Ente
Regulador de Servicios Sanitarios
RESOLUCION
Nro. 0399
SANTA FE, Noviembre 2003
AUTOS y VISTOS estos caratulados,
“COOPERATIVA DE LAS PAREJAS - Solicita se considere su situación dentro del art. 64 de la Ley 11220 - Fijación pautas diferenciales de
aplicación de normas de calidad” (Expte. Nro. 16501-0001172-2); y
CONSIDERANDO:
Que la Cooperativa de Créditos y Provisión
de Servicios Públicos de Las Parejas Ltda., prestadora del servicio en esa
localidad, que distribuye agua por red que no cumple con el Límite Obligatorio
fijado en el Anexo A de la Ley 11220 para los parámetros Residuo Seco a 180° C
y Sodio ni con los Límites Recomendados para los parámetros Sulfatos y
Alcalinidad, solicita se le acuerden pautas diferenciales según lo establecido
en el art. 64 de la Ley 11220;
Que la Gerencia de Control de Calidad,
informa que observada la calidad del agua, se encuentran fuera de las normas
vigentes, los siguientes parámetros:
Parámetro Concentración Límite
Recomendado Límite
Promedio en la red de Anexo A Obligatorio
Distribución Anexo A
Residuo 1560
mg/l 1000 1500
Seco a 180°
C
Sodio 490
mg/l 100 200
Sulfatos 390 mg/l 200 400
Alcalinidad 590 mg/l >30 y <200 -
Agrega que el Código Alimentario
Argentino no establece límites para los parámetros Sodio y Alcalinidad,
limitando los Residuos Secos a 180° C a 1500 mg/l y
Sulfatos a 400 mg/l.
Expresa que la Ley N°
11.220 no fija para el parámetro Alcalinidad Límite Obligatorio.
Pone de manifiesto que la O.M.S. establece para los Residuos Secos a 180° C un valor
guía de 1000 mg/l no basado en criterio sanitario,
agregando el Area interviniente
que, cuando la concentración de sales supera los 1200 mg/l
el sabor del agua se deteriora afectando además la preparación de los alimentos
e infusiones.
En cuanto al parámetro Sodio,
concentraciones superiores a 200 mg/l pueden afectar
el sabor; no habiendo la OMS fijado un valor guía basado en criterio
sanitarios, dado que no se ha podido llegar a una conclusión firme sobre la
relación entre el Sodio y la hipertensión arterial.
Agrega el Area
interviniente que actualmente el Servicio surte a la
población con agua que no cumple la normativa vigente, por lo que aconseja
solicitar al prestador la presentación dentro del plazo de 1 (un) año, de un
Plan de Mejoras y Desarrollo que le permita en un período no superior a 12
(doce) meses contados a partir de la presentación del citado plan, proveer agua
que cumpla con los Límites fijados en la Ley 11220.
Que la Coordinación Relaciones Otros
Prestadores (fs. 52 a 53) coincide con lo propuesto
por el Area Técnica; haciendo lo propio la Gerencia
de Asuntos Legales en su dictamen de fs. 54/54 vto.
Por ello, y en uso de las facultades
conferidas por el art. 26 Inciso K) y lo previsto en
el artículo 64 de la Ley 11220;
EL DIRECTORIO
DEL ENTE REGULADOR
DE SERVICIOS
SANITARIOS
RESUELVE:
ARTICULO PRIMERO: Requerir a la
Cooperativa de Créditos y Provisión de Servicios Públicos de Las Parejas Ltda.,
la presentación, dentro del plazo de 1 (un) año, de un Plan de Mejoras y
Desarrollo que le permita en un período no superior a 12 (doce) meses contados
a partir de la aprobación por este Ente Regulador del citado plan, proveer agua
que cumpla los Límites fijados en la Ley 11220.
ARTICULO SEGUNDO: Conceder al Prestador
hasta la expiración de los plazos acordados precedentemente, para los
parámetros que se consignan a continuación las siguientes pautas diferenciales:
PARAMETRO PAUTA DIFERENCIAL PLAZO
Sodio 490
mg/l 2
años
Residuo Seco a 1560 mg/l 2 años
180° C
Alcalinidad 580 mg/l 2 años
Sulfatos 390 mg/l 2
años
ARTICULO TERCERO: De no alcanzar con
las obras previstas y ejecutadas del PMD los límites fijados en la ley, el
prestador podrá solicitar nuevamente pautas diferenciales, si se dan
condiciones hidrogeológicas o económicas particulares en el servicio,
fundamentando dicho requerimiento en un estudio de fuente que justifique su
otorgamiento conforme a lo establecido en el art. 64
de la Ley 11220. En este último caso la calidad físico-química del agua deberá
cumplir con los Límites Obligatorios fijados en la ley pudiendo en caso de que
los estudios hidrogeológicos debidamente realizados y/o del tratamiento
seleccionado no alcancen dicho límite para el parámetro Sodio, admitirse en una
primera etapa hasta 450 mg/l. De no lograr al menos
dichos niveles deberá el prestador proveer 2 litros de agua por habitante por
día que cumpla con las normas de calidad vigentes.
ARTICULO CUARTO: Regístrese, dése cumplimiento a lo establecido por resol. 010/00 TC,
comuníquese al Prestador, publíquese en el Boletín Oficial. Hecho, archívese.
C.P.N. Ricardo A.
ARGENTI
Presidente
Ente Regulador de Serv.
Sanitarios
Ing. Qco. Jorge
A. HAMMERLY
Vicepresidente
Ente Regulador de Serv. Sanitarios
S/C 32438 Dic.
4 Dic. 9
_________________________________________
CAJA
DE ASISTENCIA SOCIAL
RESOLUCION DE
DIRECCION GENERAL Nro. 353
REF.: APROBANDO
PROGRAMACIONES DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE- CORRESPONDIENTES AL MES
DE DICIEMBRE DE 2003.
VISTO:
Las actuaciones obrantes en el
Expediente Nro. 00302-0049073-4 del registro de esta
Caja de Asistencia Social, mediante el cual se elevan para su aprobación las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la
Gerencia respectiva para el mes de DICIEMBRE de 2003; y,
CONSIDERANDO:
Que el proyecto de referencia prevé la
realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela y
Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires
de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos Especiales de Quiniela
de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de
Quiniela y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Lotería o Especiales de
Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de
Santa Fe, y Sorteos de Quiniela o Lotería de Montevideo;
Que a tal efecto se han tenido en
cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos
casos no comunicados oficialmente pero anticipadas telefónicamente por sus
funcionarios;
Que el día 08 de Diciembre de 2003, se
realizará únicamente el Sorteo de Quiniela Nocturna Nro.
6059, captándose apuestas para los Códigos de Lotería 1, 2, 3 y 4 que
corresponden a sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería
Provincia de Buenos Aires, Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe y Quiniela y/o
Lotería de Montevideo, respectivamente;
Que para los Sorteos Nros. 6058, 6064 y 6074 de Quiniela Nocturna, a realizarse
los días 6, 13 y 27 de Diciembre, los Códigos de Lotería 1 y 2 corresponderán a
Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Lotería Provincia de
Buenos Aires, en razón de no programarse para las citadas fechas sorteos de
Lotería;
Que para los Sorteos Nros. 6064 y 6074 de Quiniela Nocturna a realizarse los
sábados 13 y 27/12/03, en lo que respecta al Código de Lotería 3, se resolverá
mediante los resultados de Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería de Santa
Fe;
Que el Sorteo Nro.
2593 de Quiniela Vespertina a realizarse el día 20/12/03 se captarán apuestas
para el Código de Lotería 1 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería
Nacional - 5 cifras - 60 millares a realizarse a la hora 20.00;
Que en el Sorteo Nro.
6070 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán apuestas
para los Códigos de Lotería 1 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería
Nacional - 6 cifras - 300 millares), 2 (Sorteo Especial de Quiniela de Lotería
Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de
Santa Fe) y 4 (Quiniela de Montevideo). Los Organismos citados llevarán a cabo
sus sorteos a la hora 20.45, a excepción de Montevideo cuyo sorteo se realizará
a las 21.00 horas;
Que los días 24 y 31 de Diciembre de
2003, se realizarán únicamente los sorteos de Quiniela Matutina Nros. 1954 y 1958, captándose en ambos, apuestas para los
Códigos de Loterías 1, 2 y 3, correspondientes a sorteos de Quiniela de Lotería
Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteo Propio Quiniela de Santa
Fe, respectivamente;
Que el Sorteo Nro.
6076 de Quiniela Nocturna a realizarse el día martes
30 de Diciembre de 2003, se resolverá por los códigos de Loterías 1, 2, 3 y 4,
Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos
Aires y Extraordinarios de Fin de Año de Lotería de Santa Fe y Lotería de
Montevideo, respectivamente, abonándose los aciertos a tres (3) cifras 600
veces incluído el monto apostado;
Que también se programan Concursos
Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no
ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero
en efectivo, en todos sus premios;
Que el sorteo del Concurso Extra Nro. 605, se llevará a cabo en forma excepcional el día
viernes 26 de Diciembre, en su horario habitual, el que tendrá carácter
Extraordinario, otorgándose un primer premio de pesos diez mil $ 10.000) y un
premio estímulo para el Agenciero de pesos mil $ 1.000) para cada una de las
zonas;
Por todo ello, y de conformidad a la
facultad emergente del Decreto Acuerdo Nro. 1651/82
LA DIRECCION
GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL
R E S U E L V E
ARTICULO 1°.- Aprobar las
Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de DICIEMBRE
2003, obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente
Resolución.
ARTICULO 2°.- Disponer que para los
Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento de
Concursos Extras, previstas en la Resolución de Dirección General Nro. 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección
General Nro. 020/03, otorgándose la suma de pesos
cinco mil al primer premio, pesos mil al segundo premio, pesos quinientos al
tercer premio, pesos trescientos cincuenta al cuarto y quinto premio
respectivamente y pesos quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para
cada una de las zonas.
ARTICULO 3°.- Asignarle al sorteo del
Concurso Extra Nro. 605 de fecha 26/12/03, el
carácter de Extraordinario, otorgándose un primer premio de pesos diez mil ($
10.000) y un premio estímulo para el agenciero de pesos mil ($ 1.000) para cada
una de las zonas.
ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y
archívese
ENRIQUE ANGEL UCEDO
Director General
Caja de Asistencia Social
PROGRAMACION
SORTEOS DE
QUINIELAS
DICIEMBRE / 2003
|
|
|
|
Débitos |
Sorteo |
Fecha |
Loterías Intervinientes |
|
Hora Prescrip. Sta-Fe/Ros.
Interior |
|
|
|
|
|
1938 |
01/12/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
|
14.00 16/12/03 04/12/03 09/12/03 |
2579 |
01/12/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
|
17.30
16/12/03 04/12/03 09/12/03 |
6053 |
01/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
16/12/03 04/12/03 09/12/03 |
1939 |
02/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
17/12/03 05/12/03 09/12/03 |
2580 |
02/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
17/12/03 05/12/03 09/12/03 |
6054 |
02/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
17/12/03 05/12/03 09/12/03 |
1940 |
03/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00
18/12/03 09/12/03 10/12/03 |
2581 |
03/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
17.30
18/12/03 09/12/03 10/12/03 |
6055 |
03/12/03 |
1 NAC. 2 BS.AS.
3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
|
1941 |
04/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
19/12/03 10/12/03 10/12/03 |
2582 |
04/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
19/12/03 10/12/03 10/12/03 |
6056 |
04/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4- MONTEVIDEO |
21.00
19/12/03 10/12/03 10/12/03 |
1942 |
05/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
22/12/03 11/12/03 10/12/03 |
2583 |
05/12/03 |
1 NAC.
2BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
22/12/03 11/12/03 10/12/03 |
6057 |
05/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STAFE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
22/12/03 11/12/03 10/12/03 |
6058* |
06/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
22/12/03 11/12/03 10/12/03 |
6059* |
08/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
23/12/03 11/12/03 15/12/03 |
1943 |
09/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
24/12/03 12/12/03 15/12/03 |
2584 |
09/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
24/12/03 12/12/03 15/12/03 |
6060 |
09/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
24/12/03 12/12/03 15/12/03 |
1944 |
10/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
26/12/03 15/12/03 17/12/03 |
2585 |
10/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
26/12/03 15/12/03 17/12/03 |
6061 |
10/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
22.00
26/12/03 15/12/03 17/12/03 |
1945 |
11/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00
26/12/03 16/12/03 17/12/03 |
2586 |
11/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
26/12/03 16/12/03 17/12/03 |
6062 |
11/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
26/12/03 16/12/03 17/12/03 |
1946 |
12/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STAFE |
|
14.00
29/12/03 17/12/03 17/12/03 |
2587 |
12/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
17.30
29/12/03 17/12/03 17/12/03 |
6063 |
12/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4
MONTEVIDEO |
21.00
29/12/03 17/12/03 17/12/03 |
6064* |
13/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
29/12/03 17/12/03 17/12/03 |
1947 |
15/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00
30/12/03 18/12/03 22/12/03 |
2588 |
15/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
30/12/03 18/12/03 22/12/03 |
6065 |
15/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4
MONTEVIDEO |
21.00
30/12/03 18/12/03 22/12/03 |
1948 |
16/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
31/12/03 19/12/03 22/12/03 |
2589 |
16/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
31/12/03 19/12/03 22/12/03 |
6066 |
16/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4
MONTEVIDEO |
21.00
31/12/03 19/12/03 22/12/03 |
1949 |
17/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
02/01/04 22/12/03 24/12/03 |
2590 |
17/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
17.30
02/01/04 22/12/03 24/12/03 |
6067 |
17/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
22.00
02/01/04 22/12/03 24/12/03 |
1950 |
18/12/03 |
1 NAC. 2
BS. AS. 3 STA. FE |
|
14.00
02/01/04 23/12/03 24/12/03 |
2591 |
18/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
02/01/04 23/12/03 24/12/03 |
6068 |
18/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
02/01/04 23/12/03 24/12/03 |
1951 |
19/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
05/01/04 24/12/03 24/12/03 |
2592 |
19/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
05/01/04 24/12/03 24/12/03 |
6069 |
19/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
05/01/04 24/12/03 24/12/03 |
2593* |
20/12/03 |
1 NAC. |
|
20.00
05/01/04 24/12/03 24/12/03 |
6070* |
20/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
20.45
05/01/04 24/12/03 24/12/03 |
1952 |
22/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
06/01/04 26/12/03 29/12/03 |
2594 |
22/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
06/01/04 26/12/03 29/12/03 |
6071 |
22/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4
MONTEVIDEO |
21.00
06/01/04 26/12/03 29/12/03 |
1953 |
23/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
07/01/04 29/12/03 29/12/03 |
2595 |
23/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
07/01/04 29/12/03 29/12/03 |
6072* |
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1 NAC. 2
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24/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
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14.00
08/01/04 30/12/03 02/01/04 |
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26/12/03 |
1 NAC. 2
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14.00
12/01/04 02/01/04 02/01/04 |
2596 |
26/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
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17.30
12/01/04 02/01/04 02/01/04 |
6073 |
26/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
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12/01/04 02/01/04 02/01/04 |
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27/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
12/01/04 02/01/04 02/01/04 |
1956 |
29/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
14.00
13/01/04 02/01/04 05/01/04 |
2597 |
29/12/03 |
1 NAC.
2BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
13/01/04 02/01/04 05/01/04 |
6075 |
29/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
13/01/04 02/01/04 05/01/04 |
1957 |
30/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00
14/01/04 06/01/04 05/01/04 |
2598 |
30/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
|
17.30
14/01/04 06/01/04 05/01/04 |
6076* |
30/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA. FE |
4-
MONTEVIDEO |
21.00
14/01/04 06/01/04 05/01/04 |
1958* |
31/12/03 |
1 NAC. 2
BS.AS. 3 STA.FE |
|
14.00
15/01/04 06/01/04 07/01/04 |
Observaciones:
El día 08/12/03, se realizará
únicamente el sorteo nro. 6059 de Quiniela nocturna a
la hora 21.00, captándose apuestas para los códigos de Lotería 1 (sorteo
especial para Quiniela de Lotería nacional S.E.), 2
(sorteo especial para Quiniela de Lotería provincia de Buenos Aires), 3 (sorteo
propio Quiniela de Santa Fe) y 4 (Quiniela de Montevideo).
Sorteos nros.
6058,6064 y 6074 de Quiniela nocturna, a realizarse los días sábados 6, 13 y 27
de diciembre de 2003: los códigos de Lotería 1 y 2 corresponderán a sorteos
especiales de Quiniela de Lotería nacional y Lotería provincia de Buenos Aires,
en razón de no programarse para las citadas fechas sorteos de lotería.
Sorteos nros.
6064 y 6074 de Quiniela nocturna a realizarse los días sábados 13 y 27 de
diciembre de 2003, en lo que respecta al código de lotería 3- se resolverá
mediante los resultados de sorteos especiales de Quiniela de Lotería de Santa
Fe.
Sorteo nro.
2593 de Quiniela vespertina a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán
apuestas para el código de Lotería 1 (sorteo tradicional Lotería Nacional - 5
cifras -60 millares de la hora 20.00).
Sorteo nro.
6070 de Quiniela nocturna a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán apuestas
para los códigos de lotería 1 (La Grande de Nacional - 6 cifras - 300
millares), 2 (sorteo especial para quiniela de Lotería provincia de Buenos
Aires), 3 (sorteo Lotería de Santa Fe) y 4 (quiniela de Montevideo). Los
organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45, a excepción de
Montevideo cuyo sorteo se realizará a las 21.00 horas.
Los códigos de lotería 1 y 3
corresponderán a sorteos extraordinarios de Navidad.
Sorteo nro.
6072 de Quiniela nocturna: el Código de Lotería 2 corresponderá al sorteo
extraordinario de lotería provincia de Buenos Aires.
Los días 24 y 31 de diciembre de 2003,
se realizarán únicamente los sorteos nros. 1954 y 1958
de Quiniela matutina, resolviéndose ambos por los códigos de loterías 1, 2 y 3,
correspondientes a sorteos de quiniela de Lotería Nacional, Lotería provincia
de Buenos Aires y sorteo propio Quiniela de Santa Fe, respectivamente.
Sorteo nro.
6076 de Quiniela nocturna a realizarse el día martes
30 de 2003: los códigos de lotería 1, 2, 3 y 4, se resolverán mediante los
resultados de sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería
provincia de Buenos Aires, sorteos extraordinarios de Fin de año de Lotería de
Santa Fe y Lotería de Montevideo, respectivamente, abonándose los aciertos a
tres (3) cifras 600 veces incluído el monto apostado.
HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO
PREVISTOS PARA EL MES DE DICIEMBRE/03
Matutina Vespert. Nocturna
Lotería Nacional Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30
hs. 21.00
hs.
Sábados 21.00
hs.
Lotería Provincia de Buenos Aires Lunes a viernes 14.00 hs. 17.30 hs. 21.00 hs.
Sábados 21.00
hs.
Lotería de Montevideo Lunes a Sábados 21.00 hs,
Lotería de Santa Fe Lunes y Martes 14.00 hs. 17.30 hs.
21.00 hs.
miércoles 14.00
hs. 17.30
hs. 22.00
hs.
Jueves
y Viernes 14.00 hs.
17.30 hs.
21.00 hs.
Sábados 21.00
hs.
HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE
APUESTAS
QUINIELA
MATUTINA ON LINE: 13.30 hs.
OFF LINE: 13.15 hs.
QUINIELA VESPERTINA ON LINE: Cód. 1, 2 y 3 17.00
hs.
OFF
LINE: Cód. 1, 2 y 3 16.45 hs.
QUINIELA NOCTURNA: Lunes a Sábados ON LINE: 20.30
hs.
Cód.
1, 2, 3 y 4 OFF LINE: 20.15 hs.
HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE
APUESTAS
SABADO 20 DE DICIEMBRE DE 2003
SORTEO NRO. 2593 DE QUINIELA
VESPERTINA:
ON LINE: COD. LOT. 1 19.30 hs.
OFF LINE: COD. LOT. 1 16.45 hs.
SORTEO NRO. 6070 DE QUINIELA NOCTURNA:
ON LINE: COD. LOT. 1, 2, 3 y 4 20.15
hs.
OFF LINE: COD. LOT. 1, 2, 3 y 4 20.00 hs.
CONCURSOS EXTRAS
SORTEO |
FECHA |
PERIODO COMPRENDIDO |
|
|
|
602* |
03/12/03 |
21/11/03 al 27/11/03 |
|
|
|
603* |
10/12/03 |
28/11/03 al 04/12/03 |
|
|
|
604* |
17/12/03 |
05/12/03 al 11/12/03 |
|
|
|
605* EXTRAORDINARIO |
26/12/03 |
12/12/03 al 18/12/03 |
* Participan además los tickets no ganadores correspondientes a jugadas del período
inmediato anterior que no hubieran sido depositados en las urnas por los
señores apostadores.
DETALLE DE
PREMIOS
PARA CADA ZONA.
Primer premio: $ 5.000 (pesos
cinco mil)
Segundo premio: $ 1.000 (pesos
un mil)
Tercer premio: $ 500 (pesos
quinientos)
Cuarto premio: $ 350 (pesos
trescientos cincuenta)
Quinto premio: $ 350 (pesos
trescientos cincuenta)
Premio estímulo para agencieros: $ 500
(pesos quinientos)
Sorteo extraordinario nro. 605: Primer premio $ 10.000.-
Premio estímulo para agencieros $
1000.-
Se realizarán en sus horarios
habituales, ante Escribano Público, en la Sala de Sorteos de la Caja de
Asistencia Social - Lotería de Santa Fe - y serán transmitidos por Canal 13
Santa Fe de la Vera Cruz el correspondiente a Santa Fe y zona norte, y por
Canal 5 de la ciudad de Rosario el realizado para Rosario y zona sur.
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