CÁMARA DE APELACIÓN
Se le notifica a la Sociedad Civil Sucesores Carlos Casado que en el juicio seguido por ante la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Sala Tercera de Rosario, en los caratulados: CARA, VIRGINIA MATILDE c/Sucesores CARLOS CASADO s/Cumplimiento de contrato (CUIJ. Nº 21-01655319-8), se ha dictado el siguiente acuerdo: “N° 188 Rosario, 15 de Septiembre de 2017. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelve: 1. Hacer lugar al planteo de extemporaneidad formulado por la actora, considerando como no presentado el escrito Cargo N° 2610/16, y en consecuencia tener por operada la deserción del recurso interpuesto; 2. Imponer las costas originadas en esta instancia a la apelante (Arts. 229 y 251, CPCC). 3. Fijar los honorarios de los profesionales actuantes en el 15% de los que, en definitiva, resulten regulados en primera instancia. Insértese, hágase saber y oportunamente bajen los autos al juzgado de origen. “Fdo: Dr. Chaumet (Juez), Dra. Cinalli (Juez), Dr. Ariza (Juez) (Art. 26 L.O.P.J.) Sabrina Campbell (Secretaria). Rosario, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Campbell, Secretaria.
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Por disposición de la Excma. Cámara de Apelación en lo Civil y Comercial Sala IV de Rosario, en los autos caratulados: DE LUCA MAURO ALBERTO c/BENITO JOSÉ CARLOS y Otros s/Escrituración, CUIJ: 21-05016076-6, se ha ordenado notificar por este medio a los demandados Héctor Ceferino Benito, José Carlos Benito, Herederos de Juan Carlos Servieres y Angela Maenza, la fecha de audiencia para sorteo de defensor de oficio, para el día 07/12/17 a las 10:30 hs. Fdo: Dra. María Fernanda Baldomá. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 21/11/17. Dra. Baldomá, Secretaria.
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TRIBUNAL COLEGIADO
Por disposición de la Sra. Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual Nº 1 de Rosario, Dra. Julieta Gentile, se hace saber que en los autos: BOCCAGLIO, HERNÁN CESAR c/IBARRA, JUAN HIPÓLITO y Otros s/Daños y perjuicios Expte. Nº 1231/2011, se hace saber lo resuelto: “Nº 3706. Rosario, 20 de Septiembre de 2017. Y Vistos... Resuelvo: No habiendo comparecido a estar a derecho Andrea Verónica Arrieta, declarárselo rebelde y désele por decaído su derecho dejado de usar para contestar la demanda. Notifíquese por edictos. Fdo. Dra. Julieta Gentile (Jueza), Dra. Julieta Becerra (Secretaria)“. En consecuencia se hace saber que se ha declarado rebelde a Andrea Verónica Arrieta (DNI. 25125163) continuando el juicio sin su representación. Rosario. Dra. Becerra, Secretaria Subr.
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Por disposición del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual de la 2da. Nominación de Rosario, se hace saber a los herederos o legatarios de don MARIO ALBERTO FELIPE BUSTOS, que se han ha dictado en fecha 12 de Agosto del 2014, la Sentencia, anotada al Tomo 117 Folio 92 Nro. 1722 que dice: “...Y Vistos:... Considerando:... Resuelve: I) Hacer lugar a la demanda. II) Condenar a los demandados Carlos Rinaldi y Sanatorio Parque a pagar a los actores Daniel Bauman, Daniel (hijo). Yamila y Sara Bauman la suma de $350.00.-, $300.000.-, $280.000.- y $280.000.-, respectivamente para cada uno de ellos, haciendo extensiva la presente decisión a las citadas en garantía SMG Compañía Argentina de Seguros S.A. y HSBC La Buenos Aires Compañía de Seguro, en la medida del seguro. III) El capital devengará un interés no acumulativo de acuerdo a las siguientes pautas: a) dése el día del hecho y hasta el 31.12.2001, será del 8% anual; b) desde el 01.12.2002 hasta el vencimiento del plazo que esta sentencia otorga para el pago, se aplicará sobre el capital el promedio entre las tasas activa y pasiva mensual sumado que abone el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. (índice diario=; c) desde el vencimiento de dicho plazo y hasta su efectivo pago, el capital indemnizatorio y los honorarios devengarán un interés equivalente al doble de la tasa referenciada precedentemente. Difiérase el prorrateo previsto en el art. 505, CC, al momento de la práctica de la liquidación correspondiente. IV) Imponer las costas en su totalidad a la demandada, (art. 251 CPCC). V) Regular los honorarios profesionales del Dr. Omar Benaventos, Daniel Erhetta y Valeria Romina Piazza, en forma conjunta y en proporción de ley, en la suma de $ 523.061. - (700 unidades jus); los de los Dres. Roberto Antonio Vázquez Ferreyra, Lisandro Picasso Netri y Diego Feser, en forma conjunta y en proporción de ley, en la suma de $ 470.754.- (630 unidades jus); los del Dr. Dalmacio Chavarri en la suma de $470.754.- (630 unidades jus); los de los Dres. Lisandro González, Oscar Eduardo Romera y Santiago Ongay, en la suma de $ 470.754.- (630 unidades jus) en forma conjunta y en proporción de ley; los del Dr. Jorge Reibel en la suma de $470754.- (630 unidades jus); los de los peritos; Psicólogo Carolina Aymaretti, médicos Joaquín Bermejo y Héctor Bolattí, en la suma de $74.723.- (100 unidades jus) para cada uno de ellos, y al perito médico Mariano Bustos en la suma de $ 37.361.- (50 unidades jus); Difiéranse el prorrateo previsto en el art. 505, CC, al momento de la práctica de la liquidación correspondiente. VII) Insértese, agréguese copia y hágase saber. Autos: “BAUMANN, Daniel c. Sanatorio Parque s. Daños y Perjuicios” Expte. Nro. 1252/2001, y su acumulados “BAUMAN, Daniel c. Sanatorio Parque s/Declaratoria de Pobreza”, Expte. Nro. 608/200].-...” Fdo.: Dr. Juan J. Bentolila (Juez); Dra. Viviana M. Cingolani (Jueza); Dr. Delia M. Giles (Jueza); Dra. Silvina Cescato (Secretaria). Asimismo se ha dictado el siguiente decreto: Rosario 15 de Abril de 2015. Téngase presente lo manifestado y por ratificado el escrito cargo 8082/15. Por planteada reposición, si en tiempo y forma estuviere, téngase presente. De la reposición opuesta traslado. Vista a Caja Forense. Del acuerdo transaccional arribado por las partes córrase vista al Ministerio Público de Menores e Incapaces a sus efectos. Téngase presente la reserva constitucional formulada. Expte. 1252/01...” Fdo.: Dra. Mariana Paula Martínez (Secretaria) Viviana María Cingolani (Jueza) Debiendo en caso de así considerarlo, comparecer a hacer valer sus derechos. Rosario, 6 de Noviembre de 2017. Dra. Silvina Cescato (Secretaria). Dr. Hollmann, Secretario Subr.
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
La Sra. Juez de 1° Nominación de Distrito en lo Civil .y. Comercial 1° Nominación de Rosario, en los autos caratulados: “EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGÍA c/QUILCATE VIGO FRANKLIN y/o RUIZ ARIEL CARLOS s/Demanda Ejecutiva”, Expte. Nº 1178/13, ha ordenado lo siguiente: “Rosario, 03 de Noviembre de 2017 Téngase presente. De manifiesto por el término de ley la liquidación practicada en autos. Notifíquese. Firmado: Dra. Elvira S Sauan - Secretaria y Dra. Maria A Mondelli - Juez. Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Sauan, Secretaria.
S/C 342799 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Rosario, dentro de los autos BANCO SANTANDER RIO S.A. c/VIÑAS DIEGO GERMÁN s/Juicio Ejecutivo, Expte. Nº 439/2016, se hace saber al demandado Viñas Diego Germán, que se ha dictado el siguiente auto Nº 1808: “Rosario, 16 de Junio de 2016. Y Vistos... Resuelvo: Por presentado, con domicilio constituido, en el carácter invocado, a mérito al poder general acompañado, el que deberá certificar por ante la Actuaria. Por iniciada la acción que expresa. Emplácese a la parte demandada para que comparezca a estar a derecho en el término de tres (3) días, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en secretaria el sobre acompañado. Ordénese la inhibición general de la parte demandada Diego Germán Viñas hasta cubrir la suma de $ 85.346,94.- con mas la suma de $25.604,08.- para intereses y costas. Líbrese el despacho correspondiente, previo pago del impuesto de sellos (art. 19 inc. 7 Ley Impositiva Anual). Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.- Fdo: Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria) Dra. Delia M. Giles (Jueza en suplencia).
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. Maria Sol Sedita, en los autos “SANDOVAL, FLORENTINA REINA c/ATAHUALPA S.A. s/Usucapión” CUIJ N°21-02884034-6, se hace saber: “Rosario, 7 de Noviembre de 2017. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que la parte demandada no ha comparecido a estar a derecho, decláresela rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Designase fecha de sorteo de Defensor de oficio para el día 30 de noviembre de 2017 a las 8:30 hs. (art. 78 CPCC). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL. Fdo. Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Dra. María Sol Sedita (Secretaria)“. Otro: “Rosario, 21 de Noviembre de 2017. Atento lo peticionado, designase nueva fecha de sorteo de Defensor de oficio para el día 20 de Diciembre de 2017 a las 8:30 hs. (art. 78 CPCC). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL a los fines de hacer saber la presente y la providencia de fs. 57. Fdo. Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Dra. María Sol Sedita (Secretaría)“. En consecuencia se hace saber que habiendo sido declarado rebelde Atahualpa S.A. en fecha 20/12/2017 a las 8:30 hs se procederá al sorteo de defensor de oficio. Rosario, 24/11/2017. Dra. Sedita, Secretaria.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro Boasso, dentro de los autos caratulados “MONTEIL, LEOPOLDO; PERALTA, AMELIA AZUCENA; MONTEIL, JUAN LÓPEZ; RIVAROLA, ELVIRA Y LUNA, DELIA s/SU CREMACIÓN” cuij nº21-02881845-6, se ha ordenado la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL tres veces en cinco días, citando por el término de 10 días a toda aquella persona que quiera formular observaciones respecto del acto que se intenta formalizar, consistente en la cremación de Monteil, Leopoldo (L.E.2.136.159); Peralta, Amelia Azucena (DNI. 5.549.943); Monteil, Juan; López Rivarola, Elvira y Luna, Delia (L.C. 583.060). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el Hall de Tribunales. Rosario, 28 Noviembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, en los autos caratulados VALLOUD VICTOR GABRIEL S/Quiebra; (Expte. N°1435/2010); se hace saber que mediante resolución N° 1991 del 23/11/2017 se dispuso: 1) Hacer saber que ha resultado designado en autos como síndica la CPN Alicia Nélida Valiente quién aceptó el cargo en debida forma y constituyó domicilio en calle Bv. Oroño Nº 281 de la ciudad de Rosario - Santa Fe. Horario de atención en oficina de Lunes a Jueves de 10 a 16 hs.; 2) Ordenar la publicación de edictos en la forma prevista en el Art. 89 de la ley 24.522 en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
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Por disposición del Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 6a Nominación de Rosario, Dr. Néstor Osvaldo García, se ha dispuesto hacer saber que dentro de los autos caratulados: NAVARRO LAURA BEATRIZ s/Propia Quiebra CUIJ 21-01239243-2, se ha ordenado con fecha 22 de noviembre de 2017 que se publique la presentación del Proyecto de Distribución y que se ponga de manifiesto por el término de ley y se publiquen edictos por dos días en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. María Belén Baclini.
S/C 342679 Dic. 4 Dic. 5
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El Juez del Juzgado de Primera Inst. Distrito Civil y Comercial N° 13 de Rosario, por el presente hace saber que en autos “CAPDEVILA OLGA ELENA c/TRAMONTINI ALICIA ROSA S/Daños y Perjuicios” CUIJ 21-01523398-9, en fecha 13 de octubre de 2017 se dispuso: que la demandada Alicia Rosa Tramontini no ha comparecido a estar a derecho, declárasela rebelde y desígnese audiencia para sorteo de defensor de oficio para el día 13 de diciembre de 2017 a las 9:00 horas. Dr. Lucas Menossi. Secretario. 24 de Noviembre de 2017. Dra. Suárez Mónaco, Secretaria en suplencia.
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Por disposición del Juzgado, de Primera Instancia de Distrito .en lo Civil y Comercial Nº 14 Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Quaglia, dentro de los autos caratulados VILLACRECES HERNAN RICARDO c/ VEGA JUAN s/Prescripción Adquisitiva CUIJ: 21-01562755-4, se ha dispuesto citar y emplazar por edictos a la parte demandada Amparo Rueda, Alfredo Manuel Vega, Juan Francisco Vega y/o Herederos de Juan Vega para que comparezcan a estar a derecho por el término de ley y bajo apercibimiento de declararla rebelde y seguir el juicio sin su representación (art. 73 CPCCSF). Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales por el término de tres días. 22 de Mayo de 2017. Dra. María Jimena Bazan, Prosecretaria. 24 de Noviembre de 2017. Dra. Suárez Mónaco, Secretaria.
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El Juzgado de Primera Inst. Circuito Nº 2 de Rosario por el presente hace saber que dentro de los autos “BUSTOS, ARIEL MARCELO y Otros c/ OBREGON FERNANDO MARCIAL y Otros s/Daños y Perjuicios” CUIJ 21-12609970-0, se ha dispuesto citar por edictos a los herederos de Fernando Obregón para que comparezcan a estar a derecho dentro del plazo y bajo apercibimientos de ley. A tal fin publíquense los edictos conforme lo dispuesto en el art. 597 del CPCCSF. Fdo Dra. María L. Scolari -Prosecretaria Dr. Eduardo Arichuluaga -Juez. 28 de Noviembre de 2017. Dra. Mancini, Secretaria.
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ETCHEVERRY TRIPOLI JUAN s/Apremio” Expte. Nº 637/16, ha dictado la siguiente resolución: Nº 2075. Arroyo Seco, 12/09/2017.- Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta Provincia. 5- Atento encontrar en forma los títulos que se agregan, ordenar el embargo peticionado por la suma de $6.362,60.- en concepto de capital, con más la suma de $3.181,30.- estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Etcheverry Tripoli Juan y/o a sus sucesores y propietarios y/o terceros o a quien resulte ser responsables fiscal de las constancias de deudas nro. 3/001421/2016 y 9/001099/2016, en concepto de tasa general de inmueble, tasa municipal consolidada, pertenecientes al inmueble cuyo N° de partida es 0004667-01, sito en ruta 37, manzana T, lote 020A de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 342695 Dic. 4 Dic. 6
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ MATTETTI OSCAR s/Apremio; Expte. N° 658/16, ha dictado la siguiente resolución: N° 2066. Arroyo Seco, 12/09/2017. Vista... Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido. 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 9.677,71 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.838 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo reden podrá efectivizarse una vez intimado de pago al deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien inmueble lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7. de la ley 5066 y modificatorias a los Sres. Mattetti Oscar y/o a sus sucesores y/o a quien resulte ser responsables fiscal, en concepto de tasa municipal consolidada, tasa general de inmueble, agua potable, agua y desagües cloacales, contribución de mejoras, perteneciente al inmueble cuyo N° de partida es 0003484-00, lote 013A, manzana 002, ruta 30, sito en calle Juan B.Justo 139 de la ciudad de Arroyo Seco, de acuerdo a las constancias de deudas emitidas por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 1 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 342696 Dic. 4 Dic. 6
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/ LOTORTO JOSE A s/Apremio Expte. N° 806/2017, ha dictado la siguiente resolución: Nº 2217. Arroyo Seco, 09/10/2017; Vista... Resuelvo: 1-Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta Provincia. 5- Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 17.279,24 en concepto de capital, con más la suma de $ 8.639,62 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado- lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el Boletín Oficial por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber.” Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias al Sr. Lotorto José Alberto y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en, concepto de impuesto de Patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio MZL-378, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaria, 21 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 342697 Dic. 4 Dic. 6
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Se hace saber que el Juzgado de Primera Instancia de la 15° Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PANNOCCHIA MARÍA V. s/Apremio” Expte. N° 809/2017, ha dictado la siguiente resolución: “Nº 225. Arroyo Seco, 10/10/2017.- Vista....Resuelvo: 1- Admitirla y, en consecuencia, darle curso. 2- Autorizar la participación del letrado actuante, atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3- Aceptar el domicilio ad litem constituido (CPC, 38). 4- Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta Provincia. 5- Atento encontrar, en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 8.607,88 en concepto de capital, con más la suma de $ 4.303 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11, L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo-, intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27, L5066). 6- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETIN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada.- Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Fdo. Dra. Mariana Alvarado, Juez. Fdo. Dra. Mariana Cattani, Secretaria. En tal sentido se cita de remate en los términos del art. 7 de la ley 5066 y modificatorias a la Sra. Pannocchia María V. y/o a sus sucesores y/o poseedores y/o a quien resulte ser responsable fiscal de la constancia de deuda en concepto de impuesto de Patentes única sobre vehículo, perteneciente al dominio MIK.098, de acuerdo al Certificado Municipal de deuda impaga emitida por la Municipalidad de Arroyo Seco. Secretaría, 22 de Noviembre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 342698 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PEREZ TERESA ARGENTINA s/Apremio” E. Nro. 118/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 19 de Abril de 2016. Cumpliméntese con el art.5 de la ley 10244 y se proveerá (23) Expte. 118/16. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Nro.617. Arroyo seco, 11 de abril de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/PÉREZ TERESA ARGENTINA. s/Apremio, E.118/16. Resuelvo: 1.- Admitirla Y en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc, 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 5.641,37 en concepto de capital con más la suma de $2.820,68 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado -lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. Aplíquese a este proceso la duplicidad de términos peticionadas. Expte. 118/16 (499) Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Sr/a. Pérez Teresa Argentina, y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio HYT297. Secretaría, 31 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340851 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/QUERCIA ALBERTO RODOLFO s/Apremio” E. Nro. 279/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 01/08/2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá.- (23) Expte. Nro. 279/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro.02. Arroyo seco, 1 de febrero de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/QUERCIA ALBERTO RODOLFO s/Apremio, Expte. Nro. 279/16. RESUELVO: 1. Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos diecinueve mil cincuenta y tres con cuarenta y seis centavos ($19.053,46) en concepto de capital con mas la suma de nueve mil quinientos veintiséis con setenta y tres centavos ($9.526,73) estimados provisoriamente por intereses y costas.- Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066). 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Quercia Alberto Rodolfo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio CNH814. Secretaría, 31 de octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340852 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/QUERCIA ALBERTO RODOLFO s/Apremio” E. Nro. 281/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 01/08/2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá.- (23) Expte. Nro. 281/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro.03. Arroyo Seco, 1 de febrero de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/QUERCIA ALBERTO RODOLFO s/Apremio, Expte. Nro. 281/16. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general que exhibe y se le devuelve, dejando copia en autos.3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido; 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos diecisiete mil veintinueve con cuarenta y tres centavos ($17.029,43) en concepto de capital con mas la suma de ocho mil quinientos catorce con setenta y dos centavos ($8.514,72) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. De la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani - Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Quercia Alberto Rodolfo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio CFI649. Secretaría, 31 de octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340853 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DE LORENZI HORACIO s/Apremio” E. Nro. 274/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 1/8/2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá.- (23) Expte. Nro. 274/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro.027. Arroyo seco, 1 de febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/DE LORENZI HORACIO s/Apremio, Expte. Nro. 274/16. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (CPC,38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el titulo que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos cinco mil seiscientos cincuenta y nueve C/53/100 ($5.659,53) en concepto de capital con mas la suma de pesos dos mil ochocientos treinta ($2.830,00) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor - intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley . 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Delorenzi Horacio, y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio AVY346. - Secretaría, 31 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340854 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BORIS GUILLERMO JOSÉ s/Apremio” E. Nro. 150/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 26/4/2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá.- (23) Expte. Nro. 150/16. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Nro.084. Arroyo Seco, 1 de febrero de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/BORIS GUILLERMO JOSÉ s/Apremio, Expte. Nro. 150/16. Resuelvo: 1. Admitirla y, en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento a la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc,38). 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de pesos ocho mil seiscientos treinta C/34/100 ($8.630,34) en concepto de capital con mas la suma de cuatro mil trescientos quince ($4.315,00) estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad del Automotor - intímese previamente al pago al deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6.- Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7.- Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8.- Aplicar a este proceso la duplicidad de términos peticionada. A la propuesta de martillero téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Boris Guillermo José y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio ITG748. Secretaría, 31 de octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340855 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO C/LAPELLI MARCELO JOSÉ S/Apremio” E. Nro. 145/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 26 de Abril de 2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá (23) Expte. 145/16. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Nro.610. Arroyo seco, 11 de abril de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/LAPELLI MARCELO JOSÉ s/Apremio, E.145/16. Resuelvo: 1. Admitirla Y en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc,38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 11.923,82 en concepto de capital con más la suma de $5.961,91 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado-lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley . 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. Apliqúese a este preoceso la duplicidad de términos peticionadas. Expte. 145/16 (499) Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Sr/a. Lapelli Marcelo José y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio GRP362. Secretaría, 31 de octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340857 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FLORES SILVIA CLAUDIA s/Apremio” E. Nro. 131/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 19 de Abril de 2016. Cumpliméntese con el art. 5 de la ley 10244 y se proveerá (23) Expte. 131/16. Firmado: Ora. Mariana Cattani Secretaria. Nro.618. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. VISTA la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/FLORES SILVIA CLAUDIA s/Apremio, E.131/16. Resuelvo: 1. Admitirla Y en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos.3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc,38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5. Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 6.371,75 en concepto de capital con más la suma de $ 3.185,87 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo- intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legitima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley. 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. Aplíquese a este proceso la duplicidad de términos peticionadas. Expte. 131/16 (499) Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Sr/a. Flores Silvia Claudia, y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio HRN726. Secretaría, 31 de octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340858 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Circuito de la Décimo Quinta Nominación de Arroyo Seco, dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUIDI SERGIO ALDO s/Apremio” E. Nro. 120/16, que tramitan ante el Juzgado de Referencia, se ha dictado lo siguiente: Arroyo Seco, 19 de Abril de 2016. Cumpliméntese con el art.5 de la ley 10244 y se proveerá (23) Expte. 120/16. Firmado: Dra. Mariana Cattani - Secretaria. Nro.620. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. Vista la demanda incoada en estos autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ARROYO SECO c/GUIDI SERGIO ALDO s/Apremio, E.120/16. Resuelvo: 1. Admitirla Y en consecuencia darle curso. 2. Autorizar la participación del letrado actuante atento la escritura de mandato general suscripta por el presentante y que se agrega a los autos. 3. Aceptar el domicilio ad-litem constituido (cpc, 38); 4. Imprimir a este proceso el trámite previsto en la ley 5066 de esta provincia. 5 Atento encontrar en forma el título que se agrega, ordenar el embargo peticionado por la suma de $ 14.724,24 en concepto de capital con más la suma de $ 7.362,12 estimados provisoriamente por intereses y costas. Dicho embargo recién podrá efectivizarse una vez intimado de pago el deudor (interpretación armónica art. 7 y 11 L5066 y arts. 452 y 460, CPC). Habida cuenta de que el embargo se halla peticionado sobre un bien rodado lo que se efectiviza directamente en el Registro de la Propiedad Automotor respectivo intímese previamente el pago en la persona del deudor, quien deberá ser notificado en su domicilio (art. 27 L5066) 6. Citar de remate al deudor para que oponga excepción legítima en el término de ocho días bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución si no lo hiciere. 7. Citar a la demandada por edictos, que deberán publicarse en el BOLETÍN OFICIAL por el término y bajo apercibimientos de ley . 8. A la propuesta de martillero: téngase presente para su oportunidad. Notifíquese por cédula. Insértese y hágase saber. Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. Arroyo Seco, 11 de abril de 2017. Aplíquese a este proceso la duplicidad de términos peticionadas. Expte. 120/16 (499) Firmado: Mariana Cattani -Secretaria. Dra. Mariana Alvarado - Juez. En tal sentido se cita de remate en los términos del art.7 de la ley 5066 y modificatorias a Sr/a. Guidi Sergio Aldo y/o quien resulte responsable directo y/o solidario del impuesto patente única sobre vehículo correspondiente al dominio ERF462. Secretaría, 31 de Octubre de 2017. Dra. Cattani, Secretaria.
S/C 340859 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia Civil y Comercial 14 Nominación con sede en la ciudad de Rosario (Sta Fe) y el los autos caratulados: COLAUTTI, SILVIO ARMANDO y Otros S/Sucesorio - Exp.164 Nº Año 2017: se cita, llama y emplaza por edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y en las Puertas del Juzgado por el término de ley, a todos los que se consideren con derecho a los bienes de la herencia Colautti Silvio Armando, argentino, nacido el día 09 de agosto de 1923, LE 2.305.994, siendo su último domicilio conocido al momento de su fallecimiento el día 18 de Julio de 2011 en Rosario para que hagan valer los mismos dentro del término de 5 veces en 10 días para dentro de los 30 días hábiles siguiente a su vencimiento se presenten en autos los posibles herederos, acreedores y cualquier que se considere con derecho sobre los bienes del causante- Lo que se publica a sus efectos legales.- Rosario (Sta Fe) 2 de Octubre de 2017.- Dra. Analía Suárez Mónaco- Secretaria.
$ 45 342357 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante doña Luchesi, Meri Leonor (DNI 2.632.252), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: “LUCHESI, MERI LEONOR S/Sucesorio” CUIJ N° 21-02889864-6). Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
$ 45 342685 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría de la Dra. María Sol Sedita, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Arias, Juan Alberto (DNI 5.970.972), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: “ARIAS, JUAN ALBERTO S/Sucesorio” CUIJ N° 21-02889850-6). Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
$ 45 342684 Dic. 4
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Por disposición del Juez de Distrito Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, se ha ordenado citar a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante don Oliva, Roberto Manuel (DNI 6.038.530) por un día, para que lo acrediten dentro de los treinta días. Autos caratulados: “OLIVA ROBERTO MANUEL s/Sucesorio” (Expte N° 21-02887540-9). Dr. Santiago Male Franch. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
$ 45 342683 Dic. 4
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La señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 18a Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios de: ESTHER ESILDA DANGELO y ALBERTO URBANO DE LA TORRE por 10 días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. “Rosario, 30/10/2017... Publíquense los edictos por el término de ley en el BOLETIN OFICIAL y en el Hall de Tribunales... Fdo. Dra. Susana Gueiler (Jueza), Dra. Myrian Huljich (Secretaria). 14 de Noviembre de 2017. Dr. Pierini, Prosecretario.
$ 45 342784 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9na. Nom. de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Delicio, Osvaldo Alberto (DNI 5.971.500), para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de treinta días a partir de la publicación de edictos, bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de 1 día (art. 2340 CCy C). (Autos: “DELICIO, OSVALDO ALBERTO S/Sucesorio” CUIJ N° 21- 02888914-0). Rosario, 27 de Noviembre 2017. Dra. Sedita, Secretaria.
$ 45 342681 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación de Rosario, y dentro de los autos caratulados: “PEREYRA, ADRIANA GUILLERMINA S/Declaratoria de Herederos” (Cuij Nº 21-02888951-5), se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios y/o todos los que consideren con derecho a los bienes dejados por la causante. Doña Adriana Guillermina Pereyra, DNI 11.750.108, por el término y bajo los apercibimientos de ley, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dra. Marianela Godoy (Secretaria). Dra. Viele, Prosecretaria.
$ 45 342702 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de en lo Civil y Comercial de la 14 Nominación de Rosario, dentro de los autos caratulados “MIGNINI, AMALIA CONCEPCIÓN, s/Sucesorio.” Expte. N° 21-02885382-0, se cita a los herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante de Doña Amalia Concepción Mignini, DNI 1.510.706, por 5 veces en 10 días, para que dentro de los 30 días siguientes a su vencimiento se presenten en autos a valer sus derechos. Secretaria, Rosario, 17 de Octubre de 2017. Dra. Suárez Mónaco, Secretaria.
$ 45 342713 Dic. 4 Dic. 18
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El Sr. Juez de 1ª Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 14a Nominación de la ciudad de Rosario llama a los herederos, acreedores o legatarios de don Pascual Cillis, L.E. n° 3.686.632, por 5 veces en 10 días para que dentro de los 30 días hábiles siguientes a su vencimiento comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos en autos caratulados “CILLIS, PASCUAL s/Sucesorio”, Expte. N° 529/1992. Rosario, 17 de Noviembre de 2017. Dra. Suárez Mónaco, Secretaria.
$ 45 342704 Dic. 4 Dic. 18
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na. Nominación de Rosario, Dr. Gabriel Abad, Secretaría Dra. Verónica Accinelli, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de Don/Doña: Nilde María Monasterio (DNI 2.448.473) para que dentro de treinta días comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. MONASTERIO, NILDE MARIA s/Sucesorio (Expte. CUIJ 21-02889440-3). Rosario, 21 de Noviembre de 20l7. Dra. Accinelli, Secretaria.
$ 45 342668 Dic. 4
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Rosario, Dr. Luciano Juárez, Secretaría Dr. Santiago Male Franch, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de Don/Doña: Arturo Gregorio Legaristi (DNI 6.008.105) para que dentro de treinta días comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquese edicto en el BOLETIN OFICIAL por el término de un día. LEGARISTI, ARTURO GREGORIO s/ Declaratoria de Herederos (Expte. CUIJ 21-02885435-5). Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Grande, Prosecretaria.
$ 45 342669 Dic. 4
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El Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaria Dra. Carla Gussoni Porrez, llama a los herederos, acreedores y todos los que se consideren con derecho a los bienes de Don/Doña: Petrona Araya (DNI 1.092.514) para que comparezcan a éste Tribunal a hacer valer sus derechos. A los efectos legales se publican edictos cinco veces en diez días en el BOLETIN OFICIAL y se fijan en un espacio habilitado a tal efecto en este Tribunal, conforme lo dispuesto en los arts. 67 y 592 CPCC. ARAYA, PETRONA s/Declaratoria de Herederos (Expte. CUIJ 21-02881733-6). Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dr. Pasotti, Prosecretario.
$ 45 342670 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la l2a. Nominación de Rosario, se ha dispuesto citar a los herederos, acreedores y legatarios de PERALTA, RAMONA ELVIRA - DNI Nº 14.328.419 - para que en el término de 30 días, comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos.- Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales por el término de un día (Art. 2340 C.C.C.N.)- (Expte: CUIJ: 21-02888301-0). Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Agustina Filippini, Secretaria.
$ 45 342527 Dic. 4
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la 3ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MARÍA DEL VALLE GUDIÑO (DNI 0.580.689) y de MIGUEL LEÓN ZUKER (DNI 12.480.054) para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Secretaría, 24 de Noviembre de 2017. Dra. Baclini, Secretaria en Suplencia.
$ 45 342542 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 15ta. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados “DÍAZ MANZUR JORGE DIEGO s/Declaratoria de herederos”, CUIJ: 21-02885823-7 se cita y emplaza a herederos y/o legatarios del causante Diaz Manzur Jorge Diego, D.N.I. 10.988.795, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dr. Carlos Eduardo Cadierno (Juez), Dra. María Eugenia Sapei (Secretaria). Rosario, 28 de Noviembre de 2017. Dra. Sapei, Secretaria.
$ 45 342596 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados “INTALLURA, MARÍA s/Declaratoria de herederos” CUIJ: 21-02885981-0, cita y emplaza á herederos y/o legatarios de la causante María Intallura, D.N.I. 93.638.385, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. González, Secretaria.
$ 45 342599 Dic. 4 Dic. 18
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 12 Civil y Comercial, cita a herederos, acreedores y/o legatarios de Cremona Carlos a hacer valer sus derechos, por el término de diez días, por ante éste Tribunal, en los autos caratulados “CREMONA CARLOS s/Declaratoria de herederos”, Expte Nº 21-02874050-3 - Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 12 Civil y Comercial. Rosario, 24 de Noviembre de 2017. Dr. Danino, Prosecretario.
$ 45 342526 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Sr. Juez Juzgado Primera Instancia, Distrito Civil y Comercial 7ma. Nominación de Rosario, Dr. Marcelo Quiroga, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Antonio Rubén Gorosito, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en los términos del art. 2340 del CCyC bajo apercibimiento de ley. Autos “GOROSITO ANTONIO R. s/Declaratoria de herederos” CUIJ 21-02888240-5. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Rosario, Noviembre de 2017. Dra. Lorena A. González, Secretaria.
$ 45 342648 Dic. 4
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Por disposición del Jugado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley Nº 11.278, se hace saber que en los autos caratulados: “COFONE, GABRIEL SALVADOR s/Declaratoria de herederos” CUIJ: 21-02885982-9 cita y emplaza a herederos y/o legatarios del causante Cofone Gabriel Salvador, D.N.I. 21.690.327, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. Gonzalez, Secretaria.
$ 45 342601 Dic. 4 Dic. 18
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 7ma. Nominación de Rosario, y de conformidad a lo ordenado en el Art. 67 de la Ley N° 11.278, se hace saber que en los autos caratulados: “CARDOZO SCHLOTTER, SONIA ZULEMA s/Declaratoria de herederos” CUIJ: 21-02889680-5 cita y emplaza a herederos y/o legatarios de la causante Cardozo Schlotter Sonia Zulema, D.N.I. 11.538.314, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 27 de Noviembre de 2017. Dra. González, Secretaria.
$ 45 342598 Dic. 4 Dic. 18
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FIRMAT
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Se hace saber que en autos “REBORA FEDERICO c/ZABALO NICASIO y Otros s/Usucapión” (Expte. Nro. 234/2017), en tramite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura Barco, se ha dictado sentencia la cual declara adquirido el dominio, por prescripción veinteñal, por Federico Rebora, DNI 36.541.088, sobre el inmueble identificado como Lote “A”, de la Manzana Nro. 0159, situado en el Pueblo de Melincué, según el plano de Mensura para Información Posesoria Nro. 200.846 Gral López de fecha 11/05/2017 - Dominio inscripto al Tomo 35 Folio 597, Nro. 33.780, Departamento Gral. López, Impuesto inmobiliario 17-09-00-370514/0001. Firmat, 17 de Noviembre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.
$ 99 342741 Dic. 4 Dic. 6
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Se hace saber que en autos “FOCO EMILIO JORGE c/ZABALO NICASIO y Otros s/Prescripción Adquisitiva” (Expte. Nro. 291/2017), en trámite por ante el Juzgado de Distrito Nro. 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de Firmat, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, secretaría a cargo de la Dra. Laura Barco, se ha dictado sentencia la cual declara adquirido el dominio, por prescripción veinteñal, por Emilio Jorge Foco, DNI 33.654.867, sobre el inmueble identificado como Lote “A”, de la Manzana Nro. 0152, situado en el Pueblo de Melincué, según el plano de Mensura para Información Posesoria Nro. 200.359 Gral López de fecha 22/04/2017 - Dominio inscripto al Tomo 35 Folio 597, Nro. 33.780, Departamento Gral. López, Impuesto inmobiliario 17-09-00-370553/0008. Firmat, 17 de Noviembre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.
$ 99 342738 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaria a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados MUSTAFA, ELENA AGUSTINA s/Declaratoria de Herederos (Expte. Nº 1414/2.017), se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Mustafa, Elena Agustina, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus Derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat, 23 de Noviembre 2017. Fdo.: Dra. Laura Mariana Barco (Secretaria).
$ 45 342672 Dic. 4 Dic. 11
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 16 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Firmat, Dra. Sylvia Cristina Pozzi, Secretaria a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados “YANCAS QUIÑONES, JUAN FRANCISCO Y SOTO, PASIÓN s/Declaratoria de Herederos (Expte. N° 1741/2.016), se cita, llama y emplaza a los herederos y legatarios de Yancas Quiñones, Juan Francisco y Soto, Pasión, para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus Derechos, dentro del término y bajo los apercibimientos de Ley. Firmat. Fdo. Dra. Laura Mariana Barco (Secretaria).
$ 45 342673 Dic. 4 Dic. 11
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Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Nº 16 en lo Civil y Comercial y Laboral de Firmal, a cargo de la Dra. Sylvia Pozzi, Secretaría de la autorizante, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y/o legatarios de los causantes González Nicolás Braulio y Arloro Josefa Carolina, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezcan ante este Tribunal a los fines de hacer valer sus derechos. Dentro de los autos caratulados: GONZÁLEZ NICOLÁS BRAULIO Y ARLORO JOSEFA CAROLINA s/Declaratoria de Herederos (Expte. Nº 1587/2017). Firmat, 02 de Noviembre de Octubre de 2017. Dra. Barco, Secretaria.
$ 45 342783 Dic. 4 Dic. 18
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CASILDA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nº 7 de Casilda, Dra. Laura S. Babaya, Secretaría a cargo del Dr. Santiago N. López, se hace saber que dentro de los autos “COMUNA DE SANFORD c/ EANDI, CARLOS s/Apremio Fiscal” Expte. 448/17, se ha dictado lo siguiente: “T° XC, F° 322, Nº 2413. Casilda, 28 de septiembre de 2017. Y Vistos: Por cumplimentado. Agréguese la documental acompañada. En consecuencia, se provee el escrito de demanda: Por presentada, con domicilio legal constituido y en el carácter invocado a mérito del Poder General que en copia acompaña y se agrega. Por iniciada la acción de apremio fiscal que expresa. Cítese de remate a la parte demandada para que en el término de ocho (08) días oponga excepciones legítimas bajo apercibimientos de adelante la ejecución. Agréguese la documental acompañada. Trábese embargo sobre el inmueble denunciado como propiedad de la demandada inscripto al T° 23, F° 276, N° 19121, hasta cubrir la suma de pesos cuarenta y seis mil quinientos veinte con quince centavos ($46.520,15) en concepto de capital, con más la suma de pesos veintitrés mil doscientos sesenta con 7 centavos ($23.260,07) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras y librándose a sus efectos los despachos correspondientes, quedando autorizada la peticionante y/o quien designe para intervenir en su diligenciamiento. La presente cautelar deberá notificarse fehacientemente en el término de tres (03) días bajo apercibimiento de incurrir el peticionante en malicia procesal (art.24, 282 y concs. del C.P.C.C.). Notifíquese conforme lo dispuesto por el artículo 28 de la ley 5066, como lo solicita. Al punto 6) oportunamente si correspondiere. Martes y viernes para notificaciones en la oficina. Insértese y hágase saber. (Autos: “Comuna de Sanford c/ Eandi, Carlos s/Apremio Fiscal”, Expte. 448/17) (6-347)SG”.- Firmado: Dra. Laura Babaya, Juez; Dr. Santiago N. López, Secretario. Casilda, 20 de octubre de 2017. Dr. López, Secretario.
S/C 342797 Dic. 4 Dic. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2° Nominación, Distrito Judicial Nº 7 de Casilda, Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretaría de la Autorizante, se cita a herederos, acreedores y todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. ELSA MARÍA MAURENZIG para dentro del plazo de 30 días se presenten a acreditar sus derechos invocados, bajo apercibimientos de ley. Casilda, Noviembre de 2017. Dra. González, Secretaria Subrogante.
$ 45 342781 Dic. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2° Nominación, Distrito Judicial N° 7 de Casilda, Dr. Gerardo A. M. Marzi, Secretaria de la Autorizante, se cita a herederos, acreedores y todos aquellos que se consideren con derecho a los bienes dejados por la causante Sra. DENIS ALEJANDRA VILLA para dentro del plazo de 30 días se presenten a acreditar sus derechos invocados, bajo apercibimientos de ley. Casilda, Noviembre de 2017.
$ 45 342780 Dic. 4
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El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de la 7° Nominación de la ciudad de Casilda, Provincia de Santa Fe, llama a los posibles herederos, acreedores y cualquier otro que se considere con derecho a los bienes dejados por el causante, DE VINCENTIS ALBERTO para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. A tales efectos publíquense los edictos citatorios por un día a los fines de su acreditación durante el término de treinta días. Casilda, 2017. Dra. Sandra S. González (Secretaria Subrogante).
$ 45 342766 Dic. 4
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SAN LORENZO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de San Lorenzo, a cargo de la Dra. López de Pereyra (Juez) y Dra. Luz María Gamst (Secretaría), en los autos caratulados “ABATEDAGA, GIUSSEPE TOMASSO s/Ausencia con Presunción de Fallecimiento, Expte. Nº 434/17, se ha dictado lo siguiente, San Lorenzo. 16 de agosto de 2017. Cítese y emplácese al Sr. Giussepe Tomasso Abatedaga por el plazo de 20 días a contar desde la última notificación, que se realizará por edictos a publicarse una vez por mes, durante seis meses en el BOLETIN OFICIAL y un diario de San Lorenzo, para que comparezca al Tribunal a estar a derecho, bajo apercibimientos de ley (art. 25 Ley 14394).”(Expte. N° 434/17).- Fdo.: Dra. Luz María Gamst (Secretaria)- Dra. Gladys Silvia López de Pereyra (Juez)“. Lo que se publica a sus efectos en los estrados del tribunal y en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. San Lorenzo, 24 de Agosto de 2017. Secretaría de la Dra. Luz María Gamst.
$ 33 335194 Dic. 4
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RUFINO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de la Ciudad de Rufino, Dr. Luis Alberto Cignoli, llama a los herederos acreedores o legatarios de los Sres. BENITO ALMENGOR BIANCO, SARA LÓPEZ y CARLOS MANUEL BIANCO, por diez días para que comparezcan a este Tribunal hacer valer sus derechos. Rufino, 13 de Noviembre de 2017. Dra. Parenti, Secretaria Subr.
$ 45 342739 Dic. 4 Dic. 11
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MELINCUÉ
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y del Trabajo de Melincué, Dra. Analía M. Irrazábal (Juez), Secretaria que suscribe, se cita, llama y emplaza a herederos, legatarios y acreedores de doña Nelly Elva Rende, para que dentro del término de ley comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Melincué, 24 de Noviembre de 2017. Dr. Carozzo, Secretaria.
$ 45 342772 Dic. 4 Dic. 11
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VENADO TUERTO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, la secretaría de quien suscribe, cita, llama y emplaza al señor Marcelo Héctor Bruno, domiciliado en zona rural de Venado Tuerto, para que en el término y bajo los apercibimientos de ley comparezca ante este tribunal a hacer valer sus derechos en los autos caratulados: SIMONOVICH, IRIS JOSEFA Y SIMONOVICH, SUSANA EGLE s/Incidente de prescripción Expte. 483 año 2017. Venado Tuerto, Dr. Federico Bertram, Juez. Dr. Walter Bournot, Secretario. Juzg. Civil y Comercial Segunda Nom. Venado Tuerto, 6 de Noviembre de 2017. Dr. Bournot, Secretario.
$ 33 342677 Dic. 4
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Pcia. de Santa Fe, cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña ARGAÑARAZ. BALENTINA ROSA (L.C. Nº 2.034.149) y Don ZARATE, NOELO BONIFACIO (D.N.I. Nº 6.113.164), para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley, comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos dentro de los autos: ARGAÑARAZ, BALENTINA ROSA - ZARATE, NOELO BONIFACIO s/Sucesión (Expte. Nº 630/2016). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Venado Tuerto, 18 de Octubre de 2017. Dra. Chaparro, Secretaria.
$ 45 342726 Dic. 4 Dic. 11
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 3 en lo Civil y Comercial, Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, Dr. Federico G. Bertram, Secretaria Dr. A. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los causantes: FIGUEROA LUIS ABEL, D.N.I. N° 7.644.626, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: FIGUEROA LUIS ABEL s/Declaratoria de herederos” (Expte. N° 799/2017). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Venado Tuerto, 23 de Noviembre de 2017. Secretaría: Dr. A. Walter Bournot, Secretario.
$ 45 342773 Dic. 4 Dic. 11
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Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de la Segunda Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico G. Bertram, Secretaria del Dr. A. Walter Bournot, se cita y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Teresa Rosa Sacco Braida, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos bajo apercibimientos de ley. Autos caratulados: SACCO BRAIDA TERESA ROSA s/Declaratoria de herederos; Expte. 115/2016. Dr. A. Walter Bournot, Secretario. Venado Tuerto, 9 de Noviembre de 2.017.
$ 45 342782 Dic. 4 Dic. 11
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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Federico Bertram, secretaría del Dr. A. Walter Bournot, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de quien en vida fuera don Víctor Natalio Bautista Giuliano, DNI 6.100.397, para que comparezcan a deducir sus derechos dentro del término de ley. Autos: “GIULIANO, VICTOR NATALIO BAUTISTA s/Juicio Sucesorio” (777/2017). Venado Tuerto, 4 de Noviembre de 2017. Dr. Bournot, Secretario.
$ 45 342760 Dic. 4 Dic. 11
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