picture_as_pdf 2012-06-05

BUENOS AIRES

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CAPITAL FEDERAL

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JUZGADO NACIONAL DE PRIMERA

INSTANCIA EN LO COMERCIAL Nº 10

El Juzgado Nacional de 1ra. Instancia en lo Comercial Nº 10 A cargo del Dr. Héctor Osvaldo Chomer, Secretaría N° 20 a cargo de la Dra. Fernanda Andrea Gómez sito en Av. Callao 635 PB de la C.A.B.A., comunica por cinco días que en los autos COMPAÑIA GANADERA S.A. s/Concurso Preventivo, con fecha 24/04/2012, se decretó la apertura del Concurso Preventivo de COMPAÑÍA GANADERA S.A. con C.U.I.T. Nº 30-70743334-1, con domicilio en Suipacha 1.087, Piso 6°, de la C.A.B.A., debiendo los acreedores solicitar la verificación de sus créditos y presentar los títulos justificativos de sus créditos hasta el 22/06/2012 en el horario de 12:00 a 18:00 hs. ante el síndico MIGUEL ANGEL TREGOB, con domicilio en Ecuador 1449, 9° piso "E" de la C.A.B.A.. La sindicatura presentará los informes de los arts. 35 y 39 LC el 22/08/2012 y el 3/10/2012 respectivamente. La audiencia informativa se fija papar-el 29/05/2013 a las 11 hs. en la sede del Tribunal, venciendo el período de exclusividad el 5/06/2013. Publíquese por 5 días. Buenos Aires, 24 de Mayo de 2012.

$ 51,90 168946 Jun. 5 Jun. 11

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MISIONES

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DIRECCION GENERAL DE RENTAS

LA DIRECCIÓN GENERAL DE RENTAS DE LA PROVINCIA DE MISIONES, en cumplimiento de lo dispuesto por el artículo 124° inc. e) del Código Fiscal Provincial y en relación con las actuaciones que se tramitan por el Expediente Nº 3252-20904/2002-DGR-COBERTURA MEDICA LITORAL S.A. s/Verificación impositiva comunica al responsable de la firma en el período verificado 04 a 06/2002, Sr.: Fedele Jorge Aguistin con último domicilio denunciado en Bustos 1939 de Funes, Provincia de Santa Fe, que se ha diligenciado en el respectivo domicilio fiscal de la contribuyente la notificación de Resolución Nº 2917/2006—DGR, respectivamente, más abajo transcripta conforme art. 124° inc. e), con constancias obrantes en autos y que habiendo sido cursada la intimación administrativa de pago, la interesada no ha comparecido ni regularizado la deuda. Por ello, en virtud de lo prescripto en los artículos 23 inc. a) y 24) inc a) del Código Fiscal Provincial (Ley XXII Nro. 35°), para el período verificado, en su carácter de Presidente y domicilio acreditado s/consta en autos - se lo cita y emplaza por el término de 15 (Quince) días a tomar vista de las actuaciones referidas, bajo apercibimiento de iniciar el reclamo por vía de apremio.- Conforme a lo establecido por el Artículo 128° (ex 110) del Código Fiscal Provincial, el expediente se encuentra en el Departamento Liquidación y Administración DGR a disposición de las partes.

S/C 8611 Jun. 5 Jun. 6

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