picture_as_pdf 2003-12-04

Ente Regulador de Servicios Sanitarios

 

RESOLUCION Nro. 0399

 

SANTA FE, Noviembre 2003

AUTOS y VISTOS estos caratulados, “COOPERATIVA DE LAS PAREJAS - Solicita se considere su situación dentro del art. 64 de la Ley 11220 - Fijación pautas diferenciales de aplicación de normas de calidad” (Expte. Nro. 16501-0001172-2); y

CONSIDERANDO:

Que la Cooperativa de Créditos y Provisión de Servicios Públicos de Las Parejas Ltda., prestadora del servicio en esa localidad, que distribuye agua por red que no cumple con el Límite Obligatorio fijado en el Anexo A de la Ley 11220 para los parámetros Residuo Seco a 180° C y Sodio ni con los Límites Recomendados para los parámetros Sulfatos y Alcalinidad, solicita se le acuerden pautas diferenciales según lo establecido en el art. 64 de la Ley 11220;

Que la Gerencia de Control de Calidad, informa que observada la calidad del agua, se encuentran fuera de las normas vigentes, los siguientes parámetros:

 

Parámetro             Concentración     Límite Recomendado        Límite

Promedio en la red de       Anexo A  Obligatorio

Distribución                          Anexo A 

Residuo                1560 mg/l              1000       1500

Seco a 180°

C

 

Sodio     490 mg/l                100         200

Sulfatos 390 mg/l                200         400

Alcalinidad            590 mg/l                >30 y <200            -

 

Agrega que el Código Alimentario Argentino no establece límites para los parámetros Sodio y Alcalinidad, limitando los Residuos Secos a 180° C a 1500 mg/l y Sulfatos a 400 mg/l.

Expresa que la Ley 11.220 no fija para el parámetro Alcalinidad Límite Obligatorio.

Pone de manifiesto que la O.M.S. establece para los Residuos Secos a 180° C un valor guía de 1000 mg/l no basado en criterio sanitario, agregando el Area interviniente que, cuando la concentración de sales supera los 1200 mg/l el sabor del agua se deteriora afectando además la preparación de los alimentos e infusiones.

En cuanto al parámetro Sodio, concentraciones superiores a 200 mg/l pueden afectar el sabor; no habiendo la OMS fijado un valor guía basado en criterio sanitarios, dado que no se ha podido llegar a una conclusión firme sobre la relación entre el Sodio y la hipertensión arterial.

Agrega el Area interviniente que actualmente el Servicio surte a la población con agua que no cumple la normativa vigente, por lo que aconseja solicitar al prestador la presentación dentro del plazo de 1 (un) año, de un Plan de Mejoras y Desarrollo que le permita en un período no superior a 12 (doce) meses contados a partir de la presentación del citado plan, proveer agua que cumpla con los Límites fijados en la Ley 11220.

Que la Coordinación Relaciones Otros Prestadores (fs. 52 a 53) coincide con lo propuesto por el Area Técnica; haciendo lo propio la Gerencia de Asuntos Legales en su dictamen de fs. 54/54 vto.

Por ello, y en uso de las facultades conferidas por el art. 26 Inciso K) y lo previsto en el artículo 64 de la Ley 11220;

EL DIRECTORIO DEL ENTE REGULADOR

DE SERVICIOS SANITARIOS

RESUELVE:

ARTICULO PRIMERO: Requerir a la Cooperativa de Créditos y Provisión de Servicios Públicos de Las Parejas Ltda., la presentación, dentro del plazo de 1 (un) año, de un Plan de Mejoras y Desarrollo que le permita en un período no superior a 12 (doce) meses contados a partir de la aprobación por este Ente Regulador del citado plan, proveer agua que cumpla los Límites fijados en la Ley 11220.

ARTICULO SEGUNDO: Conceder al Prestador hasta la expiración de los plazos acordados precedentemente, para los parámetros que se consignan a continuación las siguientes pautas diferenciales:

 

PARAMETRO        PAUTA DIFERENCIAL        PLAZO

 

Sodio     490 mg/l                2 años

Residuo Seco a   1560 mg/l              2 años

180° C

Alcalinidad            580 mg/l                2 años

Sulfatos 390 mg/l                2 años

 

ARTICULO TERCERO: De no alcanzar con las obras previstas y ejecutadas del PMD los límites fijados en la ley, el prestador podrá solicitar nuevamente pautas diferenciales, si se dan condiciones hidrogeológicas o económicas particulares en el servicio, fundamentando dicho requerimiento en un estudio de fuente que justifique su otorgamiento conforme a lo establecido en el art. 64 de la Ley 11220. En este último caso la calidad físico-química del agua deberá cumplir con los Límites Obligatorios fijados en la ley pudiendo en caso de que los estudios hidrogeológicos debidamente realizados y/o del tratamiento seleccionado no alcancen dicho límite para el parámetro Sodio, admitirse en una primera etapa hasta 450 mg/l. De no lograr al menos dichos niveles deberá el prestador proveer 2 litros de agua por habitante por día que cumpla con las normas de calidad vigentes.

ARTICULO CUARTO: Regístrese, dése cumplimiento a lo establecido por resol. 010/00 TC, comuníquese al Prestador, publíquese en el Boletín Oficial. Hecho, archívese.

C.P.N. Ricardo A. ARGENTI

Presidente

Ente Regulador de Serv. Sanitarios

Ing. Qco. Jorge A. HAMMERLY

Vicepresidente

Ente Regulador de Serv. Sanitarios

S/C         32438    Dic. 4 Dic. 9

_________________________________________

 

CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

 

RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL Nro. 353

 

REF.: APROBANDO PROGRAMACIONES DE SORTEOS DE LA QUINIELA DE SANTA FE- CORRESPONDIENTES AL MES DE DICIEMBRE DE 2003.

 

VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nro. 00302-0049073-4 del registro de esta Caja de Asistencia Social, mediante el cual se elevan para su aprobación las Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por la Gerencia respectiva para el mes de DICIEMBRE de 2003; y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela y Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Provincia de Buenos Aires de lunes a viernes; de Quiniela Vespertina por Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, de Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteos Propios de Quiniela y de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Lotería o Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Lotería de Santa Fe, y Sorteos de Quiniela o Lotería de Montevideo;

Que a tal efecto se han tenido en cuenta las Programaciones de los respectivos Organismos Emisores, en algunos casos no comunicados oficialmente pero anticipadas telefónicamente por sus funcionarios;

Que el día 08 de Diciembre de 2003, se realizará únicamente el Sorteo de Quiniela Nocturna Nro. 6059, captándose apuestas para los Códigos de Lotería 1, 2, 3 y 4 que corresponden a sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe y Quiniela y/o Lotería de Montevideo, respectivamente;

Que para los Sorteos Nros. 6058, 6064 y 6074 de Quiniela Nocturna, a realizarse los días 6, 13 y 27 de Diciembre, los Códigos de Lotería 1 y 2 corresponderán a Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional y Lotería Provincia de Buenos Aires, en razón de no programarse para las citadas fechas sorteos de Lotería;

Que para los Sorteos Nros. 6064 y 6074 de Quiniela Nocturna a realizarse los sábados 13 y 27/12/03, en lo que respecta al Código de Lotería 3, se resolverá mediante los resultados de Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería de Santa Fe;

Que el Sorteo Nro. 2593 de Quiniela Vespertina a realizarse el día 20/12/03 se captarán apuestas para el Código de Lotería 1 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería Nacional - 5 cifras - 60 millares a realizarse a la hora 20.00;

Que en el Sorteo Nro. 6070 de Quiniela Nocturna a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán apuestas para los Códigos de Lotería 1 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería Nacional - 6 cifras - 300 millares), 2 (Sorteo Especial de Quiniela de Lotería Provincia de Buenos Aires), 3 (Sorteo Extraordinario de Navidad de Lotería de Santa Fe) y 4 (Quiniela de Montevideo). Los Organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45, a excepción de Montevideo cuyo sorteo se realizará a las 21.00 horas;

Que los días 24 y 31 de Diciembre de 2003, se realizarán únicamente los sorteos de Quiniela Matutina Nros. 1954 y 1958, captándose en ambos, apuestas para los Códigos de Loterías 1, 2 y 3, correspondientes a sorteos de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Sorteo Propio Quiniela de Santa Fe, respectivamente;

Que el Sorteo Nro. 6076 de Quiniela Nocturna a realizarse el día martes 30 de Diciembre de 2003, se resolverá por los códigos de Loterías 1, 2, 3 y 4, Sorteos Especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería Provincia de Buenos Aires y Extraordinarios de Fin de Año de Lotería de Santa Fe y Lotería de Montevideo, respectivamente, abonándose los aciertos a tres (3) cifras 600 veces incluído el monto apostado;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo, en todos sus premios;

Que el sorteo del Concurso Extra Nro. 605, se llevará a cabo en forma excepcional el día viernes 26 de Diciembre, en su horario habitual, el que tendrá carácter Extraordinario, otorgándose un primer premio de pesos diez mil $ 10.000) y un premio estímulo para el Agenciero de pesos mil $ 1.000) para cada una de las zonas;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto Acuerdo Nro. 1651/82

LA DIRECCION GENERAL DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

R E S U E L V E

ARTICULO 1°.- Aprobar las Programaciones de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” para el mes de DICIEMBRE 2003, obrantes en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.

ARTICULO 2°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones al Reglamento de Concursos Extras, previstas en la Resolución de Dirección General Nro. 402/02 y artículo 1° de la Resolución de Dirección General Nro. 020/03, otorgándose la suma de pesos cinco mil al primer premio, pesos mil al segundo premio, pesos quinientos al tercer premio, pesos trescientos cincuenta al cuarto y quinto premio respectivamente y pesos quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas.

ARTICULO 3°.- Asignarle al sorteo del Concurso Extra Nro. 605 de fecha 26/12/03, el carácter de Extraordinario, otorgándose un primer premio de pesos diez mil ($ 10.000) y un premio estímulo para el agenciero de pesos mil ($ 1.000) para cada una de las zonas.

ARTICULO 4°.- Regístrese, comuníquese y archívese

 

ENRIQUE ANGEL UCEDO

Director General

Caja de Asistencia Social

 

PROGRAMACION SORTEOS DE

QUINIELAS

DICIEMBRE / 2003

 

 

 

 

 

Débitos

Sorteo

Fecha

               Loterías Intervinientes

 

Hora Prescrip. Sta-Fe/Ros. Interior

 

 

 

 

 

1938

01/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 16/12/03 04/12/03 09/12/03

2579

01/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 16/12/03 04/12/03 09/12/03

6053

01/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

21.00 16/12/03 04/12/03 09/12/03

1939

02/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 17/12/03 05/12/03 09/12/03

2580

02/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 17/12/03 05/12/03 09/12/03

6054

02/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 17/12/03 05/12/03 09/12/03

1940

03/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00 18/12/03 09/12/03 10/12/03

2581

03/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

17.30 18/12/03 09/12/03 10/12/03

6055

03/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

 

1941

04/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 19/12/03 10/12/03 10/12/03

2582

04/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 19/12/03 10/12/03 10/12/03

6056

04/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 19/12/03 10/12/03 10/12/03

1942

05/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 22/12/03 11/12/03 10/12/03

2583

05/12/03

1 NAC. 2BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 22/12/03 11/12/03 10/12/03

6057

05/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STAFE

4- MONTEVIDEO

21.00 22/12/03 11/12/03 10/12/03

6058*

06/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 22/12/03 11/12/03 10/12/03

6059*

08/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 23/12/03 11/12/03 15/12/03

1943

09/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 24/12/03 12/12/03 15/12/03

2584

09/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 24/12/03 12/12/03 15/12/03

6060

09/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 24/12/03 12/12/03 15/12/03

1944

10/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 26/12/03 15/12/03 17/12/03

2585

10/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 26/12/03 15/12/03 17/12/03

6061

10/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

22.00 26/12/03 15/12/03 17/12/03

1945

11/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00 26/12/03 16/12/03 17/12/03

2586

11/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 26/12/03 16/12/03 17/12/03

6062

11/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 26/12/03 16/12/03 17/12/03

1946

12/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STAFE

 

14.00 29/12/03 17/12/03 17/12/03

2587

12/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

17.30 29/12/03 17/12/03 17/12/03

6063

12/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4 MONTEVIDEO

21.00 29/12/03 17/12/03 17/12/03

6064*

13/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 29/12/03 17/12/03 17/12/03

1947

15/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00 30/12/03 18/12/03 22/12/03

2588

15/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 30/12/03 18/12/03 22/12/03

6065

15/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4 MONTEVIDEO

21.00 30/12/03 18/12/03 22/12/03

1948

16/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 31/12/03 19/12/03 22/12/03

2589

16/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 31/12/03 19/12/03 22/12/03

6066

16/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4 MONTEVIDEO

21.00 31/12/03 19/12/03 22/12/03

1949

17/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 02/01/04 22/12/03 24/12/03

2590

17/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

17.30 02/01/04 22/12/03 24/12/03

6067

17/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

22.00 02/01/04 22/12/03 24/12/03

1950

18/12/03

1 NAC. 2 BS. AS. 3 STA. FE

 

14.00 02/01/04 23/12/03 24/12/03

2591

18/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 02/01/04 23/12/03 24/12/03

6068

18/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

21.00 02/01/04 23/12/03 24/12/03

1951

19/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 05/01/04 24/12/03 24/12/03

2592

19/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 05/01/04 24/12/03 24/12/03

6069

19/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 05/01/04 24/12/03 24/12/03

2593*

20/12/03

1 NAC.

 

20.00 05/01/04 24/12/03 24/12/03

6070*

20/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

20.45 05/01/04 24/12/03 24/12/03

1952

22/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 06/01/04 26/12/03 29/12/03

2594

22/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 06/01/04 26/12/03 29/12/03

6071

22/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4 MONTEVIDEO

21.00 06/01/04 26/12/03 29/12/03

1953

23/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 07/01/04 29/12/03 29/12/03

2595

23/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 07/01/04 29/12/03 29/12/03

6072*

23/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 07/01/04 29/12/03 29/12/03

1954*

24/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 08/01/04 30/12/03 02/01/04

1955

26/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 12/01/04 02/01/04 02/01/04

2596

26/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 12/01/04 02/01/04 02/01/04

6073

26/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

21.00 12/01/04 02/01/04 02/01/04

6074*

27/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

4- MONTEVIDEO

21.00 12/01/04 02/01/04 02/01/04

1956

29/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

14.00 13/01/04 02/01/04 05/01/04

2597

29/12/03

1 NAC. 2BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 13/01/04 02/01/04 05/01/04

6075

29/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 13/01/04 02/01/04 05/01/04

1957

30/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00 14/01/04 06/01/04 05/01/04

2598

30/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

 

17.30 14/01/04 06/01/04 05/01/04

6076*

30/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA. FE

4- MONTEVIDEO

21.00 14/01/04 06/01/04 05/01/04

1958*

31/12/03

1 NAC. 2 BS.AS. 3 STA.FE

 

14.00 15/01/04 06/01/04 07/01/04

 

Observaciones:

El día 08/12/03, se realizará únicamente el sorteo nro. 6059 de Quiniela nocturna a la hora 21.00, captándose apuestas para los códigos de Lotería 1 (sorteo especial para Quiniela de Lotería nacional S.E.), 2 (sorteo especial para Quiniela de Lotería provincia de Buenos Aires), 3 (sorteo propio Quiniela de Santa Fe) y 4 (Quiniela de Montevideo).

Sorteos nros. 6058,6064 y 6074 de Quiniela nocturna, a realizarse los días sábados 6, 13 y 27 de diciembre de 2003: los códigos de Lotería 1 y 2 corresponderán a sorteos especiales de Quiniela de Lotería nacional y Lotería provincia de Buenos Aires, en razón de no programarse para las citadas fechas sorteos de lotería.

Sorteos nros. 6064 y 6074 de Quiniela nocturna a realizarse los días sábados 13 y 27 de diciembre de 2003, en lo que respecta al código de lotería 3- se resolverá mediante los resultados de sorteos especiales de Quiniela de Lotería de Santa Fe.

Sorteo nro. 2593 de Quiniela vespertina a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán apuestas para el código de Lotería 1 (sorteo tradicional Lotería Nacional - 5 cifras -60 millares de la hora 20.00).

Sorteo nro. 6070 de Quiniela nocturna a realizarse en fecha 20/12/03, se captarán apuestas para los códigos de lotería 1 (La Grande de Nacional - 6 cifras - 300 millares), 2 (sorteo especial para quiniela de Lotería provincia de Buenos Aires), 3 (sorteo Lotería de Santa Fe) y 4 (quiniela de Montevideo). Los organismos citados llevarán a cabo sus sorteos a la hora 20.45, a excepción de Montevideo cuyo sorteo se realizará a las 21.00 horas.

Los códigos de lotería 1 y 3 corresponderán a sorteos extraordinarios de Navidad.

Sorteo nro. 6072 de Quiniela nocturna: el Código de Lotería 2 corresponderá al sorteo extraordinario de lotería provincia de Buenos Aires.

Los días 24 y 31 de diciembre de 2003, se realizarán únicamente los sorteos nros. 1954 y 1958 de Quiniela matutina, resolviéndose ambos por los códigos de loterías 1, 2 y 3, correspondientes a sorteos de quiniela de Lotería Nacional, Lotería provincia de Buenos Aires y sorteo propio Quiniela de Santa Fe, respectivamente.

Sorteo nro. 6076 de Quiniela nocturna a realizarse el día martes 30 de 2003: los códigos de lotería 1, 2, 3 y 4, se resolverán mediante los resultados de sorteos especiales de Quiniela de Lotería Nacional, Lotería provincia de Buenos Aires, sorteos extraordinarios de Fin de año de Lotería de Santa Fe y Lotería de Montevideo, respectivamente, abonándose los aciertos a tres (3) cifras 600 veces incluído el monto apostado.

 

HORARIOS DE SORTEOS DE CADA ORGANISMO PREVISTOS PARA EL MES DE DICIEMBRE/03

 

                                Matutina Vespert.                 Nocturna

 

Lotería Nacional  Lunes a viernes   14.00 hs.               17.30 hs.               21.00 hs.

                Sábados                                               21.00 hs.

Lotería Provincia de Buenos Aires  Lunes a viernes   14.00 hs.               17.30 hs.               21.00 hs.

                Sábados                                               21.00 hs.

Lotería de Montevideo        Lunes a Sábados                                               21.00 hs,

Lotería de Santa Fe            Lunes y Martes    14.00 hs.               17.30 hs.               21.00 hs.

                miércoles              14.00 hs.               17.30 hs.               22.00 hs.

                Jueves y Viernes 14.00 hs.               17.30 hs.               21.00 hs.

                Sábados                                               21.00 hs.

 

HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS

 

QUINIELA MATUTINA         ON LINE:                               13.30 hs.

                OFF LINE:                             13.15 hs.

QUINIELA VESPERTINA    ON LINE:               Cód. 1, 2 y 3          17.00 hs.

                OFF LINE:             Cód. 1, 2 y 3          16.45 hs.

 

QUINIELA NOCTURNA:     Lunes a Sábados               ON LINE:               20.30 hs.

                Cód. 1, 2, 3 y 4     OFF LINE:             20.15 hs.

 

HORARIOS DE CIERRES DE TRANSMISION DE APUESTAS

SABADO 20 DE DICIEMBRE DE 2003

 

SORTEO NRO. 2593 DE QUINIELA VESPERTINA:

 

ON LINE:               COD. LOT. 1         19.30 hs.

OFF LINE:             COD. LOT. 1         16.45 hs.

 

SORTEO NRO. 6070 DE QUINIELA NOCTURNA:

 

ON LINE:               COD. LOT. 1, 2, 3 y 4          20.15 hs.

OFF LINE:             COD. LOT. 1, 2, 3 y 4          20.00 hs.

 

CONCURSOS EXTRAS

 

SORTEO

FECHA

PERIODO COMPRENDIDO

 

 

 

602*

03/12/03

21/11/03 al 27/11/03

 

 

 

603*

10/12/03

28/11/03 al 04/12/03

 

 

 

604*

17/12/03

05/12/03 al 11/12/03

 

 

 

605* EXTRAORDINARIO

26/12/03

12/12/03 al 18/12/03

 

* Participan además los tickets no ganadores correspondientes a jugadas del período inmediato anterior que no hubieran sido depositados en las urnas por los señores apostadores.

 

DETALLE DE PREMIOS

 

PARA CADA ZONA.

 

Primer    premio:  $ 5.000  (pesos cinco mil)

Segundo               premio:  $ 1.000  (pesos un mil)

Tercer    premio:  $ 500      (pesos quinientos)

Cuarto    premio:  $ 350      (pesos trescientos cincuenta)

Quinto    premio:  $ 350      (pesos trescientos cincuenta)

 

Premio estímulo para agencieros: $ 500 (pesos quinientos)

 

Sorteo extraordinario nro. 605: Primer premio $ 10.000.-

 

Premio estímulo para agencieros $ 1000.-

 

Se realizarán en sus horarios habituales, ante Escribano Público, en la Sala de Sorteos de la Caja de Asistencia Social - Lotería de Santa Fe - y serán transmitidos por Canal 13 Santa Fe de la Vera Cruz el correspondiente a Santa Fe y zona norte, y por Canal 5 de la ciudad de Rosario el realizado para Rosario y zona sur.

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