picture_as_pdf 2014-05-05

DECRETO Nº 0952


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 22 ABR 2014


V I S T O:

El expediente Nº 00201-0159890-3, del registro del Sistema de Información de Expedientes, en el cual se gestiona la inclusión de las funciones del Coordinador General Operativo de la Dirección General de Policía Comuntaria al beneficio instituido por Decreto N° 3820/03 y sus modificatorios; y

CONSIDERANDO:

Que mediante el Decreto N° 2710/13 se creó la Dirección Provincial de Proximidad Policial;

Que en fecha 2 de diciembre de 2013, a través de la Resolución J.P.P. N° 010/13 que obra a fs. 14, se dispuso la creación de la Dirección General de Policía Comunitaria, ad referéndum del Sr. Ministro de Seguridad, y diferir lo referente a la organización interna de la Dirección al reglamento que se dictaría oportunamente;

Que la citada normal legal fue aprobada mediante la Resolución M.S. N° 0325/14 – incorporada a fs. 34–;

Que conforme se detalla desde la Dirección Provincial de Proximidad Policial a fs. 1 y ss, la órbita de competencias del mencionado Coordinador, no se limita a la coordinación operativa de la Policía Comunitaria, sino al conjunto de políticas públicas diseñadas y ejecutadas desde la Dirección Provincial referenciada, lo cual exige un trabajo de dedicación exclusiva;

Que por el Decreto N° 3820/03 y sus modificatorios; se otorgó una asignación mensual destinada al personal de la Policía y del Servicio Penitenciario Provincial que se detalla en el Anexo I del Artículo 4° del mencionado texto legal;

Que se pretende incorporar al Anexo I del Artículo 4° del Decreto N° 3820 y sus modificatorios el cargo de Coordinador General Operativo de la Dirección General de Policía Comunitaria por la suma de $ 2.362 –fs. 4– ;

Que las funciones cuya incorporación se solicita, pretenden reconocer la labor del personal jerárquico, de otras que forman parte de los órganos que asisten y asesoran a la Jefatura de Policía en el ejercicio del Comando Superior de la Fuerza, según lo establecido expresamente en el artículo 21 s.s. y c.c. de la Ley del Personal Policial N° 12.521;

Que tomó intervención la Dirección General de Asuntos Jurídicos Jurisdiccional emitiendo dictamen a fs. 32;

Que la gestión se ajusta a la autorización conferida en el artículo 79° de la Ley N° 12.510 (L A. E .y C. E.);

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

D E C R E T A

ARTÍCULO 1º: Incorpórase, a partir de la fecha del presente acto administrativo, al Anexo I del artículo 4° del Decreto N° 3820/03 y sus modificatorios el cargo de Coordinador General Operativo de la Dirección General de Policía Comunitaria por la suma de Pesos Dos Mil Trescientos Sesenta y Dos ($ 2.362).

ARTÍCULO 2º: Refréndese por los Señores Ministros de Seguridad y de Economía.

ARTÍCULO 3º: Regístrese, comuníquese, y previa intervención de Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas de la Provincia, pase a la Dirección General de Administración del Ministerio de Seguridad, a sus efectos.

BONFATTI

Dr. Raúl Alberto Lamberto

C.P. Angel José Sciara

11354

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