picture_as_pdf 2014-09-05

REGISTRADA BAJO EL Nº 13418


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:


ARTÍCULO 1.- Ratifícase en todos sus términos y alcances la Ordenanza Nº 0449/1994 dictada por la Comisión Comunal de Monte Vera, departamento La Capital, en fecha 14 de febrero de 1994, mediante la cual se dispuso la donación, a favor del Arzobispado de Santa Fe de la Vera Cruz, de un lote de terreno identificado como lote “B” del plano 040935-64, e incripto en el Registro General de la Propiedad bajo el Nº 89.033, al Folio 6578, Tomo 505 I, de fecha 01/12/1988, Partida Inmobiliaria Nº 10-09-02-739106/0003, con cargo a levantar un templo en la capilla “Virgen Nuestra Señora de Chaguaya”.

ARTÍCULO 2.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISEIS DIAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO 2014.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 25 AGO 2014


De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Rubén D. Galassi

Ministro de Gobierno y Reforma del Estado.

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