JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
POR
LEON MARCO GAMBERINI
Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Décimo Tercera Nominación Rosario, dentro autos “COMUNA DE PUEBLO ESTHER. C/ OTROS S/ APREMIO FISCAL”, Expte. 1414/09, Martillero León Marco Gamberini (CUIT 20-06009377-7), venderá en pública subasta día 12 de junio de 2014 a las 11 hs., en Puertas del Juzgado Comunal de Pueblo Esther, en estado de ocupación en que se encuentra según la constatación obrante en autos, siguiente bien inmueble: “inmueble ubicado en calle San Martín s/n de la localidad de Pueblo Esther, lote de terreno con todo lo en él edificado, clavado y plantado, situado en la localidad de Pueblo Esther, designado con el plano Nº 57.881/69, como lote cinco de la manzana E, dominio inscripto al Tº 456 A, Fº 390, Nº 201288, Dpto. Rosario.- Del informe registral consta a nombre demandada y registra siguientes gravámenes.- EMBARGOS: 1) Tº 118 E, Fº 821, Nº 315459, del 04/03/2009, por $ 7.855,02; orden juez dist. Civil y Comercial de la 2ª nom, de Rosario, autos: “COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/ SANCHEZ ED. Y OT. s/ EJEC. FISCAL”, EXPTE Nº 593/2004.- 2) Tº 121 E, Fº 2271, Nº 352665 del 27/06/2012 por $ 3.340,07 por orden juez y autos del rubro.- Saldrá a la venta con la base de $ 3.340,07; en caso de no haber postores, con una retasa del 25 % y en su defecto, sin base y adjudicándose al último y mejor postor equivalente al 20 % de la primera base, en el estado de ocupación en que se encuentra según la constatación obrante en autos. El comprador del inmueble deberá abonar en el acto del remate, el 10 % del precio de venta a cuenta del precio, con más el 3 % de comisión al Martillero actuante, todo en dinero efectivo o cheque certificado o cancelatorio, dejándose constancia que en el caso que supere los $ 30.000 deberá abonarse únicamente con cheque certificado o cancelatorio y a entera satisfacción del martillero. Previo a la aprobación de la subasta deberá oficiarse al registro General, con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. El saldo de precio deberá ser depositado por el comprador dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta, caso contrario deberá abonarse por el retaso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe SA, desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 97 CPCC, dejándose sin efecto la venta. En cumplimiento de las comunicaciones del Banco Central de la República Argentina “A” 5147 y “A” 5212, según circular Nº 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, para el caso que el saldo del precio de venta supere la suma de $ 30.000.-, no se aceptará su cancelación en dinero efectivo, debiendo optarse por los siguientes medios de pago: Transferencia bancaria, cheque certificado o cheque cancelatorio. Los importes adeudados en concepto de tasas e impuestos deberán ser informados por el martillero en el acto del remate, debiendo dejarse constancia de ello en el acta respectiva. Los gastos por impuestos, tasas, contribuciones y expensas que gravaren el inmueble deberán ser abonados por el comprador, igualmente serán a su cargo los gastos de la toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos de escrituración, mas IVA si correspondiere. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente excluye en autos la opción prevista en el art. 505 2ª párrafo del CPCC. Para el caso de compras por terceros, fíjase como condición que el adquirente designe en el acto de remate la identidad de la persona para la cual adquiere, quién deberá aceptar la compra en el término de cinco días. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto de remate. Las copias y los títulos obrantes en autos están a disposición de los interesados para ser examinados por Secretaría, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (art. 494 inc 2 y 3 CPC). Se hace saber a efectos legales. Secretaría, 30 de mayo de 2014.- PUBLICACION SIN CARGO.- Fdo. Jesica María Cinalli (Secretaria)
S/C. 231707 Jun. 5 Jun. 9
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POR
DANIEL EDUARDO REGO
Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ª. Instancia de Distrito Civil y Comercial 8° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luciano Daniel Juárez, Secretaría del Dr. Santiago M. Male French, se hace saber que en los autos BANCO SANTANDER RIO S.A. c/Otro s/Demanda Ejecutiva, Expte. 586/12. El Martillero Daniel Eduardo Rego rematará en subasta pública el día 11 de Junio de 2014 a las 11 hs. en el Juzgado Comunal de la Ciudad de Granadero Baigorria, donde se encontrará expuesta la bandera de remate lo siguiente: Un lote de terreno situado en la ciudad de Granadero Baigorria, de este Departamento y Provincia, el que de acuerdo al Plano Nº 1336 - año 1928 se lo designa como Lote Veintiuno de la Manzana Cincuenta y Cinco. Está ubicado en calle Independencia entre Avda. Seis de Septiembre y calle 1° de Enero; a los 13,431 m. de calle 1° de Enero hacia el Norte. Mide 9,526 m. de frente al Oeste por 23,382 m. de fondo. Encierra una superficie Total de 222,7369 m2. Linda con su frente al Oeste con calle Independencia; al Este con fondo del lote IS; al Norte con lote 22 y al Sud con parte de los lotes 19 y 20, todos de la misma manzana y plano citados. Inscripción Dominio T° 843, F° 183, N° 323.410 Dpto. Rosario. informe del Registro General de Propiedades: costa el dominio inscripto a nombre del ejecutado no registra hipoteca pero si los siguientes Embargos: al T° 122 E, F° 306, Nº 312.012 por $ 26.123,35 del 18/02/2013 o/los presentes, al T° 122 E, F° 1537, N° 333.140 por $ 7.434,48 del 06/05/2013 o/Juz. de Dist. 4ª. Nom. Rosario Expte: 1162/2012 auto Banco Santander Río S.A. c/Alegre Pablo Fabián s/Demanda Ejecutiva. El inmueble saldrá a la venta en el estado de ocupación que se encuentra de acuerdo al acta de constatación obrante en autos al contado y al mejor postor, con una Base de $ 125.000, seguidamente, en caso de no haber postores, con una retasa del 25% ($ 93.750) y en caso de persistir, el bien saldrá de la venta. En el acto de remate el comprador deberá abonar el 10% del importe total de la compra, con más la comisión de ley al martillero actuante 3%, en electivo o cheque certificado. Con relación al saldo de precio deberá ser depositado por el adquirente una vez aprobada la subasta en el término de cinco días, mediante depósito en cuenta Judicial del Banco Municipal Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documento a 30 días desde la fecha de la subasta y bajo apercibimiento contenido en el Art. 497 dei CPCC, dejándose constancia que respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentar con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del BCRA por lo cual de superar el importe de $ 30.000 deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o martillero actuante a la AFIP. Déjese constancia que el comprador en remate podrá solicitar la inscripción del mismo en el Registro General de la Propiedad Inmueble respectivo, con copia certificada del acta de remate, a fin que tome razón de la misma, sin que implique transferencia a favor del adquirente. El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. Los impuesto, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales), IVA si correspondiere y gastos, como asimismo los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta. También serán a su cargo los que pueda resultar por nuevas mensuras, regulación de planos y/o medianeras en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador inclúyese, entre otro que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancia, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. f. Código Fiscal) el adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor; consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Se hace saber asimismo que los títulos del inmueble se encuentran agregados a autos, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad. De resultar inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiera realizar el acto se efectuará el día hábil siguiente. El inmueble se exhibirá los días 9 y 10 de Junio de 15 hs. A 17 hs. Comunicarse con el martillero al 0341 – l56833ll8 por la tarde. Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario 21 de mayo dé 2014. Fdo. Dr. Santiago M. Male French, secretario.
$ 876 231536 Jun. 5 Jun. 9
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MELINCUE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y LABORAL
POR
FABRINA MIRETTO RAMA
Por disposición de la Señora Jueza Dra. Analía Irrazabal a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué, Secretaría a cargo del Dr. Leandro Carozzo, hace saber que en autos caratulados: NIETO SANTIAGO c/Otro s/Apremio, (Expte. Nº 943/2013), se ha dispuesto que la Martillera Fabrina Miretto Rama CUIT Nº 27-26921558-0, Mat 1715-M-166, Mat. Federal Nº 372 proceda a vender en subasta pública el día Jueves 19 de Junio de 2014 a las 10:30 Horas, en la sede del Juzgado Autorizante con asiento en la Localidad de Melincué, el 100% de la unidad Automotor que más adelante se describe, el mismo saldrá a la venta Sin Base y al mejor postor; haciéndose saber que para el supuesto eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se efectuará el día siguiente hábil posterior, en el mismo lugar y a la misma hora, subastándose el siguiente bien: Automotor Marca Chevrolet; Tipo: Sedan 5 Puertas; Año 2011, Modelo: Celta 1.4 LT; Chasis Nº 9BGRP4850CG211841; Marca Chasis: Chevrolet; Motor Nº T70009364; Marca Motor: Chevrolet; Dominio KKB-279. De titularidad de Gómez Gloria Beatriz, DNI. Nº 20.195.625. Habiendo consultado a la Municipalidad de Venado Tuerto se informa que la unidad objeto de la presente subasta adeuda en esa dependencia en concepto de Patentes la suma de $ 1.765,13 correspondiente al Año 2013 y las del año en curso. No registrándose deudas por Infracciones de Tránsito. A nombre del ejecutado según obra en el informe expedido por el Registro General de la Propiedad Automotor Nº 3 con asiento en la ciudad de Venado Tuerto, se registran los siguientes gravámenes: 1) Embargo: de fecha 12/05/2014 por un Monto de $ 37.997,86 ordenado por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué, en autos: Nieto Santiago c/Conté María Florencia y Gómez Gloria s/Apremio (Expte. Nº 943/2013). 2) Inhibición de fecha 01/07/2013 por un Monto de $ 4.427,44 Ordenado por el Juzgado Federal Nº 1 de Rosario, en autos: Fisco NacionalL AFIP- DGI c/Ferretería Mitre SH s/E. Fiscal (Expte. N° 62529/2008). 3) Inhibición: de fecha 01/08/2013, ordenada por el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 8 de la Localidad de Melincué; en autos: Nieto Santiago c/Conté María Florencia y Gómez Gloria s/Apremio (Expte. Nº 943/2013) Sin Monto Informado. Del oficio expedido por el Sr. Verificador de Automotores del Comando Radio eléctrico de la ciudad de Venado Tuerto, resulta que los guarismos identificatorios de la unidad son originales de fábrica y auténticos. Cabe informar que el bien rodado se subastará en el estado en que se encuentra conforme surge del Mandamiento de Secuestro. Las deudas que graven el bien (deuda por multas, patentes, etc), como así también los gastos de transferencia e IVA si correspondiere, serán a cargo exclusivo del/los comprador. Que obran glosados en autos los pertinentes informes a disposición de los interesados en Secretaría del Juzgado, no aceptándose reclamo alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos. El y/o los compradores abonarán en el acto del remate el 100% del precio de compra en dinero efectivo, cheque cancelatorio y/o certificado, con más el 10% de Comisión de ley al Martillero actuante, e I.V.A. si correspondiere. Se deja constancia que la unidad se encontrará a disposición de los interesados para su previa revisión a partir del día 17 de Junio hasta el día 18 de Junio de 2014 inclusive a coordinar con la Martillera Actuante. En el supuesto caso de existir la compra en comisión, se deberán informar los datos completos del comitente con fotocopia de DNI y/o LC y/o LE. Todo lo dual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Melincué, 22 de mayo de 2014. Leandro Carozzo, secretario.
$ 455 231630 Jun. 5 Jun. 6
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