MINISTERIO DE SALUD Y MEDIO AMBIENTE
NOTIFICACION
Se notifica por este medio, que en los
autos caratulados: “CINALLI MARIA AMELIA -REF.: s/LICENCIA SIN GOCE DE SUELDO
POR EL TERMINO DE UN AÑO A/P de 1-2-02” Expte. Nº
00501-0063036-4 con agreg. 00501-0054255-3. Se ha
dictado la Resolución Nº 513 de fecha 7 de Julio de 2005, que en lo pertinente
expresa:
ARTICULO 1º - Recházase
la pretensión formulada por la Señora MARIA AMELIA CINALLI (M.I.
Nº 21.414.916 - Clase 1970), personal de Servicios Generales (Categoría 1) en
el Servicio para la Atención Médica de la Comunidad de Villa Constitución,
tendiente a que se le prorrogue la licencia extraordinaria sin goce de haberes
que fuera acordada por Resolución Nº 90 de fecha 6 de febrero de 2004.
ARTICULO 2º - Intímase
a la señora María Amelia Cinalli, (M.I. Nº 21.414.916 - Clase 1970), cuyos demás datos se
mencionan en el artículo anterior, que en el término de dos (2) días de
recibida la presente, se reintegre a prestar servicios al Servicio para la
Atención Médica a la Comunidad de Villa Constitución, y justifique las inasistencias
en las que incurre desde el 1º de febrero de 2005, bajo apercibimientos de
disponer su cesantía, de conformidad con las causales previstas en el artículo
53º, incisos a) y c), de la Ley Nº 8525. - Fdo. Dr.
Juan H. Sylvestre Begnis,
Ministro de Salud.
Dirección General de Despacho, 24 de
agosto de 2005.
S/C 23958 Set. 5 Set. 7
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MINISTERIO DE GOBIERNO, JUSTICIA Y
CULTO
NOTIFICACION
En las actuaciones tramitadas por
expediente N° 00201-0091212-2 y agregados Nros. 00201-2003650-v y 00201-0088493-3 caratulado: “STRADA
ALBERTO RICARDO”, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Gobierno,
Justicia y Culto, a tenor de lo dispuesto por los artículos 20 inciso e) y 28
del Decreto N° 10.204/58, notifica al Dr. JOSE N.
TRAVERSO, apoderado del causante, lo siguiente: “RESOLUCION N°
0043 - Santa Fe, 21 de febrero de 2005. Visto el expediente N°
00201-0091212-2 y agregados Nros. 00201-2003650-v y
00201-0088493-3, y CONSIDERANDO: ... Por ello EL MINISTRO DE GOBIERNO, JUSTICIA
Y CULTO RESUELVE: ARTICULO 1) Rechazar por las razones expuestas
precedentemente, el recurso de revocatoria interpuesto, a través de apoderado,
por el agente ALBERTO RICARDO STRADA. (Clase 1950- M.I.
7.890.193) quien revista como personal transferido Art. 6° de la Ley N° 11.387, en la Dirección General de Registro Civil e
Inspección de Justicia de Circuito y Comunal, contra resolución Ministerial N° 0509, del 17 de noviembre de 2003, por la cual se
resolvió rechazar el reclamo administrativo del nombrado, tendiente a obtener
su incorporación a la planta permanente de la Administración pública, con la
totalidad de los alcances jurídicos que ello implica, conforme lo prevé la Ley N° 8525 (Estatuto General de la Administración
Pública)Articulo 2). Conceder la apelación por ante el poder ejecutivo
interpuesta subsidiariamente. Articulo 3) Regístrese, hágase saber y archívese.
Fdo: Dr. Roberto Arnaldo Rosua.
Ministro de Gobierno, Justicia y Culto.
S/C 23926 Set. 5
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MINISTERIO DE SALUD
CUDAIO
ORDEN Nº 017/05
Santa Fe, 11 de agosto de 2005 VISTO: La documentación
presentada ante este CUDAIO - Registro Nº 716/05, por medio de la cual se
gestiona la habilitación del Dr. Serrao, Matías
Javier y su equipo médico, para realizar prácticas de ablación e implante de Homoinjertos Valvulares, Vasculares y otros tejidos
cardíacos, en el Sanatorio Garay S.A., de la ciudad de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que dicho establecimiento asistencial y
en el cuerpo de profesionales serán habilitados por el término de 2 años según
lo dispuesto por la Ley nacional Nº 24.193 de aplicación en el ámbito de la
provincia, conforme a lo establecido por la Ley Provincial Nº 11.264,
Que realizado el relevamiento
y evaluación correspondiente por parte de esta Dirección Provincial del CUDAIO,
en ejercicio de las funciones de contralor previstas en los artículos 3º y 9º
de la Ley Nacional Nº 24193, delegados al Director Provincial del CUDAIO, por
Resolución Ministerial Nº 1067 del 2 de noviembre de 2000, de donde emerge que
dicho establecimiento cumplimentó todos los requisitos exigidos por la citada
Ley Nacional y su Decreto Reglamentario Nº 512/96,
Por ello,
EL DIRECTOR PROVINCIAL DEL CUDAIO
ORDENA:
Artículo 1º - Habilitar al Sanatorio
Garay S.A. con domicilio en calle Suipacha 2342 de la
ciudad de Santa Fe, cuya Dirección Médica es ejercida por el Dr. Emilio Moreno
- D.N.I. 14.113.868 - M.P.
2740, para realizar prácticas de ablación e implante de Homoinjertos
Valvulares, Vasculares y otros tejidos cardíacos.
Artículo 2º - Habilitar al equipo de
profesionales que a continuación se detallan, pertenecientes al establecimiento
médico referido en el artículo anterior, para realizar prácticas de ablación e
implante de Homoinjertos Valvulares, Vasculares y
otros tejidos cardíacos:
Jefe: Dr. Serrao,
Matías Javier - D.N.I. 17.205.691 - M.P. 2567 - Especialidad Médica: Cirujano cardiovascular.
Subjefe: Dr. Serrao,
Jorge Mario Jesús - L.E. 6.224.486 - M.P. 00348 - Especialidad Médica: Cirujano cardiovascular y
torácica.
Artículo 3º - Las habilitaciones a las
que se refieren los artículos 1º y 2º, tendrán validez por un período de dos
(2) años debiendo cumplimentarse las normativas o modificaciones futuras.
Artículo 4º - Regístrese, comuníquese y
archívese.
S/C 23957 Set. 5 Set. 7
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ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTO
RECAUDACION POR IMPUESTO
SEGUN IMPUESTOS
JULIO 2005
(en pesos corrientes)
IMPUESTOS |
|
IMPORTE |
|
|
|
INGRESOS BRUTOS |
(I.B.) |
86.933.772 |
INMOBILIARIO |
(IN.) |
32.090.228 |
ACTOS JURIDICOS |
(A.J.) |
17.957.044 |
PATENTE VEHICULOS |
(P.V.) |
7.083.304 |
APORTES SOCIALES |
(A.S.) |
8.230.553 |
RECURSOS VARIOS |
(VA.) |
380.459 |
TOTAL |
|
152.675.360 |
S/C 24214 Set. 5
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