REGISTRADA BAJO EL Nº 12665
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Autorízase
a la Comuna de Helvecia del departamento Garay a donar a la Secretaría de
Estado de Promoción Comunitaria - Dirección Provincial del Menor, la Mujer y la
Familia, un terreno, propiedad de la Administración Comunal de la localidad de
Helvecia, identificada como: Lote N° 1 (uno), del
Plano de Mensura N° 140411, -00000 de fecha 25 de
noviembre de 2005, confeccionado por el Ingeniero Geógrafo Roberto Bravo,
Dominio: Tomo 130, Folio 81, Número 11871, de fecha 04/03/2002 y que mide 30,77
m de frente por su lado Este, lindando con calle Senador Antille,
por igual contrafrente al Oeste, lindando con lote N°
1 del Plano de Mensura N° 134402, y 34,50 m. en su
lado Sur, lindando con calle Fray A. Rossi, por igual contra frente al Norte, lindando con lote N° 6 del Plano de Mensura N°
134402, y encerrando una superficie total de 1.061,56 m2.
ARTICULO 2.- La donación dispuesta en
el Artículo 1º se efectúa con el cargo de que se destine a la construcción de
un edificio donde desarrolle sus actividades habituales el Centro de Acción
Familiar N° 14, de acuerdo a lo dispuesto en la
Ordenanza N° 58 del año 2005 de la Comuna de
Helvecia.
ARTICULO 3.- La Donataria, tendrá a su cargo los gastos que
demande la presente donación.
ARTICULO 4.- Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA
LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS DOS DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE
DEL AÑO DOS MIL SEIS.
Edmundo Carlos Barrera
Presidente
Cámara de Diputados
María Eugenia Bielsa
Presidenta
Cámara de Senadores
Diego A. Giuliano
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
SANTA FE, 29 de noviembre de 2006
De conformidad a lo prescripto en el Artículo
57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en
el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín
Oficial.
Jorge Alberto Obeid
Gobernador de Santa Fe
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