COORDINACION EJECUTORA
PROVINCIAL PARA LA
REGULARIZACION DOMINIAL
EDICTOS
Por disposición de la
COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley
Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta
dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe , dentro del
término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que
deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d)
de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín
Oficial y los Diarios El Litoral y Uno
de la ciudad de Santa Fe, a las siguientes personas:
1. Sr./a: ZURITA
FELIX SUC, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios
y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito
en calle: AVDA. PTE.PERON 2059 , de la ciudad de: LAGUNA PAIVA, identificado
como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-05-00 137005/0000 y
cuyo dominio obra inscripto en: TOMO
0045 FOL 00793 Nº 009805/1910
Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de
la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0028823-0, Iniciador:
MOCER ESTER VALENTINA.
2. Sr./a: CARLOS
ALBERTO CHIGNOLI ó GHIGNOLI, Matrícula Individual L.E. 7.890.524, sus
herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere
con derechos sobre el inmueble sito en calle: ANTONIO BERUTTI 3879 ,de la
ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida
inmobiliaria Nº 10-11-06- 134061/0006 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 361P FOL 01182 Nº 008415/1978 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades,
del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº
01501-0051786-6, Iniciador: SOSA NATIVIDAD ITATI.
3. Sr./a: GUSTAVO
ALBERTO STRADA, Matrícula Individual L.E. 5.408.165, sus herederos, sucesores
y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre
el inmueble sito en calle: ANTONIO BERUTTI 3879 ,de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-
134061/0006 y cuyo dominio obra
inscripto en: TOMO 361P FOL 01182 Nº 008415/1978 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro
General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0051786-6,
Iniciador: SOSA NATIVIDAD ITATI.
4. Sr./a: RAFAELA
MUÑOZ DE TESSI, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado
como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y
cuyo dominio obra inscripto en: TOMO
1121 FOL 00771 Nº 025926/1937
Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de
la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador:
BENVENUTTI SUSANA
5. Sr./a: HECTOR ABEL
TESSI, Matrícula Individual 6.216.214, sus herederos, sucesores y/o legatarios
y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito
en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote:
Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 1121 FOL 00771 Nº
025926/1937 Departamento: LA CAPITAL,
Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador: BENVENUTTI SUSANA.
6. Sr./a: EDITH MARIA
TESSI, Matrícula Individual 4.138.194, sus herederos, sucesores y/o legatarios
y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito
en calle: ALMONACID 4835 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote:
Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06-133712/0000 y cuyo
dominio obra inscripto en: TOMO 1121
FOL 00771 Nº 025926/1937 Departamento:
LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble
de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0048973-6, Iniciador: BENVENUTTI SUSANA.
7. Sr./a: ENRIQUE
LUINI, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: LUCIANO TORRENT 2865 ,de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-11-05-122453/0000 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 1301 FOL 01252 Nº 043735/1943 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0050825-9, Iniciador: GARCIA ORLANDO DANIEL
8. Sr./a: MARIA ADELA
REYNANI DE MARTINEZ, Matrícula Individual L.C. Nº 4.968.393, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos
sobre el inmueble sito en calle: BVARD ZAVALLA 1140 ,de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-01
098563/0004 y cuyo dominio obra
inscripto en: TOMO 0049 FOL.00212 Nº 002728/1976 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro
General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº
01501-0023076-1,Iniciador: GUITER LEON.
9. Sr./a: VARGAS
RUFINO ERMINDO, Matrícula Individual LE 07883296, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418, de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-11-05-124331/0002 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 2231 FOL 01382 Nº
035759/1960 Departamento: LA CAPITAL,
Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador: OPORTO AMELIA
10. Sr./a: VARGAS
BEATRIZ NELIDA, Matrícula Individual LC 5802134, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418, de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-11-05-124331/0002 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 2231 FOL 01382 Nº 035759/1960 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador: OPORTO AMELIA
11. Sr./a: VARGAS
ISAIAS BENJAMIN, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: RUPERTO GODOY 2418 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado
como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-05-124331/0002 y
cuyo dominio obra inscripto en: TOMO
2231 FOL 01382 Nº 035759/1960
Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de
la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0044897-9, Iniciador:
OPORTO AMELIA.
12. Sr./a: GIMENEZ
ANDRES, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: MARIANO CABAL 3543, de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-01-
0099134/0000 y cuyo dominio obra
inscripto en: TOMO 098P FOL 00182 Nº 005072/1931 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro
General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0035334-9,
Iniciador: FERNANDEZ NILDA.
13. Sr./a: AMADA
PEREYRA DE ALMIRON, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores
y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre
el inmueble sito en calle: LA PAMPA 6845 ,de la ciudad de: SANTA FE,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-11-06
133810/0075 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 3001 FOL.02184 Nº 015807/1971 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0026751-4, Iniciador: GUDIÑO ROQUE APARICIO
14. Sr./a: RICARDO
ANTONIO OSMAR BENITEZ, Matrícula Individual L.E. Nº 6.222.985, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con
derechos sobre el inmueble sito en calle: CERVERA 7079 ,de la ciudad de: SANTA
FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-11-06 132555/0002 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 285P FOL 02354 Nº
015820/1969 Departamento: LA CAPITAL,
Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0047324-1, Iniciador: MORALES EULOGIO
15. Sr./a: ANGELITA
DELIA VARGAS DE BENITEZ, Matrícula Individual L.C. Nº 3.705.509, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con
derechos sobre el inmueble sito en calle: CERVERA 7079 ,de la ciudad de: SANTA
FE, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-11-06 132555/0002 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 285P FOL 02354 Nº 015820/1969 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades,
del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº
01501-0047324-1, Iniciador: MORALES EULOGIO
16. Sr./a: PEDRO
ALBERTO RINCON, Matrícula Individual L.E. Nº 6.320.084, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con
derechos sobre el inmueble sito en calle: PRST. MARTINEZ S/Nº, de la ciudad de:
RECREO, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-10-00 139618/0012 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 3421 FOL 01303 Nº 009567/1976 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0051675-3, Iniciador: TOSCANO RENE OMAR
17. Sr./a: IRMA
CECILIA MOTTIER, Matrícula Individual L.C. Nº 4.101.990, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con
derechos sobre el inmueble sito en calle: PRST. MARTINEZ S/Nº ,de la ciudad de:
RECREO, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-10-00 139618/0012 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 3421 FOL 01303 Nº 009567/1976 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0051675-3, Iniciador: TOSCANO RENE OMAR
18. Sr./a: RICARDO
ALBERTO VICENS, Matrícula Individual DNI Nº 13.925.068, sus herederos,
sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con
derechos sobre el inmueble sito en calle: JOSE MARMOL 3668, de la ciudad de:
SANTO TOME, identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº
10-12-00 142975/0018 y cuyo dominio
obra inscripto en: TOMO 154P FOL 00195 Nº 001924/1948 Departamento: LA CAPITAL, Sección
Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0052176-6, Iniciador: LUCERO NELIO DANIEL.
19. Sr./a: SIMIONI
VIRGINIA, Matrícula Individual L.C Nº 6111993, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00
141775/0020 y cuyo dominio obra
inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº 029848/1975 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro
General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047211-6,
Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA.
20. Sr./a: BRAUD
MARTA IRMA, Matrícula Individual L.. Nº 5115354, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00
141775/0020 y cuyo dominio obra
inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº 029848/1975 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro
General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0047211-6,
Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA
21. Sr./a: BRAUD
MIRIAM E., Matrícula Individual L.C. Nº 6.671.012, sus herederos, sucesores y/o
legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el
inmueble sito en calle: PEDRO CENTENO 2205 ,de la ciudad de: SANTO TOME,
identificado como: Lote: Manzana: Plano Nº: partida inmobiliaria Nº 10-12-00
141775/0020 y cuyo dominio obra inscripto en: TOMO 337P FOL 04444 Nº
029848/1975 Departamento: LA CAPITAL,
Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe.
Expediente Nº 01501-0047211-6, Iniciador: DONATUCCI BELKIS CRISTINA
S/C 4955 Ag. 5
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MINISTERIO DE LA PRODUCCION
NOTIFICACIONES
Por el presente se
hace saber al Sr. Alberto Ortega, que en los autos caratulados: “Secret. del
Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie
“A-I” N º000083 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución N° 101 del
19 de mayo de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el
Expediente N° 00701-0071000-2 del Sistema de Información de Expedientes, y
CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y
MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION, RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al
señor Alberto Ortega, D.N.I. N° 16.561.199, con domicilio en Ruta Provincial N°
1 de la localidad de Santa Rosa de Calchines, Departamento Garay, Provincia de
Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 1.500 M.T. (Un Mil Quinientos
módulos tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 150 (Pesos Cien
Cincuenta), y proceder al comiso definitivo de seis (6) redes con trama de 13
cm., por infracción al artículo 19 de la Ley N° 12212. ARTICULO 2° - La suma a
que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la
Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de
los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la
presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y
Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el
comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° -
Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en
el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los
efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° - Dejar constancia
en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona,
en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por
el artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y
archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que,
conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer
formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº
10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.
S/C 4938 Ago. 5
__________________________________________
Por el presente se
hace saber al Sr. José Fernández, que en los autos caratulados: “Secret. Estado
de Medio Ambiente y Des. Sust. E/Acta de infracción N° 2451/07 a la Ley 12.212”
se ha dictado la Resolución N° 078 del 17 de mayo de 2010, la cual en su parte
pertinente establece: Visto el Expediente N° 02101-0009262-9 del Sistema de
Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL
SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE:
ARTICULO 1° - Sancionar al señor José Fernández, D.N.I. N° 27.855.956, con
domicilio en Cabecera Norte Arroyo Leyes de la localidad de Los Zapallos,
Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor
correspondiente a 5.000 M.T. (Cinco mil módulos tributarios), equivalentes a la
fecha a la suma de $ 500 (Pesos Quinientos), y proceder al comiso definitivo de
ciento ochenta (180) sábalos y cuatro (4) mallas, por infracción al artículo 1º
de la Ley N° 12.703 y artículos 19, 24 y 44 de la Ley N° 12.212. ARTICULO 2° - La
suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio
de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.,
dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente
de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho
acto será el comprobante válido para la finalización del acto administrativo.
ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la
multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de
Estado, a los efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° -
Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción
que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212,
modificado por el artículo 1º de la Ley N° 12.482. ARTICULO 5° - Regístrese,
comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que,
conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer
formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº
10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.
S/C 4939 Ago. 5
__________________________________________
Por el presente se
hace saber al Sr. Bernardo Cejas, que en los autos caratulados: “Secret. del
Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie
“A-I” Nº 002912 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la Resolución Nº 060 del
27 de abril de 2010, la cual en su parte
pertinente establece: Visto el Expediente N° 00701-0071008-0 del Sistema
de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL
SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE:
ARTICULO 1° - Sancionar al señor Bernardo Cejas, con domicilio en calle Paseo
Colón s/n de la localidad de Helvecia, Departamento Garay, Provincia de Santa
Fe, con multa de un valor correspondiente a 7500 M.T. (Siete Mil Quinientos Módulos
Tributarios), equivalentes a la fecha a la suma de $ 750 (Pesos Setecientos
Cincuenta), tenencia de pescado de medida inferior a la reglamentaria, sin
licencia habilitante y uso de artes de pesca prohibidas, por infracción a los
artículos 10, 24 y 44 de la Ley N° 12.212.- ARTICULO 2º - La suma a que refiere
el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en
la Cuenta Nº 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince
(15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la presente.
Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en
Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido
para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en
caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°,
se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a
su cobro por vía judicial. ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de
Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo
dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12.212, modificado por el artículo 1º
de la Ley N° 12.482. - ARTICULO 5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo.
Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico,
Forestal y Minero. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N°
12.071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del
artículo 42° y siguientes del Decreto Nº 10204/58, dentro de los diez (10) días
hábiles de notificada la presente.
S/C 4940 Ago. 5
__________________________________________
Por el presente se
hace saber al Sr. Francisco Javier Lanche, que en los autos caratulados:
“Secret. del Sistema Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de
infracción serie “A-I” N° 002548 infracción a la Ley 12.212” se ha dictado la
Resolución N° 113 del 8 de junio de 2010, la cual en su parte pertinente
establece: Visto el Expediente N° 00701-0071364-1 del Sistema de Información de
Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO,
FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° -
Sancionar al señor Francisco Javier Lanche, D.N.I. N° 25.401.213, con domicilio
en Barrio Santa Teresita de la localidad de Helvecia, Departamento Garay,
Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 3.333 M.T. (Tres
Mil Trescientos Treinta y Tres Módulos Tributarios), equivalentes a la fecha a
la suma de $ 333,30 (Pesos Trescientos Treinta y Tres con treinta centavos), y
proceder al comiso definitivo de cuarenta y nueve (49) sábalos y cuatro (4) redes
de pesca, por infracción a los artículos 19 y 24 de la Ley Nº 12.212. -
ARTICULO 2° - La suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la
orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco
de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días contados a partir de la
notificación fehaciente de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo
ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe.
Dicho acto sera el comprobante válido para la finalización del acto
administrativo. ARTICULO 3° - Establecer que en caso de no hacerse efectivo el
pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se requerirá la intervención de
Fiscalía de Estado, a los erectos de proceder a su cobro por vía judicial. -
ARTICULO 4° - Dejar constancia en el Registro de Infractores correspondiente,
la infracción que se sanciona, en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la
Ley N° 12.212, modificado por el artículos 1º de la Ley N° 12.482. - ARTICULO
5° - Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo. Ing. Agr. Ricardo Biani -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero. Además se hace saber que,
conforme lo dispuesto por Ley N° 12.071, le asiste el derecho de interponer
formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto Nº
10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente.
S/C 4941 Ago. 5
__________________________________________
Por el presente se
hace saber al Sr. Rubén NIEVA, que en los autos caratulados: “Secret. del
Hídrico Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I” N°
003153 infracción a la Ley 12212 se ha dictado la Resolución N° 112 del 8 de
junio de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N°
00701-0073036-1 del Sistema de Información de Expedientes y CONSIDERANDO:...
Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO
DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1° - Sancionar al señor Rubén NIEVA, D.N.I.
N° 35.050.018, con domicilio en calle Pérez s/n de la localidad de Puerto
Gaboto, Departamento San Jerónimo, Provincia de Santa Fe, y a la Empresa MARFIG
S.R.L. con domicilio legal en calle Belgrano N° 3671 de la ciudad de Santa Fe,
Departamento La Capital Provincia de Santa Fe, como responsables en forma
solidaria y mancomunada (artículo 37° del Decreto N° 2410/10 de la Ley N°
12212), con multa de un valor correspondiente a 17.000 MT (DIECISIETE MIL MODULOS
TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 1.700 (PESOS UN MIL
SETECIENTOS), y proceder al comiso definitivo de veinticuatro (24) sábalos, por
infracción al artículo 10 de la Ley N° 12212, transporte y tenencia de especies
de pescado de medida inferior a la reglamentaria (sábalo). ARTICULO 2°.- La
suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio
de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.
dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente
de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y
Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el
comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°-
Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en
el artículo 1° se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los
efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia
en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona,
en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el
artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y
archívese. Fdo.: Ing. Agr. Ricardo Biani -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que,
conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer
formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N°
10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente”.
S/C 4942 Ago. 5
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Por el presente se
hace saber al Sr. Leonardo Rubén MOREYRA, que en los autos caratulados:
“Secret. del Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción
serie “A-I” N° 002483 infracción a la Ley 12212” se ha dictado la RESOLUCION N°
096 del 17 de mayo de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el
Expediente N° 00701-0070916-5 del Sistema de Información de Expedientes, y
CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO, FORESTAL Y
MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.- Sancionar al
señor Leonardo Rubén MOREYRA, D.N.I. N° 32.871.400, con domicilio en Barrio
Bustos s/n de la localidad de Santa Rosa de Calchines, Departamento Garay,
Provincia de Santa Fe, con multa de un valor correspondiente a 4.500 M.T.
(CUATRO MIL QUINIENTOS MODULOS TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma
de $ 450 (PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA), y proceder al comiso definitivo de
cuatro (4) piezas de dorados, diez (10) sábalos, cinco (5) armados, un (1)
mandubé, dos (2) redes de una trama de 14 y 14,5 cm. respectivamente y boyas
amarillas, por infracción a los artículos 24 y 44 de la Ley N° 12212 y artículo
2 de la Ley N° 12722.- ARTICULO 2°.- La suma a que refiere el artículo 1°
deberá depositarse a la orden del Ministerio de la Producción en la Cuenta N°
9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de los quince (15) días
contados a partir de la notificación fehaciente de la presente. Realizado el
pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y Pesca, sita en Boulevard
Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el comprobante válido para la
finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.- Establecer que en caso de
no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en el artículo 1°, se
requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los efectos de proceder a su
cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el Registro de
Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona, en orden a lo
dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el artículo 1 de
la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y archívese. Fdo.:
Ing. Agr. Ricardo Biani - Secretario del Sistema Hídrico,
Forestal y Minero”. Además se hace saber que, conforme lo dispuesto por Ley N°
12071, le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del
artículo 42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días
hábiles de notificada la presente”.
S/C 4943 Ago. 5
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Por el presente se
hace saber al Sr. Pablo Leandro CARDONNET, que en los autos caratulados: “Sec.
Sist. Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de infracción N° 4565 Ley 4830” se ha
dictado la RESOLUCION N° 010 del 10 de febrero de 2010, la cual en su parte pertinente
establece: Visto el Expediente N° 00701-0074052-0 del Sistema de Información de
Expedientes, y CONSIDERANDO:... Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO,
FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.-
Sancionar al señor Pablo Leandro CARDONNET, D.N.I. N° 24.995.481, con domicilio
en calle San Lorenzo N° 2272 de la localidad de Santa Fe, Departamento La
Capital, Provincia de Santa Fe, con multa de $ 850,00 (PESOS OCHOCIENTOS
CINCUENTA), y proceder al comiso definitivo de 17 (diecisiete) pájaros
crestones, por infracción al artículo 4 inciso “A” de la Ley N° 4830 y artículo
3 del Decreto reglamentario N° 04148/63 y Art. 22 de la Ley N° 4830 y
Resolución N° 099/08 y artículo 6 de la Ley N° 4830. ARTICULO 2°.- La suma a
que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio de la
Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A., dentro de
los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente de la
presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y
Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el
comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.-
Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en
el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los
efectos de proceder a su cobro judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia en el
Registro de Infractores correspondiente la infracción que se sanciona, en orden
a lo dispuesto en el artículo 27 de la Ley N° 4830. ARTICULO 5°.- Regístrese,
comuníquese y archívese. FDO.: Ing. Agr. Ricardo BIANI -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que,
conforme lo dispuesto por Ley N° 12071, le asiste el derecho de interponer
formal recurso, en los términos del artículo 42° y siguientes del Decreto N°
10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles de notificada la presente”.
S/C 4944 Ago. 5
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Por el presente se
hace saber al Sr. Adrián CARDOZO, que en los autos caratulados: “Secret. del
Hídrico, Forestal y Minero - E/Acta de comprobación de infracción serie “A-I”
N° 003153 infracción a la Ley 12212 se ha dictado la RESOLUCION N° 116 del 8 de
junio de 2010, la cual en su parte pertinente establece: Visto el Expediente N°
00701-0071400-8 del Sistema de Información de Expedientes, y CONSIDERANDO:...
Por ello... EL SECRETARIO DEL SISTEMA HIDRICO FORESTAL Y MINERO DEL MINISTERIO
DE LA PRODUCCION RESUELVE: ARTICULO 1°.- Sancionar al señor Adrián CARDOZO,
D.N.I. N° 34.114.726, con domicilio en zona rural de la localidad de Santa
Rosa, Departamento Garay, Provincia de Santa Fe, con multa de un valor
correspondiente a 3.333 M.T. (TRES MIL TRESCIENTOS TREINTA Y TRES MODULOS
TRIBUTARIOS), equivalentes a la fecha a la suma de $ 333,30 (PESOS TRESCIENTOS
TREINTA Y TRES CON TREINTA CENTAVOS), y proceder al comiso definitivo de dos
(2) dorados, por infracción al artículo 2 de la Ley N° 12722.- ARTICULO 2°.- La
suma a que refiere el artículo 1° deberá depositarse a la orden del Ministerio
de la Producción en la Cuenta N° 9681/00 del Nuevo Banco de Santa Fe S.A.,
dentro de los quince (15) días contados a partir de la notificación fehaciente
de la presente. Realizado el pago, deberá acreditarlo ante la Oficina de Caza y
Pesca, sita en Boulevard Pellegrini 3100 - Santa Fe. Dicho acto será el
comprobante válido para la finalización del acto administrativo. ARTICULO 3°.-
Establecer que en caso de no hacerse efectivo el pago de la multa, dispuesta en
el artículo 1°, se requerirá la intervención de Fiscalía de Estado, a los
efectos de proceder a su cobro por vía judicial. ARTICULO 4°.- Dejar constancia
en el Registro de Infractores correspondiente, la infracción que se sanciona,
en orden a lo dispuesto en el artículo 64 de la Ley N° 12212, modificado por el
artículo 1 de la Ley N° 12482. ARTICULO 5°.- Regístrese, comuníquese y
archívese. FDO.: Ing. Agr. Ricardo BIANI -
Secretario del Sistema Hídrico, Forestal y Minero”. Además se hace saber que conforme lo dispuesto por Ley N° 12071,
le asiste el derecho de interponer formal recurso, en los términos del artículo
42° y siguientes del Decreto N° 10204/58, dentro de los diez (10) días hábiles
de notificada la presente.
S/C 4945 Ago. 5
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