REGISTRADA BAJO EL Nº 13418
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y:
ARTÍCULO 1.- Ratifícase en todos sus términos y alcances la Ordenanza Nº 0449/1994 dictada por la Comisión Comunal de Monte Vera, departamento La Capital, en fecha 14 de febrero de 1994, mediante la cual se dispuso la donación, a favor del Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz, de un lote de terreno identificado como lote “B” del plano 040935-64, e incripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 89.033, al Folio 6578, Tomo 505 I, de fecha 01/12/1988, Partida Inmobiliaria Nº 10-09-02-739106/0003, con cargo a levantar un templo en la capilla “Virgen Nuestra Señora de Chaguaya”.
ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2014.
Luis Daniel Rubeo
Presidente Cámara de Diputados
Jorge Henn
Presidente Cámara de Senadores
Jorge Raúl Hurani
Secretario Parlamentario Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución
Nacional”, 25 AGO 2014
De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.
Rubén D. Galassi
Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.
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