta precisión de la calidad del ejecutor del procedimiento, es también una garantía para el agente y para la misma Administración;

Que cabe destacar que se trata de cargos presupuestariamente docentes con asignación única y exclusivamente funcional a la Dirección General de Asuntos Jurídicos y se insertan bajo la dependencia jerárquica que ese organismo tiene;

Que en tal sentido el Decreto Nº 1272/95 con su modificatorio Nº 162/03 (Estructura Orgánica del Ministerio de Educación), establece que la Unidad de Organización "Dirección General de Asuntos Jurídicos", depende jerárquicamente del propio Ministro de Educación, a través de la Dirección Provincial de Coordinación Legal y Técnica;

Que al no existir un procedimiento de selección específico para la asignación transitoria (cobertura de suplencias) de quien cubre funciones de un cargo vacante de Inspector Sumariante, el Titular Jurisdiccional es la autoridad llamada a efectivizar la convocatoria concursal respectiva;

Que ante la falta de regulación específica opera activa y legalmente la discrecionalidad de la autoridad selectora, con juicio de razonabilidad, para definir un procedimiento de selección que salvaguarde la idoneidad del aspirante;

Que la facultad disciplinaria, por naturaleza y especialidad -devenida de la Ley Nº 10101 (Ley de Ministerios)- se ejerce principalmente (independientemente de las delegaciones a los efectos del ordenamiento mismo del procedimiento) por el propio Ministro;

Que, no habiendo sido materia de concreta regulación en la Ley Nº 10.290, por imperio de su similar 10101 y del Decreto Nº 1272/95, el "státus" jurídico de este cargo complejo merece ser atendido en función de la impostergabilidad de las legítimas expectativas de aquellos agentes que tienen la delicada tarea de valorar la integralidad prestacional del servicio educativo y de sus ejecutores;

Que en este sentido ha opinado la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictamen Nº 418/04, habiendo tomado también intervención las Direcciones Generales de Recursos Humanos y de Administración en los aspectos de su competencia;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACION

R E S U E L V E :

1º) -Convocar a Concurso de Antecedentes para cubrir cargos vacantes de Inspector Sumariante en la Dirección General de Asuntos Jurídicos -Sede Central Santa Fe y Delegación Zona Sur Rosario-, organismo dependiente de esta Cartera Educativa, en un todo de acuerdo con las normas y de conformidad con las disposiciones que se detallan en el Anexo de la presente resolución.

2º) -Hágase saber y archívese.

Prof. Carola Nin

Ministra de Educación

 

ANEXO DE LA RESOLUCION Nº 855

CONVOCATORIA A CONCURSO DE ANTECEDENTES PARA CUBRIR CARGOS VACANTES DE INSPECTOR SUMARIANTE DE LA DIRECCION GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS -SEDE CENTRAL SANTA FE y DELEGACION ZONA SUR ROSARIO

1. Cargos a concursar:

1.1. Denominación: Inspector Sumariante

1.2. Cantidad: cinco (5)

1.3. Ubicación: Agrupamiento Docente.

1.4. Prestación horaria: Treinta (30) horas semanales.

2. Requisitos:

2.1. Título: Abogado

2.2.  Antigüedad mínima en el cargo: dos (2) años en calidad de Interino.

3. Responsabilidad Primaria: Instruir los sumarios disciplinarios (docentes y administrativos) ordenados por la Superioridad y dictaminar sobre los recursos promovidos contra las órdenes de sumario, desplazamientos, sanciones y sobre la necesidad de inicio de nuevas actuaciones disciplinarias.

4. Perfil del postulante y requisitos:

4.1.  Del Postulante:

- Formación: Estudios de post-grado y/o Cursos y/o Seminarios y/o Talleres y/o Congresos, especialmente en temas de Derecho Público.

- Capacidades: Habilidad para planificar, organizar, instruir, controlar y merituar los procesos sumariales.

- Actitudes: Tenacidad, compromiso e iniciativa, disposición favorable al trabajo en equipo y adaptabilidad a las nuevas situaciones y desafíos.

4.2. Conocimientos requeridos para el desempeño del puesto:

- Normativa Constitucional del orden nacional y provincial. Ley Orgánica de Ministerios, de la reglamentaciones conexas a la misma y en general de la normativa relativa a la competencia y funciones del Ministerio de Educación.

- Normativa inherente a los agentes de la Administración Pública Provincial (docentes y no docentes).

- Procedimiento para la instrucción de sumarios e investigación, en coordinación con las Direcciones Regionales.

- Correcto manejo de vocabulario jurídico administrativo específico y aptitud para la instrucción de sumarios y redacción de dictámenes.

- Conocimientos de la Jurisprudencia administrativa emergente de los dictámenes de la Fiscalía de Estado de la Provincia.

- Conocimientos de Informática.

5. Reglamentación del Concurso :

5.1. Documentación del Postulante:

Entregará dos (2) ejemplares (dentro de sobre cerrado), dirigido a: Jurado de Concurso identificando el cargo en el que se postula, con los antecedentes acreditados mediante certificados y constancias de estudios (cursos, experiencia laboral y todo otro comprobante) debidamente autenticados.

Toda la información aportada será tratada confidencialmente.

5.2. Inscripción:

5.2.1. Fecha: el período de inscripción comenzará cinco (5) días después de la fecha de la presente y por el término de diez (10) días.

5.2.2. Horario: días hábiles de 08 a 13 horas.

5.2.3. Sede: Dirección General de Asuntos Jurídicos -3er. Piso- Centro Cívico Gubernamental.

6. Del Jurado:

Estará integrado por el Director Provincial de Coordinación Legal y Técnica y por el Subdirector General de Asuntos Jurídicos a cargo de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Educación

S/C                24439              Oct. 5 Oct. 7

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