picture_as_pdf 2017-04-05

JUZGADO FEDERAL


El Juzgado Federal de Primera Instancia Nº 1 de Rosario, a cargo del Dr. Aurelio Cuello Murua Juez Federal Subrogante, Secretaría a cargo de la Suscripta, sito en la calle Entre Ríos 730 de la ciudad de Rosario, en autos caratulados: BANCO DE LA NACIÓN ARGENTINA c/BABAICH ARMANDO ESTEBAN s/Ejecución, Expte. 6675-2016, cita y emplaza al Sr. Babaich Armando Esteban, DNI 24720219, para que en el término de cinco (5) días a partir de la publicación del presente edicto, comparezca a estar a derecho, oponga excepciones y constituya domicilio en el radio del Juzgado bajo apercibimiento de dar intervención al Defensor Oficial de Ausentes. Fdo. Dr. Cuello Murua Aurelio, Juez federal subrogante. Rosario, 8 de Marzo de 2017. Dra. Bolzico, Secretaria.

$ 33 319266 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición de la Señora Jueza de Trámite Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 6° Nom. de Rosario, dentro de los autos caratulados “VELAZQUEZ, ROBERTO DANIEL el PROVINCIA DE SANTA FE s/DAÑOS Y PERJUICIOS” Expte. N° 1060/10, C.U.I.J. N° 21-00187996-8, se hace saber y los sucesores y/o herederos del Sr. ROBERTO DANIEL VELAZQUEZ DNI 27.163.391, lo siguiente: “Rosario, 06 de Marzo de 2017. Atento lo informado, y siendo que de conformidad con lo preceptuado por el Art. 45 del C.P.C., en caso de muerte del mandante, el apoderado continuará ejerciendo su personería hasta que los herederos o representantes legales tomen la intervención que les corresponde en el proceso, -extremo que no ha acontecido en la especie-, ya que no se ha fijado un plazo para que los interesados concurran a estar a derecho, por lo cual, no habiéndose iniciado declaratoria de herederos- conforme oficio acompañado, cítese a los herederos de Roberto Daniel Velásquez, DNI 27.163.391, por edictos durante dos días con cultivos, y en los domicilios denunciados de los herederos mencionados a fs. 114 en el término y bajo apercibimientos de ley. Fdo.: Dra. Analía Mazza (Jueza); Dra. María Laura Ruani (Prosecretaria). Rosario, 21 de Marzo de 2017. Dra. María Verónica Lara, Secretaria.

$ 52,50 319240 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Trámite del Juzgado Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 6 de la ciudad de Rosario, Dr. Ignacio V. Aguirre, Secretaria de la Dra. Gordillo, en los autos “RIVAROLA, EMILIO FERNANDO c/VIGNADUZZO, VÍCTOR y Otros s/Daños y perjuicios” (Expte. Nº 430/2006) se ha ordenado lo siguiente: Rosario, 24 de Noviembre de 2016.... Ofíciese al Registro Nacional de las Personas a los fines que se sirva informar si consta en sus registros el fallecimiento del Sr. Néstor Valentín Verón (DNI 6059030). Emplácese por edictos a sus herederos para que comparezcan a estar a Derecho dentro del término de cinco (5) días de la última publicación, bajo apercibimiento de ley. Publíquense los edictos citatorios por tres (3) días y en la forma proscripta por el art. 67 del Código Procesal Civil y Comercial. Sin perjuicio de ello, respecto del mandatario en ejercicio, estése a lo dispuesto por el art. 47, segundo párrafo, del Código citado. Designase nueva fecha para recepción de Audiencia de Vista de Causa para el día 15 de Diciembre de 2017 a las 10.30 hs. Hágase saber a las partes que el expediente deberá encontrarse en estos Estrados con un anticipación de diez días hábiles a la fecha de Audiencia bajo apercibimiento de suspensión de la misma. Notifíquese por cédula a los domicilios reales y procesales. Fdo.: Dr. Ignacio V. Aguirre (Juez); Dra. María Guadalupe Gordillo (secretaria)“. En consecuencia se hace saber que se ha emplazado por edictos a los herederos del Señor Néstor Valentín Verón (DNI 6059030) para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Rosario, 03/2017. Edicto sin cargo atento Resolución Nº 3197 del 07/11/2008 de declaratoria de pobreza en Autos: “RIVAROLA, EMILIO FERNANDO c/VIGNADUZZO, VICTOR y Otros s/Pobreza”, Expte. Nº 429/2006. Secretaría, 17 de Marzo de 2017.

S/C 319180 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


El Sr. Juez de 12° Nominación de Rosario, en los autos caratulados: EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA c/GALARZA FRANCISCO OSCAR s/Demanda Ejecutiva, Expte. N° 804/11, ha ordenado lo siguiente: Resolución N° 644 - año 2017. Tomo 105. Folio nº 360. ROSARIO, 14 de Marzo de 2017. Y Vistos:(...). Y Considerando: (...). Fallo: 1) Ordenar seguir adelante la ejecución hasta tanto el actor se haga íntegro cobro de la suma pesos cinco mil treinta con 60/100 ($5.030,60), con más sus intereses como se explicitan en la parte considerativa, desde la mora y hasta el día de su efectivo pago. 2) Imponer las costas a la parte demandada (art. 251 C.P.C.C.) 3) Regular los honorarios oportunamente. 4) Insértese y hágase saber. (Autos: “E.P.E. c/GALARZA FRANCISCO OSCAR s/Ejecutivo” CUIJ: 21-01480885-7). Fdo.: Dra. Agustina Filippini -Secretaria y Dr. Fabián E. Daniel Bellizia - Juez. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, Marzo de 2017. Dr. Danino, Prosecretario.

S/C 319263 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


En autos: RUFINO CASTILLO s/Sucesorio Expte CUIJ 21-01368094-6, que tramitan por ante el Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, se ha dictado la siguiente Resolución: “Nro. 307. Rosario, 10 de Marzo de 2017. Vistos:... Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Revoco el auto Nº 1132, del 07/07/2016, en cuanto regula honorarios profesionales al Dr. Omar A. Ruiz. Declaro que la obligación de pagar los honorarios profesionales que pudieran haberle correspondido al Dr. Omar A Ruiz por las tareas realizadas en este proceso prescribió. Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula”. Fdo. Dr. Fabián Bellizia (Juez en Suplencia), Dra. Verónica Accinelli (Secretaria). Rosario, 28 de Marzo de 2017.

$ 33 319222 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de Rosario a cargo del Dr. Marcelo Quiroga, Secretaría del autorizante, dentro de los autos caratulados: “DELMAS JUAN D. y Otros s/Extensión de quiebra”, Expte. Nro. 1321/12, con fecha de inicio el 20/l2/2012 siendo parte actora la Síndico CPN Débora Cristina Susana Zerpa en la acción que expresa -extensión de quiebra- contra Juan Domingo Delmas, Leandro Leonel Delmas Alaminos, Néstor Fabián Canteros, DEZEL SRL y COTY SRL; cita y emplaza a la parte codemandada COTY SRL para que en el término de tres días comparezca a estar a derecho bajo los apercibimientos de ley. Decrétase la inhibición de la parte demandada sin expresión de monto, librándose despacho con los recaudos de ley. Secretaría, Marzo de 2017. Dra. González, Secretaria.

S/C 319243 Abr. 5 Abr. 6

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUNA FRANCISCO y/u Ots. s/Apremio E. NRO. 566/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 2520/15 por no presentado.(23) Expte. 566/15. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 242. Arroyo seco, 4 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LUNA FRANCISCO Y/u OTS. s/APREMIO, E. 566/15. RESUELVO: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos Cuatro mil doscientos cincuenta y cuatro con ochenta y ocho centavos ($4.254,88) en concepto de capital con mas la suma de pesos dos mil ciento veintisiete con cuarenta y cuatro centavos ($ 2.127,44) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. LUNA FRANCISCO y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0004413-00, Lote 010D, manzana 031, ruta 00. Secretaría, 23 de febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318271 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DI FULVIO OMAR y/u Otros s/Apremio E. NRO. 515/15 que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2456 por no presentado.(23) Expte. 515/15. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro.192. Arroyo seco, 3 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DI FULVIO OMAR Y OTS. s/APREMIO, E.515/15. RESUELVO: 1.- Agregar la boleta acompañada. 2.- Admitir la demanda y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Encontrando en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos siete mil ciento sesenta y seis con setenta y ocho centavos ($7.166,78) en concepto de capital con mas la suma de pesos tres mil quinientos ochenta y tres con treinta y nueve centavos ($3.583,39) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. DI FULVIO OMAR y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0006226-00, Lote 009, manzana 003, ruta 21. - Secretaría, 23 de febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318252 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BOSCHIERO HAYDEE y Otros S/Apremio” E. NRO. 530/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 2477 por no presentado.(23) Expte. 530/15. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro.189. Arroyo seco, 3 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ BOSCHIERO HAYDEE y Ots. s/APREMIO, E.530/15. RESUELVO: 1.- Agregar la boleta acompañada. 2.- Admitir la demanda y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Encontrando en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cuatro mil quinientos noventa y cuatro con cuarenta y dos centavos ($4.594,42) en concepto de capital con mas la suma de pesos dos mil doscientos noventa y siete con veintiún centavos ($2.297,21) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani, Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. BOSCHIERO HAYDEE. y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0006326-00, Lote 006A2, manzana 032, ruta 00. Secretaria, 23 de febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318255 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ROSSETTI HORACIO y/u Otros s/Apremio” Expte. Nº 672/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2778/15 por no presentado (23). Expte. Nro. 672/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 315. Arroyo Seco, 7/03/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ ROSSETTI HORACIO y/u Otros S/Apremio Expte. Nº 672/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cinco mil doscientos ochenta y tres con veintiún centavos ($5.283,21) en concepto de capital, con mas la suma de pesos dos mil seiscientos cuarenta y uno con sesenta y un centavos ($ 2.641,61), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Rossetti Horacio y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004067-00, correspondiente al lote 008, de la manzana 066, de la ruta 00. Secretaría, 23 de febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318257 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DI DOMENICO ENRIQUE y/u Otros s/Apremio” Expte N° 660/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3)días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2693/15 por no presentado.(23). Expte. 660/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 323. Arroyo Seco, 7/03/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ DI DOMENICO ENRIQUE. y/u Otros s/Apremio Expte Nº 660/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos tres mil novecientos cuarenta y siete con sesenta y un centavos ($3.967,41) en concepto de capital, con mas la suma de pesos un mil novecientos setenta y tres con ochenta y uno centavos ($1.973,81), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts.452 y 460 CPC). Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-, Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Di Domenico Enrique y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0006976-00, correspondiente al Lote 007, de la Manzana c, de la Ruta 22. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318263 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/STEEMAN CONSTANTINO y/u Otros s/Apremio” Expte. Nº 658/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2691 por no presentado.(23). Expte. 658/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 320. Arroyo Seco, 7/03/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/STEEMAN CONSTANTINO y/u Otros S/Apremio Expte. Nº 658/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cinco mil novecientos ochenta y cuatro con ocho centavos ($5.984,08) en concepto de capital, con mas la suma de pesos dos mil novecientos noventa y dos con cuatro centavos ($2.992,04), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts.452 y 460 CPC).Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-, Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Steeman Constantino y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004296-00, correspondiente al Lote 011, de la manzana 03, de la ruta 33. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318262 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ PEYRE RUBÉN P. y/u Otros S/Apremio” Expte nº 557/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2511/15 por no presentado.(23) Expte. 557/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 265. Arroyo Seco, 4/03/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/ PEYRE RUBÉN P. y/u Otros S/Apremio Expte. Nº 557/15. RESUELVO: 1. Agréguese la boleta acompañada. 2. Admitirla y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cuatro mil ochocientos cincuenta con setenta y ocho centavos ($4.850,78) en concepto de capital, con mas la suma de pesos dos mil cuatrocientos veinticinco con treinta y nueve centavos ($ 2.425,39), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts. 452 y 460 CPC) Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio.(Art. 27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Peyre Rubén P. y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0004642-00, correspondiente al Lote 028, de la Manzana 003, de la Ruta 48. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318268 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MASTROMARINO ANA y/u Otros S/Apremio” Expte. Nº 596/1S, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3)días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2571/15 por no presentado.(23). Expte. 596/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 199. Arroyo Seco, 3/03/2016. VISTA: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/MASTROMARINO ANA y/u Otros s/Apremio” Expte. Nº 596/15. Resuelvo: 1. Agréguese la boleta acompañada. 2. Admitirla y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos tres mil ochocientos treinta y siete con cuarenta y tres centavos ($3.837,43) en concepto de capital, con mas la suma de pesos un mil novecientos dieciocho con setenta y dos centavos ($1.918,72), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts. 452 y 460 CPC). Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-. Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio.(art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Mastromarino Ana y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0006019-00, correspondiente al Lote 016, de la Manzana f, de la Ruta 37. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318266 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/CAPROLI ALBERTO y/u Otros s/Apremio” Expte. Nº 605/15, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11/09/2015. Por presentado, en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe ir acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la ley 10244(boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido dentro del termino de tres (3)días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2592/15 por no presentado.(23). Expte. 605/15. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado- Juez. Nro. 271. Arroyo Seco, 4/03/2016. Vista: La demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ CAPROLI ALBERTO y/u Otros S/Apremio Expte. Nº 605/15. Resuelvo: 1. Agregar la boleta acompañada. 2. Admitir la demanda y en consecuencia darle curso; 3. Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de Mandato General que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia; 5. Encontrando en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos nueve mil quinientos nueve con setenta y cinco centavos ($9.509,75) en concepto de capital, con mas la suma de pesos cuatro mil setecientos cincuenta y cuatro con ochenta y ocho centavos ($4.754,88), estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art.7 y 11 L 5066 y arts.452 y 460 CPC).Habida cuenta que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la propiedad-, Intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio.(art.27 L5066). 6. Citar de Remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley.... 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Dra. Mariana. Cattani-Secretaria. Dra. Mariana Alvarado-Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Caproli Alberto y/o sucesores y/o propietarios y/o responsables. fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco bajo la partida 0006166-00, correspondiente al Lote 008, de la Manzana 003, de la Ruta 03. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318264 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FRIGORIFICO FELA y Otros s/Apremio” E. NRO. 564/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 2015. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo Nº 2518/15 por no presentado.(23) Expte. 564/15. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 214. Arroyo seco, 3 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FRIGORÍFICO FELA y/u Ots. s/Apremio, E.564/15. Resuelvo: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la Ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos siete mil ciento ochenta y uno con sesenta y ocho centavos ($7.181,68) en concepto de capital con mas la suma de pesos tres mil quinientos noventa con ochenta y cuatro centavos ($3.590,84) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la Ley 5066 y modificatorias a los Sres. Frigorífico Fela y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0004451-00, Lote 021, manzana 002, ruta 01. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318269 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RIVAS MARTHA y Otros s/Apremio” E. NRO. 529/15, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 11 de setiembre de 201S. Por presentado en el carácter invocado. Admítase el domicilio ad litem constituido. Suscriba el profesional el poder general acompañado. Habida cuenta de que el escrito que se provee debe estar acompañado de los comprobantes que acrediten el cumplimiento de los aportes que determina la Ley 10244 (boleta de iniciación de juicio), intímese al Dr. Germán Giggiaro a acompañar el comprobante referido, dentro del término de tres (3) días bajo apercibimiento de tener el escrito cargo nro. 2476 por no presentado.(23) Expte. 529/15. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Nro. 258. Arroyo seco, 4 de marzo de 2016. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/RIVAS MARTHA y/u Ots. s/Apremio, E.529/15. RESUELVO: 1.- Agréguese la boleta acompañada. 2.- Admitirla y en consecuencia darle curso. 3.- Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 4.- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos un Mil- doscientos noventa y nueve con veintiún centavos ($1.299,21) en concepto de capital con mas la suma de pesos seiscientos cuarenta y nueve con sesenta y un centavos ($ 649,61) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad- intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Rivas Martha. y/o propietario y/o sucesores y/o terceros ocupantes y/o quien o quienes resulten ser responsables fiscales del inmueble catastrado en la Municipalidad de Arroyo Seco, bajo la partida nro. 0006328-00, Lote 008, Manzana O Ruta 46. Secretaría, 23 de Febrero de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.

S/C 318272 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de PAJES NORMA BEATRIZ, DNI 11.871.442, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 29/03/2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante.

$ 45 319226 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de RIVELLINO RAMON MIGUEL, DNI 6023116, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 29/03/2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante.

$ 45 319227 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Distrito Civil y Comercial de la 1ra. Nom. de Rosario, cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de BALZANO ANGELA, DNI 10.043.442, publicándose edictos por 1 día en el BOLETIN OFICIAL (Art. 2340 CCYC), para que dentro del término de 30 días comparezcan a hacer valer sus derechos, bajo apercibimiento de ley. Rosario, 29/03/2017. Araceli N. Stefanelli, secretaria subrogante.

$ 45 319230 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de Rosario de la 1a Nominación de Rosario Dra. Ma. Andrea Mondelli, Secretaría a cargo de la Dra. Elvira Sauan, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de la señora Juana Rueda, DNI 5.556.963, para que comparezcan dentro del término de ley a estos autos caratulados: RUEDA, JUANA s/Declaratoria de Herederos, CUIJ Nº 21-02864488-1, a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, 30 de Marzo de 2017. Dra. Elvira Sauan, Secretaria.

$ 45 319306 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17ma. Nominación de Rosario, Juzgado vacante, se cita y emplaza a los herederos acreedores y legatarios de don ALCARAZ, AGUSTIN RICARDO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 13 de Diciembre de 2016. Dra. María Florencia Netri, Prosecretaria.

$ 45 319261 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito, Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, provincia de Santa Fe, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante Nazur Diego Hernán, DNI 24.784.376, para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten a hacer valer sus derechos en autos: NAZUR, DIEGO HERNÁN s/Declaratoria de herederos; CUIJ 21-02867469-1, bajo los apercibimientos de ley. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por un día. Rosario, 13 de Marzo de 2017. Fdo. Dra. Elvira S. Sauan (Secretaria).

$ 45 319225 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Romon, Julia (DNI 1.035.890), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: ROMON, JULIA s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02876379-1). Rosario, 28/03/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 319181 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaria de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Realini, Ignacio (DNI 5.997.726), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: REALINI, IGNACIO s/Sucesorio; CUIJ Nº 21-02872399-4). Rosario, 28/03/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 319182 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3° Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Hernán Carrillo, Secretaría de la Dra. Gabriela Cossovich, (firmado por Juez en Suplencia: Dra. Delia Giles) se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Romero, Rosalía (DNI 10.764.511), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. (Autos: ROMERO, ROSALIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 182/2017). Rosario, 28/03/2017. María Sol Sedita, Secretaria.

$ 45 319183 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Bissotto, Rosa Norma (DNI 3.893.642), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: BISSOTTO, ROSA NORMA s/Sucesorio; CUIJ N° 21-02877380-0). Rosario, 29/03/2017. María Sol Sedita, Secretaria.

$ 45 319184 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Ortiz, Tomás Julián (DNI 4.989.392), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de 1 día (Art. 2340 CC y C). (Autos: ORTIZ, TOMAS JULIAN s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nº 21-02874410-9). Rosario, 29/03/2017. María Sol Sedita, secretaria.

$ 45 319185 Abr. 5

__________________________________________


El señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario hace saber que Leonor Gabriela Ferreira, ficha dactiloscópica, falleció el día 14/03/2006 y cita a sus herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes de su patrimonio, para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. Dra. Verónica A. Accinelli. Autos: FERREIRA, LEONOR GABRIELA s/Declaratoria de herederos; Expte. N° 21-02874239-5. Secretaría, Rosario, 20 de Marzo de 2017. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 45 319187 Abr. 5

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos: OTTA MARÍA s/Sucesorio; CUIJ 21-02865096-2, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña María Otta, DNI 1.510.053, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 29 de Marzo de 2017. Dr. Lucas Menossi, (Secretario).

$ 45 319260 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos CAMBIASO LUCAS s/Sucesorio; CUIJ 21-02876525-5, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por don Lucas Cambiaso, DNI 26.066.711, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 29 de Marzo de 2017. Dr. Lucas Menossi, (Secretario).

$ 45 319258 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial N° 14 de Rosario, dentro de los autos RIVOIRA, MARTA DOMINGA s/Declaratoria de Herederos; CUIJ 21-02877773-3, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por doña Marta Dominga Rivoira DNI 1.107.770, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los 30 días hábiles siguientes al vencimiento del último edicto. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por 5 veces en 10 días. Rosario, 29 de Marzo de 2017. Dr. Lucas Menossi, (Secretario).

$ 45 319257 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario hace saber que Ernesto Antonio Bernasconi (LE 3.745.244) falleció el día 13/02/14 y cita a sus herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes de su patrimonio, para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. Dra. Verónica A. Accinelli. BERNASCONI, ERNESTO ANTONIO s/Declaratoria de herederos; Expte. N° 21-02872207-6. Secretaría, Rosario, 15 de Marzo de 2017. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 45 319203 Abr. 5

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados MUÑOZ, LUCIA AMADA s/Sucesorio; CUIJ 21-02877272-3, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por doña Lucia Amanda Muñoz, DNI 5.529.806, para que en el término de treinta días a partir de la publicación de edictos, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día. Rosario, 29 de Marzo de 2017. Dra. María Eugenia Sapei, Secretaria.

$ 45 319256 Abr. 5

__________________________________________


El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Bergia, Secretaría Dra. Verónica Accinelli, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Fermina María Salari (DNI 1.517.621) y Noemí Claudia Balboa (DNI 5.499.637), para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. SALARI, FERMINA y Otros s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02877316-9). Rosario, 23 de Marzo de 2017. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 45 319211 Abr. 5

__________________________________________


El Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario (SF), a cargo del Dr. Hernán Gonzalo Carrillo (Juez), Secretaria a cargo de la Dra. Gabriela Beatriz Cossovich, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don Nicolás Del Greco, titular del DNI 3.090.060, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Todo por estar así ordenado en autos caratulados: DEL GRECO, NICOLAS s/Declaratoria de Herederos; CUIJ Nro. 21-02867279-6. Rosario, Marzo de 2017. Dra. Gabriela Beatriz Cossovich (Secretaria).

$ 45 319212 Abr. 5

__________________________________________


El señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario hace saber que Neferita María Esther Serapide (LC 5.545.350) falleció el día 21/02/95 y cita a sus herederos, acreedores, legatarios y todos los que se consideren con derecho a los bienes de su patrimonio, para que dentro de treinta días comparezcan a este tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. Dra. Verónica A. Accinelli. Expte. SERAPIDE, NEFERITA MARIA E s/Declaratoria de herederos; Expte. N° 744/09. Secretaria, Rosario, 23 de Marzo de 2017. Verónica A. Accinelli, secretaria.

$ 45 319209 Abr. 5

__________________________________________


El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaria Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Angela María Scarpeci (LC 3.306.146), para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publica edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. SCARPECI, ANGELA s/Sucesorio; (Expte. CUIJ 21-02867654-6). Rosario, 29 de Marzo de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.

$ 45 319214 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Adda Pura Ciz (DNI 1.513.026), para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publica edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. CIZ, ADDA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02860934-2). Rosario, 29 de Marzo de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.

$ 45 319216 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaria Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores o legatarios de don/doña: Baldivia Catelli (DNI 2.959.520), para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publica edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los Arts. 67 y 592 CPCC. CATELLI, BALDIVIA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. CUIJ 21-02867156-0). Rosario, 29 de Marzo de 2017. Silvio Pasotti, prosecretario.

$ 45 319219 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14a. Nominación de la ciudad de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios de la Sr. Canelo, Juan Jorge, LE Nº 5.970.769 y de la Sra. García, Susana, DNI Nº 5.550.592, por el termino de diez días para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Rosario, Autos caratulados: CANELO, JUAN JORGE Y OT s/Sucesorio; Expte. Nº 21-02869780-2.

$ 45 319293 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


FIRMAT

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Cristina Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura M. Barco, llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de doña Margarita Grazia Fiorelli, (D.N.I. N° 5.828.111), por el término de ley para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. (Autos: FIORELLI, MARGARITA GRAZIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 1749/2015). Firmat, 4 de Noviembre de 2016. Laura M. Barco, secretaria.

$ 45 319300 Abr. 5

__________________________________________


La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Cristina Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura M. Barco, llama, cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de don Ramón José Garziera (D.N.I. N° 6.077.775), por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. (Autos: GARZIERA, RAMON JOSE s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 1563/2015). Firmat, 4 de Noviembre de 2016. Laura M. Barco, secretaria.

$ 45 319304 Abr. 5

__________________________________________


SAN LORENZO

__________________________________________


JUZGADO DE FAMILIA


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia del Juzgado de Familia de San Lorenzo Distrito Judicial N° 12, Dr. Marcelo Escola, Secretaria Dra. Mónica Muchiutti, dentro de los autos caratulados: R. MILO R. RAÚL Y P THIAGO s/Medido de Protección Excepcional - Ley 12967, Expte. N° 117/17, se notifica al Sr. JORGE EDUARDO PENAYO la siguiente resolución que se transcribe en su parte pertinente: T° 35, F° 155/157, N° 334. San Lorenzo, 14 de Marzo de 2017. Y Vistos... Y Considerando... Resuelvo: 1) Ratificar la medida excepcional adoptada por la Dirección Provincial para la Promoción de los Derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de Rosario por Disposición N° 04/17 del 10 de Febrero de 2017, respecto de los citados niños. 2) continúe actuado los distintos equipos de la citada Dirección y acompañen en autos los informes ambientales yo de seguimiento de los niños en los domicilios donde se encuentran alojados. 3) Notifíquese a la Asesora de Menores. Insértese y hágase saber. Expte. Nº 117/17. Fdo: Dr. Marcelo Escola (Juez); Dra. Mónica Muchiutti (Secretaria).

S/C 319335 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del Juzgado de Familia de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: GARCIA SILVINA y Otros s/Medida de Protección de Persona; (Expte. N° 1211/16), se ha ordenado: previo a resolver, fijar nueva fecha de audiencia a los mismos fines y efectos que la anterior citando a la Sra. Silvina García, para el día 10 de Abril de 2017 a las 8 hs en los términos del Art. 66 bis. de la Ley 12.967, es decir para que exprese su voluntad respecto de la medida tomada en sede administrativa respecto de su hijo. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Dra. La Menza, Prosecretaria.

$ 33 319330 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de la ciudad de San Lorenzo, comunica a los herederos del Sr. Hugo Rolando Salazar lo siguiente: No habiendo comparecido los herederos del Sr. Hugo Rolando Salazar, a estar a derecho, decláreselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Todo ello dentro de los autos caratulados: RIOS, MIGUEL ANGEL c/Sucesores de H.R. SALAZAR y Otros s/Daños y Perjuicios; Expte. Nº 996/07. San Lorenzo, 6 de Marzo de 2017. Dra. Lantermo, Secretaria Subr.

$ 33 319294 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición de la señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, Distrito Judicial Nº 12 de la ciudad de San Lorenzo, provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes don Cattalini, Isabelino Iirio y doña Ruiz María Soledad, para que dentro del término y apercibimiento de ley comparezcan a hacer valer sus derechos dentro de los autos caratulados: ‘RUIZ, MARIA SOFIA y Otro s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 646/16. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. San Lorenzo, 22 de Marzo de 2017. Dr. Devadder, Prosecretario.

$ 45 319288 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don RAUL ABELARDO AMILCAR LOPEZ, doña RAQUEL HILDA MORANTE y doña ISOLINA ILDA FERNANDEZ y/o HILDA ISOLINA FERNANDEZ y/o ISOLINA HILDA FERNANDEZ, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319277 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don BASILIANO MOISES MOTTA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319274 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don ROBERTO ANGEL PRIOTTO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319276 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña ANA MARGARITA BURCHART, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319279 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don LUIS FERNANDO GARNERO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319280 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña LLUVINA POTALIVA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 21 de Marzo de 2017. Valeria Besazza, prosecretaria.

$ 45 319281 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don RUBEN BERNARDO MIGUEL CARABELLI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 22 de Marzo de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 319282 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de doña ELENA DEL ROSARIO MARCHIO y don JOSE JUAN DEDOMINICI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 22 de Marzo de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 319283 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de don UMBERTO VICENTE BRECCIA y doña CELIA RAMONA LOPEZ, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 22 de Marzo de 2017. Pablo A. Devadder, prosecretario.

$ 45 319332 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


La señora Juez de Circuito y Faltas de Distrito Judicial N° 12 de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, dentro de los autos caratulados HERNÁNDEZ, NORMA BEATRIZ c/GASPAROTTI VÍCTOR HUGO s/Desalojo por Tenencia Precaria; Expte. Nº 884/13, ha ordenado inscribir como litigioso el bien inmueble registrado al Tomo: 246, Folio: 499, N° 390393, inscripto en el Registro General de la Propiedad de Rosario, ubicado en calle N. Alem N° 370 de la localidad de Andino, Pcia. Santa Fe. A continuación se transcribe el decreto que así lo ordena: San Lorenzo, 26/07/16 Ampliando el decreto que antecede se decreta: Inscripta la anotación litigiosa en el Registro General proceda a la publicación de edictos conforme Art. 521 in fine (CPC y C) Notifíquese. Secretaría, San Lorenzo. Dra. Bernardelli, Secretaria.

$ 33 319334 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


El Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial de la 1ra. Nom. de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados BANCO DE GALICIA Y BUENOS AIRES S.A. c/DI LEONFORTE ANTONIO LEANDRO Y IMPERATRICE ENZO JOSÉ LISANDRO S.H. Y/O s/Juicio Ejecutivo; (Expte. 595/2013), ha declarado rebelde a don Di Leonforte, Antonio Leandro. A continuación se trascribe el decreto que así lo ordena en su parte pertinente: San Lorenzo, 29 de Marzo de 2016. Declárese rebelde al demandado Antonio Di Leonforte y siga el juicio sin su representación. Notifíquese conforme Art. 77 del CPCC. 17 de Marzo de 2017. Fdo: Dra. Gamst, Secretaria.

$ 33 319313 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


VILLA CONSTITUCION

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, Dra. Agueda Orsaria, Secretaria de la Dra. Melisa Peretti, dentro de los caratulados GIMENEZ JUAN RAÚL s/Declaratoria de Herederos; Expte. Nº 1045/16; llama y cita a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante Juan Raúl Giménez, por el término de 30 días, para que hagan valer sus derechos. Secretaria. Villa Constitución, 17 de Marzo de 2017. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 319179 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante Rolando Osvaldo Maximiliano Matrone, para que dentro del término de treinta (30) días y bajo apercibimiento de ley, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en los autos MATRONE, ROLANDO OSVALDO MAXIMILIANO - MALUGANI, ZULEMA PILAR s/Sucesión; Expte. Nº 662116. Lo que se publica a sus efectos legales. Firmado Dr. Mauro R. Bonato (Secretario).

$ 45 319208 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral, Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de la causante Zulema Pilar Malugani, para que dentro del término de treinta (30) días y bajo apercibimiento de ley, compadezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en los autos MATRONE, ROLANDO OSVALDO MAXIMILIANO - MALUGANI, ZULEMA PILAR s/Sucesión; Expte. N° 662/16. Lo que se publica a sus efectos legales. Firmado Dr. Mauro R. Bonato (Secretario).

$ 45 319202 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución dentro del proceso denominado Ferrer, Elsa Anunciada y Svegliati, Guerino s/Declaratoria de Herederos - Sucesión; Expte. 887/16, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de FERRER, ELSA ANUNCIADA, DNI 01.521.760 y SVEGLIATI, GUERINO, DNI 93.583.439, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Secretaria, Villa Constitución, 27 de Marzo de 2017. Dr. Bonato, Secretario.

$ 45 319201 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados ROMANO MARIA LUISA s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 96/17, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de María Luisa Romano, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 29 de Marzo de 2017. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 319196 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la Segunda Nominación de la ciudad de Villa Constitución, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios del causante José Alberto Moreno, para que dentro del término de treinta (30) días y bajo apercibimiento de ley, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos en los autos MORENO JOSE ALBERTO s/Sucesión; Expte. N° 410/16. Lo que se publica a sus efectos legales. 14 de Diciembre de 2016. Firmado Dr. Mauro Bonato (Secretario).

$ 45 319198 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 Civil, Comercial y Laboral de la Primera Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados ARBALLO JUAN CARLOS s/Sucesión; Expediente Nº 394/16, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Juan Carlos Arballo, por treinta (30) días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Dra. Peretti, Secretaria Subr.

$ 45 319194 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los caratulados BILICICH ANA MARIA s/Declaratoria de Herederos; Expte. N° 1008/16, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Ana María Bilicich, por treinta días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Secretaría, Villa Constitución, 29 de Marzo de 2017. Melisa Peretti, secretaria subrogante.

$ 45 319193 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


Por disposición de la Sra. Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Villa Constitución, Dra. Griselda Ferrari, Secretaría a cargo del Dr. Mauro R. Bonato en los autos caratulados: AGUSTINI SUSANA TERESITA s/Declaratoria de Herederos; (Expte. N° 890/2016), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados al fallecimiento de la causante doña Susana Teresita Agustini, para que en el plazo de treinta (30) días comparezcan a estar a derecho y tomar la participación que les corresponde, bajo apercibimiento. Villa Constitución, 29 de Marzo de 2017. Fdo. Dr. Mauro Bonato, Secretario.

$ 45 319192 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________


MELINCUE

__________________________________________


JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Se hace saber a Zabalo Nicasio y/o Zabalo José Nicasio y/o sus herederos y/o sucesores y/o quienes se consideren con derecho sobre el inmueble identificado según plano 90887/51 como Lote Nro. 10 de la Manzana “Bi” situados en la localidad de Melincué, Dpto. Gral. López y según el servicio de información territorial (SCIT) se encuentra identificado en el impuesto inmobiliario como partida 17-09-00-370514/0001 Datos de Dominio Tomo 35, Folio 597, Nro. 33.780 Dpto. Gral. López, que dentro de los autos: CRESPO NORI BEATRIZ c/ZABALO NICASIO y Ots. s/Usucapión; (Expte. Nro. 234/17), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia C. Pozzi, Secretaría a cargo de la Dra. Laura M. Barco, se los emplaza a comparecer a estar a derecho dentro del término de ley. Firmat, 27 de Marzo de 2017. Laura M. Barco, secretaria.

$ 33 319271 Abr. 5 Abr. 7

__________________________________________


Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito N° 8 en lo Civil, Comercial y Laboral de Melincué, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Luis González, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, dentro del término de ley. Autos: GONZALEZ LUIS s/Sucesión; Expte. 230/2017. Melincué, 22 de Marzo de 2017. Dr. Leandro Carozzo, Secretario.

$ 45 319221 Abr. 5 Abr. 20

__________________________________________