REGISTRADA BAJO EL Nº 13079
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA
LEY:
ARTÍCULO 1º.-
Desaféctase de la expropiación temporal, otorgada por Ley N° 12340, prorrogada
por las leyes 12666 y 12935, las parcelas 1, 3, 4, 5 del inmueble ubicado en la
ciudad de Rosario, sito en calle Corazzi 1005, plano aprobado por la Dirección
de Catastro, departamento de Topografía, bajo el N° 36967/64; subsistiendo la
declaración de utilidad pública y expropiación del "uso temporal" en
los términos y condiciones establecidos en el Artículo 15 y concordantes de la
Ley N° 7534 y modificatorias, solamente de la parcela 2 del citado inmueble,
según plano se adjunta.
ARTÍCULO 2º.- El
Poder Ejecutivo iniciará las acciones administrativas y judiciales que resulten
pertinentes, conforme lo dispuesto en la Ley 12167.
ARTÍCULO 3.-
Autorízase al Poder Ejecutivo a efectuar en el Presupuesto General de Gastos y
Cálculo de Recursos del ejercicio vigente, las adecuaciones presupuestarias que
resulten necesarias para el cumplimiento de la presente ley.
ARTÍCULO 4º.-
Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE
SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTISIETE DIAS
DEL MES DE MAYO DEL AÑO DOS MIL DIEZ
Eduardo Alfredo Di
Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario
Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo H. Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
29 JUN 2010
De conformidad a lo
prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley
del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y
publíquese en el Boletín Oficial.
Antonio Juan Bonfatti
Ministro de Gobierno y
Reforma del Estado
La presente Ley se
publica sin la documentación anexa quedando a disposición de los interesados en
la Dirección General de Técnica Legislativa - Ministerio de Gobierno y Reforma
del Estado - 3 de Febrero 2649- 2° Piso - Santa Fe - Tel. 0342-4506607 -
e-mail:ditecleg@arnetbiz.com.ar
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