picture_as_pdf 2003-09-05

REGISTRADA BAJO EL Nº 12131

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y :

 

ARTÍCULO 1º - Apruébase el Convenio suscripto en fecha 05 de Noviembre de 1999 entre la Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria de la Provincia de Santa Fe y la Secretaría de Comunicaciones de la Presidencia de la Nación, tendiente a la instalación de un Centro Tecnológico Comunitario -CTC- en dependencias de la Dirección Provincial de Deportes dentro del "Programa para el desarrollo de las comunicaciones telemáticas argentin@internet.todos".

Dicho Convenio, que fue aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto 1728/2002 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales con el 1496, en fecha 23 de Noviembre de 2001, al Folio 250 Tomo III, forma parte de esta ley.

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.-

 

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Norberto Betique

Presidente Provisional

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

DECRETO Nº 2615

SANTA FE, 28 ago 2003

 

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

 

V I S T O :

La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.131 efectuada por la H. Legislatura;

D E C R E T A :

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

REUTEMANN

Fernando Bondesío

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar