picture_as_pdf 2010-08-05

COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIAL

 

EDICTOS

 

Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif.  Dto.  Prov. Nº. 1178/09  se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe , dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial  y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, a las siguientes personas:

1. Sr./a: ZURITA FELIX SUC, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVDA. PTE.PERON 2059 , de la ciudad de: LAGUNA PAIVA, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-05-00 137005/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 0045 FOL 00793 Nº 009805/1910  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0028823-0, Iniciador: MOCER ESTER VALENTINA.

2. Sr./a: CARLOS ALBERTO CHIGNOLI ó GHIGNOLI, Matrícula Individual L.E. 7.890.524, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ANTONIO BERUTTI 3879 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06- 134061/0006 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 361P FOL 01182 Nº 008415/1978  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0051786-6, Iniciador: SOSA NATIVIDAD ITATI.

3. Sr./a: GUSTAVO ALBERTO STRADA, Matrícula Individual L.E. 5.408.165, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ANTONIO BERUTTI 3879 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06- 134061/0006 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 361P FOL 01182 Nº 008415/1978  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0051786-6, Iniciador: SOSA NATIVIDAD ITATI.

4. Sr./a: RAFAELA MUÑOZ DE TESSI, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 1121 FOL 00771 Nº 025926/1937  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador: BENVENUTTI SUSANA

5. Sr./a: HECTOR ABEL TESSI, Matrícula Individual 6.216.214, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 1121 FOL 00771 Nº 025926/1937  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador: BENVENUTTI SUSANA.

6. Sr./a: EDITH MARIA TESSI, Matrícula Individual 4.138.194, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 1121 FOL 00771 Nº 025926/1937  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador: BENVENUTTI SUSANA.

7. Sr./a: ENRIQUE LUINI, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LUCIANO TORRENT 2865 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-05-122453/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 1301 FOL 01252 Nº 043735/1943  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0050825-9, Iniciador: GARCIA ORLANDO DANIEL

8. Sr./a: MARIA ADELA REYNANI DE MARTINEZ, Matrícula Individual L.C. Nº 4.968.393, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BVARD ZAVALLA 1140 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-01 098563/0004 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 0049 FOL.00212 Nº 002728/1976  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0023076-1,Iniciador: GUITER LEON.

9. Sr./a: VARGAS RUFINO ERMINDO, Matrícula Individual LE 07883296, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418, de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-05-124331/0002 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 2231 FOL 01382 Nº 035759/1960  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador: OPORTO AMELIA

10. Sr./a: VARGAS BEATRIZ NELIDA, Matrícula Individual LC 5802134, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418, de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-05-124331/0002 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 2231 FOL 01382 Nº 035759/1960  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador: OPORTO AMELIA

11. Sr./a: VARGAS ISAIAS BENJAMIN, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-05-124331/0002 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 2231 FOL 01382 Nº 035759/1960  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador: OPORTO AMELIA.

12. Sr./a: GIMENEZ ANDRES, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MARIANO CABAL 3543, de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-01- 0099134/0000 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 098P FOL 00182 Nº 005072/1931  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0035334-9, Iniciador: FERNANDEZ NILDA.

13. Sr./a: AMADA PEREYRA DE ALMIRON, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LA PAMPA 6845 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06 133810/0075 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 3001 FOL.02184 Nº 015807/1971  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0026751-4, Iniciador: GUDIÑO ROQUE APARICIO

14. Sr./a: RICARDO ANTONIO OSMAR BENITEZ, Matrícula Individual L.E. Nº 6.222.985, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CERVERA 7079 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06 132555/0002 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 285P FOL 02354 Nº 015820/1969  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047324-1, Iniciador: MORALES EULOGIO

15. Sr./a: ANGELITA DELIA VARGAS DE BENITEZ, Matrícula Individual L.C. Nº 3.705.509, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CERVERA 7079 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06 132555/0002 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 285P FOL 02354 Nº 015820/1969  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047324-1, Iniciador: MORALES EULOGIO

16. Sr./a: PEDRO ALBERTO RINCON, Matrícula Individual L.E. Nº 6.320.084, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PRST. MARTINEZ S/Nº, de la ciudad de: RECREO, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-10-00 139618/0012 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 3421 FOL 01303 Nº 009567/1976  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0051675-3, Iniciador: TOSCANO RENE OMAR

17. Sr./a: IRMA CECILIA MOTTIER, Matrícula Individual L.C. Nº 4.101.990, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PRST. MARTINEZ S/Nº ,de la ciudad de: RECREO, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-10-00 139618/0012 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 3421 FOL 01303 Nº 009567/1976  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0051675-3, Iniciador: TOSCANO RENE OMAR

18. Sr./a: RICARDO ALBERTO VICENS, Matrícula Individual DNI Nº 13.925.068, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: JOSE MARMOL 3668, de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00 142975/0018 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 154P FOL 00195 Nº 001924/1948  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0052176-6, Iniciador: LUCERO NELIO DANIEL.

19. Sr./a: SIMIONI VIRGINIA, Matrícula Individual L.C Nº 6111993, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00 141775/0020 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº 029848/1975  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047211-6, Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA.

20. Sr./a: BRAUD MARTA IRMA, Matrícula Individual L.. Nº 5115354, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00 141775/0020 y cuyo dominio  obra inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº 029848/1975  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047211-6, Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA

21. Sr./a: BRAUD MIRIAM E., Matrícula Individual L.C. Nº 6.671.012, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00 141775/0020 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº 029848/1975  Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047211-6, Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA

S/C             4955                   Ag. 5

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MINISTERIO DE LA PRODUCCION

 

NOTIFICACIONES

 

Por el presente se hace saber al Sr. Alberto Ortega, que en los autos caratulados: “Secret. del Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N º000083 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución N° 101 del 19 de mayo de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0071000-2 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION, RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor Alberto Ortega, D.N.I. N° 16.561.199, con domicilio en Ruta Provincial N° 1 de la localidad de Santa Rosa de Calchines, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 1.500 M.T. (Un Mil Quinientos módulos tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 150 (Pesos Cien Cincuenta), y proceder al comiso definitivo de seis (6) redes con trama de 13 cm., por infracción al artículo 19 de la Ley N° 12212. ARTICULO 2° - La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.

S/C             4938                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. José Fernández, que en los autos caratulados: “Secret. Estado de Medio Ambiente y Des. Sust. E/Acta de infracción N° 2451/07 a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución N° 078 del 17 de mayo de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 02101-0009262-9 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor José Fernández, D.N.I. N° 27.855.956, con domicilio en Cabecera Norte Arroyo Leyes de la localidad de Los Zapallos, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 5.000 M.T. (Cinco mil módulos tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 500 (Pesos Quinientos), y proceder al comiso definitivo de ciento ochenta (180) sábalos y cuatro (4) mallas, por infracción al artículo 1º de la Ley N° 12.703 y artículos 19, 24 y 44 de la Ley N° 12.212. ARTICULO 2° - La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la  Oficina de Caza y Pesca, sita en  Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por el artículo 1º de la Ley N° 12.482. ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.

S/C             4939                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Bernardo Cejas, que en los autos caratulados: “Secret. del Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” Nº 002912 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución Nº 060 del 27 de abril de 2010, la cual en su parte  pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0071008-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor Bernardo Cejas, con domicilio en calle Paseo Colón s/n de la localidad de Helvecia, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 7500 M.T. (Siete Mil Quinientos Módulos Tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 750 (Pesos Setecientos Cincuenta), tenencia de pescado de medida inferior a la reglamentaria, sin licencia habilitante y uso de artes de pesca prohibidas, por infracción a los artículos 10, 24 y 44 de la Ley N° 12.212.- ARTICULO 2º - La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por el artículo 1º de la Ley N° 12.482. - ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.

S/C             4940                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Francisco Javier Lanche, que en los autos caratulados: “Secret. del Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N° 002548 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución N° 113 del 8 de junio de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0071364-1 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor Francisco Javier Lanche, D.N.I. N° 25.401.213, con domicilio en Barrio Santa Teresita de la localidad de Helvecia, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 3.333 M.T. (Tres Mil Trescientos Treinta y Tres Módulos Tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 333,30 (Pesos Trescientos Treinta y Tres con treinta centavos), y proceder al comiso definitivo de cuarenta y nueve (49) sábalos y cuatro (4) redes de pesca, por infracción a los artículos 19 y 24 de la Ley Nº 12.212. - ARTICULO 2° - La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto sera el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los erectos de proceder a su cobro por vía judicial. - ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por el artículos 1º de la Ley N° 12.482. - ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.

S/C             4941                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Rubén NIEVA, que en los autos caratulados: “Secret. del Hídrico Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N° 003153 infracción a la Ley 12212 se ha dictado la Resolución N° 112 del 8 de junio de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0073036-1 del Sistema de Información de Expedientes y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor Rubén NIEVA, D.N.I. N° 35.050.018, con domicilio en calle Pérez s/n de la localidad de Puerto Gaboto, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, y a la Empresa MARFIG S.R.L. con domicilio legal en calle Belgrano N° 3671 de la ciudad de Santa Fe, Departamento La Capital Provincia de Santa Fe, como responsables en forma solidaria y mancomunada (artículo 37° del Decreto N° 2410/10 de la Ley N° 12212), con multa de un valor correspondiente a 17.000 MT (DIECISIETE MIL MODULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 1.700 (PESOS UN MIL SETECIENTOS), y proceder al comiso definitivo de veinticuatro (24) sábalos, por infracción al artículo 10 de la Ley N° 12212, transporte y tenencia de especies de pescado de medida inferior a la reglamentaria (sábalo). ARTICULO 2°.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1° se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo.: Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente”.

S/C             4942                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Leonardo Rubén MOREYRA, que en los autos caratulados: “Secret. del Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N° 002483 infracción a la Ley 12212” se ha dictado la RESOLUCION N° 096 del 17 de mayo de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0070916-5 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Leonardo Rubén MOREYRA, D.N.I. N° 32.871.400, con domicilio en Barrio Bustos s/n de la localidad de Santa Rosa de Calchines, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 4.500 M.T. (CUATRO MIL QUINIENTOS MODULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 450 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA), y proceder al comiso definitivo de cuatro (4) piezas de dorados, diez (10) sábalos, cinco (5) armados, un (1) mandubé, dos (2) redes de una trama de 14 y 14,5 cm. respectivamente y boyas amarillas, por infracción a los artículos 24 y 44 de la Ley N° 12212 y artículo 2 de la Ley N° 12722.- ARTICULO 2°.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo.: Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente”.

S/C             4943                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Pablo Leandro CARDONNET, que en los autos caratulados: “Sec. Sist. Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de infracción N° 4565 Ley 4830” se ha dictado la RESOLUCION N° 010 del 10 de febrero de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0074052-0 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Pablo Leandro CARDONNET, D.N.I. N° 24.995.481, con domicilio en calle San Lorenzo N° 2272 de la localidad de Santa Fe, Departamento La Capital, Provincia de Santa Fe, con multa de $ 850,00 (PESOS OCHOCIENTOS CINCUENTA), y proceder al comiso definitivo de 17 (diecisiete) pájaros crestones, por infracción al artículo 4 inciso “A” de la Ley N° 4830 y artículo 3 del Decreto reglamentario N° 04148/63 y Art. 22 de la Ley N° 4830 y Resolución N° 099/08 y artículo 6 de la Ley N° 4830. ARTICULO 2°.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 4830. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. FDO.: Ing. Agr. Ricardo BIANI - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente”.

S/C             4944                 Ago. 5

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Por el presente se hace saber al Sr. Adrián CARDOZO, que en los autos caratulados: “Secret. del Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N° 003153 infracción a la Ley 12212 se ha dictado la RESOLUCION N° 116 del 8 de junio de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0071400-8 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Adrián CARDOZO, D.N.I. N° 34.114.726, con domicilio en zona rural de la localidad de Santa Rosa, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 3.333 M.T. (TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MODULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 333,30 (PESOS TRESCIENTOS TREINTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS), y proceder al comiso definitivo de dos (2) dorados, por infracción al artículo 2 de la Ley N° 12722.- ARTICULO 2°.- La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. FDO.: Ing. Agr. Ricardo BIANI - Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”.  Además se hace saber que conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.

S/C             4945                 Ago. 5

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