picture_as_pdf 2015-12-04

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

PATRICIA INES FIGUEROA


Por disposición del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Civil de la Novena Nominación de la ciudad de Rosario, provincia de Santa Fe, a cargo del Dr. Marcelo Ramòn Bergia (Juez), la Secretaria que suscribe hace saber a sus efectos que en autos “SUST MONICA GRACIELA c/ OTRA (DNI.N°5.629.787) s/ DIVISION DE CONDOMINIO” Expte. Nº 640/2013, se ha dispuesto que la martillera Patricia Inés Figueroa (C.U.I.T. 27-18.310.551-0) proceda a vender en pública subasta el día 21 de Diciembre de 2015 a las 7,30 hs. en la Sala de Audiencias de este Juzgado, Balcarce 1651 1er. piso esta ciudad de Rosario, el 100% del inmueble cuya descripción según título es la siguiente: “Departamenteo CERO SEIS GUION CERO CUATRO, (06-04) ubicado en el sexto piso, en los costados Norte y Este, del edificio, compuesto de vestíbulo, living-comedor, dos dormitorios, paso, cocina, baño, galería, habitación de servicio y W.C., tiene acceso a la calle por la entrada común que lleva el número mil quince de la calle Sarmiento, encierra una superficie privada de sesenta y siete metros sesenta y dos decímetros cuadrados, y bien común diecinueve metros sesenta y cinco decímetros cuadrados, y se le asigna un valor del dos como veinte (2,20) por ciento del conjunto del inmueble de calle “Sarmiento Nros. 1001-1009-10015-1019 y calle San Luis Nros. 1051-1095, de esta ciudad.” Dominio inscripto en el Registro General Rosario al Tomo 171, Folio 374, Nº 67057, Dpto. Rosario PH.- CONDICIONES: el 100% del inmueble descripto, saldrá a la venta con la base de $1.305.000.- (correspondiente al valor de mercado reducido en un 10% obrante en autos) En caso de no haber oferentes se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto con una retasa del 25% ($978.750.-) y de persistir la falta de postores se ofrecerá seguidamente y en el mismo acto en tercera y última subasta con la base del 50% del primera base ($652.500.-) Quien resulte comprador deberá abonar en el acto de remate el 30% del valor alcanzado a cuenta de precio. Ese pago deberá hacerse al martillero en efectivo y hasta un máximo de $30.000.- Si tal importe fuera mayor, se deberá hacer el pago en efectivo hasta la suma indicada y el saldo deberá ser trasferido o depositado el día hábil siguiente a la cuenta judicial del Banco Municipal, sucursal caja de abogados, Cuenta Nº 5076969/2, CBU 0650080103000507696925 Cuit 33-99918181-9. El saldo de precio deberá depositarse o transferirse a la misma cuenta dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio del remate. El comprador deberá pagar el 3% del valor de la venta más IVA si correspondiere, como comisión del martillero inmediatamente de finalizado el acto, en pesos, cheque certificado u otro medio a satisfacción del mismo. El inmueble sale a la venta ocupado en las condiciones que da cuenta el acta de constatación. Las constancias que surgen del informe catastral pueden estar desactualizadas. Si así fuera, será a cargo exclusivo del comprador su regularización. Los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que adeude el inmueble, el I.V.A. el impuesto a las ganancias, el impuesto a los ingresos brutos y cualquier otro impuesto (en caso de corresponder) que graven el acto de venta y los impuestos que graven el acto escritura de transferencia de dominio y que por ley corresponda ser pagados por el vendedor, serán abonados con el producto de la venta con el privilegio que corresponda según lo dispuesto por el Código Civil. Los impuestos que gravean el acto de escrituración serán reservados por el valor que surja de aplicar las alícuotas respectiva, lo que deberá ser solicitado por el comprador al depositar el saldo de precio, acompañando el cálculo de los mismos, bajo apercibimientos de abonarlos él si así no lo hiciere. Cualquier incremento en los mismos que surja a la fecha de escrituración será a cargo del comprador. Los impuestos, tasas y contribuciones que graven el inmueble será a cargo del comprador desde la fecha de la celebración del remate. La posesión será entregada una vez cancelado el total del precio. La transferencia de dominio se realizará por escritura pública ante el escribano que designe el comprador, siendo los honorarios y los aportes e impuestos sobre los mismos que correspondan por la escritura traslativa de dominio a su exclusivo cargo. La misma deberá ser confeccionada dentro del plazo de bloqueo registral producido por el certificado C acompañado a los efectos de la presente. Si se realizara con posterioridad, toda medida cautelar que se anote respecto del inmueble deberá ser levantada por el Juez que la ordenó. Si la venta fracasara por culpa del postor u oferente será aplicado el art. 497 del C.P.C.C. INFORMA EL REGISTRO GENERAL ROSARIO: I) el inmueble consta inscripto en forma al Tomo 171, Folio 374, Nº 67057, Departamento PH.- II) No registra anotadas HIPOTECA ni INHIBICIONES ni EMBARGOS. Copias de títulos e informes agregados a autos para ser revisados por los interesados, no siendo admisible planteo alguno por falta o insuficiencia de los mismos en el acto de remate o con posterioridad al mismo.- EXHIBICIÓN: El inmueble será exhibido el dìa hàbil anterior a la subasta en el horario de 11 a 12 hs.- Publíquese en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales por el término de ley.- Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Secretaría, 1de Diciembre 2015.- Fdo. Dra. Analìa Suàrez Mònaco.-

$ 913 279766 Dic. 4 Dic. 10

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