picture_as_pdf 2018-06-05

MOTORES CZERWENY S.A.


DESIGNACION DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados, MOTORES CZERWENY SOCIEDAD ANONIMA s/Designación de Autoridades, que tramita ante el Registro Público de Santa Fe bajo el Expte. Nº 975, Fº -, año 2018, se hace saber: que en fecha 07-03-2018 los accionistas de MOTORES CZERWENY S.A. designaron a los miembros del directorio: Director Titular – Presidente: MARIA CARINA AYUB, DNI 21.566.250, CUIT 27-21566250-6, con domicilio en Avda. Rosario 845 de la localidad de Funes, provincia de Santa Fe; y Directora Suplente: SILVIA CRISTINA SAMBORSKI, DNI 10.410.870, CUIT 27-10410870-4, con domicilio en Mitre 846 Piso. 3 Dpto. 303 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe.

$ 45 358458 Jun. 5

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ADA S.A.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORES


1) Fecha de la Resolución de la Sociedad que aprobó la Designación de Directores: 26 de Abril de 2018.

2) Composición de los Órganos de Administración y Fiscalización: Directorio compuesto por un mínimo de uno y un máximo de seis miembros, quienes durarán en sus funciones tres ejercicios, con suplentes designados en igual o menor número y por el mismo plazo. Se designa un director titular y uno suplente. Presidente: Sr. Alejandro Martín Aquiles. Director Suplente: Sra. María Rosa Del Bianco.

La fiscalización estará a cargo de todos los socios (se prescinde de la sindicatura).

3) Organización de la Representación Legal: la representación legal de la sociedad corresponde al Presidente del Directorio.

$ 45 358207 Jun. 5

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ASUR S.A.


INSCRIPCIÓN DIRECTORIO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria Nro. 19 de fecha 13/04/2018 el Directorio de ASUR S.A. ha quedado compuesto de la siguiente manera:

Presidente: Lucio Vidal Saldivia

Vicepresidente: Adrián Saldivia

Director Suplente: Griselda Mariana Quintero

Todos los designados han aceptado sus respectivos cargos constituyendo domicilio en los términos del art. 256 de la Ley 19.550 y modif. en calle 1° de Mayo Nº 953 Piso 3° Dpto. “A” de la ciudad de Rosario.-

$ 45 358297 Jun. 5

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BARANOVIC S.R.L.


CONTRATO


Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial, a cargo del Registro Público de Comercio Dra. María Celeste Rosso, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, mediante Resolución de fecha 07 de Mayo de 2018 se ha ordenado la siguiente publicación:

En la localidad de Elortondo, provincia de Santa Fe, a los 27 días del mes de Abril de dos mil dieciocho, entre los señores: Baravalle Marcelo Edgardo, de nacionalidad Argentino, nacido el 30/11/1971, D.N.I. Nº 21.994.884.de profesión Productor Agropecuario, de estado civil casado en primeras nupcias con la señora Ozcoidi Susana Ester, nacido el 03/06/1968, D.N.I. Nº 20.141.867, ambos con domicilio en calle Francia Nº 746, de la localidad de Elortondo y Marinovic Jorge Andrés, de nacionalidad Argentino, nacido el 30/07/1980, D.N.I. Nº 27.947.152, de profesión productor agropecuario, de estado civil soltero, con domicilio en Zona Rural S/N, de la localidad de Elortondo; convienen la constitución de una Sociedad de Responsabilidad Limitada que se regirá por las siguientes cláusulas en particular y por las de la Ley 19.550 en general:

CAPITULO I

DENOMINACIÓN, DOMICILIO Y DURACIÓN:


PRIMERA: Denominación: La sociedad girará bajo la denominación de “BARANOVIC S.R.L”

SEGUNDA: Domicilio: La Sociedad tendrá su domicilio legal en la localidad de Elortondo, provincia de Santa Fe, pudiendo establecer agencias o sucursales en cualquier punto del país, o del extranjero.

TERCERA: Duración: El término de duración será de veinte (20) años a partir de su inscripción en el Registro Público.

CAPITULO II

OBJETO Y CAPITAL

CUARTA: Objeto: La sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia, de terceros o asociada a terceros, las siguientes operaciones: 1) Comerciales: compra y venta de semillas, agroquímicos y/o productos veterinarios, importación y exportación. 2) Industriales: a) fabricación y fraccionamiento de alimento balanceados y núcleos proteicos para la alimentación animal, b) envasamiento y distribución de alimentos balanceados y núcleos proteicos para la alimentación animal. 3) Agropecuarias: a) Explotación agrícola: cultivo de cereales y oleaginosas y b) explotación ganadera: invernada y cría de ganados. 4) Transporte de cargas de corta, mediana y larga distancia. 5) Servicios relacionados con el objeto. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer actos que no sean prohibidos por las leyes o por este contrato.

QUINTA: Capital: El Capital Social se fija en la suma de Pesos quinientos mil con cero centavos($500.000,00), divididos en diez mil(10.000) cuotas, de Pesos cincuenta ($50,00) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: el señor Baravalle Marcelo Edgardo, suscribe cinco mil(5.000) cuotas de Capital o sea la suma de Pesos doscientos cincuenta mil con cero centavos($250.000,00) que integra: a) El 25 por ciento en este acto en dinero en efectivo, equivalente a Pesos sesenta y dos mil quinientos- con cero centavos($62.500), lo que representa (1.250) cuotas, y b) el 75 por ciento de Pesos ciento ochenta y siete mil quinientos con cero centavos ($187.500) equivalentes a (3.750) cuotas de Capital Social, también en dinero en efectivo, dentro de los 12 meses de la fecha y , el señor Marinovic Jorge Andrés, suscribe cinco mil(5.000) cuotas de Capital o sea la suma de Pesos doscientos cincuenta mil con cero centavos($250.000,00) que integra: a) El 25 por ciento en este acto en dinero en efectivo, equivalente a Pesos sesenta y dos mil quinientos con cero centavos($62.500), lo que representa (1.250) cuotas, y b) el 75 por ciento de Pesos ciento ochenta y siete mil quinientos con cero centavos ($ 187.500) equivalentes a (3.750) cuotas de Capital Social dentro de los 12 meses de la fecha.

CAPITULO III

ADMINISTRACIÓN Y FISCALIZACIÓN

SEXTA: Administración, Dirección y Representación: La administración, representación legal y uso de la firma social estará a cargo de los socios, gerentes designados por acta aparte. Para obligarla, firmarán en forma individual.

Los gerentes en cumplimiento de sus funciones, podrán efectuar y suscribir todos los actos y contratos que sean necesarios para el desenvolvimiento de los negocios sociales, sin limitación alguna, incluidos los especificados en los artículos Nº 782 y 1881 del Código Civil y Decreto 5965/63, art. 9, con la única excepción de prestar fianzas o garantías a favor de terceros por asuntos, operaciones o negocios ajenos a la sociedad.

SÉPTIMA: Fiscalización, Reunión de Socios: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios. En las deliberaciones por asuntos de la sociedad expresarán su voluntad en reuniones cuyas resoluciones se asentarán en un libro especial rubricado, que será el Libro de Actas de la sociedad, detallando los puntos a .considerar y firmado por todos los presentes. Las decisiones se adoptarán según las mayorías establecidas por el art. 160 de la Ley 19.550. Podrá decidirse el establecimiento de un órgano de fiscalización según lo previsto en el art. 158 de la citada ley.

CAPITULO IV

BALANCES Y DISTRIBUCIÓN DE UTILIDADES

OCTAVA: Balance General y Resultados: La sociedad cerrará su ejercicio el día 31 de julio, de cada año, fecha en la cual se confeccionará un Balance General, con sujeción a las normas legales y criterios técnicos usuales en materia administrativa y contable, que exponga la situación patrimonial a ese momento, como así también un estado de resultados de ejercicio. Una vez confeccionado el Balance General, por intermedio de uno de los gerentes, se convocará a reunión de socios, a fin de ponerlo a disposición de éstos para su conocimiento y consideración, en la forma que prevé para dichas reuniones la cláusula séptima. Si por circunstancias imprevistas o falta de quórum, la reunión no pudiera realizarse, el Balance se considerará automáticamente aprobado, si dentro de los diez (10) días corridos a contar desde la fecha fijada para la reunión de socios, no fuera objetado por la mayoría del Capital Social, objeciones que, en tal caso, deben efectuarse por escrito y fundadas.

El Balance deberá ser considerado dentro de los ciento veinte (120) días de cerrado el ejercicio y puesto a disposición de los socios con quince (15) días de anticipación. Si el ejercicio arroja ganancias, de estas se destinarán el cinco por ciento para la constitución de la “Reserva Legal”, hasta que la misma alcance al veinte (20) por ciento del Capital Social. Podrán constituirse además otras reservas facultativas que los socios decidan, movilizables, dentro de los términos del art. 70 de la Ley 19.550 y sus modificaciones.

Salvo lo dispuesto por el art. 71 de la misma Ley, para el caso de existir arrastre de quebrantos de años anteriores, el remanente de ganancias se distribuirá entre los socios a prorrata de importes y tiempos de sus respectivos integrantes de capital, acreditándose en sus cuentas particulares.

Si el ejercicio arrojara pérdidas, éstas se cargarán, a las reservas especiales y en su defecto a la Reserva Legal, en cuyo caso no se distribuirán ganancias futuras hasta su total reintegro. No contando esta última con suficiente saldo, el remanente se mantendrá en cuenta especial hasta que sea cubierto por futuras utilidades, teniendo presente al respecto lo dispuesto por el art. 71 de la Ley 19.550 y sus modificaciones. Las pérdidas de Capital no importaran la disolución de la sociedad si los socios acuerdan su reintegro.

CAPITULO V

CESIÓN DE CUOTAS, FALLECIMIENTO E INCAPACIDAD

NOVENA: Cesión de Cuotas: Las cesiones de cuotas entre los Socios podrán celebrarse con la única limitación de mantenimiento de las proporciones de capital existentes entre los socios continuadores. Si algún socio desiste de la compra, los restantes podrán adquirir proporcionalmente sus cuotas. Las que se otorgarán a favor de terceros estarán sujetas a las condiciones establecidas por la Ley 19.550 en el art. 152. Las cuotas de capital no podrán ser cedidas o transferidas a terceros, sin el consentimiento unánime de los socios. El socio que se propone ceder sus cuotas deberá comunicar por medio fehaciente tal circunstancia a la Gerencia y a sus consocios, estos últimos deberán notificar su decisión de compra en un plazo no mayor de treinta días, vencido el cual se tendrá por autorizada la cesión y desistida la preferencia. En la comunicación que el socio cedente haga a Gerencia y a sus consocios deberá indicar el nombre y apellido del interesado, precio y condiciones de la cesión y forma de pago. A iguales condiciones los socios tienen derecho de preferencia de compra. Se deberá dejar constancia en el Libro de Actas de la Sociedad, sobre la resolución que se hubiere adoptado y su posterior inscripción en el Registro Público de Comercio. Los futuros titulares de cuotas de capital por suscripción, cesión u otro concepto cualquiera, no adquirirán por ese sólo hecho funciones gerenciales o de administración.

DÉCIMA: Fallecimiento e Incapacidad: En caso de fallecimiento, o por cualquier otra causa legal que importe el retiro o desvinculación de alguno de los socios, sus herederos o sucesores podrán optar por:

a. Continuar en la sociedad en lugar del socio fallecido, incapaz o ausente. En este caso los herederos, sucesores o sus representantes legales deberán unificar su personería y representación en un solo y único representante frente a la sociedad y en sus relaciones con la misma, quien no tendrá las facultades de los socios gerentes ni de los liquidadores o;

b. Por retirarse de la sociedad percibiendo el valor proporcional que las cuotas del socio fallecido, incapaz o ausente tengan con relación al Balance General, que se practicará a la fecha del fallecimiento, incapacidad o declaración de ausencia del socio. Este balance deberá ser confeccionado dentro de los sesenta (60) días de acaecida la muerte, incapacidad o declaración de ausencia, con citación de los herederos, sucesores o representantes, a cuyo efecto deberán los mismos actuar bajo una única y sola representación, unificando su personería. En el caso del apartado b) El importe resultante se abonará a los herederos, sucesores o representantes en doce (12) cuotas pagaderas, la primera de inmediato y las restantes en los meses consecutivos siguientes respectivamente, debidamente actualizadas y con interés fijado por el Banco de la Nación Argentina, para préstamos de capital ajustable, no pudiendo pretender los herederos o sucesores participación alguna en las utilidades o beneficios sociales obtenidos con posterioridad al día del fallecimiento, declaración de insania o ausencia. El representante de los herederos podrá o no ser socio de la sociedad; en caso de ser socio quedará sin efecto la prohibición establecida anteriormente de ser gerente o liquidador de la sociedad. La decisión de los herederos deberá comunicarse por éstos a la sociedad en el término de 10 días de ocurrido el fallecimientos, declaración de insania o ausencia, con nombramiento del representante frente a la sociedad. En defecto de esta comunicación se entenderán que deciden continuar en la sociedad en las

condiciones fijadas por este artículo.

CAPITULO VI

DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN - PROHIBICIONES DE LOS SOCIOS

UNDÉCIMA: Disolución y Liquidación: La sociedad se disolverá por las causales de derecho establecidas en el art. 94 de la Ley 19.550 y sus modificaciones. En tal caso, la liquidación se practicará por los gerentes en ejercicio en ese momento, salvo que los socios, por las mayorías establecidas en la cláusula séptima de este contrato decidan nombrar un liquidador, en cuyo caso lo harán dentro de los treinta (30) días de haber entrado en la sociedad en este estado. Los liquidadores actuarán de acuerdo con lo establecido en los artículos 101 a 112 de la Ley 19.550 e instrucciones de los socios. Realizado el activo y cancelado el pasivo, el saldo tendrá el siguiente destino:

a. Se reembolsarán las cuotas de capital según su valor actualizado a moneda constante, y

b. El remanente se distribuirá entre los socios en proporción a la participación de cada uno en las ganancias.

DUODÉCIMA: Prohibiciones a los Socios: Queda terminantemente prohibido a los socios intervenir en ningún trabajo o actividad afín al objeto principal de la sociedad, fuera de la misma; salvo expresa autorización de los demás socios formalmente manifestada. La utilidad proveniente de cualquier negocio realizado en trasgresión a esta cláusula se considerará utilidad de la sociedad, y habiendo pérdidas serán de cuenta exclusiva del socio interviniente.

DÉCIMA TERCERA: Diferencia entre los Socios: Cualquier duda o divergencia que se suscitare entre los socios acerca de la interpretación del presente contrato o entre ellos y sus herederos, legatarios y/o representantes legales de un socio fallecido o incapacitado, durante la vigencia del mismo o al tiempo de la disolución, liquidación o partición de la sociedad, será sometida a la decisión de los Tribunales Ordinarios de la localidad de Melincué, a cuya competencia se someten los socios, expresamente, renunciando a cualquier fuero de excepción, inclusive el Federal, si pudiere corresponderles.

Bajo las cláusulas que anteceden dejan constituida los otorgantes la presente Sociedad de Responsabilidad Limitada y previa lectura y ratificación del presente contrato social a cuyo fiel y estricto cumplimiento se obligan en forma legal, firman el mismo en tres ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto, en el lugar y fecha más arriba indicados.-

$ 1275,12 357904 Jun. 5

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BRAJKOVIC S.A.I.


DESIGNACIÓN DE DIRECTORIO


Cumplimentando las disposiciones del artículo 10° inc. b) y 60 de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, se hace saber que por asamblea general ordinaria del 16 de mayo de 2018, se procede a la elección de los miembros del directorio, de acuerdo al siguiente detalle:

Directores titulares:

Iván Danilo Brajkovic, argentino, nacido el 11 de enero de 1970, D.N.I. Nº 21.417.793, CUIT Nº 20-21417793-6, casado en primeras nupcias con María de Luján Ríos, de profesión Ingeniero, domiciliado en Ruta 34 Sur 4444 Lote 426 de la ciudad de Funes, como Presidente.

Mariano Andrés Brajkovic, argentino, nacido el 23 de noviembre de 1973, D.N.I. Nº 23.482.487, CUIT Nº 20-23482487-3, casado en primeras nupcias con Marisol García, de profesión Arquitecto, domiciliado en Av. J. Newbery Nº 9041 de la ciudad de Rosario, como Vicepresidente.

María Alejandra Brajkovic, argentina, nacida el 05 de diciembre 1967, D.N.I. Nº 18.565.469, CUIT Nº 27-18565469-4, casada en primeras nupcias con Alvaro Quijano, de profesión Contadora Pública, domiciliada en calle Urquiza Nº 458, de la ciudad de San Lorenzo.

Vilma Beatriz Olmedo, argentina, nacida el 22 de octubre de 1941, D.N.I. Nº 04.099.897, CUIT No 27-04099897-2, casada en primeras nupcias con Juan Brajkovic, de profesión Empresaria, domiciliada en Boulevard Urquiza Nº 475, Piso 1°, de la ciudad de San Lorenzo.

Juan Brajkovic, argentino, nacido el 13 de febrero de 1939, D.N.I. N° 06.174.548, CUIT Nº 20-06174548-4, casado en primeras nupcias con Vilma Beatriz Olmedo, de profesión Empresario, domiciliado en Boulevard Urquiza Nº 475, Piso 1°, de la ciudad de San Lorenzo.

DIRECTOR SUPLENTE:

Miguel Ángel Pavón, argentino, nacido 13 de octubre de 1954, D.N.I Nº 11.295.286, CUIT Nº 20-11295286-2, estado civil casado en primeras nupcias con Jorgelina Inés Pagiola, de profesión Contador Público, domiciliado en calle Berón de Astrada Nº 397, de la ciudad de San Lorenzo.

El plazo de duración es de tres ejercicios, o sea hasta la asamblea general ordinaria que considere el balance general a cerrarse el 31/12/2020.

Se fija domicilio especial de los Señores Directores, de acuerdo al art. 256 in fine de la Ley 19.550, en la misma sede social, sita en Suipacha Nº 888 de San Lorenzo.

$ 80 358349 Jun. 5

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CEIBA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo décimo inc. b) de la Ley de Sociedades Comerciales Nro. 19.550, se hace saber aumento de capital y modificación de objeto social con fecha 2 de marzo de 2018.

1) Aumento de capital: El capital social se fija en la suma de $ 300.000.- (pesos trescientos mil) que se divide en 3.000 (tres mil) cuotas sociales de $100.- (pesos cien) cada una, quedando constituido según el siguiente detalle: el Sr. Diego Ezequiel Martino suscribe (1.500.-) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-), o sea Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) y el Sr. Andrés Maximiliano Marrazzo suscribe (1.500.-) cuotas de Pesos Cien ($ 100.-), o sea Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-).

2) Modificación de objeto social: La sociedad tendrá por objeto la exportación de bienes de uso doméstico, como así también la importación de productos encomendados por cuenta y orden de terceros. Se dedicará también a la colocación de revestimientos de pisos en obras y edificios en construcción

$ 45 358289 Jun. 5

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CREDILEADS ARGENTINA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


En cumplimiento de las disposiciones del Artículo 60 de la Ley de Sociedades Comerciales N° 19550, se hace saber que por Asamblea General Ordinaria de fecha 07 de mayo de 2018, se procedió a designar para los cargos de Directores Titulares al Sr. Diego Fernando Rossi, y como Director Suplente a la Sra. Sandra Mariela Pasotti.

Se hace saber que en reunión de Directorio de fecha 07 de mayo de 2018 se distribuyeron los cargos del siguiente modo:

Presidente: Diego Fernando Rossi, DNI: 21.416.696, argentino, casado, nacido el 19/03/1970, con domicilio en Av. Morrison 8970 de la ciudad de Rosario. Director Suplente: Sandra Mariela Pasotti, DNI: 24.298.516, argentina, casada, nacido el 22/01/1975, con domicilio en Av. Morrison 8970 de la ciudad de Rosario.

$ 45 358360 Jun. 5

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CUATRO LUNAS S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Se hace saber que la sociedad “CUATRO LUNAS S.A.”, mediante Asamblea General Ordinaria Nº 19 de fecha 24 de abril de 2018, procedió a elegir a los integrantes de su directorio, conforme plazo de duración previsto estatutariamente, designando a las siguientes personas para su conformación: Presidente: Sr. Horacio Javier Gaviglio, D.N.I 16.882.297 CUIT 23-16882297-9 apellido materno Solé, nacido el 06/05/1965 de estado civil divorciado, domiciliado en Hipólito Irigoyen Nº 797 de la localidad de Zenón Pereya Pcia. de Santa Fe, Vicepresidente Sra. Analía Adelina Gaviglio, DNI 11.761.601 CUIT 27-11761601-6 apellido materno Sole, nacida el 30/04/1955 de estado civil viuda, domiciliada en Hipólito Irigoyen Nº 730 de la localidad de Zenón Pereyra Pcia de Santa Fe y Director Suplente al Sr. José Fernando Bonansea DNI 29.079.308 CUIT 20-29079308-5 de apellido materno Gaviglio, nacido el 10/10/1981, domiciliado en calle Buenos Aires N° 1092 de la localidad de San Francisco Pcia de Córdoba. El presente deberá publicarse por un día en el Boletín Oficial (Art. 10 Inc. “a”, ley 19.550). Autos Cuatro Lunas S.A. s/Designación de Autoridades (Expte. Nº 1015 Año 2018). Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 46,50 358322 Jun. 5

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DREAM HOUSE S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto a cargo de la Jueza Dra. María Celeste Rosso, Secretaría del autorizante, en autos “DREAM HOUSE S.R.L” en constitución y por resolución de fecha 22/05/2018, se ordena la siguiente publicación de edictos:

Se celebra el contrato social de “DREAM HOUSE S.R.L” a cargo de los socios, Straffela, Darío Ezequiel nacido el 12 de marzo de 1986, argentino, D.N.I. Nro. 32.103.473, soltero, domiciliado en calle Avellaneda Nro. 1373, 1º piso, departamento 26, de la ciudad de Venado Tuerto, General López, Santa Fe, CUIT Nº 20-32103473-0, comerciante y Pincheira, Lorena Soledad nacida el 31 de octubre de 1984, argentina, D.N.I. Nro. 31.231.280; divorciada, con el Sr. Fabricio Laurenz, Expediente N° -1985/2017, fallo Nº 268 de fecha 20/03/2018; domiciliada en calle Vélez Sarfield Nro. 1737, de la ciudad de Venado Tuerto, General López, Santa Fe, CUIT N° 27-31231280-3, profesión comerciante.

Fecha de Constitución: 10 de Mayo de 2018.- Denominación: “DREAM HOUSE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”. Domicilio: Maipú Nro. 827, 1° piso, departamento C, Venado Tuerto, Duración: Veinte (20) años, desde su inscripción en el Registro Público de Comercio.- Objeto: La Sociedad tendrá como objeto social la comercialización y construcción de viviendas industrializadas. CAPITAL: Se fija en la suma de Pesos Doscientos Mil ($200.000.-) dividido en Veinte Mil (20.000) cuotas de Pesos Diez ($10,00.-) cada una. Cada socio aportará en la siguiente proporción: Darío Ezequiel Straffela, Diez Mil (10.000) cuotas de Pesos Diez ($10,00.-) cada una, o sea, Pesos Cien Mil ($100.000.-) y Lorena Soledad Pincheira, Diez Mil (10.000.-) cuotas de Pesos Diez ($10,00.-) cada una, o sea, Pesos Cien Mil ($100.000.-). Será integrado el Veinticinco Por Ciento (25%) en efectivo y el resto en un (1) año. Administración: La Dirección y Administración de la Sociedad estará a cargo de Darío Ezequiel Straffela, quien a tal efecto revestirá el carácter de Socio-Gerente; gozando del uso de la firma social, la que podrá suscribir utilizando su firma particular precedida de la denominación “DREAM HOUSE S.R.L”. La designación será por tiempo ilimitado. Balance: La Sociedad cerrará el ejercicio financiero el día treinta y uno (31) de Enero de cada año.-

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de los socios. La voluntad de los socios serán asentadas en el libro de actas de la sociedad.-

Se publica a los efectos de ley.-

$ 129,03 358254 Jun. 5

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ENERGÉTICA INTEGRAL S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por disposición de la Dra. María Celeste Rosso, Juez a cargo del Registro Público de Comercio de la Ciudad de Venado Tuerto, Secretaría de la Dra. María Julia Petracco, en los autos caratulados: “ENERGÉTICA INTEGRAL S.A. s/Designación de Autoridades, Expediente 623/2018, según se ha resuelto en fecha 17 de Mayo de 2018, se ordenó la publicación del presente edicto a los efectos legales que pudiera corresponder.

A los efectos que hubiere lugar se hace saber a terceros que mediante acta de Asamblea General Ordinaria Nº 16, de fecha 28 de Febrero de 2018, se eligieron los integrantes del Directorio de Energética Integral S.A., el que queda compuesto de la siguiente forma: Presidente: Carlos Alberto Oscar Rey, DNI Nº 16.630.484; Vicepresidente: Analía María Urreta, DNI Nº 21.534.292; Director Suplente: María Florencia Reyt, DNI Nº 40.008.697.

En la Ciudad de Venado Tuerto, a los 17 días del mes de Mayo de 2018.- Dra. María Celeste Rosso.- Jueza- Dra. María Julia Petracco, Secretaria.

$ 194 358313 Jun. 5 Jun. 7

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EL PENTÁGONO S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO



El señor Juez de 1ra. Instancia en lo Civil y Comercial de la ciudad de Rosario, Pcia. de Santa Fe, a cargo del Registro Público de Comercio, hace saber en Asamblea General Ordinaria de fecha 06/02/2018, los accionistas de EL PENTÁGONO S.A. han resuelto la siguiente integración del Directorio: Jorge Guido Ugolini, DNI 10.727.804, con domicilio en calle Av. Real 9191 de la ciudad de Rosario, como Director Titular con el cargo de Presidente y Guido Ugolini, DNI 25.453.899, con domicilio en calle Av. Real 9191 de la ciudad de Rosario, como Director Suplente, quienes duraran tres ejercicios en sus cargos y que por Acta de Directorio de fecha 12/02/2018 se ha resuelto la modificación de la sede social trasladándola a la calle Av. Real 9191 de la ciudad de Rosario.

$ 45 358326 Jun. 5

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EMPRENDARQ S.R.L.


CONTRATO


1- Integrantes de la sociedad: Cardozo, María Belén, argentina, de profesión comerciante, D.N.I. 37.403.574, C.U.I.T. 27-37403574-1, nacida el 08 de Abril de 1993, domiciliada en calle Elorza N° 1151 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe, estado civil soltera y Barrionuevo, Ayelen Betsabe, argentina, de profesión comerciante, D.N.I. 29.411.660, C.U.I.T. 27-29411660-0, nacida el 08 de Marzo de 1982, domiciliada en calle Maipú N° 1686 de la ciudad de Funes, provincia de Santa Fe, estado civil soltera.

2- Fecha del instrumento de constitución: 02 días del mes de Mayo de 2018.

3- Denominación: La sociedad girará bajo la denominación “EMPRENDARQ SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA”.

4- Domicilio: Av. De Las Libertades Nº 1810, la ciudad de Roldan, Provincia de Santa Fe.

5- Objeto social: La sociedad tendrá por objeto brindar el Servicios construcción, reforma y reparación de edificios residenciales y no residenciales, construcción y terminación de edificios y obras de ingeniería civil; construcción, reforma y reparación de obras de infraestructura del transporte.

6- Plazo de duración: Duración: La duración de la sociedad se fija en noventa y nueve (99) años, contados a partir de la fecha de la inscripción del presente contrato en el Registro Público de Comercio.

7- Cierre de Ejercicio: 31 de marzo de cada año.

8- Capital Social: Capital: El capital social se fija en la suma de pesos Doscientos Cincuenta Mil ($ 250.000.-) dividido en dos mil quinientas (2.500.-) cuotas de capital de pesos cien ($ 100.-) cada una.

9- Administración, Fiscalización y Organización: La dirección, administración y representación estará a cargo de uno o más gerentes socios o no, actuando en forma indistinta y alternativamente cualquiera de ellos. A tal fin usarán sus propias firmas con el aditamento de “Socio Gerente” o “Gerente” según el caso, precedida de la denominación social. El mando es ilimitado, pero no podrán usar la firma social bajo ningún concepto en prestaciones a título gratuito o en fianzas o garantías a favor de terceros, ni en negocios ajenos a la sociedad. La transgresión de esta disposición será considerada justa causa de remoción. Estando la fiscalización de la sociedad a cargo de todos los socios. Se designa como gerente a el Sra. Cardozo, María Belén.

$ 85 358344 Jun. 5

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FRIGORÍFICO GUADALUPE S.A.


DESIGNACIÓN DF AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados “FRIGORÍFICO GUADALUPE S.A. s/Designación de Autoridades”, Expte. N° 0968/2018, de trámite ante el Registro Público de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que por acta de Asamblea General de fecha 05 de mayo de 2018 se ha resuelto designar para integrar e] Directorio, con vencimiento el 31 de marzo de 2021, a: Presidente; Sr. Presidente: Sr. Rubén Darío Rigalli, DNI 8.500.518, con domicilio en Talcahuano 6858 de la ciudad de Santa Fe y Vicepresidente; Sr. Enrique Juan Piaggio, DNI 25.924.259, con domicilio en Mariano Comas 3438 de la ciudad de Santa Fe.

Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 358361 Jun. 5

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FIDEICOMISO LA PUNILLA


CONTRATO


En cumplimiento de las disposiciones del Código Civil y Comercial referente a la inscripción del contrato de fideicomiso hace saber que por disposición del Señor Juez a cargo del Registro Público se ha ordenado la siguiente publicación:

1) Denominación: FIDEICOMISO LA PUNILLA.

2) Fiduciantes: Germán Roberto Ferrario, D.N.I. Nº 28.375.279, C.U.I.T. 20-28375279-9, con domicilio en Los Cedros n° 2002, de lee: ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe y Evangelina Soledad Nicola, D.N.I. N° 27.891.399, C.U.I.T. 27-27891399-1, con domicilio en Los Cedros n° 2002, de la ciudad de Rafaela, Pcia. de Santa Fe.

3) Fiduciario: Roberto Carlos Ferrario, D.N.I. N° 10.561.495, C.U.I.T. 20-10561495-1, con domicilio en Belgrano n° 780, de Rafaela, Pcia. de Santa Fe.

4) Beneficiarios o Fideicomisarios: Germán Roberto Ferrario, D.N.I. N° 28.375.279, C.U.I.T. 20-28375279-9, y Evangelina Soledad Nicola, D.N.I. N° 27.891.399, C.U.I.T. 27-27891399-1,

5) Fecha de la Escritura: 08 de marzo de 2018 bajo el número 14 (catorce);

6) Constitución: en la fecha de escritura se constituye el Fideicomiso LA PUNILLA bajo la modalidad de Fideicomiso de Administración, con aportes de los Fiduciantes en partes iguales, cuyas finalidades serán alternativas, conjunta e indistintamente: finalidades de administración y finalidades de inversión los bienes fideicomitidos.

7) Domicilio: Los Cedros n° 2002, Rafaela, Santa Fe;

8) Objeto: Administrar los bienes transmitidos al fideicomiso eficazmente, con miras de generar rentas que permitan solventar los gastos administrativos, conservación de los bienes y acrecentar el patrimonio fideicomitido.

9) Plazo de duración: Se estipula el plazo en 30 (treinta) años.-

Rafaela, 7 de Mayo de 2018. Gisela Gatti, secretaria.

$ 116 358307 Jun. 5

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FRAGARIA S.R.L.


TRANSFORMACIÓN EN S.A.


En cumplimiento a las disposiciones del Art. 77- pto 4 de la Ley General de Sociedades 19.550 se hace saber que por Resolución unánime de los socios se ha acordado la Transformación Social de “ FRAGARIA S.R.L”, CUIT N° 30-63076673-3, en FRAGARIA S.A.” según Acuerdo de Transformación de fecha 25 (Veinticinco) de Abril del año 2.018.-

La sociedad estará integrada por los únicos socios de la sociedad transformada, y

como únicos accionistas de la Sociedad Anónima, por lo tanto se deja constancia que no se retira ningún socio.

Fecha del instrumento de transformación. 25 de Abril de 2.018.

Balance Especial de Transformación Cerrado al 31 de Marzo de 2018

Datos Inscripción de Fragaria S.R.L. Contrato: Rosario, 24 las de Mayo de 1.989, en Contratos, Tomo 140, Folio 4.048, Número 445.

De Modificaciones: Rosario, 29 de Septiembre de 1.989, en Contratos, Tomo 140, Folio 9.235, Número 991. Rosario, 24 de Julio de 1.991, en Contratos, Tomo 142, Folio 7.200, Número 796. Rosario, 28 de Abril de 1.997, en Contratos, Tomo 148, Folio 4.901, Número 599. Venado Tuerto, 4 de Febrero de 2.008, en Contrato, Tomo VI, Folio 004, Número 1.240. Venado Tuerto, 3 de Agosto de 2.010, en Contratos, Tomo VIII, Folio 092, Número 1.646. Venado Tuerto, 28 de Mayo de 2.014, en Contratos, Tomo 11, Folio 216, Número 2.265. Venado Tuerto, 14 de Mayo de 2.018, en Contratos, Tomo 14, Folio 10, Número 3.254.-

Socios: Rodolfo Antonio Mazzoni, de nacionalidad argentino, nacido el día 27 de Noviembre de 1.959, DNI N° 13.600.643, apellido materno Chiappano de profesión Ingeniero Químico, CUIT 20-13600643-7, estado civil casado en primeras nupcias con Fabiana Paola Costamagna DNI Nº 16.881.044, domiciliado en Avda. 49 S/N Sección Quintas de la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Fabiana Paola Costamagna, de nacionalidad argentina, nacida el día 13 de Agosto de 1.964, DNI Nº 16.881.044, apellido materno Marquesi, de profesión comerciante, CUIT 27-15881044-5, de estado civil casada en primeras nupcias con Rodolfo Antonio Mazzoni, DNI Nº 13.600.643, domiciliada en Avda. 49 S/N Sección Quintas de la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.

Denominación -Domicilio: La Sociedad girará bajo la denominación de FRAGARIA S.A. continuadora por transformación de FRAGARIA S.R.L., inscripta en Contratos el día 24-05-1.989, al Tomo 140, Folio 4.048, Número 445.

Tendrá su domicilio legal en la ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe, pudiendo establecer sucursales, agencias, representaciones y/o filiales, en cualquier punto del país o del extranjero.

Duración: Se prorroga el plazo de duración de la Sociedad en 50 (cincuenta) años contados a partir de su vencimiento del día 24 de Mayo de 2019, venciendo en consecuencia el día 24 de Mayo de 2069.

Objeto: La sociedad tendrá por Objeto, dedicarse por cuenta propia, de terceros y/o asociada a terceros, en el país o en el exterior, la realización de las siguientes actividades:-

Agropecuarias: a) mediante la explotación y transformación de productos agropecuarios y frutihortícolas en todas sus especies y derivados, y b) acopio y canje de productos agrícolas.-

Industriales: a) mediante la producción, fraccionamiento y formulación de plaguicidas, pesticidas, herbicidas y fertilizantes biológicos, hormonales, orgánicos e inorgánicos, drogas y medicamentos de uso humano y veterinario, y bebidas alcohólicas y no alcohólicas, y b) fabricación de maquinarias agrícolas, sus repuestos, partes y accesorios.

Comerciales: a) realizar todas las actividades inherentes a la compra de insumos, materias primas y manufactura, manipulación, almacenamiento, y toda otra actividad relacionada, que incluye a productos químicos, bacteriológicos o transgénicos, formulados en su planta o por terceros, compuesta por materias primas debidamente autorizadas por el Servicio Nacional de Sanidad y Calidad Agroalimentaria u otro organismo oficial de la República Argentina, b) compra y venta de cereales y oleaginosas; de productos agropecuarios e industriales, y c) mediante la distribución, comercialización, compra-venta, importación y exportación de todos los productos mencionados en los incisos anteriores.-

Servicios: Mediante la prestación de servicios de asesoramiento técnico y profesional y la venta y/o prestación de contratos de tecnología, relativos a todos los productos mencionados en los incisos anteriores, a través de profesionales debidamente matriculados según la materia que corresponda.

Transporte: Mediante el transporte terrestre, nacional, y/o internacional de substancias y residuos peligrosos, de mercaderías no peligrosas y cargas generales, propios o de terceros, con vehículos propios y/o de terceros.-

Financiera: Mediante el otorgamiento de préstamos, mutuos o contratos de asistencia crediticia y financiera, con capitales propios, excluyéndose las operaciones previstas en la Ley de Entidades Financieras

La Sociedad no realizará operaciones comprendidas en el Artículo 299 de la Ley General de Sociedades 19.550.

A tales efectos la Sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejecutar todos los actos, contratos y operaciones que no sean prohibidos por las Leyes o por este Estatuto.-

Capital: Se aumenta el Capital social a la suma de $ 3.000.000,00 (Pesos tres millones), representado por 300.000 (trescientas mil) acciones de $ 10,00 (pesos diez), valor nominal cada una. y de 5 (Cinco ) votos por acción

Acciones: Las acciones son nominativas, no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo de pago preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias.-

Administración. La administración de la Sociedad está a cargo de un Directorio compuesto del número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) Directores Titulares, quienes durarán en sus funciones Tres (3) Ejercicios.-

Designación de Autoridades

De acuerdo a lo estipulado en el Artículo 9° del Estatuto Social se resuelve por unanimidad designar el primer Directorio que durará en sus funciones 3 (Tres) Ejercicios el que estará integrado por un Director Titular y un Director Suplente. A tal fin se designan:

Presidente: Rodolfo Antonio Mazzoni, de nacionalidad argentino, nacido el día 27 de Noviembre de 1.959, DNI 13.600.643, apellido materno Chiappano de profesión Ingeniero Químico, CUIT 20-13600643-7, estado civil casado en primeras nupcias con Fabiana Paola Costamagna, DNI 16.881.044, domiciliado en Avda. 49 S/N Sección Quintas de la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.-

Director Suplente: Fabiana Paola Costamagna, de nacionalidad argentina, nacida el día 13 de Agosto de 1.964, DNI 16.881.044, apellido materno Marquesi, de profesión comerciante, CUIT 27-15881044-5, de estado civil casada en primeras nupcias con Rodolfo Antonio Mazzoni, DNI 13.600.643, domiciliada en Avda. 49 S/N Sección Quintas de la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.-

Los Señores Directores, todos presentes en este acto, manifiestan su aceptación al cargo para el que fueron designados.-

Los Directores en un todo de acuerdo a lo dispuesto por el artículo 256 in fine de la Ley 19.550, fijan domicilios especiales en la misma sede social sita en calle 57 N° 93 de la Ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.-

Representación Legal: a cargo del Presidente.—

Cambio de Sede Social

Por unanimidad se resuelve establecer la sede social en Calle 57 N° 93 bis de la ciudad de Villa Cañas, Departamento General López, Provincia de Santa Fe.-

Balance: 31 de Marzo de cada año.

Fiscalización: a cargo de todos los socios.-

Venado Tuerto, 30 de Mayo 2.018.-

$ 660 358253 Jun. 5

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FINCUER S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


En cumplimiento a lo dispuesto por el artículo 10 inc. b) de la Ley 19.550. Por estar así dispuesto en los autos “FINCUER S.R.L. s/Designación Gerentes, prorroga del plazo de duración, modificación de la cláusula 4° y texto ordenado (CUIJ 21-05390218-6) de trámite ante el Registro Público de la ciudad de Rafaela, hace saber se ha solicitado la inscripción de las modificaciones de la duración de la sociedad cláusula 3° y 4° y la designación de las nuevas autoridades. Se transcriben a continuación la parte pertinente de las modificaciones realizadas, del estatuto, que quedará redactada de la siguiente manera: Tercera: Objeto: la sociedad tendrá por objeto: a) la realización de operaciones de compraventa, depósito, importación, exportación, distribución y consignación de frutos del país, tales como cueros, lanas, pieles, pelos, crines, cerdas y plumas, en estado natural, elaborados o semielaborados. b) La explotación agrícola ganadera y forestal en general, por cuenta propia o ajena o asociadas a terceros, en los siguientes rubros: 1.-explotación, de establecimientos ganaderos para cría, engorde e invernada de ganado de todo tipo y especie; explotación de tambos; labores de granja; avicultura y apicultura; 2.-Explotación de todas las actividades agrícolas, en general; producción de especies cerealeras, oleaginosas, graníferas, forrajeras, pasturas, algodoneras; semillas; vitivinícolas, frutícolas, hortícolas, floricultura; 3.- Explotación y/o administración de bosques, forestación y/o reforestación de tierras e instalación y explotación de aserraderos y viveros. C) Compra, venta, acopio, importación, exportación, consignación, distribución, ejercicios de representaciones, comisiones y mandatos, intermediaciones, instalación de depósitos, ferias, transporte, referentes a los productos originados en la agricultura, ganadería, apicultura, avicultura, floricultura, forestación, viveros y aserraderos; todos los subproductos y derivados, naturales, elaborados o semielaborados, pudiendo extenderse hasta la etapa comerciales e industriales de los mismos, tales como semillas, cereales, grasas, cebos, leches, quesos, huesos, huevos, mieles, flores, frutas, vinos, y demás frutos del país y/o productos relacionados con el objeto social, d) Administración de bienes de terceros y/o propios, ya sean personas físicas o jurídicas, incluyendo toda clase de bienes, semovientes, muebles, inmuebles (urbanos o rurales), adquisición, venta, permuta, explotación, arrendamiento, locación, mandatos, representaciones, comisiones, loteos y en general todo acto y/o contrato necesario para el desarrollo de las actividades descriptas en el objeto social todo esto sin que implique intermediación de acuerdo a lo normado por la ley provincial Nº 13.154 y excluyendo las actividades comprendidas en el inc. 4 del art. 299 de la ley General de Sociedades, e) Producción, elaboración, industrialización, fraccionamiento, envasado, compra, venta, importación, exportación y distribución de alimentos para consumo humano y animal, proteínas, productos cárneos y sus derivados, productos pesqueros y sus derivados, toda clase de conservas, frutas, verduras y hortalizas, aceites comestibles, vinos, licores, bebidas con o sin alcohol, jugos de frutos y demás productos y/o frutos relacionados con el objeto social. Cuarta: Duración: La sociedad se constituye por el término de cincuenta y cinco (55 años) a partir de la fecha de su inscripción en el Registro Público. Plazo que podrá prorrogarse, por acuerdo unánime de los socios, conforme lo establecido por el art. 95 de la Ley General de Sociedades.

B) Dejar sin efecto lo resuelto en Acta N° 25. En segundo término adecuar las cláusulas décimo tercera, décimo octava y vigésimo tercera al Nuevo Código Civil y Comercial de la Nación. Se ha designado como Socios Gerentes a la Sra. Mercedes Elizabeth Marozzi, DNI 12.814.331, con domicilio en calle Remandarías N° 198 de esta ciudad de Ceres y al Sr. Gerardo Luis Marozzi, DNI N° 12.175.502, con domicilio en calle Alem 32 de esta ciudad de Ceres.-

14 de Mayo de 2018. Gisela Gatti, secretaria.

$ 165 358352 Jun. 5

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GENERAR SANTA FE S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Por disposición del Sr. Secretario, a cargo del Registro Público 1ª. Circunscripción se hace saber que en los autos caratulados “GENERAR SANTA FE S.R.L. s/modificación de contrato social, cambio de domicilio, designación de gerente” Expte. 21-05197014-1, que se tramita por ante éste, se publica que: en fecha 31 octubre de 2017, el señor Diego José Alberto Ferreiro, D.N.I. 26383377 vendió, cedió y transfirió , el 100% de sus cuotas sociales, es decir, trescientas (300) cuotas de cien pesos ($100,-) cada una; de capital o sea la suma de treinta mil pesos ($ 30.000),- al señor Gavazzi Luciano , D.N.I.31.182.912 de nacionalidad argentina, de estado civil soltero, con domicilio en calle Ruta Prov. Nº 5 de la localidad de Recreo, provincia de Santa Fe, C.U.I.T. 24 - 31182912 - 9. Por acuerdo de sus socios actuales, el Sr. Sanz Adrián Esteban, D.N.I. 26336928 y el Sr. Gavazzi Luciano D.N.I 31182912, han convenido: Los nuevos socios de GENERAR SANTA FE S.R.L. a partir de esta modificación serán: el Señor Sanz Adrián Esteban, D.N.I. 26336928 de nacionalidad argentino, de estado civil casado en primeras nupcias con Carrió Cintia, con domicilio en calle Avda. Freyre 3273 de la localidad de Santa Fe, provincia de Santa Pe, C.U.I.T. 23-26336928-9, y el Señor Gavazzi Luciano, D.N.I. 31182912. Modificar el artículo cuarto del contrato social en lo que refiere al Capital Social quedando redactado como sigue. Artículo Cuarto: Capital Social: El capital social se fija en la suma de pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000); representado por 1500 (un mil quinientas) cuotas de $100,00 (pesos cien) cada una, totalmente suscripto e integrado por los socios. El aporte de capital se realiza en las siguientes proporciones: a) Sanz Adrián Esteban mil doscientas (1200) cuotas, o sea pesos ciento veinte mil ($ 120.000.-), y b) Gavazzi Luciano trescientas (300) cuotas, o sea pesos treinta mil ($ 30.000.-)

Modificar las Disposiciones Complementarias del contrato social quedando redactadas como siguen: Disposiciones Complementarias- a) establecer la sede social en Ruperto Godoy N° 3877 de esta ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe.

b) Designar como socio gerente al señor Sanz Adrián Esteban, DNI. 23.336.928, quien acepta el cargo de plena conformidad.

Ratificar las demás cláusulas del contrato social.

Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Fdo. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 92 358305 Jun. 5

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GRUPO TAURO S.A.


DESIGNACION DE DIRECTORIO


Por disposición del Si. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación a cargo del Registro Público de Comercio, se hace saber que por Acta de Asamblea General Ordinaria Nro. 22 de fecha 12/04/2018 el Directorio de ASUR S.A. ha quedado compuesto de la siguiente manera:

Presidente: María Carmen Murabito

Vicepresidente: Lucio Vidal Saldivia

Director Suplente: Adrián Saldivia

Todos los designados han aceptado sus respectivos cargos constituyendo domicilio en los términos del art. 256 de la Ley 19.550 y modif. en calle 1° de Mayo N° 953 Piso 3° Dpto. “A” de la ciudad de Rosario.-

$ 45 358296 Jun. 5

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HOUSER S.R.L.


PRÓRROGA


1) Razón social: HOUSER S.R.L.

2) Prórroga: por el término de cuarenta (40) años a partir de la fecha de la inscripción.

$ 45 358255 Jun. 5

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LA CUPULA S.A.


DESIGNACIÓN DE AUTORIDADES


Por estar así dispuesto en los autos caratulados. LA CÚPULA S.A. s/designación autoridades, Expte. N° 898 F° … Año 2018 que se tramitan ante el Registro Público del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe se hace saber que: Los integrantes de la firma LA CUPULA S.A. han solicitado la inscripción del Acta de fecha 04 de Diciembre de 2014; en la que se ha designado el directorio para la firma quedando a cargo de la administración de la sociedad. El mismo quedó conformado de la siguiente manera: Presidente: Bardina Rodrigo Daniel, D.N.I: 31.565.231, C.U.I.T. 20-31.565.231-7, estado civil soltero, domiciliado en Balcarce 1557 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe; Vicepresidente: Bardina Gonzalo Nicolás, D.N.I. 33.548.029, C.U.I.T. 20-33.548.029-6, estado civil soltero, domiciliado en Balcarce 1557 de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe.

Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Fdo Dr. Jorge E. Freyre, secretario.

$ 45 358366 Jun. 5

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LÁCTEO LOGÍSTICA S.R.L.


CONTRATO


Por disposición del Juez a cargo del Registro Público de Comercio de Venado Tuerto, Dra. María Celeste Rosso, secretaría a cargo de la Dra. María Julia Petracco, según resolución de fecha 22/05/2018, se ordena la siguiente publicación de edictos:

1) Integrantes de la sociedad: Lonac Ariel Natalio Pascual, argentino, nacido el 22/04/1962, de profesión comerciante, de estado civil casado en primeras nupcias con Bustamante Silvia Ester, con domicilio en calle Lisandro de la Torre n° 738 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, DNI Nº 13.528.485, CUIT 20-13528485-9; Lonac Bustamante Germán Ariel, argentino, nacido el 27/10/1984, de profesión empleado, de estado civil casado en primeras nupcias con González Iraola Ana Inés, con domicilio en calle Lisandro de la Torre nº 738 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, DNI Nº 30.996.179, CUIT 20-30996179-0; y Lonac Bustamante Lucas Martín, argentino, nacido el 19/01/1989, de profesión empleado de estado civil soltero, con domicilio en calle Lisandro de la Torre n° 738 de la ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, DNI Nº 34.386.908, CUIT 20-34386908-9.

2) Fecha del instrumento de constitución: 26 días del mes de Abril de 2018.

3) Razón Social: “LÁCTEO LOGÍSTICA S.R.L.”

4) Domicilio: Calle Lisandro de la Torre n° 738, Venado Tuerto, Provincia de Santa Fe.

5) Objeto Social: Venta al por mayor y por menor de lácteos.

6) Plazo de duración: veinte años a partir de la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio.

7) Capital Social: Pesos trescientos mil ($300.000.00) divididos en treinta mil (30.000) cuotas de pesos ($10.00) cada una, que los socios suscriben de la siguiente manera: Lonac Ariel Natalio Diez mil doscientas (10.200) cuotas; Lonac Bustamante Germán Ariel nueve mil novecientas (9.900) cuotas; y Lonac Bustamante Lucas Martín nueve mil novecientas (9.900) cuotas.

8) Administración y Fiscalización: a cargo de Lonac Bustamante Germán Ariel, DNI 30.996.179 y Lonac Bustamante Lucas Martín, DNI 34.386.908, ambos socios designados gerentes, actuando en forma individual y alternativamente cada uno de ellos.

9) Balance: el cierre de ejercicio se realizará el 31 de diciembre de cada año.

$ 115 358328 Jun. 5

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L&L CONSTRUCCIONES S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


1) Cesión de Cuotas: Por contrato de Cesión de Cuotas el 08 de Enero de 2018. El Sr. Lencina Diego Gabriel, en este acto comunica a la gerencia y consocios su decisión de venta de sus dos mil trescientas cuotas sociales (2.300.-), Lapiana Mariano, en este acto se notifica y autoriza la cesión y opta por su derecho de preferencia. Diego Gabriel Lencina, en adelante, el cedente, vede, cede y transfiere en este acto Doscientas treinta (230.-) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una a Griselda Rita Garaffa, esta operación que fue aprobada por acuerdo del socio restante Mariano Lapiana, que firma el contrato de conformidad. Que, el cedente, vende, cede y transfiere a Lapiana Mariano, quien utiliza el derecho de preferencia dentro del artículo noveno del contrato social, dos mil setenta cuotas (2.070.-) de pesos cien ($100.-). Esta venta se realizó por un valor total de pesos doscientos treinta mil ($230.000.-) y fue abonada con dinero en efectivo entregado con anterioridad a este acto y a entera satisfacción de los intervinientes.

2) Nueva Composición: Que como consecuencia de la cesión de cuotas sociales que se instrumenta por el presente contrato, “L&L CONSTRUCCIONES S.R.L.” se encuentra integrada por Mariano Lapiana y Griselda Rita Garaffa siendo su capital social de pesos Cuatrocientos Sesenta mil ($460.000.-), dividido en cuatro mil seiscientas (4.600.-) cuotas de pesos cien ($100.-) cada una, que les corresponden a los socios, en las siguientes proporciones: Mariano Lapiana posee cuatro mil trescientas setenta (4.370.-) cuotas de capital de pesos cien ($100.-) cada una, que representan pesos cuatrocientos treinta y siete mil ($437.000.-) y Griselda Rita Garaffa posee doscientos treinta (230.-) cuotas de capital de pesos cien ($100.-) cada una, que representan pesos veintitrés mil ($23.000.-).-

3) Desvinculación de la Sociedad: Que en virtud de la cesión Diego Gabriel Lencina, queda desvinculado de la sociedad, declarando que no tiene reclamo alguno que formular a la misma y que renuncia expresamente a la Gerencia de L&L CONSTRUCCIONES S.R.L, a todos sus derechos y aún a los beneficios sobre ejercicios anteriores.

3) Modificación de la Gerencia: Se modifica el acta acuerdo de fecha 14 de Julio de 2017 y la actual Gerencia, la que estará a cargo del señor Mariano Lapiana D.N.I 32.832.593, C.U.I.T. Nº 20-32832593-5, de nacionalidad argentina, nacido el 14 de enero de 1987, empleado, estado civil soltero, con domicilio en la calle España Nº 4535 “B”, de la localidad de Rosario provincia de Santa Fe y de la señora Griselda Rita Garaffa, D.N.I. 13.448.647, CUIL N° 27-13448647-9, de nacionalidad argentina, nacida el 27 de Noviembre de 1957, contadora, estado civil casada en primeras nupcias con Francisco Rafael Lapiana con domicilio en calle Presidente Roca N° 4252 de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, quienes a los fines que corresponda podrán actuar en forma individual, indistinta y alternativamente.-

4) Reforma contractual de la cláusula cuarta: Los cesionarios resuelven modificar la cláusula cuarta del contrato social, que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción: “Cuarta: El Capital social lo constituye la suma de Pesos Cuatrocientos Sesenta Mil ($460.000.-) dividido en Cuatro Mil Seiscientas (4.600) cuotas sociales de Pesos cien ($100.-) cada una las que han sido suscriptas por los socios en la siguiente proporción: Mariano Lapiana Cuatro mil trescientos setenta (4.370) cuotas sociales o sea, la suma de Pesos Cuatrocientos Treinta Y Siete Mil ($437.000,-) y Griselda Rita Garaffa posee Doscientos treinta (230) cuotas sociales de Pesos Cien ($100.-), o sea la suma de Pesos Veintitrés Mil ($23.000.-).-

Se ratifican todas las demás cláusulas del contrato social en cuanto no fueran modificadas por el presente. –

$ 70 358323 Jun. 5

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ORTIZ Y ORTEGA S.A.


SUSCRIPCIÓN AUMENTO DE CAPITAL


Cumplimentando las disposiciones del artículo 10 inc. b de la Ley General de Sociedades Nº 19.550, se hace saber que por asamblea general ordinaria del 08 de noviembre de 2017, y acta de directorio de terminación de suscripción del 05 de marzo de 2018, se dispuso el aumento de capital de la suma $ 300.000 a $ 800.000.-

$ 45 358347 Jun. 5

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PROAMAX S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Cesión de cuotas sociales: David Ariel Bogliani, vende, cede y transfiere la totalidad de sus cuotas sociales, es decir quince mil (15.000) cuotas de diez pesos ($10), representativas de $150.000 de capital social, de la siguiente manera: al Sr. Claudio Andrés Solján, argentino, nacido el 18/12/1970, de profesión Ingeniero Agrónomo, Divorciado, con domicilio en calle 53 n° 14 de la ciudad de Villa Cañás, provincia de Santa Fe, DNI Nº 21.898.707, trece mil quinientas cuotas partes (13.500) y al señor Raúl Santiago Solján, argentino, nacido el 29/08/1967, de profesión comerciante, de estado civil soltero, con domicilio en calle Chile 1.217 de esta ciudad de Venado Tuerto, provincia de Santa Fe, DNI N° 18.270.592, CUIT 20-18270592-7, un mil quinientas cuotas partes (1.500).

Domicilio Social: Se decide establecer el domicilio social en la calle 53 n° 14 de la ciudad de Villa Cañas.

Plazo de duración: se decide modificar la cláusula Tercera: Duración, quedando redactada de la siguiente manera: El término de la duración se fija en Veinte (20) años a partir dé su inscripción en el Registro Público de Comercio.

Gerencia: Los nuevos integrantes de “PROAMAX S.R.L.” resuelven por unanimidad designar como Socio Gerente al Sr. Claudio Andrés Souán, quedando con las facultades establecidas para tal cargo en la Cláusula Sexta (“Administración”) del Contrato Social de “PROAMAX S.R.L.”

$ 75 358330 Jun. 5

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PRODENOV S.A.


CONTRATO


Fecha Del Acta Constitutiva: 16 de febrero de 2018

Socios: Néstor Osear Roth, argentino, nacido 19 de Febrero de 1956, D.N.I. Nro. 11.927.957, CUIT Nro. 20-11927957-8, casado, Empresario- arrendador, con domicilio en Belgrano 677, ciudad de Roldan, Santa Fe y Aldo Alberto Sacconi, argentino, nacido el 21 de mayo de 1956, D.N.l. Nro. 11.947.717, CUIT 20-11947717-5, casado, matarife abastecedor, con domicilio en Chacabuco 541, ciudad de Carcarañá, Santa Fe. se ha resuelto de común acuerdo:

Denominación: PRODENOV S. A.

Domicilio: Carcarañá, Provincia de Santa Fe, República Argentina.

Duración: 99 años a contar de la fecha de su inscripción en el Registro Público.

Objeto Social: a) faenar en establecimientos de terceros animales propios y de terceros; la comercialización al por mayor y por menor de hacienda, carne, sus subproductos y derivados, b) La explotación de establecimientos agrícolas y ganadero; c),la explotación de Servicios para las actividades del inc. B) dentro y fuera del país y d) La importación y/o exportación de hacienda, carne, subproductos y derivados

Capital: El Capital Social asciende a la suma de $ 600.000.- (pesos seiscientos mil), representado por 6000 (seis mil) acciones ordinarias, nominativas no endosables, de $ 100.- (pesos cien) valor nominal cada una.

Administración y Representación: La administración estará a cargo de un Directorio compuesto de un número de miembros que fije la Asamblea entre un mínimo de uno (1) y un máximo de tres (3), quienes durarán en sus funciones tres (3) ejercicios, pudiendo ser reelegidos. La asamblea debe designar suplentes en igual o menor número que los titulares y por el mismo plazo. La representación legal de la Sociedad y el uso de la firma social estará a cargo del Presidente del Directorio. En caso de directorio múltiple la representación legal de la sociedad corresponde indistintamente al Presidente del Directorio o al Vicepresidente. Fiscalización: Los accionistas tienen derecho de inspección y contralor individual de los libros y papeles sociales, en los términos del artículo 55 de la Ley General de Sociedades, prescindiendo de la fiscalización por Sindicatura, excepto que la Sociedad resulte comprendida dentro de lo establecido en el inc. 2) del artículo 299 de la ley citada. En este caso, la asamblea que así lo resolviere debe designar un síndico titular y un suplente, sin necesidad de reforma del Estatuto, quienes durarán en el cargo 2 ejercicios.

Ejercicio Social: El ejercicio económico cierra el 30 de junio de cada año.

Directorio: Director Titular y Presidente: Aldo Alberto Sacconi, D.N.I. Nº 11.947.717 Director Suplente: Néstor Roth, DNI Nro. 11.927.957.

Sede Social: Chacabuco 541 de la cuidad de Carcarañá, Provincia de Santa Fe.

Carcarañá, 29 de Mayo de 2018.-

$ 60 358212 Jun. 5

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RADIADORES CAVALLARO S.R.L.


EDICTO COMPLEMENTARIO


Instrumento privado:

Organización y representación legal: Estará a cargo de un gerente, socio o no. A tal fin usará su propia firma con el aditamento de “Socio Gerente”, según el caso precedida de la denominación social.

Fiscalización: La fiscalización de la sociedad estará a cargo de todos los socios.

$ 45 358315 Jun. 5

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SKY NOVA S.A.S.


ESTATUTO


Por disposición del Secretario a cargo del Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: “SKY NOVA S.A.S s/Constitución 99 años” Expte. nº 1387/2018 CUIJ Nº 21-05504902-2, que tramita ante el Registro Público de Comercio de Rosario, se hace saber:

1. Fecha del Instrumento: 14 de diciembre de 2017.-

2. Socios: Leonardo Sebastián Jacobson, apellido materno “Moreno”, nacido el 2 de diciembre de 1988, titular del D.N.I. Nº 34.139.835, CUIT Nº 20-34139835-6, soltero, comerciante, argentino, domiciliado en calle Catamarca 1190 Funes, provincia de Santa Fe.-

3. Denominación: La sociedad se denomina “SKY NOVA S.A.S.”-

4. Domicilio: Av. Carballo 230 Piso 5to B. Rosario, Santa Fe.-

5. Plazo de Duración: Su duración es de noventa y nueve (99) años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público.

6. Objeto: la sociedad tiene por objeto dedicarse, por cuenta propia o ajena, o asociada a terceros, dentro o fuera del país al desarrollo inmobiliario con bienes propios sin intermediación; transporte, pudiendo realizar todas las actividades que sean necesarias para brindar todo tipo de asesorías, consultoría y capacitaciones. La sociedad tiene plena capacidad de derecho para realizar cualquier acto jurídico en el país o en el extranjero, realizar toda actividad licita, adquirir derechos y contraer obligaciones. Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas humanas y/o jurídicas, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración; comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores; tomar y otorgar créditos y realizar toda clase de operaciones financieras, excluidas las reguladas por la Ley de Entidades Financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público, al igual que no desarrollará ninguna actividad descripta en la ley de Santa Fe 13154.

7. Capital: El capital social es de pesos cien mil ($ 100.000.-), representado por igual cantidad de acciones ordinarias nominativas no endosables, de $ 1.- (pesos uno), valor nominal cada una.

8.- Administración y Representación: La administración y representación de la sociedad está a cargo de una o más personas humanas, socios o no, cuyo número se indicará al tiempo de su designación, entre un mínimo de uno (1) y un máximo de cinco (5) miembros. La administración de la sociedad tiene a su cargo la representación de la misma. Duran en el cargo por plazo indeterminado. Administrador Titular: Leonardo Sebastián Jacobson, apellido materno “Moreno”, nacido el 2 de diciembre de 1988, titular del D.N.I. N° 34.139.835, CUIT Nº 20-34139835-6, soltero, comerciante, argentino, domiciliado en calle Catamarca 1190 Funes, provincia de Santa Fe; Administrador Suplente: Pamela Soledad García, D.N.I. N° 32.230.734. CUIT No 27-32230734-4, argentina, soltera, comerciante, nacida el 2 de septiembre de 1986, domiciliada en calle Londres 3035 de Rosario, Santa Fe.-

9. Fiscalización: La sociedad prescindirá de Sindicatura

10. Fecha de Cierre del Ejercicio: 31 de diciembre de cada año.

$ 75 358325 Jun. 5

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SUPERMERCADO HIMISA S.R.L.


MODIFICACIÓN DE CONTRATO


Prórroga: Por acta de fecha 27 de abril de 2018, las sodas Cristina Del Carmen Ferrarello, María Angélica Sáleme, han acordado prorrogar el plazo de duración de la sociedad por veinte (20) años por encontrarse próximo el vencimiento del mismo y reformar la cláusula segunda del contrato social quedando redactado de la siguiente manera: “Cláusula Segunda. Duración: La sociedad tendrá una duración de veinte (20) años a partir de la fecha de inscripción del presente en el Registro Público de Comercio.”.-

Aumento de Capital Social: Por acta de la misma fecha, las mencionadas socias acuerdan aumentar el capital social, que es de pesos Trescientos Cincuenta Mil ($350.000.-), a pesos Cuatrocientos Cincuenta Mil ($450.000.-), es decir incrementándolo en Pesos Cien Mil ($100.000.-) suscribiendo cien (100) cuotas de un mil pesos ($1000.-) cada una, que los socios suscriben e integran de la siguiente manera: Cristina Del Carmen Ferrarelo, suscribió e integró antes de ahora ciento setenta y cinco (175) cuotas sociales de valor nominal de Pesos Un Mil ($1000) cada una y ahora suscribe cincuenta (50) cuotas sociales de Pesos Un Mil ($1000), representativas de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), integrando en este acto el veinticinco por ciento (25%) de la suma suscripta, esto es Pesos Doce Mil Quinientos ($12.500); La social María Angélica Sáleme, suscribió e integró antes de ahora ciento setenta y cinco (174) cuotas sociales de valor nominal Pesos Un Mil ($1000) cada una, y ahora suscribe cincuenta (50) cuotas sociales de Pesos Un Mil ($1000), representativas de Pesos Cincuenta Mil ($50.000.-), integrando en este acto el veinticinco por ciento (25%) de la suma suscripta, esto es Pesos Doce Mil Quinientos ($12.500).-

En lo demás los socios ratifican y confirman expresamente todas las cláusulas y condiciones del contrato social y sus modificatorias que no hubieran sido modificadas expresamente por este acto.

$ 60 358335 Jun. 5

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