picture_as_pdf 2017-12-04

MINISTERIO DE

DESARROLLO SOCIAL


NOTIFICACIÓN


En las actuaciones tramitadas por Expediente Nº 01502-0004607-7 con su agregado por cuerda floja N° 01501-0078910-8 - caratulados: ZARATE ALEJANDRO ESTEBAN.- REF: S/FALTAS INJUSTIFICADAS - ZARATE ALEJANDRO.- REF: S/SITUACION LABORAL.-, la Dirección General de Despacho del Ministerio de Desarrollo Social, a tenor de lo dispuesto por el Art. 21 siguientes y concordantes del Decreto Acuerdo Nº 4174/15, notifica al Señor Alejandro Esteban Zarate (M.I.N° 25.130.166) lo siguiente: “Decreto Nº 3258 - Santa Fe 26 de Octubre de 2017. Visto (…) Considerando (...) Por ello EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DECRETA: ARTÍCULO 1º: Déjase cesante al señor ALEJANDRO ESTEBAN ZÁRATE (Clase 1976 – M.I. Nº 25.130.166 - C.U.I.L. N° 20-25130166-3), personal de Planta Permanente del Departamento Revisiva dependiente de la Dirección General de Administración del Ministerio de Desarrollo Social, Categoría 01 del Agrupamiento Administrativo del Escalafón en vigencia, por las causales previstas en el Artículo 53 incisos a) y c) de la Ley N° 8525.

ARTÍCULO 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.- ”

Fdo. Ing. Roberto Miguel Lifschitz. Gobernador de la Provincia de Santa Fe

Asimismo se le hace conocer, en cumplimiento de los términos de la Ley 12071 sobre los derechos recursivos y plazos para ejercerlos, lo siguiente: Art. 42 del Decreto Nº 4174/15 “El recurso de revocatoria podrá interponerse contra cualquier decisión dictada por autoridad pública, en ejercicio de función administrativa, por aquel que acreditare ser titular de derechos subjetivos públicos, intereses legítimos o derechos de incidencia colectiva. El recurso deberá interponerse ante la autoridad administrativa que dicto el acto objeto de impugnación. El plazo para interponer recurso sera de diez (10) días contados a partir de la notificación del decisorio.

El recurso de revocatoria podrá interponerse también contra cualquier decisión que dicte la máxima autoridad de los entes descentralizados autárquicamente.

La impugnación podrá fundarse en razones de ilegitimidad como de oportunidad, merito o conveniencia.

Martín A. Chervaz, Subdirector General de Despacho. Ministerio de Desarrollo Social.

S/C 21031 Dic. 4 Dic. 6

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MINISTERIO DE EDUCACION


RESOLUCIÓN N° 2222


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,

16/NOV/2017

VISTO:

El Expediente N° 00401-0278017-8 del registro de este Ministerio, en cuyas actuaciones se gestiona la rectificación de la Resolución Nº 2062/17; y

CONSIDERANDO:

Que por dicho decisorio se convocó a concurso para conformar ternas a efectos de cubrir cargos vacantes de Supervisor de distintos niveles y modalidades educativas dependientes del Servicio Provincial de Enseñanza Privada y contar con nuevos escalafones para la cobertura de suplencias;

Que en foja 133 el Representante Ministerio de Educación ante el Cuerpo Asesor del referido Servicio solicita la rectificación de su Apartado 4°, por el cual se modificó en el Anexo I de la Resolución N° 2654/13, entre otros, el ítem II. De Los Aspirantes, indicando en fojas 132 la redacción correspondiente al “b) Requisitos Específicos”;

Que el Secretario de Educación solicita la elaboración del instrumento legal pertinente;

Atento a ello;

LA MINISTRA DE EDUCACIÓN

RESUELVE:

1º) Modificar el ítem II. DE LOS ASPIRANTES - b) Requisitos Específicos del Apartado 4° de la Resolución Nº 2062/17 (modificatorio del Anexo I de la Resolución N° 2654/13), el que quedará redactado de la siguiente manera:

Item II. DE LOS ASPIRANTES

b) Requisitos Específicos:

2.1 Directivo de instituciones educativas de gestión privada autorizadas por el Servicio Provincial de Enseñanza Privada, con 5 (cinco) años de antigüedad en dicho cargo, en ejercicio (que hayan cumplido con el requisito del Articulo 28° del Decreto N° 2880/69 para su designación) o que al menos haya permanecido en dicho cargo hasta el 31 de diciembre de 2015 en el nivel, modalidad o especialidad para el que se concursa”

2-2 Docente de instituciones educativas de gestión privada autorizadas por el Servicio Provincial de Enseñanza Privada, con un mínimo de 15 (quince) años de antigüedad en la gestión privada, en ejercicio o que al menos haya permanecido en dicho cargo hasta el 31 de diciembre de 2015 en el nivel, modalidad o especialidad para la que concursa”

2°) Hágase saber y archívese.

Dra. CLAUDIA E. BALAGUÉ

Ministra de Educación

Provincia de Santa Fe

S/C 21024 Dic. 4 Dic. 5

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MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN N° 0287


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional,

27/NOV/2017

VISTO:

El expediente N° 02001-0035862-5 y agregado del registro del Sistema de Información de Expedientes por medio del cual el Dr. Pablo Pinto -Fiscal de la Unidad Especial de Homicidios Dolosos de la Fiscalía Regional de la Segunda Circunscripción del Ministerio Público de la Acusación- solicita al Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Provincia de Santa Fe que se contemple la posibilidad de establecer un ofrecimiento de estímulo o recompensa -de conformidad a lo previsto en el título III de la Ley Nº 13.494- para aquellas personas que puedan brindar datos útiles para esclarecer el hecho que se investiga en la carpeta Fiscal identificada como CUIJ Nº 21-06132250-4;

CONSIDERANDO:

Que las presentes actuaciones se inician con la solicitud del Sr. Fiscal de la Unidad Especial de Homicidios Dolosos de la Fiscalía Regional de la Segunda Circunscripción del Ministerio Público de la Acusación, Dr. Pablo Pinto, de acuerdo a lo que fue referido precedentemente;

Que el funcionario aludido realiza la solicitud precitada en el marco de su intervención funcional en la investigación llevada adelante en relación a la carpeta Fiscal identificada como CUU N° 21-06132250-4 “Pérez, Joaquín y otros s/Homicidio en ocasión de robo, encubrimiento agravado y otros; víctima: Jiménez, Edgardo Manuel”.

Que, en tal contexto, expresa que tomó conocimiento que uno de los imputados en dicha causa, Sr. Joaquín Pérez, D.N.I. N° 31.790.632, quien se encontraba en prisión preventiva fue puesto en libertad por un error del Servicio Penitenciario, en función de lo cual es que solicita se arbitren los medios previstos en la Ley Nº 13.494, a efectos de obtener información sobre el paradero del mencionado.

Que en virtud de las características de los hechos y de las circunstancias referidas por el Sr. Fiscal requirente, se estima conveniente establecer la suma de pesos un millón ($ 1.000.000) para aquellas personas que aporten datos útiles, relevantes y decisivos para dar con el paradero del Sr. Joaquín Pérez.

Que, cabe tener presente que la mencionada Ley N° 13.494 prevé -en el Título III, denominado “Fondo Provincial de Recompensas”- que “[e]l ofrecimiento de la compensación dineraria será dispuesto por resolución fundada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actuando a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación, en una causa judicial determinada y siempre con conocimiento previo del Juez a cargo de la misma. En todos los casos se identificará el proceso judicial, la fiscalía y el juez intervinientes, se efectuará una síntesis de los hechos y se precisará el monto de la recompensa. A los fines de establecer la oportunidad del ofrecimiento de la recompensa y su monto, se merítuarán las circunstancias de hecho en las que se cometió el delito, su complejidad, su gravedad social o institucional y las dificultades para la obtención de información útil (art. 41°).

Que, por su parte, el Decreto N° 2358/2016, al reglamentar el artículo precitado de la Ley Nº 13.494 prevé que “[e]l titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos resolverá cada solicitud de recompensas indicando en el acto administrativo pertinente el número de causa, calificación de hecho, juzgado interviniente, fecha y representante del Ministerio Público de la Acusación o del Ministerio Público Fiscal que requirió la compensación dineraria. El acto administrativo deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, requiriéndose asimismo su difusión a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma de Estado”.

Que la presente es emitida por el Sr. Ministro de Justicia y Derechos Humanos, de conformidad a las facultades otorgadas por el artículo 41 de la Ley N° 13.494;

POR ELLO;

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Fíjase en Pesos Un Millón ($ 1.000,000) la recompensa a distribuir entre aquellas personas que aporten datos útiles, relevantes y decisivos para dar con el paradero del Sr. Joaquín Pérez, D.N.I. N° 31.790.632, quien se encuentra investigado según consta en Legajo Fiscal CUIJ N° 21-06132250-4 “Pérez, Joaquín y otros s/Homicidio en ocasión de robo, encubrimiento agravado y otros; víctima: Giménez, Edgardo Manuel”, de trámite por ante la Unidad Fiscal Especial de Homicidios Dolosos de la Fiscalía Regional de la Segunda Circunscripción del Ministerio Público de la Acusación del Ministerio Público de la Acusación, con sede en la ciudad de Rosario.

ARTÍCULO 2°: La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarias de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el artículo 44 de la Ley N° 13.494.

ARTÍCULO 3° - La información y los datos relativos a la causa deberán ser aportados en la sede del Centro de Asistencia Judicial, tanto de la ciudad de Santa Fe ubicado en calle Salta 2483 como el de la ciudad de Rosario ubicado en calle Corrientes 2114, organismo que de inmediato dará conocimiento a la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos para que se constituya en el mismo.

ARTÍCULO 4° - El pago de la suma fijada en el artículo 1° de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público y de la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 5° - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el artículo 1° de la presente entre dos o más personas se requerirá informe al representante del Ministerio Público y a la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportarán al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 6° - Dése amplia difusión a la presente, requiriendo colaboración a tales efectos a la Secretaria de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.

ARTÍCULO 7° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr.RICARDO I. SILBERSTEIN

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

S/C 21019 Dic. 4 Dic. 6

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RESOLUCIÓN N° 0280


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional

,24/NOV/2017

VISTO:

El expediente Nº 02004-0003223-4 del registro del Sistema de Información de Expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS, por medio del cual Fiscales de la Unidad Fiscal Especial de Homicidios de Santa Fe solicitan a la Dirección del Programa Provincial de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos que se contemple la posibilidad de establecer una compensación dineraria, de conformidad a lo previsto en el título III de la Ley Nº 13.494, para aquellas personas que pudieran brindar datos útiles para el esclarecimiento del hecho del que resultará víctima el Sr. Roberto Tira; y

CONSIDERACIÓN

Que las presentes actuaciones se inician con la solicitud de los Sres. Fiscale Ferraro y Nessier, quienes fundan su pedido en el acatamiento de un hecho de fecha 30 de septiembre de 2015, en virtud del cual una persona - Roberto Tira - fue hallada sin vida en el interior de su vivienda, sita en calle Regimiento 12 de Infantería al 2100 de la ciudad de Santa Fe, con aparentes signos de violencia física;

Que, tal circunstancia determinó que se inicien las investigaciones correspondientes -legajo fiscal CUIJ Nº 21-06319744-8, caratuladas provisoriamente como “Homicidio”- las que tramitan por ante la Unidad Fiscal Especial de Homicidios, perteneciente a la Fiscalía Regional de la Circunscripción Judicial N° 1, con sede en la ciudad de Santa Fe;

Que, en el marco de tales investigaciones, destacan los funcionarios requirentes, se han practicado todas las diligencias investigativas de rigor, todo lo cual fue puesto en conocimiento de los familiares más cercanos de la victima - principalmente sus hijos - en reiterados encuentros mantenidos en la precitada Fiscalía;

Que, asimismo, subrayan que no obstante todas las diligencias practicadas, aún no existe persona alguna imputada, razón por la cual no se ha llevado a cabo audiencia imputativa y, en consecuencia, sólo ha intervenido un órgano jurisdiccional para la autorización de diligencias investigativas puntuales que requerían tal intervención;

Que, en igual forma, los fiscales intervinientes, destacan la dificultad que se ha planteado para dar con testigos del hecho que permitan avanzar en su esclarecimiento y en la individualización de él o los participes;

Que, de acuerdo a las razones expresadas, los fiscales firmantes consideraron oportuno solicitar a este Ministerio que analice la posibilidad de poner en marcha los mecanismos previstos en la Ley N° 13.494, a efectos de arbitrar todos los medios y recursos disponibles en la tarea de dar con aquellos elementos probatorios que aporten al esclarecimiento del hecho, destacando además que el caso en cuestión reviste los caracteres de gravedad por tratarse de un delito doloso, complejidad y alarma social;

Que, por otra parte, la Dirección Provincial del Programa Provincial de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos ha formulado su opinión favorable para que se proceda al ofrecimiento de la recompensa, expresando que comparte la opinión de los Fiscales aludidos y que “tomando como parámetros otros pedidos de recompensa dictados bajo la vigencia de Leyes N° 13.416 y Decretos Reglamentarios N° 3301/14 y 870/15 y Ley N° 13.494, así como los montos allí fijados, se considera menester que la suma a distribuir sea de $ 1.000.000 (pesos un millón) (...}“;

Que, cabe tener presente que la mencionada Ley Nº 13.494 prevé -en el Título III, denominado “Fondo Provincial de Recompensas”-, que “(...) el ofrecimiento de la compensación dineraria dispuesto por Resolución fundada del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, actuando a requerimiento del Ministerio Público de la Acusación, en una causa judicial determinada y siempre con conocimiento previo del juez a cargo de la misma, con todos los casos se identificará el proceso judicial, la fiscalía y el Juez intervinientes, se efectuará una síntesis de los hechos y se precisará el monto de la recompensa. A los fines de establecer la oportunidad del ofrecimiento de la recompensa y su monto, se merituarán las circunstancias de hecho en las que se cometió el delito, su complejidad, su gravedad social o institucional -y las dificultades para la obtención de información útil (art. 41°) (...)“;

Que, por su parte, el Decreto Nº 2338/16, al reglamentar el artículo precitado de la Ley N° 13.494 prevé que “el titular del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos resolverá cada solicitud de recompensas indicando en el acto administrativo pertinente el número de causa, calificación del hecho, juzgado intervinientes, fecha y representante del Ministerio Público de la Acusación o del Ministerio Público Fiscal que requirió al compensación dineraria. El acto administrativo deberá ser publicado en el Boletín Oficial de la Provincia de Santa Fe, requiriéndose asimismo su difusión a la Secretaría de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado”;

Que la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha emitido opinión mediante Dictamen N° 0597, de fecha 13 noviembre de 2017;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS

RESUELVE

ARTÍCULO 1° - Fíjase en Pesos Un Millón ($ 1.000.000) la recompensa a distribuir entre aquellas personas que aporten datos útiles, relevantes y decisivos al esclarecimiento de los hechos ocurridos el día 30 de setiembre del año 2015 en la ciudad de Santa Fe y que desencadenaron el fallecimiento de Roberto Tira, quien fuera hallado sin vida en el interior de su vivienda, sita en calle Regimiento 12 de Infantería al 2100 de la ciudad de Santa Fe, con aparentes signos de violencia física, según consta en Legajo Fiscal CUIJ N° 21-06319744-8, provisoriamente caratulado como Homicidio, de trámite por ante la Unidad Fiscal Especial de Homicidios -integrada por los Dres. Cristina Ferraro y Jorge Nessier- de la Fiscalía Regional de la Circunscripción Judicial N° 1 del Ministerio Público de la Acusación, con sede en la ciudad de Santa Fe.

ARTÍCULO 2° - Exclúyase de la posibilidad de percibir la recompensa fijada en el art. 1° de la presente a; 1) Aquellos que hubieren tomado parte en la comisión del delito como autores, cómplices, instigadores, o lo hubieren encubierto. 2) Los miembros de la fuerza de seguridad o inteligencia nacionales o provinciales, en actividad o retirados. 3) Los funcionarios y empleados públicos respecto de hechos sobre los que tuvieren el deber de denunciar. 4) Toda persona que mediante resolución fundada de la autoridad de aplicación fuera expresamente excluida por otras razones.

ARTÍCULO 3° - La identidad de quienes brinden información y de quienes sean adjudicatarias de la recompensa será mantenida en secreto antes, durante y después de finalizada la investigación y/o proceso judicial en los términos y condiciones previstos en el artículo 44° de la Ley N° 13.494.

ARTÍCULO 4° - La información y los datos relativos a la causa deberán ser aportados en la sede del Centro de Asistencia Judicial de la ciudad de Santa Fe ubicado en calle Salta N° 2483, organismo que de inmediato dará conocimiento a la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos para que se constituya en el mismo.”

ARTÍCULO 5° - El pago de la suma fijada en el artículo 1° de la presente será abonada previo informe del representante del Ministerio Público de la Acusación y de la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Victimas y Testigos en relación al mérito de la misma.

ARTÍCULO 6° - Si fuese necesaria la distribución de la suma prevista en el artículo 1° de la presente entre dos o más personas, se requerirá informe al representante del Ministerio Público de la Acusación y a la Dirección Provincial del Programa de Acompañamiento y Protección de Víctimas y Testigos a los fines de determinar los montos que correspondan a cada uno de los beneficiarios, según la utilidad y relevancia de la información que aportarán al esclarecimiento de los hechos investigados.

ARTÍCULO 7° - Dése amplia difusión a la presente, requiriendo colaboración a tales efectos a la Secretaria de Comunicación Social dependiente del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado.

ARTÍCULO 8° - Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

Dr.RICARDO I. SILBERSTEIN

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

S/C 21006 Dic. 4 Dic. 6

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COMUNICADO


El Ministerio de Justicia y Derechos Humanos busca INMUEBLE para alquiler en la localidad de San Carlos Centro.

Ubicación del Inmueble: Zona Céntrica.

Superficie mínima construida: 180 m2.

Características mínimas del inmueble: Para conformación del Registro Civil. Deberá contar con espacio para 3/4 oficinas, una cocina, un baño y un hall de ingreso para espera del público.

Plazo de la locación: 2 años.

Precio del alquiler: El monto del alquiler deberá cotizarse como precio final. Se podrá diferenciar el costo mensual según sea el primer o segundo. Plazo de presentación de los : 5 días; a partir de la fecha de publicación.

Lugar de presentación de los presupuestos: Subsecretaría de Coordinación Técnica Administrativa del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe, 3 de Febrero 2649 (código postal 3000), oficina 211.

Consultas: Teléfono: 0342 - 4506790. E-mail: mpchiappero@santafe.gov.ar

S/C 21016 Dic. 4 Dic. 6

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DIRECCIÓN GENERAL

DE CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


RESOLUCIÓN Nº 492

Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

29/11/2017

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de cuatro (04) firmas como nuevas proveedoras y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17 y Resolución Nº 255/17;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR DE

CONTRATACIONES A/C

RESUELVE:


ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: INSTRUMENTOS DEL SUR S.A. CUIT Nº 30-70943276-8; RECLADE JUAN LUIS CUIT Nº 20-13673020-8; “CIRUGÍA SALGADO” de SALGADO LEONARDO MARTÍN CUTI Nº 20-22070446-8; “INSSER TECHNOLOGY” de SUERO PASCUAL GUSTAVO ALEJANDRO CUIT Nº 20-23394849-8.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DROGUERÍA 20 DE JUNIO S.A. CUIT Nº 30-62345679-6; DROGUERIA DEM S.R.L. CUIT Nº 30-68108018-6; EQUIPOS INTEGRALES S.A. CUIT Nº 30-71087377-8; “ORTOPEDIA SANTA FE” de PATANE MARÍA FERNANDA CUIT Nº 27-18093724-8.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de nueve (09) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: SAN JUAN IMPRESOS S.A. CUIT Nº 30-62272034-1

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 21029 Dic. 4 Dic. 6

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RESOLUCIÓN Nº 486


Santa Fe, “Cuna de la Constitución Nacional”,

28/11/2017

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de una (01) firma como nueva proveedora y la renovación de antecedentes de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por la Ley 12.510/05 y su Decreto Reglamentario N° 1104/16 en concordancia con la Disposición DPCyGB Nº 268/16, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que los distintos estamentos técnicos han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes de los Decretos N° 1104/16, 2479/09 y 294/17 y Resolución Nº 255/17;

POR ELLO:

EL SUBDIRECTOR DE

CONTRATACIONES A/C

RESUELVE:

ARTÍCULO 1: Inscríbase en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: “BA INSUMOS MÉDICOS” de DUARTE MARÍA GRACIELA CUIT Nº 27-29991780-6.

ARTÍCULO 2: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de dieciocho (18) meses a partir de la presente, a la siguiente firma: TELECTRIC de HAMUD RAÚL CUIT Nº 20-11903595-4.

ARTÍCULO 3: Renuévese en el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de doce (12) meses a partir de la presente, a las siguientes firmas: DOCUMENTOS LOGÍSTICA Y SERVICIOS S.R.L. CUIT Nº 30-69989854-2; MARTIN PLAST S.A. CUIT Nº 30-70784309-4.

ARTÍCULO 4: Regístrese, comuníquese y archívese.

S/C 21023 Dic. 4 Dic. 5

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DIRECCIÓN PROVINCIAL

DE VIALIDAD


NOTIFICACIÓN


En relación a los autos administrativos N° 16131-0002293-6 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción Nº 2721 de fecha 27/09/2016 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 21º inc. c) y 29° del Decreto N° 4174/15, al infractor Mastro – Vial S.R.L. con ultimo domicilio conocido en Las Heras 365 de la localidad de Campana, Provincia de Buenos Aires, de lo establecido en la Resolución N° 221 dictada el 23 de Febrero de 2017 por el Ing. Civil Jorge Pablo Seghezzo, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto…y Considerando…Resuelve: ARTICULO 1º.- Aprobar el Acta de Infracción Nº 2721 de fecha 27/09/2016, conforme lo dispone la normativa vigente. ARTICULO 2º.- Intimar al Conductor Grigoli Claudio Gastón, con domicilio en 2da Secc. Chacras de la localidad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, y el transportista Mastro – Vial S.R.L. con domicilio en Las Heras 365 de la localidad de Campana, Provincia de Buenos Aires, para que en un plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la presente, abonen la suma de $6.265,83 (Pesos seis mil doscientos sesenta y cinco con 83/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. Todo ello en función de lo dispuesto por Resolución Nº 301/16. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, sito en Bv. Muttis N° 880 de esta Ciudad de Santa Fe, mediante cheque de cualquier banco y plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe, con la aclaración al dorso para ser depositado en la Cta. Nº 9716/07, pudiendo suscribirse convenio de pago en cuotas. ARTICULO 3º.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección General de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor del camión Marca Volkswagen, Modelo 17.250E Dominio Unidad Tractora MXB 575, Dominio Semirremolque LBL 174, siendo el Conductor Grigoli Claudio Gastón, con domicilio en 2da Secc. Chacras de la localidad de Gualeguay, Provincia de Entre Ríos, y el transportista Mastro – Vial S.R.L. con domicilio en Las Heras 365 de la localidad de Campana, Provincia de Buenos Aires, al pago de la multa la cual asciende a la suma de $6.265,83 (Pesos seis mil doscientos sesenta y cinco con 83/100), con mas el interés resarcitorio y por financiación de las Tasas Activas Promedios que establece el Banco Nación para las operaciones de descuentos comerciales desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago. ARTICULO 4º.- Regístrese, comuníquese y archívese.

Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 21026 Dic. 4 Dic. 5

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SUBSECRETARÍA DE

CONTRATACIONES Y

GESTIÓN DE BIENES


PRORROGA DE FECHA DE APERTURA

CONCURSO PÚBLICO N° 03/17


OBJETO DEL LLAMADO: “CONTRATACION DE SERVICIOS DE SOPORTE AL PLAN ESTRATEGICO DE TECNOLOGIA – TECNOFE – DEPENDIENTE DE LA SECRETARIA DE TECNOLOGIAS PARA LA GESTION DEL MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO”.

NUEVA FECHA DE APERTURA DE OFERTAS: se efectuará el día 19 de Diciembre del año 2017 a las 12:00 horas, en la Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes: Mendoza 2905 - Primer Piso - de la ciudad de Santa Fe.

COSTO DEL PLIEGO: $ 5.420.-

VALOR TASA RETRIBUTIVA DE SERVICIOS: $ 216 -

VENTA DE PLIEGOS: De acuerdo a las formas previstas en el Pliego de Bases y Condiciones para lo cual se consultará el mismo en el Sitio Web de la Provincia bajo el título “Compras”.

INFORMES: Subsecretaría de Contrataciones y Gestión de Bienes - Mendoza 2905 – Primer Piso - Santa Fe - Tel./Fax: 0342-457-3722/3725 – internos 113 y 130.

Correo Electrónico: gestiondecontrataciones@santafe.gov.ar

Sitio Internet: www.santafe.gov.ar

S/C 21007 Dic. 4 Dic. 5

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COORDINACION EJECUTORA

PROVINCIAL


REGULARIZACION DOMINIAL

SANTA FE


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL del MINISTERIO DE DESARROLLO SOCIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Avda. Santa Fe 2771 de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y en los Diarios “El Litoral” y “El Mirador Provincial”, en fecha MARTES 5 de DICIEMBRE de 2017, a las siguientes personas:

REGION I - NODO RECONQUISTA

DEPARTAMENTO: GENERAL OBLIGADO - LOCALIDAD: RECONQUISTA

1- FRANCISCO JOSE LORENZON, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 89 Nº 780, de la localidad de: RECONQUISTA, identificado como: Lote 22 Manzana I Plano Nº 100515/1982, Partida Inmobiliaria Nº 03-20-00-511457/0092-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 53 F° 457 B Nº 5739/1973, Tomo 79 Impar F° 96 Nº 12387/1952, Tomo 96 Par F° 473 Nº 43888/1961 Departamento: GENERAL OBLIGADO , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0080338-3 Iniciador: MEZA JACINTA AGAPITA.


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: CASTELLANOS - LOCALIDAD: FRONTERA

2.- ALBERTO JOSE RABINO Y MARTA EVA FABRY DE RABINO, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 68 Nº 143 ,de la localidad de: FRONTERA, identificado como: Lote 24 Manzana 10 Plano Nº 22031/1957, Partida Inmobiliaria Nº 08-41-00-568756/0099-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 309 Par F° 1713 Nº 44284/1986 Departamento: CASTELLANOS, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0083582-1, Iniciador: DOS SANTOS NORA RAQUEL-


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: 9 DE JULIO - LOCALIDAD: LOGROÑO

3.- ISABEL BRIONES, MANUEL SAENZ O SAENS O ZAENZ, GONZALO SAENZ O SAENS O ZAENZ, MELQUIADES SAENZ O SAENS O ZAENZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVENIDA DE LOS INMIGRANTES S/N° ,de la localidad de: LOGROÑO , identificado como: Lote VI Manzana 28 Plano N.º 89742/1979, Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-02700/0005-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 58 N.º 18534/1947, Departamento: 9 DE JULIO, Tomo 33 F° 91 B N.º 4323/1947, Departamento: SAN CRISTOBAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081135-9, Iniciador :PEREZ OSCAR LUIS-

4.- ISABEL BRIONES, MANUEL SAENZ O SAENS O ZAENZ, GONZALO SAENZ O SAENS O ZAENZ, MELQUIADES SAENZ O SAENS O ZAENZ , Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AVENIDA DE LOS INMIGRANTES S/N° ,de la localidad de: LOGROÑO, identificado como: Lote x2 Manzana 28 Plano Nº 89742/1979, Partida Inmobiliaria Nº 01-06-00-002700/0010-7 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 11 F° 56 N.º 18534/1947, Departamento: 9 DE JULIO, Tomo 33 F° 91 B Nº 4323/1947 Departamento: SAN CRISTOBAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082897-9, Iniciador :TOLOSA ERICA PAOLA-


REGION II - NODO RAFAELA

DEPARTAMENTO: SAN MARTIN - LOCALIDAD: LAS PETACAS

5.- GIUGGIA BARTOLOME, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLE 11 Nº 451, de la localidad de: LAS PETACAS, identificado como: Lote 7 Manzana 36 Plano S/N° Partida Inmobiliaria Nº 12-09-00-167873/0000-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 77 Impar F° 252 Nº 19131/1947 Departamento: SAN MARTIN , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084275-1, Iniciador :CIGNETTI MILVA IVANA-


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTA FE

6.- LUISA MARIA ESCHER, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle:PASAJE ALMAFUERTE Nº 7852 B° TRANSPORTE,de la localidad de: SANTA FE , identificado como: Lote 25 con 50% pasillo condominio, Manzana 7828 E Plano Nº 62159/1971 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133251/0426-9 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 294 Par F° 2783 Nº 18551/1970 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0076664-6, Iniciador :-CHUMILLA OLGA SUSANA

7.- CATALINA ROLON, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MISIONES Nº 7040 ,de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 7 Manzana 9470 Plano Nº 7038 mu/1964 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133810/0348-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 388 Impar F° 3196 Nº 60529/1980 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-77656-2, Iniciador :SEMPEREZ SERGIO ALEJANDRO.

8.- ORLANDO VEGA, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: AYACUCHO Y HNO. FIGUEROA, de la localidad de: SANTA FE, identificado como: Lote 27 Manzana 7762 Plano Nº 63925/1972 Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133624/0031-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 381 Impar f° 5610 N.º 122025/1979 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-84789-3, Iniciador: FERNANDEZ SANDRA MARISA.

9.- VICENTE LARA (1/10 PI), GREGORIO LARA (1/10 PI), MIGUEL LARA (1/10 PI) TELMA LARA (PI), NATALIA LARA (1/10 PI), JUANA VALENTINA LARA (1/10 PI), MARIA LUISA LARA (1/10 PI), ENRIQUE MARTIN LARA (1/10 PI), JUANA GLADYS LARA (1/10 PI), DOMINGO FRANCISCO VENEGONI, ANGELA GLADYS VENEGONI, DOMINGO GREGORIO VENEGONI, ROBERTO MARIO VENEGONI 1/40 PI C/U, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DORREGO Nº 4767 ,de la localidad de: SANTA FE , identificado como: Lote UNO Manzana S (según Título) y 4711 (según Catastro) Plano s/n° Partida Inmobiliaria Nº 10-11-04-114687/0000-6 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 93 Impar F° 882 N° 14665/1954,74796/1957 Departamento: LA CAPITAL , Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0068094-4, Iniciador: CACERES NELIDA


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: SANTO TOME

10.- MANUELA ZENAIDA GOMEZ CELLO DE TESTONI, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 7 DE MARZO Nº 3535,de la localidad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 4 Manzana C Plano N.º 22183/1955 Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-143216/0360-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 193 Impar F° 1780 Nº 41187/1955 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0058069-9, Iniciador :-ESCOBAR ERMEREGILDO


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: LA CAPITAL - LOCALIDAD: MONTE VERA

11.- CARMEN MARTIN DE LOPEZ, JUAN JOSE LOPEZ, GRACIELA GUADALUPE LOPEZ, MARIA DEL CARMEN LOPEZ, Matrícula Individual DESCONOCIDA , sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BELGRANO N.º 5162 ,de la localidad de: MONTE VERA , identificado como: Lote 45 Manzana B Plano N.º 112607/1987, Partida Inmobiliaria Nº 10-09-00-739055/0124-0 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 171 Impar F° 482 Nº 90550/1996, Tomo 486 Impar F° 3903 N.º 90550/1996, Tomo 506 Impar F° 449 Nº 4776/1989 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0082354-9, Iniciador : VILLARPANDO ANA VERONICA


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: LA CRIOLLA

12.- MARIO CESAR PIGHIN, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: DORA DE GUARDATTI Nº 100,de la localidad de: LA CRIOLLA, identificado como: Lote 8 Manzana M Plano N.º 12948/1952 Partida Inmobiliaria Nº 06-05-00-025881/0014-8 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 139 F° 534 Nº 15362/1978 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0081661-9, Iniciador: SOTTINI PABLO ARIEL


REGION III - NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO: SAN JUSTO - LOCALIDAD: SAN JUSTO

13.- JUAN ORSI E HIJOS LIMITADA, SOCIEDAD ANONIMA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAPACHO Nº 2749 ,de la localidad de: SAN JUSTO , identificado como: Lote 11 Manzana C Plano Nº 17962/1955 Partida Inmobiliaria Nº 06-11-00-030431/0033-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 81 F° 602 Nº 50251/1951 Departamento: SAN JUSTO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0084224-5, Iniciador : GONZALEZ JOSE LUIS

S/C 20990 Dic. 4 Dic. 6

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REGULARIZACION DOMINIAL

ROSARIO


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modif.Dto. Prov.N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, y/ o en Centro Cívico sito en calle 9 de Julio 1765 de la ciudad de Venado Tuerto - dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario (La Capital y Página12 ), en fecha MARTES 5 DE DICIEMBRE DE 2017 ,y en el Boletín oficial por 3 (tres) a las siguientes personas:


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CARCARAÑA

1) Sr/a: ADRIANA DEL CARMEN BACHI Matrícula Individual 13.189.390, MARIA ALEJANDRA BACHI Matrícula Individual 16.483.547 sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: RICARDO ROJAS 103, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote: 2 Manzana: H Plano N°:50490/1967 partida inmobiliaria N°15-09-00 209619/0134 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 233 Folio 213 N° 186115 Departamento:SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01501-0083581-0, Iniciador: MOLINA MARCELA PATRICIA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CARCARAÑA

2) Sr/a: OSCAR PASCUAL MORICONI Matrícula Individual LE 6.173.514, ESTELA MARY FIN Matrícula Individual LC 4.582.641, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BV PARANA 1747, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote 11B Manzana: Plano N°:91837/1952, partida inmobiliaria N°15-09-00 209018/0002 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 221 Folio 472 N°155620 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0083822-0, Iniciador: MORICONI IVAN DARIO.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO – LOCALIDAD CARCARAÑA

3) Sr/a: JUAN SEBASTIAN CONDE Matrícula Individual 6.178.833, STELLA MARIS MONTERO DE CONDE Matrícula Individual 6.169.360 sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SALTA 272, de la ciudad de CARCARAÑA identificado como: Lote A Manzana: 21 Plano N°:76515/1973, partida inmobiliaria N°15-09-00 208321/0004 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 281 Folio 416 N° 236887 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01501-0085132-4, Iniciador: CHAMORRO GLADIS CARINA.


REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO - LOCALIDAD PEREZ

4) Sr/a: FRANCISCO MATEO VALDES Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAS TORCACITAS 543, de la ciudad de PEREZ identificado como: Lote 4 Manzana: Plano N°:11814/1956, partida inmobiliaria N°16-06-00 339564/0066 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 300C Folio 1666 N° 112535 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005026-5, Iniciador: BARRAZA JUAN SALVADOR.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

5) Sr/a FLORENCIA RUIZ Matrícula Individual 25.852.323, HERNAN RODRIGO RUIZ Matrícula Individual 24.702.484, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: SAN JUAN 97, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 14 Manzana:22 Plano N°: 63883/1970 partida inmobiliaria N° 17-13-00 360479/0225 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo: 287 Folio:188 N°137817 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005234-4, Iniciador: SANCHEZ JOSE OMAR.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

6) Sr/a: ADRIANA ISABEL ISAIAS Matrícula Individual 13.498.306, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CHACO 774, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 12 Manzana:42 Plano N° 28351/1961 partida inmobiliaria N°17-13-00 360461/0386 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:375 Folio:389 N° 187526 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005235-5, Iniciador: LOPEZ BEATRIZ ISOLINA.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

7) Sr/a: JOSE DIONISIO DIAZ Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CERRITO 481, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote:4 Manzana:41 Plano N° 15900/1957 partida inmobiliaria N°17-13-01 355044/0010 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo:201 Folio:465 N° 55266 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005233-3, Iniciador: ROSALES PATRICIA.


REGION V - NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD FIRMAT

8) Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ / MARIA ELENA FELISA FREDRIKSSON DE BLUM / CLARA BEATRIZ FREDRIKSSON / MARTA INES FREDRIKSSON DE PUSTERLA / IRMA ZULEMA FREDRIKSSON DE FREYTES / LUCRECIA SUSANA FREDRIKSSON DE BRUNTON / SOLANGE FREDRIKSSON Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PARAGUAY 1444, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 5 Manzana: 465 Plano N°:86352/1976 partida inmobiliaria N°17-06-01 368488/0013 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 207 Folio 291 N° 120060 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004961-6, Iniciador: JAIMES JUAN CARLOS.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD FIRMAT

9) Sr/a: SARA ELADIA FREDRIKSSON DE PAZ / MARIA ELENA FELISA FREDRIKSSON DE BLUM / CLARA BEATRIZ FREDRIKSSON / MARTA INES FREDRIKSSON DE PUSTERLA / IRMA ZULEMA FREDRIKSSON DE FREYTES / LUCRECIA SUSANA FREDRIKSSON DE BRUNTON / SOLANGE FREDRIKSSON Matrículas Individuales DESCONOCIDAS, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: BLAS PARERA 614 , de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 9 Manzana: 50 Plano N°: 54432/1968 partida inmobiliaria N°17-06-01 368534/0031 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 207 Folio 291 N°120060 Departamento: GENERAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005135-6, Iniciador: GODOY PATRICIA NOEMI.


REGION V – NODO VENADO TUERTO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD FIRMAT

10) Sr/a ANIBAL GUSTAVO MARTINEZ Matrícula Individual 17.096.115, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: FLORIDA 965, de la ciudad de FIRMAT identificado como: Lote 19 Manzana: 423 Plano N°:83465/1975 partida inmobiliaria N°17-06-01 368642/0025 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 243 Folio 248 N° 310488 Departamento: CONSTITUCION, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0005088-5, Iniciador: YALACI CLAUDIA ALEJANDRA

S/C 21014 Dic. 4 Dic. 6

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