picture_as_pdf 2003-08-05

REGISTRADA BAJO EL Nº 12122

 

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:

 

ARTICULO 1º - Desaféctase del uso o destino y declárase la innecesariedad de la fracción de terreno propiedad de la Empresa Provincial de la Energía, ubicada en el Distrito Estación Clucellas, departamento Castellanos, designada como Lote 2 del Plano de Mensura y Subdivisión 11.8654, con una superficie de 288,96 m2, e inscripto su dominio bajo el 345 Impar, 1675, 43.669, Año 1991, Sección Propiedades del Registro General de Santa Fe, y autorízase el traspaso del dominio, en carácter de devolución a favor de la Comuna de Estación Clucellas.

Dicha gestión fue aprobada por Resolución 044 de fecha 23 de Abril de 2002, de la Empresa Provincial de la Energía, la que se agrega como anexo y forma parte integrante de la presente ley.

ARTICULO 2º - Comuníquese al Poder Ejecutivo.

 

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISÉIS DÍAS DEL MES DE JUNIO DEL AÑO DOS MIL TRES.

 

Alberto Nazareno Hammerly

Presidente

Cámara de Diputados

Marcelo Muniagurria

Presidente

Cámara de Senadores

Avelino Lago

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Ricardo Paulichenco

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 30 JUL 2003

 

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

Carlos Alberto Reutemann

Gobernador de Santa Fe

 

La presente Ley se publica sin la documentación anexa, quedando a disposición de los interesados en la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto -3 de Febrero 2649 -2° Piso -Santa Fe -Tel.0342-4506607- e-mail:ditecleg@arnet.com.ar

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