DECRETO Nº 4037
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”,
26 NOV 2013
VISTO:
El Expediente N° 00101-0239985-2 del registro del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, cuyas actuaciones se relacionan con el Proyecto de Ley N° 13369, sancionada por la H. Legislatura en fecha 31 de octubre de 2013 y recibida en el Poder Ejecutivo el día 8 de noviembre siguiente; y
CONSIDERANDO:
Que la citada ley crea una Escuela de Educación Primaria en Barrio “Nueva Roma” de la ciudad de Casilda – Departamento Caseros, estableciendo que este Poder Ejecutivo procederá a la construcción del citado establecimiento, lo dotará de personal y equipamiento adecuado y efectuará las adecuaciones presupuestarias necesarias para dar cumplimiento a la ley;
Que comunicada la misma a este Poder Ejecutivo para su promulgación, fue remitida al análisis del Ministerio de Educación, dentro del plazo establecido en el Artículo 57° de la Constitución Provincial y en cumplimiento de los procedimientos fijados por el Decreto-Acuerdo N° 4000/86;
Que dicho Ministerio, en ejercicio de las responsabilidades que le competen según lo establecido en la Ley de Ministerios - N° 12817 - Artículo 27° - en particular inciso 2), ha propuesto el veto total de la citada Ley;
Que explica que por Decreto N° 1079/11 de fecha 13 de Junio de 2011 se creó en el ámbito del Ministerio de Educación una Escuela Secundaria en la ciudad de Casilda (B° Nueva Roma) – Departamento Caseros – identificada con el N° 575;
Que en pos del cumplimiento de este decreto, en articulación con las autoridades municipales, se inició la gestión para conseguir el terreno apropiado dentro del barrio mencionado para materializar la construcción de la Escuela Secundaria N° 575;
Que explica que el Municipio de Casilda desde 2012 comenzó los trámites de regularización del dominio a su favor de los terrenos propuestos para la construcción de la Escuela, culminando dicha gestión en octubre de 2013 con el dictado de la respectiva ordenanza y posterior inicio de los trámites de donación de dichos terrenos a la Provincia;
Que en la actualidad la Subsecretaría de Recursos Físicos y Logística se encuentra abocada en coordinación con las demás áreas del Ministerio de Educación al diseño del proyecto edilicio para la construcción de la Escuela. El terreno adquirido se encuentra ubicado en la manzana N° 26 del Sector C del Barrio Nueva Roma (entre las calles Formosa, Las Heras, Escalada y Alsina) denominado Lote A con 1128, 12 m2 y Lote 1 con 4512 m2.;
Que en este cuadro de situación se sanciona la Ley Registrada Bajo el N° 13369, a través de la cual la Legislatura Provincial crea una Escuela de Educación Primaria en idéntica localidad y en el mismo barrio que la Secundaria citada;
Que para la nueva creación que con la Ley N° 13369 se pretende, aún no están dadas las condiciones de análisis de viabilidad en cuanto a necesidad pedagógica y social, en directa relación con la oferta educativa existente en la zona. Tal hecho, la creación de una Escuela, merece poner en consideración innumerables variables que tienen que ver con la densidad poblacional del lugar donde estará enclavada y su potencial crecimiento demográfico, la oferta educativa existente en las zonas micro y macro y la matrícula existente así como su movilidad, las posibilidades de traslado de los alumnos de sus casas, entre otras cuestiones a valorar;
Que el Ministerio de Educación pone énfasis en que leyes como la que luce bajo análisis se constituyen en una mera expresión de voluntad, que debe luego hacer realidad y dar operatividad este Poder Ejecutivo, y que atentan contra el diseño de oferta educativa que lleva adelante dicha Cartera, se reitera, en ejercicio de las responsabilidades que le competen según lo establecido en la Ley de Ministerios - N° 12817 - Artículo 27° - en particular inciso 2);
Que además se destaca que este Poder Ejecutivo se ha reservado expresamente la decisión de creación de nuevos establecimientos, ello en el Artículo 14° - Párrafo 3° - del Decreto N° 916/08;
Que de conformidad con las atribuciones que se reconocen al Poder Ejecutivo en los Artículos 57 y 59 de la Constitución de la Provincia se procede al veto total de la Ley N° 13369;
POR ELLO:
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1º: Vétase totalmente el proyecto de Ley sancionada por la H. Legislatura en fecha 31 de octubre de 2013, recibida en el Poder Ejecutivo el día 8 de noviembre del mismo año, y registrada bajo el N° 13.369.
ARTICULO 2º: Devuélvase a la H. Legislatura con Mensaje de estilo.
ARTICULO 3º: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
BONFATTI
Claudia Balagué
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