picture_as_pdf 2012-09-05

REGISTRADA BAJO EL Nº 13281


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.-Dónase a la comuna de Las Garzas, departamento General Obligado, una fracción de terreno ubicado en la Manzana I sobre Calle Pública S/Nº de la zona urbana del citado distrito, cuya superficie es de 5.000 m2. El dominio figura inscripto a nombre del Superior Gobierno de la Provincia de Santa Fe, Tomo 44 Par, Folio 114, Número 13209, Fecha 31-07-1900, departamento General Obligado del Registro General, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 03-15-00-016622/0000.

ARTÍCULO 2.- La donación se realiza con el cargo de destinar el inmueble a la construcción de un Plan de Viviendas de Emergencia, consistente en dos (2) duplos de dos (2) viviendas cada uno.

ARTÍCULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la Comuna de Las Garzas, departamento General Obligado.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL DOCE.

Luis Daniel Rubeo

Presidente Cámara de Diputados

Jorge Henn

Presidente Cámara de Senadores

Jorge Raúl Hurani

Secretario Parlamentario Cámara de Diputados

Ricardo H. Paulichenco

Secretario Legislativo Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2393


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 29 deAgosto de 2012


EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.281 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

9155

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