picture_as_pdf 2010-02-05

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MIGUEL ANGEL CABALLERO


Por orden Sr. Juez 1° Instancia Distrito Civil y Comercial 15° Nominación Rosario, el secretario suscribiente hace saber que en autos caratulados: “CONSORCIO EDIFICIO ESPAÑA 27 c/Otro s/Ejecutivo” Expte. N° 784/08, se ha dispuesto que el martillero Miguel Angel Cavallero, (Mat. 357-C-39), venda en pública subasta al último y mejor postor en la Sala de Remates de la Asociación de Martilleros de Rosario (Entre Ríos 238) el día 19 de Febrero del 2010 a las 15.30 hs. en Block. Los inmuebles embargados en autos consistentes en: Las siguientes unidades destinadas a cocheras y sometidas al Régimen de Propiedad Horizontal, que forman parte del Edificio de calle España N° 27 de esta ciudad, con acceso por la calle y números citados, las que de acuerdo a la división que figura en el plano de división suscripto por el Agrimensor Eugenio P. O. Di Rienzo, inscripto en el Depto Topográfico de la Dirección General de Catastro de esta ciudad, bajo el n° 145371/01, a saber: Unidad U-49 parcela 02-10 con sup. propiedad exclusiva: 11,58m2; bienes comunes 10,40m2; valor proporcional; 0,69%, Unidad U-51 parcela 02-12: con sup. propiedad exclusiva: 11,14m2; bienes comunes 10,09m2; valor proporcional; 0,67%, Unidad U-53 parcela 02-14: con sup. propiedad exclusiva: 11,11m2; bienes comunes 9,95m2; valor proporcional; 0,66%, Unidad U-55 parcela 02-16: con sup. propiedad exclusiva: 11,08m2; bienes comunes 9,95m2; valor proporcional; 0,66%, Unidad U-56 parcela 02-17: con sup. propiedad exclusiva: 11,13m2; bienes comunes 9,95m2; valor proporcional; 0,66%, Unidad U-57 parcela 02-18: con sup. propiedad exclusiva: 11,06m2; bienes comunes 9,95m2; valor proporcional; 0,66%, Unidad U-58 parcela 02-19: con sup. propiedad exclusiva: 11,13m2; bienes comunes 9,95m2; valor proporcional; 0,66%, Unidad U-59 parcela 02-20: con sup. propiedad exclusiva: 10,38m2; bienes comunes 9,34m2; valor proporcional; 0,62%. El edificio se encuentra ubicado en la calle España, entre las de Brown y Jujuy, cuyo arranque comienza a los 30,15mts. de calle Brown hacia el Sud y a los 76,05mts. de calle Jujuy hacia el Norte, compuesto de 10,62mts. de frente al Oeste y linda con calle España. Y cuyos dominios constan inscriptos en el Registro de la Propiedad de Rosario al T° 718 F° 153 N° 150013 P.H. Rosario y al T° 999 F° 257 N° 359423 P.H. Dep. Rosario. Registrándose únicamente Embargo al T° 117E F° 6104 N° 396441 inscripto en fecha 14/10/08, por la suma de $ 20.137,25 por los autos que ejecutan. En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Dichos inmuebles se venderán en Block con la base única de $ 75.663,82 (a.i.i.) adjudicándose al último y mejor postor quien deberá abonar en el acto de la subasta el 10% del precio de su compra y como a cuenta del mismo con más la comisión de ley al martillero, todo en dinero efectivo y/o cheque certificado y/o forma que acepte el martillero, debiendo abonar el saldo al aprobarse la subasta y bajo los apercibimientos previstos en el Art. 497 del C.P.C. Se vende en las condiciones de ocupación que consta en autos s/constatación efectuada y con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas, contribuciones y gastos centrales (salvo los aquí demandados) son a cargo exclusivo del comprador, como así los impuestos que graven la venta y correspondiente transferencia de dominio. Los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye en autos la opción prevista en el artículo 505 2° párrafo del C.P.C.C. Sólo se admitirá la compra “en comisión” cuando se denunciare nombre, domicilio y n° de documento del comitente en el acta de remate. En autos se encuentran copias de las escrituras de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de títulos. Cuit martillero 20-06248998-8. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 1° de Febrero de 2010. Mariana Alicia Ruiz, secretaria.

$ 198 90867 Feb. 5 Feb. 9

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B.O. “C1”