picture_as_pdf 2012-07-05

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL - LOTERIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 088


Ref.: Disponiendo Modificar los Valores Mínimos por Apuesta y por Tickets dispuestos por Resolución de Dirección General Nº 062/12 de fecha 16 de Mayo de 2012


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0090681-1- del S.I.E, y;

CONSIDERANDO:

Que atento a lo establecido en el Artículo 24º del Reglamento General del Juego de Quiniela de Santa Fe, aprobado por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva Nº 212 de fecha 23 de Abril de 2012, los valores mínimo y máximo por apuesta y por tickets de la categoría Quiniela Expres, podrán modificarse a juicio exclusivo de la Caja de Asistencia Social;

Que atendiendo razones de índole comercial, conforme los conceptos vertidos por la Dirección General de Juegos de Azar, en el sentido que se advierte cierta tendencia declinante en el nivel de comercialización del producto, resulta conveniente adecuar los valores mínimos por apuesta y por tickets, manteniendo el valor máximo por apuesta, dispuestos por Resolución de Dirección General N° 062/12;

Que ha tomado la debida intervención la Dirección Provincial de Juegos y Explotación, en tanto, la Dirección General de Asesoría Jurídica, no ha formulado objeción;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto N° 2480/09,

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.- Dejar sin efecto la Resolución de Dirección General N° 062/12, mediante la cual se disponen los valores mínimo y máximo por apuesta y mínimo por tickets para la categoría “Quiniela Expres”.-

ARTICULO 2°.- Disponer que los Valores Mínimo y Máximo por apuesta se fije en PESOS UNO (1) y PESOS DIEZ ($ 10), respectivamente.-

ARTICULO 3°.- Disponer que el Valor Mínimo por Tickets ascienda a la suma de PESOS DOS (2).-

ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

Santa Fe, 28 de Junio de 2012.

S/C 8872 Jul. 5

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RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL N° 087/12


REF.: APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE JULIO/2012


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-0096820-2- del S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la Gerencia respectiva para el presente mes de Julio/2012; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a sábados; de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe y Quiniela y/o Lotería de Montevideo de lunes a viernes, de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E., Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Lotería de Córdoba y Lotería de Santiago del Estero; Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Quiniela (Tómbola) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados, asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;

Que a partir del presente mes de julio de 2012, se ha incorporado a la Programación Mensual de Sorteos de la Quiniela de Santa Fe, la categoría Expres, implementada a partir del 01 de junio del presente año, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 277/12;

Que las Resoluciones de Dirección General N° 066 y 073/12, mediante las cuales se aprobó la Programación de la Categoría Expres, para el mes de junio/12, fijaban el horario de cierre de captura de apuestas una hora antes del horario de sorteo de cada modalidad;

Que atento al comportamiento de esta nueva categoría de la Quiniela de Santa Fe en el mercado de juego y a solicitud de los Permisionarios, se ha dispuesto modificar el horario de cierre de captura de apuestas, extendiendo el mismo hasta la hora 20.45 de lunes a sábados;

Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver los de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta sus programaciones, ya que las mismas han comunicado su aprobación definitiva, a excepción de Lotería Nacional S.E. y Lotería de Montevideo;

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S., durante el mes de Julio/12, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realizará esta Caja de Asistencia Social-Lotería de Santa Fe;

Que el Sorteo N° 4730 de Quiniela Vespertina de fecha 18/07/12, se resolverá por los Códigos de Lotería 1 (Sorteo de Quiniela de Lotería Nacional S.E), 2 (Sorteo de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires) y 3 (Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe), únicamente, en razón de ser Feriado Nacional en la República Oriental del Uruguay;

Que el Sorteo N° 8673 de Quiniela Nocturna de fecha 18/07/12, se resolverá por los Códigos de Lotería 1,2 y 3, por los motivos citados en el considerando anterior y por no programar su sorteo habitual Lotería de Córdoba;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de Pesos Quince Mil ($15.000) para el primer premio, Pesos Diez Mil ($ 10.000) para el segundo premio, Pesos Cinco Mil ($ 5.000) para el tercer premio, Pesos Dos Mil ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estimulo para agencieros de Pesos Un Mil Quinientos (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptaran únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N° 2480/09;

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE

ARTICULO 1º.- Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” del mes de JULIO/2012, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonaran Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de PESOS QUINCE MIL al primer premio, PESOS DIEZ MIL al segundo premio, PESOS CINCO MIL al tercer premio, PESOS DOS MIL al cuarto y quinto premio respectivamente y PESOS UN MIL para los premios sexto al décimo, respectivamente, y PESOS UN MIL QUINIENTOS para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo Nº 855.

ARTICULO 4°.- Disponer que a partir del 01/07/12, el horario de cierre de captura de apuestas para la Categoría Quiniela Expres se fije en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 5°.- El gasto que demande la presente gestión se imputará al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social Lotería, Programa 16, Actividad 04- Art. 3º Ley 25917, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 7, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06- Pérdidas Operativas-Premios.

ARTICULO 6°.- Regístrese, comuníquese y archívese.-

SANTA FE, 28 de Junio de 2012.

Dra. MONICA CALDERON

a/c Dirección General

Caja de Asistencia Social

Lotería de Santa Fe


FECHA DIA EL PRIMERO MATUTINA VESPERTINA NOCTURNA Poceada EXPRES Tómbola Prescrip. DEBITOS

Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Sorteo Hora Lotería Federal N° Serie Sfe Ros Int


02 lunes 1136 11,30 1-2-3 4528 14,00 1-2-3 4719 17,30 1-2-3-4 8660 21,00 1-2-3-4 784 027 17-Jul 05-Jul

03 martes 1137 11,30 1-2-3 4529 14,00 1-2-3 4720 17,30 1-2-3-4 8661 21,00 1-2-3-4 785 028 2879 18-Jul 06-Jul

04 miércoles 1138 11,30 1-2-3 4530 14,00 1-2-3 4721 17,30 1-2-3-4 8662 22,00 1-2-3-4-5c 786 029 19-Jul 10-Jul

05 jueves 1139 11,30 1-2-3 4531 14,00 1-2-3 4722 17,30 1-2-3-4 8663 21,00 1-2-3-4 787 030 2880 20-Jul 11-Jul

06 viernes 1140 11,30 1-2-3 4532 14,00 1-2-3 4723 17,30 1-2-3-4 8664 21,00 1-2-3-4-5s 788 031 23-Jul 12-Jul

07 sábado 1141 11,30 1-2-3 4533 15,00 1-2-3 8665 21,00 1-2-3-4 789 032 2881 23-Jul 12-Jul

10 martes 1142 11,30 1-2-3 4534 14,00 1-2-3 4724 17,30 1-2-3-4 8666 21,00 1-2-3-4 790 033 2882 25-Jul 13-Jul

11 miércoles 1143 11,30 1-2-3 4535 14,00 1-2-3 4725 17,30 1-2-3-4 8667 22,00 1-2-3-4-5c 791 034 26-Jul 16-Jul

12 jueves 1144 11,30 1-2-3 4536 14,00 1-2-3 4726 17,30 1-2-3-4 8668 21,00 1-2-3-4 792 035 2883 27-Jul 17-Jul

13 viernes 1145 11,30 1-2-3 4537 14,00 1-2-3 4727 17,30 1-2-3-4 8669 21,00 1-2-3-4-5s 793 036 30-Jul 18-Jul

14 sábado 1146 11,30 1-2-3 4538 15,00 1-2-3 8670 21,00 1-2-3-4 794 037 2884 30-Jul 18-Jul

16 lunes 1147 11,30 1-2-3 4539 14,00 1-2-3 4728 17.30 1-2-3-4 8671 21,00 1-2-3-4 795 038 31-Jul 19-Jul

17 martes 1148 11,30 1-2-3 4540 14,00 1-2-3 4729 17,30 1-2-3-4 8672 21,00 1-2-3-4 796 039 2885 01-Ago 20-Jul

18 miércoles 1149 11,30 1-2-3 4541 14,00 1-2-3 4730 17,30 1-2-3 8673 22,00 1-2-3 797 040 02-Ago 23-Jul

19 jueves 1150 11,30 1-2-3 4542 14,00 1-2-3 4731 17,30 1-2-3-4 8674 21,00 1-2-3-4 798 041 2886 03-Ago 24-Jul

20 viernes 1151 11,30 1-2-3 4543 14,00 1-2-3 4732 17,30 1-2-3-4 8675 21,00 1-2-3-4-5s 799 042 06-Ago 25-Jul

21 sábado 1152 11,30 1-2-3 4544 15,00 1-2-3 8676 21,00 1-2-3-4 800 043 2887 06-Ago 25-Jul

23 lunes 1153 11,30 1-2-3 4545 14,00 1-2-3 4733 17,30 1-2-3-4 8677 21,00 1-2-3-4 801 044 07-Ago 26-Jul

24 martes 1154 11,30 1-2-3 4546 14,00 1-2-3 4734 17,30 1-2-3-4 8678 21,00 1-2-3-4 802 045 2888 08-Ago 27-Jul

25 miércoles 1155 11,30 1-2-3 4547 14,00 1-2-3 4535 17,30 1-2-3-4 8679 22,00 1-2-3-4-5c 803 046 09-Ago 30-Jul

26 jueves 1156 11,30 1-2-3 4548 14,00 1-2-3 4736 17,30 1-2-3-4 8680 21,00 1-2-3-4 804 047 2889 10-Ago 31-Jul

27 viernes 1157 11,30 1-2-3 4549 14,00 1-2-3 4737 17,30 1-2-3-4 8681 21,00 1-2-3-4-5s 805 048 13-Ago 01-Ago

28 sábado 1158 11,30 1-2-3 4450 15,00 1-2-3 8682 21,00 1-2-3-4 806 049 2890 13-Ago 01-Ago

30 lunes 1159 11,30 1-2-3 4551 14,00 1-2-3 4738 17,30 1-2-3-4 8683 21,00 1-2-3-4 807 050 14-Ago 02-Ago

31 martes 1160 11,30 1-2-3 4452 14,00 1-2-3 4739 17,30 1-2-3-4 8684 21,00 1-2-3-4 808 051 2891 15-Ago 03-Ago


Códigos Loterías:

El código de Loterías de Córdoba y Santiago del Estero sigue siendo 5, se enuncian aquí como 5c y 5s al solo efecto de su diferenciación.


Observaciones

* Los días miércoles los sorteos Propios de la Quiniela Nocturna de Santa Fe (Cod.Lot 3) se llevan a cabo a la hora 22,00

Poceada Federal: Durante el mes de Julio Sortea por Lotería de Santa Fe y resuelve apuestas de las Jurisdicciones de Santa Fe y Entre Ríos.

Tómbola: sortea conjuntamente con Quiniela Nocturna.

PROGRAMA DE SORTEOS QUINIELAS: JULIO DE 2012


OBSERVACIONES

Sorteo Modalidad Fecha

4730 Vespertina 18/07/2012 Se resuelve por los códigos de Lotería 1 (Nacional), 2 (Provincia de Bs.As.) y 3 (Santa Fe) en razón de ser Feriado Nacional en la República

Oriental del Uruguay.


8673 Nocturna 18/07/2012 Se resuelve por los códigos de Lotería 1 (Nacional), 2 (Provincia de Bs.As.) y 3 (Santa Fe) por lo expuesto precedentemente y por no

programar su sorteo habitual Lotería de Córdoba.


HORARIOS DE CIERRE DE TRANSMISION DE APUESTAS


QUINIELA EL PRIMERO LUNES A SABADOS COD.LOT. 1,2 Y 3 11,15 HS.


QUINIELA MATUTINA LUNES A VIERNES COD.LOT. 1,2 Y 3 13,45 HS.

SABADOS COD.LOT. 1,2 Y 3 14,45 HS.


QUINIELA VESPERTINA LUNES A VIERNES COD.LOT. 1,2 Y 3 17,15 HS.

COD. 4 14,45 HS.


QUINIELA NOCTURNA LUNES A VIERNES COD. LOT. 1,2,3,4 Y 5 20,45 HS.

SABADOS COD. LOT. 1,2,3,4 20,45 HS.


QUINIELA EXPRES LUNES A SABADOS 20,45 HS.


PROGRAMA DE SORTEOS: JULIO 2012

PRESCRIPCIONES


Semanalmente se emitirá un comunicado por Terminal que indicará los importes pagados y prescriptos para cada una de las modalidades del juego de quiniela.

A las setenta y dos (72) horas se emitirá el débito correspondiente en concepto de “prescripción”.

Durante los quince (15) días corridos posteriores a la emisión del memo, la Gerencia de Quiniela recepcionará los reclamos pertinentes.

Los débitos en concepto de prescripciones de sorteos de Quiniela y Pozo de la Quiniela, se emitirán conforme al siguiente detalle:


Nocturna Vespertina Matutina El Primero Pozo Quiniela Poceada Fed. Expres Tómbola Fecha Memo Fecha Débito

8658 al 8663 4718 al 4722 4526 al 4531 1134 al 1139 3948 al 3959 782 al 787 025 al 030 2878 al 2880 23/07/12 26/07/12

8664 al 8668 4723 al 4726 4532 al 4536 1140 al 1144 3960 al 3969 788 al 792 031 al 035 2881 al 2883 30/07/12 02/08/12

8669 al 8674 4727 al 4731 4537 al 4542 1145 al 1150 3970 al 3981 793 al 798 036 al 041 2884 al 2886 06/08/12 09/08/12

8675 al 8680 4732 al 4736 4543 al 4548 1151 al 1156 3982 al 3993 799 al 804 042 al 047 2887 al 2889 13/08/12 16/08/12


Disponible a partir de las 14,00 horas.


PROGRAMA DE SORTEOS MES DE: JULIO 2012


CONCURSOS EXTRAS DE TICKETS NO GANADORES DE LA QUINIELA DE SANTA FE


DETALLE DE SORTEOS

Concurso Fecha Período comprendido Pago de premios

1049 04/07/12 08/06/12 al 02/07/12 05/07/12 al 19/07/12

1050 11/07/12 15/06/12 al 07/07/12 12/07/12 al 26/07/12

1051 18/07/12 22/06/12 al 16/07/12 19/07/12 al 02/08/12

1052 25/07/12 29/06/12 al 23/07/12 26/07/12 al 09/08/12



DETALLE DE PREMIOS

Primero $15.000

Segundo $10.000

Tercero $5.000

Cuarto y quinto $2.000

Sexto al Décimo $1.000


Se realizarán dos sorteos, uno con los tickets de Santa Fe y Zona Norte y Otro con los tickets de la ciudad de Rosario y Zona Sur.

Estímulo: El agenciero que haya comercializado el ticket ganador del Primer Premio gana Un Mil Quinientos Pesos $1.500,00.

De los sorteos: Se realizarán ante Escribano y Autoridades de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe en su Sala de Sorteos

Ganadores: Las Nóminas de Ganadores se darán a conocer de la siguiente manera: Ciudad de Santa Fe y Zona Norte por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz.

Ciudad de Rosario y Zona Sur por Canal 5 de la ciudad de Rosario.

S/C 8871 Jul. 5

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AGENCIA PROVINCIAL DE SEGURIDAD VIAL


VALORES UNIDADES FIJAS PARA EL MES DE JULIO DE 2012


En cuanto a lo establecido por el Artículo 84 de la Ley Nacional N° 24449 que establece que el valor de la multa se determina en unidades fijas denominadas -UF-, cada una de las cuales equivale al menor precio de venta al público de un litro de nafta especial, se fija el siguiente valor para la unidad fija (UF)


1 UF = 1 LITRO DE NAFTA ESPECIAL = $ 5,949


Asimismo, a los fines de lo establecido por el Artículo 11 del Decreto N° 0869/09, se fija como valor para la unidad fija -UF- el equivalente al precio de venta al público de un litro de gas oil tipo Ultra Diesel en las estaciones de servicios YPF del Automóvil Club Argentino.


1 UF = 1 LITRO DE GAS OIL ULTRA DIESEL = $ 5,399

Estos precios se publican de acuerdo a lo informado por el Automóvil Club Argentino para sus estaciones de servicio YPF dentro de la jurisdicción provincial

S/C 8885 Jul. 5 Jul. 10

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DIRECCION PROVINCIAL DE PROMOCION DE LOS DERECHOS

DE LA NIÑEZ ADOLECENCIA Y FAMILIA


Notificación


Por disposición de la Señora Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de los Nodos Rosario y Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe, dentro del legajo administrativo, referenciadas administrativamente como: "Brisa Pividori DNI N° 47.839.924, Carlos Danieol Pividori DNI N° 45.344.424; Antonella Pividori DNI N° 44.066.417; Micaela Monzón DNI N° 46.372.095; Guillermo Monzón DNI N° 46.372.096; Andy Joel Monzón; Sara Monzón, indocumentada; Abril Monzón DNI 46.641.850; Leandro Monzón DNI: 44.525.719 y Bruno Monzón DNI N° 42.242.346; Evelyn Sánchez DNI N° 40.932.434 y Walter Dominguez DNI N° 43.238.170 s/ Resolución Defnitiva de Medida Excepcional", que tramita por ante la Dirección Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia Equipo interdisciplinario de Vinculación Familiar Permanente se ha dispuesto dirigir al Sr. WALTER DOMINGUEZ, sin DNI conocido, el acto administrativo cuya parte resolutiva se transcribe seguidamente: "Rosario, 24 de octubre de 2011.- VISTO... CONSIDERANDO... RESUELVE: 1) Resolver definitivamente la Medida de Protección Excepcional dispuesta oportunamente en relación a los niños: MICAELA MONZON, GUILLERMO MONZON, BRISA PIVIDORI, CARLOS PIVIDORI Y ANTONELLA PIVIDORI, todos hijos de Luciana Monzón y los últimos tres mencionados hijos del Sr. Carlos Pividori, de conformidad a lo dispuesto por el art.51 Ley 12967 y su respectivo decreto reglamentario 619/10, debido a que se han agotado las posibilidades de trabajo en pos a su revinculación con la familia de origen y con la familia ampliada. 2) Proceder de igual manera respecto a los niños: ANDY MONZÓN, SARA MONZON, ABRIL MONZON, LEANDRO MONZON, BRUNO MONZON, todos hijos de Gisela Vanina Monzón y la niña Evelin, hija de Oscar Sánchez en tanto se desconocen los datos personales del progenitor del niño Walter Dominguez. 3) Sugerir por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo las medidas definitivas sugeridas fundadamente por el Equipo de Vinculación Familiar Permanente, que seguidamente se enuncian, en cuanto a que, prima facie, se considere la posibilidad de que todos los niños sean declarados en estado de adoptabilidad, a fin de que puedan acceder a una guarda con fines de adopción conforme a la ley N° 26.061; LEy 12.967 y su respectivo decreto reglamentario; Código Civil; CPC y C. Santa Fe, LOPJ y leyes complementarias. Destacando que se sugiere para la guarda preadoptiva del niño Andy Monzón al matrimonio compuesto por Eugenia Marelli y Marcelo Ponce, para la guarda pre adoptiva de la niña Abril Pividori, al matrimonio compuesto por Laura Videla y Hugo Montane, para guarda pre adoptiva de la niña Sara Pividori la familia conformada por Sandra Belén y Carlos Zaiser, para la guarda pre adoptiva de Brisa Pividori la familia conformada por Loreza Zárate y Walter Vicetti; para la guarda pre adoptiva de Antonella Pividori, la familia constituida por María Teresa Gregorutti y Esteban Figueroa en razón del fuerte vínculo creado entre ellos desde su ingreso al Programa de Familias Solidarias. Sugiriendo que los niños Leandro Monzón, Bruno Monzón, Walter Dominguez y Evelyn Sánchez, todos hijos de Gisella Vanina Monzón (fallecida) puedan ser adoptados en forma conjunta, debido al fuerte lazo de hermandad que los une. 4) Efectuar el procedimiento destinado a la notificación de la resolución de la Medida de Protección Excepcional a la progenitora Luciana Monzón y a los progenitores Oscar Sánchez. Carlos Pividori en sus domicilios particulares y, una vez firme la presente, se solicitará el control de legalidad de la misma por ante el órgano jurisdiccional competente conforme a lo establecido en el Art. 65 de la Ley Provincial 12.967. 5) Otórguese el trámite correspondiente, regístrese, notifiquese a las partes interesadas y al órgano jurtisdiccional y solicítese al Juzgado interviniente oficiar al Registro Único de Adoptantes de la Provincia de Santa Fe (ley 13.093) y oportunamente archívese". Fdo. Ps. Mónica Varetto. Directora Provincial de Promoción de los Derechos de la Niñez. Nodos Rosario y Venado Tuerto.

Se transcriben a continuación los arts. pertinentes de la Ley Nº 12.967:

ARTICULO 60.- RESOLUCIÓN. La Autoridad administrativa del ámbito regional y la Autoridad de Aplicación provincial son los únicos funcionarios con competencia para dirigir el procedimiento y para declarar y disponer por resolución administrativa debidamente fundada alguna medida de protección excepcional.

ARTICULO 61.- NOTIFICACIÓN. La resolución administrativa por la que se adopta una medida de protección excepcional debe notificarse debidamente a los representantes legales, familiares o responsables de la niña, niño o adolescente.

ARTÍCULO 62.- RECURSOS. Contra la resolución de la Autoridad administrativa del ámbito regional o la Autoridad de Aplicación provincial que decide la aplicación de una medida de protección excepcional puede deducirse recurso de revocatoria en audiencia oral y actuada producida dentro del plazo de doce (12) horas de interpuesto el recurso. Este no tiene efecto suspensivo de la medida recurrida. Finalizada la sustanciación del recurso éste debe ser resuelto en un plazo de tres (3) horas, sin apelación administrativa y con notificación a las partes.

Las medidas de protección excepcional son de aplicación restrictiva.

S/C 8883 Jul. 5

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