REGISTRADA BAJO EL Nº 12131
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTÍCULO 1º - Apruébase el Convenio suscripto en
fecha 05 de Noviembre de 1999 entre la Secretaría de Estado de Promoción
Comunitaria de la Provincia de Santa Fe y la Secretaría de Comunicaciones de la
Presidencia de la Nación, tendiente a la instalación de un Centro Tecnológico
Comunitario -CTC- en dependencias de la Dirección Provincial de Deportes dentro
del "Programa para el desarrollo de las comunicaciones telemáticas argentin@internet.todos".
Dicho Convenio, que fue aprobado por el Poder Ejecutivo por Decreto
1728/2002 e inscripto en el Registro de Tratados, Convenios y Contratos Interjurisdiccionales con el N°
1496, en fecha 23 de Noviembre de 2001, al Folio 250 Tomo III, forma parte de
esta ley.
ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS SIETE DÍAS DEL MES DE AGOSTO DEL AÑO DOS MIL TRES.-
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Norberto Betique
Presidente Provisional
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2615
SANTA FE, 28 ago 2003
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.131
efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.-
REUTEMANN
Fernando Bondesío
La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a
disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa -
Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto - 3 de Febrero 2649 - 2° Piso - Santa
Fe - Tel.0342-4506607 - e-mail:ditecleg@arnet.com.ar