picture_as_pdf 2016-05-05

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MIGUEL ANGEL MERCERAT


Por disposición de la Señora Jueza Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Decimotercera Nominación Rosario, en autos: “COMUNA DE PUEBLO ESTHER c/OTRO s/APREMIO FISCAL”, Expte. Nº 21-01526439-7 (demandado LE. 5.077.637), el Martillero Miguel Ángel Mercerat (CUIT 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 19 de mayo de 2016 a las 10 horas, o el día hábil siguiente de resultar inhábil o feriado el propuesto, en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Pueblo Esther, con la base de $ 180.000,-, de no haber postores por la base saldrá con retasa del 25%, y de persistir la falta de postores saldrá con la última base del 20% de la primera base, el siguiente inmueble: “un lote de terreno, que según plano N° 72.892 año 1973, está ubicado en Colonia Alvear, Comuna General Lagos, Distrito del mismo nombre de este Departamento y Provincia, pertenece a la manzana letra “P” y se designa como lote N° 3, ubicado sobre una calle pública entre dos calles públicas, a los 10m. de una de ellas hacia el Oeste, mide 10m. de frente al Norte por 36 m. de fondo, encerrando una superficie de 360 m2, lindando: al Norte con calle pública, al Sud con parte del lote 5, al Este con lote 4 y al Oeste con lote 2, todos del mismo plano y manzana citados”. Dominio inscripto al T° 483, Fº 400, N° 109.963, Departamento Rosario. Embargo: T° 124 E, Tº 2644 bis, N° 368.072 del 28/08/2015 por $ 12.545,75, por orden del Juez de estos autos. Inhibición: T° 11 IC, F° 451, Nº 346.703 del 17/05/2001 general sin monto, por orden Juzgado Distr. Civil Com. 10ª Nomin. Rosario, autos: “Hinostroza, Alberto José s/Concurso Preventivo”, Expte. 1829/2000. El comprador abonará en el acto de remate 10% del precio de compra más 3% de comisión al martillero, en dinero efectivo o cheque certificado o cancelatorio. De acuerdo a las comunicaciones A 5147 y A 5212 del Banco Central de la República Argentina, según circular Nro. 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, para el caso de que la seña y/o el saldo de precio supere la suma de $ 30.000, no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por transferencia bancaria, cheque certificado o cheque cancelatorio. Dicho saldo de precio deberá depositarse dentro de los cinco días de notificada la aprobación de la subasta; caso contrario deberá abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 CPCC, dejándose sin efecto la venta. Las deudas por impuestos, tasas y contribuciones, deudas con la Comuna de Pueblo Esther no reclamadas en el presente juicio, los gastos e impuestos de transferencia, gastos de toma de posesión, levantamiento de gravámenes, gastos de escrituración, I.V.A. si correspondiere, gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble, serán exclusivamente a cargo del comprador, como también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El adquirente deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentara la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del CPCC. Para el caso de compra por terceros, el adquirente deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona para la cual adquiere, quién deberá aceptar la compra en el término de cinco días, bajo apercibimiento de que todos los efectos de la subasta se produzcan respecto del adquirente que participó en el acto. Las copias de títulos se hallan agregadas a autos y a disposición de los interesados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por la falta o insuficiencia de los mismos posteriores al remate. Se subasta en el estado de ocupación en que se encuentra (desocupado) según constancias de autos. La exhibición del inmueble ser realizará los días 17 y 18 de mayo de 2016 de 11 a 13 horas. Se hace saber a efectos legales. Secretaría, Rosario. 27 de abril de 2016. Jessica Cinalli, secretaria.

S/C 290401 May. 5 May. 9

__________________________________________


FIRMAT

__________________________________________


POR

AUGUSTO LEO VIRGILIO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civ., Com. y Lab. de Firmat, a cargo da la Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaría a cargo de la autorizante, hace saber que en autos “CASA GASTALDI S.R.L. c/OTROS s/Demanda Ordinaria” (Exp. N° 1466 año 2014), se ha dispuesto que el Martillero Augusto Leo Virgilio, CUIT. Nº 20-06044231, proceda a vender en pública subasta el día 20 de Mayo del 2016, a las 10,30, en el Hall del Tribunal de 1ra. Inst. Dist. Nº 16 en lo Civ., Com. y Lab. de Firmat, sito en calle Belgrano y Córdoba, El Inmueble que más adelante se describe, con La Base de $ 31.424,10 (planilla de capital aprobada en autos) y en caso de no haber ofertas sobre la misma, con la retasa de ley pertinente y/o en su defecto Sin Base y al Mejor Postor; haciéndose saber que para el supuesto eventual de que si el día fijado para la subasta fuere inhábil, el remate se efectuará el día siguiente hábil posterior, en el mismo lugar y a la misma hora, subastándose -el siguiente Inmueble: - “Una fracción de terreno situada en la zona urbana de la ciudad de Firmat, Dpto. Gral. López, Pcia. de Sta. Fe., y que según el plano N° 24.046/59 es el LOTE 22, de la Manzana 177, ubicado en calle Hipólito Irigoyen N° 2128 entre calles Berutti y Roque Sáenz Peña de Firmat; a los 431,62 m. de la calle Berutti, con una superficie total de 286 Mts.2, y cuyas medidas y linderos son los siguientes: Al N - O, 10 mts-, lindando con el Lote “Doce”; al S-E, 10 mts. de frente, lindando con calle Hipólito Irigoyen; al N-E, 28,60 mts., lindando con el Lote “Veinte y Uno”; y Al S - O, 28,60 Mts., lindando con el Lote “Veinte y Tres”; todos los lotes del mismo plano y manzana citados. Nota de Dominio:- Tomo 505 Folio 15 N° 300.584 - Dpto. Gral. López.- Del informe del Registro Gral. de la Propiedad de Rosario, consta inscripto el Dominio del Inmueble a subastar a nombre del co-demandado Maximiliano Andrés Pérez.- No Registrando Hipotecas ni Inhibiciones, pero si el siguiente Embargo: 1)- A tomo 123 E- Folio 1165 O - N° 331678 O - de fecha 29/04/2014, por la suma de $ 26.325,95, orden Juzgado de 1ra. Inst. C., C. y Lab. Nº16 de Firmat, en Autos “Casa Gastaldi S.R.L. c/Pericant S.R.L. s/ Demanda Ordinaria”(Exp. N° 1466 año 2014.- Del informe del A.P.I., consta que se adeuda Impuesto Inmobiliario año 2016/ 1° y 2° cuota de $ 34,00 cada una, con vto.el 19/2/16 y 19/4/16.- Del informe expedido por el Municipio de Firmat, consta que se adeudan impuestos municipales por tasa y servicios la suma de $ 8.183,20; razón por la cual se deja expresa constancia que la suma que se, adeudan por impuesto inmobiliario y Municipal, y/o cualquier otro impuesto nacional, provincial y/o municipal que gravare el inmueble y se adeudaren, serán a cargo del y/o de los compradores a partir de la subasta.- Que obra glosado en autos el pertinente Extracto de Dominio del inmueble a subastar, a disposición de los interesados en Secretaria del Juzgado, en el mismo se relaciona EL Titulo del Inmueble a subastar previéndose alcances del Articulo 494 C.P.C.C., además todos los informes evacuados, no aceptándose reclamo alguno después de la subasta por insuficiencia de los mismos.- Del Oficio de constatación practicado que obra glosado en autos, consta que el inmueble a subastar se encuentra desocupado.- El y/o los compradores abonaran en el acto del remate para el inmueble, el 20 % del precio de compra en dinero efectivo o cheque certificado, con más la Comisión de Ley al Martillero, e I.V.A. si correspondiere, el saldo lo depositarán judicialmente aprobado el remate.- Asimismo se hace saber a los interesados, en los edictos arriba ordenados, y en el acto de subasta que para el caso de que el precio a abonar en dicho acto de superar el valor de $ 30.000,00 el pago deberá realizarse por cheque certificado o cancelatorio o, en su defecto, se deberá depositar dicho monto en el Nuevo Banco de Santa Fe Suc. Firmat, en la cuenta judicial, a la orden de este Juzgado y para estos autos, conforme disposición del BCRA comunicación “A” 5147 del 23.11.2010.- Todo lo cual se hace saber a los efectos pertinentes a que por derecho hubiere lugar. Firmat, 25 de Abril de 2016. Dra. Laura M. Barco: Secretaria.

$ 758,34 290324 May. 5 May. 9

__________________________________________