picture_as_pdf 2004-08-05

DECRETO 1284

 

SANTA FE, 16 de Julio de 2004.

VISTO:

El Expediente 00201-0092841-1 del Sistema de Información de Expedientes (S.I.E.), del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, mediante el cual el Tribunal Electoral de la Provincia solicitó al Poder Ejecutivo Provincial el otorgamiento de una compensación por gastos de movilidad y refrigerio para aquellas personas que desempeñaran funciones asignadas por ese organismo, dentro de la Estructura Operativa Electoral de Designación de Autoridades de Mesa; y

CONSIDERANDO:

Que por Decreto 0027/04 del 12 de Enero de 2004 se convocó a elecciones de Miembros de Comisión Comunal y Contralores de Cuentas, Titulares y Suplentes llevados a cabo el día 18 de Abril del corriente año en la Comuna de Maciel Departamento San Jerónimo;

Que la Estructura Operativa Electoral, elaborada por el Instituto Provincial de Estadísticas y Censos se empleó en los anteriores Comicios Provinciales con resultado positivo, requiriendo la disposición de los recursos necesarios a fin de aplicarlos a las erogaciones que demande la implementación del citado operativo;

Que asimismo dicha petición se encuadra en las disposiciones del artículo 37° inciso a) y concordantes de la Ley Provincial 4990, en el artículo 48° de la Ley de Contabilidad y sus modificatorias, y en las facultades conferidas al Poder Ejecutivo por el artículo 72° inciso 4) de la Constitución Provincial;

Que la citada Estructura previó la afectación de agentes, pudiendo ser Docentes y/o Empleados Públicos para cubrir las Mesas de Emisión de sufragio que se habilitaron para el Acto Comicial, integrándose cada una con Autoridades (Presidente y Auxiliar) debiéndose agregar los Jefes de Local para cada establecimiento afectado a los comicios;

Que el personal asignado a la estructura mencionada, desarrolló funciones en forma inmediata y organizada permaneciendo fuera de su domicilio el tiempo que requirió cumplir con las tareas señaladas con responsabilidad y eficiencia;

Que mediante Resolución 135 de fecha 17-03-2004 se habilitó una partida especial para Gastos Electorales, para afrontar las erogaciones emergentes del funcionamiento de la Secretaría Electoral para la concreción de los referidos comicios;

POR ELLO,

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°. - Dispónese, por única vez, a favor de cada uno de los agentes dependientes de la Administración Pública Provincial, o ciudadanos inscriptos en el Registro de Electores que se desempeñaron efectivamente como Autoridad de Mesa de los comicios llevados a cabo en fecha 18 de Abril de 2004, conforme las funciones asignadas dentro de la Estructura Operativa Electoral, el pago de la suma de $ 50,00.- (PESOS CINCUENTA), monto no remunerativo y no bonificable, en concepto de compensación por gastos de movilidad y refrigerio, por su participación en el Acto Eleccionario.

ARTICULO 2°. - El gasto que demande la aplicación del presente Decreto, será atendido con la Partida Especial de Gastos Electorales oportunamente asignada.

ARTICULO 3°. - Refréndese por los Señores Ministros de Gobierno, Justicia y Culto y de Hacienda y Finanzas.

ARTICULO 4°. - Regístrese, comuníquese y archívese.

OBEID

Dr. ROBERTO ARNALDO ROSUA

C.P.N WALTER ALFREDO AGOSTO

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