picture_as_pdf 2013-12-04

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

PEDRO MIGUEL PERALTA


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, que en los autos caratulados: “ BANCO SANTANDER RIO S.A. C/ OTRO S/EJECUTIVO ( Expte. Nº 906- Año 2012), se ha ordenado que el Martillero Público PEDRO MIGUEL PERALTA, Mat. N° 598, (CUIT. N° 20-10.863784-7), proceda a subastar el día 18 de Diciembre de 2013, a las 11hs., o el día hábil siguiente a la misma hora si aquel resultare feriado , la que se realizará en las puertas del Juzgado Comunal de la Localidad de Sauce Viejo, Pcia. de Santa Fe, sito en calle Rivadavia Nº 1150 . El inmueble embargado en autos, inscripto bajo el Nro. 130.874 –Tomo 772 Par- Folio 5843, de la localidad de Sauce Viejo Departamento La Capital. El mismo saldrá a la venta con la base del crédito $ 65.305,02 y de no existir postores seguidamente con retasa del 25 %, $ 48.978,76 y de persistir la falta de oferentes se procederá a continuación a subastar sin base y al mejor postor. Un inmueble cuya descripción es la siguiente: “ Una fracción de terreno con todo lo edificado, clavado y plantado, en la localidad de Sauce Viejo, Departamento La Capital, de ésta provincia de Santa Fe, y que según el plano de mensura, urbanización y loteo, efectuado por la Agrimensora Mabel Ruth Coolí, registrado en el Departamento Topográfico de la Dirección General de Catastro de Santa Fe, bajo el número “74.845”, se individualiza como LOTE NUMERO CUATRO de la Manzana “5-S”, cuyas medidas, linderos y superficie son las siguientes: Diez metros de frente al Norte, con igual contrafrente al Sud, por un fondo de veintinueve metros setenta y cuatro centímetros en cada uno de sus costados Este y Oeste; lo que hace una superficie igual a doscientos ochenta y nueve metros con sesenta y siete metros cuadrados, lindando al Norte, con Pasaje Nº 10; al Sud, con fondos del lote número veintidós; al Este, con lote numero cinco; y al Oeste, con lote número tres. Descripción según el plano de mensura mencionado. El registro General de la propiedad informa que el inmueble está inscripto al nombre del demandado bajo el Nro. 130.874 –Tomo 772 Par- Folio 5843 al 28/08/ 2013, No registro inhibición. No registra Hipotecas. Si registra embargo, fecha 25/11/2012 Aforo 131002- Expte. Nro. 906/2012- el de estos autos $ 91.427.02- A.P.I informa que le corresponde la partida N° 10-13-00-742425/0067-8 y que al 15/10/2013 adeuda los periodos 2013 cuotas ( 3 y 4 ) y que asciende a un total de $ 21,36 – Comuna de Sauce Viejo, informa que le corresponde la partida Nro. 02-01670 y que adeuda a fecha 28/10/2013 en concepto de tasa comunal períodos 04/2013 a 09/2013 según convenio existente la suma de $ 241,50 . -El S.C. e I.T. informa que le corresponde la partida Nro 10-13-00-742425/0067-8--El Sr. Juez Comunal informa: en la Localidad de Sauce Viejo Dpto. La Capital Provincia. de Santa Fe, a los 30 días del mes de Octubre de 2013 …., siendo las 9,30 hs. Y dando cumplimiento a lo ordenado en estos autos, acto seguido y en compañía del Martillero Peralta, procedemos a constituírnos en el inmueble de referencia del mandamiento que antecede, identificado como lote Nº 4 de la Manzana “5-S” sito en Pje 10 entre calle 63 y 59 de los Conquistadores de ésta localidad siendo atendidos por la Sra. REYES, Cecilia con DNI. Nº 26.093.423 a quien le informo de mi cometido, procediendo a constatar lo solicitado: 1) lo ocupa la Sra. Reyes y tres hijos menores; en carácter de propietarios pero está a nombre del Sr. Nuñez; siendo ex concubino de la misma; 2) hay una casa de material compuesta por una cocina; un comedor diario; tres dormitorios y un baño completo sin revestir; las paredes pintadas pisos de cemento: el techo de chapa con cielorraso de madera vista que uno de los dormitorios está en el entrepiso; algunas aberturas interiores de madera enchapada y exteriores de aluminio. Total de construído cubierto unos 76 metros cuadrados aproximadamente estando todo en buen estado de uso y conservación, teniendo también un pequeño lavadero; la casa está provista de energía eléctrica, agua de perforación y gas envasado; el lote no está cercado y la vivienda la usa en forma permanente. No siendo para mas se da por terminado el acto….:.. CONDICIONES: Quién resulte comprador deberá abonar en dinero en efectivo el 10% del importe a cuenta de precio y la comisión de ley del martillero del 3%. El adquiriente deberá efectivizar el saldo del precio indefectiblemente dentro de los cinco días de aprobada la subasta mediante depósito en el Nuevo Banco de Santa Fe –Agencia Tribunales – a nombre de éstos autos y a la orden de este Juzgado y si intimado no cumplimenta con dicho pago, será de aplicación el art. 497 del CPCC. Para el caso de que el adquiriente plantee la nulidad de la subasta deberá integrar el saldo del precio a las resultas de la decisión sobre el planteo nulificatorio. No se admitirá la compra en comisión. Los impuestos tasas y contribuciones que adeudare el inmueble son a cargo del adquiriente a partir de la fecha de subasta como asimismo el impuesto a la compra-venta y demás impuestos que en su caso correspondiere. Se encuentran agregados en autos, informes, constatación y demás documental informativa, sirviendo la misma de suficiente titulo, no admitiéndose reclamo alguno por falta e insuficiencia de los mismos después del remate. Publíquense edictos en el Boletín Oficial ley 11.287 y acordadas respectivas de la Exma. Corte Suprema de Justicia. Más informes en la Secretaría del Juzgado y/o al Martillero en calle Pje. Parpal Nº 1711 TEL. 0342-155.044.805. Santa Fe, 22 de Noviembre de 2013. Fdo. Dra. Alicia I. Roteta - (Secretaria).-

$ 771 217921 Dic. 4 Dic. 6

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

RICARDO OMAR MEHAUOD


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado del 1ª. Inst. de Circuito - C.J. Nº 13 - de Vera- Sta. Fe - en los autos “Municipalidad de Calchaquí c/Otra s/Apremio” Expte. 05-año 2007, se ordenó que el martillero público Ricardo Omar Mehauod - (CUIT 20-10.063.466-0) proceda a vender en pública subasta, el bien embargado en autos, señalase el día 13 de Diciembre de 2.013 a las 10:00 hs. por ante el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de Calchaquí o al siguiente hábil si aquel resultare feriado y a la misma hora. El bien saldrá a la venta con la base del avalúo fiscal, que asciende a la suma de pesos: Veinte mil cuatrocientos cincuenta con siete centavos ($ 20.450,07), si no hubiere ofertas por la base se ofrecerá en segunda subasta con la retasa del 25% y de persistir la falta de oferentes, saldrá en tercera subasta sin base y al mejor postor (Art. 496 del CPCCSF).- El inmueble propiedad de la demandada, se encuentra Ocupado, por varias familias, se ubica en la zona urbana de la ciudad de Calchaquí, con frente al Sud calle Tucumán y al Oeste Calle Simón de Iriondo, al norte y este con propietarios desconocidos, Manzana Nº 1 - (Hoy Mza. 150 - Parcela 12) - Superficie 2.565,40 m2.; inscripto ante la A.P.I. bajo la partida inmobiliaria Nº 02-05-00-006235/0001-8.- Y en el Registro General de la Propiedad bajo el T° 32 - F° 59 V - Nº 6932 - Dpto. Vera, e informa que el demandado es titular registral, no registra hipoteca, ni inhibiciones, sí (1) un embargo el de autos que da motivo a esta subasta - Fecha 09-08-13, Aforo 86940, Monto $ 7.771,95.- Definitivo- -Ob. Oral. Según título, nombre correcto: Dominiciana Cainero de Madera - folio correcto 59 vuelto.- Se traba según título.- Y consta cesión de Derechos y Acciones del 11/08/80 a Nº 62072/3/4/5/6/7, F° 13 al 18, T° 51 D. y A. Descripción del inmueble: Setecientos pesos valor de un terreno, un solar inventariado bajo el número tres, señalados con la letra D de la Manzana Uno de Calchaquí, con una existente en dicho solar, de tres mil metros cuadrado más o menos y linda: al norte solar A en la misma manzana. Este solar “C” de la misma perteneciente a la Sucesión Saturnino Gudiño; Sud y Oeste calles, Anotado Nº 9188 - F° 1256 - Tomo 23 - Año 1900.- Area en m. c. 3.000.- Del Registro de Procesos Universales, informa que desde 01/11/78 hasta el 12/Nov./2013, No se registran antecedentes de iniciación de procesos sucesorios y desde el 0l/04/1981 hasta el 12/Nov./2013, no se registran antecedentes de iniciación de procesos concursales y/o quiebras, a nombre de la persona indicada.- De la constatación:... me constituí en los inmueble indicado, sito en la zona urbana de esta ciudad, en la intersección de las calles Tucumán e Iriondo - Manzana N° 1 (hoy Mza. 150) - Parcela 5 -Sub Parcela 1, que es de forma irregular, propiedad del demandado; en el mismo se encuentran varias casas construida y habitada por familias constituidas todas con hijos menores y desde hace varios años, que paso a describirla: 1) Nos constituimos sobre calle Tucumán al 1072, allí fuimos atendidos por una persona que dice llamarse Mario Casafu, y dice poseer el D.N.I. 20.654.792, y nos manifiesta que él vive allí con su esposa y una hija, lo hace de hace más de diez años y la vivienda está compuesta de una cocina comedor, dos pieza y baño, y un patio hacia atrás, no sabe cuanto metros cuadrados ocupa, porque no existe divisorio alguno con los otros vecinos del mismo terreno. 2) Seguidamente nos constituimos en un inmueble hacia el lado Oeste sito en calle Tucumán 1082, donde fuimos atendidos por una persona que dijo llamarse Rubén Alberto Casafú, y nos manifestó que posee el D.N.I. 23.480.894 y nos indica que el vive ahí junto a su esposa y seis hijos, donde existe una vivienda de material tradicional compuesta de dos dormitorios, cocina comedor y baño instalado y patio, y nos indica el atendiente que desconoce cual es la superficie de su terreno. 3) Continuando al Oeste, hacia calle Simón de Iriondo, existe otra vivienda de las misma característica que la enunciada en el punto 1° y 2°, se identifica con la dirección de calle Tucumán 1092, y allí fuimos atendido por la Señora Yisela Casafú, que manifiesta poseer el D.N.I. 30.703.269, y que vive con su esposo y dos hijos. 4) Seguidamente nos constituimos sobre Tucumán e Iriondo donde fuimos atendidos por la señora Paulina Romero Vda. de Casafú, quien no recuerda su D.N.I. junto con su hija soltera Marisa Casafú que dice poseer el D.N.I. 28.526.262, manifiesta la señora que hace más de cincuenta años que vive en ese lugar, que vive en esta casa de construcción que aparentemente data de esa época compuesta de tres habitaciones grande, cocina y un patio, que según le manifestó su esposo ya fallecido, que el cerco con cerco perimetral de 25 mts. en sus lado Norte y Sud, por aproximadamente 20 mts. en sus lados Este y Oeste, lindando al Sud y Oeste con calle pública, al Norte con la Señora Ana Bazán de Pighín, y al este, con la familia descripta en el punto 3°. 5°.- Al norte de la propiedad de la Señora Ana Bazán de Pighín, nos constituimos en otra parte del inmueble y donde existe un baldío de aproximadamente 10 mts. de frente sobre calle Iriondo por 40 mts. de fondo aprox. y a continuación hacia el Norte de este baldío existe otro terreno donde existe una casa precaria en abandono, sin ocupante. Todas la construcciones y baldíos detallados, poseen los servicios públicos, luz eléctrica, agua potable, las calles Tucumán como Iriondo, son de tierra, para mayor ilustración acompaño fotocopia del manzanero catastral municipal del terreno en mención, como así el informe territorial de Catastro, sobre la superficie del mismo. Catastro: Informa que la partida inmobiliaria N° 02-05-00-006235/0001-8, es correcta y la superficie es de 2.565,40 mts.2.- De la A.P.I: Informa que la P.I. N° 02-05-00-006235/0001-8 registra deuda al 19-09-2013, el importe de $ 1.728,98. La Municipalidad de Calchaquí: informa que el inmueble adeuda la suma de $ 14.768,19 en concepto de Tasa General de Inmuebles Urbanos. Condiciones de venta: Adjudicado el bien, en el acto se abonará sin excepción el 10% del precio obtenido, la comisión del Martillero del 3% con más los impuestos nacionales y provinciales que correspondan (I.V.A.; Impuesto a la transferencia de bienes, etc.). El saldo de precio se abonará una vez ejecutoriado el auto aprobatorio de la subasta e intimado formalmente a su pago, dentro del término de treinta (30) días. Si no se depositara el saldo en el plazo acordado, se dará por decaído el derecho a su adjudicación, siendo responsable de los perjuicios que provoque, con pérdida de lo abonado a cuenta del precio. Serán a cargo del comprador los impuestos, tasas, contribución de mejoras o servicios que gravan al inmueble a partir de la fecha del remate. Si el adjudicado compra en comisión, deberá denunciar su comitente para su constancia en el acto de la subasta y este último deberá aceptar la compra formalmente en el término de cinco días de la fecha del remate, bajo apercibimiento de tener el comisionado como adquirente. Se hace saber al que resulte adquirente, que deberá conformarse con los títulos y demás constancias de autos y que luego del remate no será admisible reclamación alguna por insuficiencia de ellos (art. 494 inc. 3° del CPCCSF). Asimismo estará a su cargo los trámites inherentes a la inscripción del dominio. Previo a inscribirse se actualizará el informe al Registro General a los efectos del Art. 506 del CPCCSF si correspondiere. Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL (Sin Cargo) y puertas del Juzgado. Las constancias de publicación se acreditará por Secretaría dos (02) días antes de la fecha prevista para la subasta. Autorízase la publicidad solicitada con cargo de oportuna rendición de cuentas. Practique el acreedor liquidación de crédito y gastos, bajo apercibimientos de tener por válida la última liquidación aprobada a los fines del art. 495 del CPCCSF. Notifíquese por cédula en el domicilio real de los demandados. Fdo. Dra. Norma Fernández - Secretaria - Dr. José L. Freijo - Juez. Informes en Secretaría del Juzgado y/o al Martillero de autos al T.E. 03483-421245 - Cel. 03483-15402041. Vera, 28 de Noviembre 2013. Norma L. Fernández, secretaria.

S/C 217657 Dic. 4 Dic. 6

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