picture_as_pdf 2012-06-05

DECRETO Nº 1512

SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

28 MAY 2012

VISTO:

El Expediente Nº 00101-0227793-0 del Registro del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto Nº 1176 de fecha 11 de abril de 2012 del Poder Ejecutivo Provincial se convoca al electorado de la Municipalidad de las Parejas, departamento Belgrano para que, el día 2 de septiembre del presente año, en los Comicios Primarios, Abiertos, Simultáneos y Obligatorios, procedan a elegir candidatos al cargo de Intendente Municipal de dicha localidad;

Que el mencionado Decreto en su Artículo 1º, fija para el día 4 de noviembre de 2012 los Comicios Generales, es por ello que quienes hayan resultado electos en los comicios del 2 de septiembre de 2012, estarán en condiciones de presentarse como candidatos en los comicios generales para la cobertura al cargo de Intendente Municipal de la localidad de las Parejas, departamento Belgrano;

Que a los fines de facilitar el desarrollo de las campañas electorales de aquellos agentes de la Administración Pública Provincial (personal permanente o no permanente) y Docentes que sean candidatos en los Comicios antes mencionados, resulta pertinente conceder a los mismos, licencia con goce de haberes, por el término de treinta (30) días corridos anteriores a la fecha de realización de las elecciones, destacando que, en cuanto a los ciudadanos que resultaren electos en los Comicios Primarios, se les otorgará licencia por igual término para los Comicios Generales;

Que este tipo de beneficio se encuentra previsto en el Artículo 49º del Decreto-Acuerdo Nº 1919/89, el Artículo 145º del Decreto Nº 4447/92 y Decreto Nº 201/95 en su Artículo 46º;

Que sin embargo, no todos los regímenes de licencias de los distintos sectores de la Administración contemplan este tipo de beneficio, por lo que corresponde indicar que la medida alcanzará a los agentes de la Administración Pública Provincial cualquiera sea el régimen de licencia en el que se encuentren comprendidos y aún cuando el mismo no prevea tal causal;

Que a los fines previstos en los considerandos precendentes, se estima pertinente que previo al otorgamiento del beneficio, el interesado manifieste en forma expresa su voluntad de ser destinatario del mismo, debiendo acreditar su condición de candidato a ocupar un cargo electivo municipal;

Que el presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por el Artículo 72º inc. 1) de la Constitución Provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º - Establécese que a requerimiento del interesado, se concederá Licencia con Goce de Haberes para los agentes de la Administración Pública Provincial (de planta permanente o no permanente) y Docentes que sean candidatos al cargo de Intendente Municipal de la localidad de Las Parejas, departamento Belgrano, en las Elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias desde el 3 de agosto y hasta el 1 de septiembre de 2012 inclusive, y a los que resultaren electos para presentarse a los comicios generales; desde el 5 de octubre y hasta el 3 de noviembre de 2012 inclusive, cualquiera sea el régimen de licencia en que se encuentren comprendidos y aún cuando el mismo no contemple tal causal.

ARTICULO 2º - Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

Rubén Darío Galassi

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