MINISTERIO DE OBRAS PÚBLICAS Y
VIVIENDA
COMUNICADO
En los autos
identificados con el N° de Expte. 15201-0056578-6 por el que se tramita el
Recurso Revocatoria y apelación en subsidio interpuesto por el señor Raúl Sosa
(D.N.I. N° 14.337.282) y la Sra. Bernarda Nilda Espinosa (D.N.I. N°
14.093.026), con último domicilio conocido en Manzana 1 P.A. - Dpto. 12 (1D) -
Plan 0246 - Barrio Monseñor Zaspe - Santo Tomé - Dpto. La Capital, se ha
dispuesto publicar el presente edicto en el BOLETÍN OFICIAL a fin da notificar
la Resolución 433 de fecha 07 de setiembre de 2010 M.O.P.y V. cuya parte
resolutiva se transcribe a continuación: ARTICULO 1º: Declárase desierto el
recurso de Apelación en subsidio interpuesto por Señores Raúl Sosa, DNI Nº
14.337.282 y Bernarda Nilda Espinosa, DNI N° 14.093.026, con patrocinio
letrado, contra la Resolución N° 300 de fecha 5 de febrero de 1999 confirmada
por Resolución N° 2218 de fecha 7 de setiembre de 2005, ambas de la Dirección
Provincial de Vivienda y Urbanismo del Ministerio de Obras Públicas y Vivienda,
atento a lo expresado en los considerandos que anteceden. ARTICULO 2°:
Regístrese, comuníquese y archívese.
S/C 5371 Nov. 4 Nov. 5
__________________________________________
ADMINISTRACION FEDERAL DE
INGRESOS PUBLICOS
REMATE POR
JUANA M. B. ANGELONI
Por disposición de la
Administración Federal de Ingresos Públicos (ley 25.239) y con intervención del
Juzgado Federal Nro 2. Secretaria de Ejecuciones Fiscales de Santa Fe, se hace
saber por dos días, que en autos “FISCO NACIONAL (AFIP-RNSS) c/otro (Cuit
30-54636004-7) s/Ejec. Fiscal” Nº 1584/08, tramitados por ante el referido
Juzgado, se ha dispuesto que la Martillera Juana M. B. Angeloni (Cuit.
27-17815312-4), proceda a vender en pública subasta el día 12 de noviembre de
2010 a las 10,30 hs. en la sala de remates del Colegio de Martilleros calle 9
de Julio 1426 de la ciudad de Santa Fe o el día siguiente en el mismo horario y
lugar si aquel resultare inhábil, con la Base de $ 11.629,68.- se subastará el
100% de los inmuebles inscriptos al punto 1°) y 2°) del dominio Nº 030340 F°
2142 T° 0542 Par La Capital, partida API única 10-11-06-134073/0002-7. Se trata
de: 1°) un Lote de Terreno Baldío y Desocupado ubicado en la intersección de
dos Avenidas, Gorriti (al norte) esquina Av. Peñaloza (al oeste) de Santa Fe,
posee frente a ambas arterias. Sup. Terreno 251,67 mts.2. y 2°) casa
habitación, lindera al terreno del punto anterior ubicada sobre Av. Peñaloza
8374 de Santa Fe; consta de porch, dos dormitorios, cocina comedor, baño,
pasillo distribuidor y patio, estado general bueno. Superficie terr.
154,93 mts.2, sup. Edif. 82 mts.2.
Según constatación obrante en autos quien atiende en el lugar manifiesta
habitar el bien con su familia en calidad de préstamo, no consta contrato
escrito. El inmueble posee los servicios de luz, el agua es extraída de
perforación. Las avenidas referidas son asfaltadas y semaforizadas, pasan por
el lugar líneas de colectivos, es zona comercial y de escuelas. Visitas:
libre.- Condiciones: quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de la
subasta el 10% de seña y a cuenta del precio con más 3% de comisión de ley del
martillero, en caso de que esta
resultare inferior al mínimo legal se aplicará
dicho mínimo legal, todo en dinero efectivo y al contado, el saldo al
aprobarse la subasta. Los impuestos nacionales, provinciales, municipales y
servicios devengados a partir de la subasta serán a cargo del comprador así
también los gastos de transferencia del dominio. Se hace saber que el
adquirente deberá conformarse con las copias de los títulos obrantes en autos.
Edictos, por el término de ley en el Boletín Oficial y Diario El Litoral.
Mayores informes al 0342- 154060858 y/o Juzgado a cargo. Indispensable
concurrir el día de la subasta con documento de identidad.- Santa Fe,
noviembre de 2010.
S/C 117397 Nov. 4 Nov. 5
__________________________________________
Consejo de
Selección de
Vocales del
Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Santa Fe
Resolución N°
002
Santa Fe, “Cuna
de la Constitución Nacional”, 01-NOV-2010
VISTO:
El Decreto N°
3067/2008 y su modificatorio N° 1552/10 que reglamenta el mecanismo de
Selección de los Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, y
dispone la creación del Consejo de Selección a sus efectos; y
CONSIDERANDO:
Que el artículo
81° de la Constitución de la Provincia de Santa Fe prevé que los miembros del
Tribunal de Cuentas de la Provincia son nombrados por el Poder Ejecutivo con
acuerdo de la Asamblea Legislativa; Que el artículo 193° de la Ley N° 12510
establece que el Tribunal de Cuentas se integra con cinco (5) vocales, de los
cuales tres deben poseer título de Contador Público y dos el de Abogado;
Que en fecha 21
de octubre del 2010 se produjo la vacante de dos cargos de vocales Contadores
Públicos del Tribunal de Cuentas Provincial;
Que por
Resolución 552/10 de fecha 21 de septiembre del corriente año, el Señor
Ministro de Economía, siguiendo expresas instrucciones del Señor Gobernador de
la Provincia, procedió a solicitar la nómina de representantes de las entidades
profesionales y académicas, para que participen en la integración del Consejo
de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia;
Que a la fecha,
esta Presidencia ha recibido las designaciones efectuadas por las respectivas
instituciones y la aceptación de la invitación cursada a las personalidades de
reconocida trayectoria en el ámbito de la Administración Financiera y/o de
Control Gubernamental, y/o en el campo del Derecho Público, provincial,
nacional o internacional. Que por ende, están dadas las condiciones para
integrar el Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas y, en
consecuencia, realizar la convocatoria al concurso para conformar las ternas de
candidatos que serán elevadas al Poder Ejecutivo, a fin de cubrir las vacantes
más arriba señaladas;
Que tanto los
artículos 9°, 10°, 11° y el Anexo I del Decreto N° 3067/2008 modificado por su
similar N°1552/10, como los artículos 193° y 195° de la Ley N° 12.510
establecen los requisitos de inscripción que los Consejo de Selección de
Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe postulantes deberán
cumplimentar en este llamado a concurso;
Que la presente
se dicta en ejercicio de las facultades otorgadas por el artículo 4° incisos 2)
y 3), articulo 9º y siguientes de la mencionada reglamentación;
POR ELLO:
EL PRESIDENTE
DEL CONSEJO DE SELECCIÓN DE VOCALES
DEL TRIBUNAL DE
CUENTAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
R E S U E L V E:
ARTÍCULO 1° :
Convocatoria. Llámese a concurso para la selección de una terna, a fin de cubrir
los cargos vacantes de Vocales Contadores Públicos del Tribunal de Cuentas de
la Provincia de Santa Fe.
ARTÍCULO 2° :
Composición del Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la
Provincia:
- Intégrese el
Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de
Santa Fe con los siguientes miembros:
Presidente: C.P.
Ángel José Sciara (Ministro de Economía de la Provincia de Santa Fe)
Secretario: Dr.
Diego Emilio Echen (Secretario Legal y Técnico del Ministerio de Gobierno y
Reforma del Estado de la Provincia de Santa Fe)
Personalidad de
reconocida trayectoria en el ámbito de la Administración Financiera y/o de
Control Gubernamental, y/o en el campo del Derecho Público, provincial,
nacional o internacional
- C.P.N. Marcos
Makon (titular)
- C.P.N. José
Alberto Bonifacio (suplente)
Representantes
de la Facultad de Ciencias Económicas de la Universidad Nacional del Litoral:
- C.P.N. Carlos
Alfredo Tomati (titular)
- C.P.N. Norma
del Carmen Zandomeni (suplente)
Consejo de
Selección de Vocales del
Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Santa Fe
Representantes
de la Facultad de Ciencias Económicas y Estadísticas de la Universidad Nacional
de Rosario:
- C.P.N. Edmundo
Virgolini (titular)
- C.P.N. Javier
Ganem (suplente)
Representantes
del C onsejo Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe
-Cámara I:
- C.P.N.
Guillermo Alberto Puebla (titular)
- C.P.N. Aida
Guadalupe Naumiak (suplente)
Por el Consejo
Profesional de Ciencias Económicas de la Provincia de Santa Fe -Cámara II:
- C.P.N. Nilda
Nasca (titular)
- C.P.N. Roberto
Carlos Rollandi (suplente)
ARTÍCULO 3° :
Lugar de recepción de las solicitudes de inscripción y antecedentes:
La inscripción
se deberá llevar a cabo a través del sitio web oficial de la Provincia: www.santafe.gov.ar
> Convocatorias > Concurso de Vocales del Tribunal de Cuentas, en el cuál
podrá obtenerse la ficha de inscripción correspondiente la que deberá
presentarse junto con los antecedentes debidamente documentados, en la
“Subsecretaría General del Ministerio de Economía” (Oficina 133), sita en calle
3 de Febrero N° 2649 - Casa de Gobierno - 1° piso - Santa Fe (S3000DEE).
Teléfonos: 0342-4573564/5/6 (Internos 1240/1). E-mail:
seleccionvocalestcp@santafe.gov.ar
ARTÍCULO 4° :
Fecha y horario de inicio y finalización de la recepción de solicitudes:
La recepción de
las solicitudes de inscripción se realizará desde el martes 9 hasta el martes
30 de noviembre inclusive del corriente año, en días hábiles administrativos
durante el horario de 08:00 a 17:00 horas.
ARTÍCULO 5° :
Requisitos de Inscripción:
A los efectos de
la inscripción al Procedimiento de Selección, los candidatos deberán cumplir
con las siguientes exigencias:
I. Requisitos de
inscripción:
a) Título de
Contador Público.
Consejo de
Selección de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe
b) Ser argentino
nativo o por opción;
c) Tener treinta
(30) años de edad como mínimo y cinco (5) años de antigüedad
mínima en el
título;
d) Tener
domicilio real en la Provincia.
II. No pueden
ser vocales del Tribunal de Cuentas:
a) Los
inhabilitados judicialmente, los inhibidos y los declarados incapaces;
b) Los que se
encuentren procesados por delitos dolosos;
c) Los
condenados por delito doloso. Este impedimento se extenderá por el término de
la pena y otro tanto;
d) Los fallidos
no rehabilitados;
e) Los que hayan
desempeñado cargos, en los últimos dos años inmediatos anteriores a su
designación, cuyas funciones sean materia de contralor por parte del Tribunal
de Cuentas y que manifiestamente los coloquen en estado de incompatibilidad.
III.En la
solicitud de inscripción los postulantes deberán indicar los datos que se
enumeran en el Anexo I del Decreto N° 3067/2008:
1. Datos
personales y familiares:
a) Nombres y
apellidos completos del postulante.
b) Domicilio
real y legal, número de teléfono, fax y dirección de correo electrónico, si los
tuviere.
c) Lugar y fecha
de nacimiento.
d) Si es
argentino nativo ó naturalizado. En este último caso, fecha, y autoridad que
otorgó la naturalización.
e) Tipo y número
de documento de identidad.
f) Estado civil.
g) Nombres y
apellidos completos de los padres, y en su caso, del cónyuge y de los hijos.
h) Los
profesionales que se desempeñen o se hubieren desempeñado en el ejercicio libre
de la profesión, deberán agregar una constancia del o de los Tribunales de
Disciplina de los entes encargados de regular la matrícula Consejo de Selección
de Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe profesional
donde se encuentren matriculados que acredite que no se le aplicaron sanciones
disciplinarias, o sobre las sanciones disciplinarias que se le hubiesen
aplicado en los últimos diez (10) años en el ejercicio profesional, con
indicación de fecha y motivo.
i) Los
postulantes que se desempeñen o se hubieran desempeñado en la Administración
Pública Nacional, Provincial o Municipal, los Poderes Judiciales de la Nación,
de las Provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán agregar un
certificado expedido por la autoridad competente, sobre los antecedentes que
registra su legajo personal en cuanto a fecha de ingreso y, en su caso, de
egreso; cargos desempeñados; licencias extraordinarias concedidas en los
últimos 5 (cinco) años y constancia que no se le aplicaron sanciones
disciplinarias, o sobre las sanciones disciplinarias que se le hubieren
aplicado en los últimos diez (10) años, indicando fecha y motivo.
j) Acreditación
de los requisitos exigidos por la Constitución Provincial, las leyes
respectivas y no estar incluido dentro de lo preceptuado en el Artículo 195° de
la Ley 12510, por declaración jurada.
k) Empresas
comerciales de las que forme parte, o en las que tiene intereses y asociaciones
civiles, fundaciones y/o cualquier otra persona de existencia ideal de la que
participe o integre de cualquier modo.
l) Declaración
jurada acerca de la existencia de parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad y/o la existencia de cónyuges, aunque
estén divorciados, en la Administración Pública Provincial y sus organismos
descentralizados y/o el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe.
ll) Informe del
Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal dependiente del
Ministerio de Justicia de la Nación, o la institución que en el futuro cumpla
sus mismas funciones.
m) Declaración
jurada respecto de la existencia o no de procesamientos firmes o condenas por
delitos dolosos en cualquier tribunal federal o provincial del país o del
extranjero.
n) Informe del
Registro pertinente con competencia en el domicilio del postulante respecto a
los Concursos y Quiebras, sobre la existencia o inexistencia de concursos o
quiebras decretadas en la persona del postulante, ya sea en forma individual o
como integrante de órganos directivos de una o más personas de existencia
ideal.
ñ) Domicilio y
número de fax o dirección de correo electrónico que constituye a los efectos
del concurso, en los que acepta expresamente la validez de las notificaciones
que el Consejo le curse. Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Santa Fe
o) Informe
relativo al cumplimiento de obligaciones impositivas expedido por la
Administración Provincial de Impuestos y la Administración Federal de Ingresos
Públicos.
p) Informe
expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
2. Antecedentes
científicos y profesionales.
a) Título de
Abogado o Contador Público, según se requiera en el puesto que se concursa.
Antigüedad y estado de la matrícula, mediante certificado expedido por la
institución que corresponda. Fecha de obtención del título y fecha de
matriculación en el Colegio Profesional o Consejo Profesional.
b) Estudios
cursados: Otros títulos universitarios de grado, postgrado o doctorado y en
general todos aquellos estudios cursados con vinculación al cargo al que se
aspira. Otros estudios, si lo considera conveniente, que tengan relación con el
cargo al que aspira. Sólo se consignarán los estudios que el interesado pueda
comprobar con la certificación pertinente.
c) Empleos o
funciones desempeñadas de cualquier clase (pública o privada, honoraria o
rentada, por designación o elección). Se indicará el término y el carácter
(titular, suplente, interino, subrogante o contratado); ascensos y causas de
cese.
d) Libros
publicados, debiendo acompañar además fotocopia de la portada, del índice, y
del pie de imprenta e inscripción en el ISBN de cada uno. Cuando se trate de
artículos publicados, agregará fotocopia de los mismos e indicará año,
editorial, obra, página y/o tomo en que aparecieron.
e) Nómina de las
conferencias pronunciadas o mesas redondas en las que haya participado, con
certificación de fecha, lugar e institución patrocinante.
f) Congresos,
jornadas, seminarios, simposios o cualquier otro evento científico o técnico en
que haya participado, indicando, en su caso, el carácter en que intervino,
fecha en los que tuvieron lugar, la institución patrocinante, el tema
desarrollado y los trabajos o ponencias presentados que guarden relación con la
función o cargo a cubrir.
g) Premios,
distinciones académicas, menciones honoríficas u otros reconocimientos
recibidos.
h) Ejercicio de
la Docencia Universitaria: cargos desempeñados, categoría, antigüedad,
especificando modo de designación, período, Universidad y cualquier otro dato
que pueda resultar de interés.
i) Los Abogados
o Contadores Públicos, que se desempeñen o se hubieran desempeñado en el
ejercicio libre de la profesión, o en relación de dependencia con entidades
públicas o privadas, podrán agregar certificados Consejo de Selección de
Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe de empleo o
funciones de las sociedades, asociaciones o instituciones comerciales o
civiles, en las que haya desempeñado actividades vinculadas al campo de su
profesión. Podrán acompañar además, copia de sus escritos, ensayos o proyectos
que consideren más importantes, hasta un número máximo de 10 (diez).
j) Becas,
pasantías o similares obtenidas en el país o en el extranjero.
k) Trabajos de
investigación que hubiere realizado o en los que hubiese participado.
l) Instituciones
científicas o profesionales a las que pertenece, con indicación de nombre,
domicilio, carácter de la institución, calidad que inviste en ella y cargos
desempeñados.
ll) Iniciativas
y obras de interés social en que intervenga o haya intervenido, según se
acredite fehacientemente.
m)Todo otro
antecedente que considere valioso.
ARTÍCULO 6° :
Apruébese el “Formulario de Inscripción”, y su correspondiente Instructivo que como Anexo I forma parte
integrante de la presente, cuyos términos, condiciones y formas deberán ser debidamente
cumplimentadas por los candidatos a los fines de su inscripción al concurso.
ARTÍCULO 7° :
Notifíquese a los miembros del Consejo de Selección de Vocales del Tribunal de
Cuentas, a las Facultades de Ciencias Económicas y los Consejos Profesionales
de Ciencias Económicas de la Provincia, para su conocimiento y a los fines de
dar a conocer el presente llamado a concurso, de acuerdo a lo establecido en el
artículo 10°, 2° párrafo del Decreto N° 3067/2008 modificado por su similar N°
1552/10.
ARTÍCULO 8° :
Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Fdo.: Angel José
Sciara
Pte. del Consejo
de Selección de Tribunal de Cuentas
FORMULARIO DE
INSCRIPCIÓN E INSTRUCTIVO CONCURSO
para cubrir
vacantes de
VOCALES DEL
TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
APELLIDO Y
NOMBRE
CARGO PARA EL
QUE SE POSTULA
VOCAL CONTADOR
PÚBLICO
INSTRUCTIVO
01.- La
inscripción se podrá llevar a cabo a través del sitio web oficial de la
Provincia: www.santafe.gov.ar > Convocatorias > Concurso de Vocales del
Tribunal de Cuentas. Una vez que los datos sean cargados y enviados, se deberá
imprimir el Formulario de Inscripción, el que deberá presentarse junto con los
antecedentes debidamente documentados. La inscripción se entenderá exitosa
cuando se remita a su dirección de correo electrónico denunciada, el número de
la Constancia de inscripción.
02.- Se deberá
completar el Formularios de Datos Personales (I)
03.- Los
candidatos deberán foliar y firmar todas las hojas, debiendo indicar en los
Índices de Presentación de Documental (II) y de Antecedentes (III o en la
impresión de la Inscripción “on line”) el número de folio en el que se
encuentra cada una de las constancias.
04.- Se deberán
completar y firmar todas las Declaraciones Juradas, realizando al pie de las
mismas las aclaraciones que estimen corresponder.
05.- Una vez
cumplimentadas con las pautas previamente establecidas, deberá encarpetarse o
abrocharse de tal manera que las hojas no queden sueltas.
06.- Los
antecedentes y datos solicitados al postulante y/o aquellos que en forma
adicional este pudiere aportar, deberán ser consignados en el presente
formulario de inscripción en original y copia simple, debiendo asimismo cada
candidato acreditar documentalmente dichos antecedentes y/o datos acompañando
los originales pertinentes y/o fotocopia de los mismos debidamente certificada
por los órganos y/o sujetos enunciados en el punto 08.-
07.- Las
solicitudes de inscripción y antecedentes serán recepcionadas desde el día 09
al 30 de Noviembre de 2010 inclusive, los días hábiles administrativos en el
horario de 08:00 a 17:00 horas, en la Subsecretaría General del Ministerio de
Economía (Oficina 133), sita en calle 3 de Febrero N° 2649 - Casa de Gobierno -
1° piso - Santa Fe (S3000DEE).
08.- Toda
documentación presentada en fotocopia, deberá estar debidamente certificada por
la institución emisora, por tribunales provinciales o federales, juzgados
comunales o escribanos públicos.
09.- Los datos
suministrados en este formulario, así como la documentación acompañada tienen
carácter de declaración jurada, su falsedad total o parcial implicará la
automática exclusión del postulante (art. 11 del decreto N° 3067/08).
10.-El inscripto
acepta expresamente la validez de las notificaciones realizadas al domicilio
legal, fax o dirección de correo electrónico constituidos a los efectos del
concurso, en el formulario de datos personales, (Decreto N° 3067/08, Anexo I,
Punto 1, Inciso ñ).
11.- El
inscripto declara conocer la Resolución N° 002/10 del Consejo de Selección de
Vocales del Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe, que convoca al
presente concurso, y acepta los términos de la misma.
II -
PRESENTACIÓN DE DOCUMENTAL
Cód. Descripción
Folios a) Fotocopia del documento de identidad: 1°, 2° hoja y la relativa al
último cambio de domicilio.
b) Los
profesionales que se desempeñen o se hubieren desempeñado en el ejercicio libre
de la profesión, deberán agregar una constancia del o de los Tribunales de
Disciplina de los entes encargados de regular la matrícula profesional donde se
encuentren colegiados o que acrediten que no se le aplicaron sanciones
disciplinarias, o informe sobre las sanciones disciplinarias que se le hubiesen
aplicado en los últimos diez (10) años en el ejercicio profesional, con
indicación de fecha y motivo.
c) Los postulantes
que se desempeñen o se hubieran desempeñado en la Administración Pública
Nacional, Provincial o Municipal, los Poderes Judiciales de la Nación, de las
Provincias o de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, deberán agregar un
certificado expedido por la autoridad competente, sobre los antecedentes que
registra su legajo personal en cuanto a fecha de ingreso y, en su caso, de
egreso; cargos desempeñados; licencias extraordinarias concedidas en los
últimos 5 (cinco) años y constancia que no se le aplicaron sanciones
disciplinarias, o sobre las sanciones disciplinarias que se le hubieren
aplicado en los últimos diez (10) años, indicando fecha y motivo.
d) Acreditación
de los requisitos exigidos por la Constitución Provincial, las leyes
respectivas y no estar incluido dentro de lo preceptuado en el Artículo 195° de
la Ley 12510, por DECLARACIÓN JURADA (1)
e) Empresas
comerciales de las que forme parte, o en las que tiene intereses y asociaciones
civiles, fundaciones y/o cualquier otra persona de existencia ideal de la que
participe o integre de cualquier modo.
f) DECLARACIÓN
JURADA (2) acerca de la existencia de parientes dentro del cuarto grado de
consanguinidad o segundo de afinidad y/o la existencia de cónyuges, aunque
estén divorciados, en la Administración Pública Provincial y sus organismos
descentralizados y/o el Tribunal de Cuentas de la Provincia de Santa Fe
g) Informe del
Registro Nacional de Reincidencia y Estadística Criminal, dependiente del
Ministerio de Justicia de la Nación
h) DECLARACIÓN
JURADA (3) respecto de la existencia o no de procesamientos firmes o condenas
por delitos dolosos en cualquier tribunal federal o provincial del país o del
extranjero.
i) Informe del
Registro pertinente con competencia en el domicilio del postulante respecto a
los Concursos y Quiebras, sobre la existencia o inexistencia de concursos o
quiebras decretadas en la persona del postulante, ya sea en forma individual o
como integrante de órganos directivos de una o más personas de existencia ideal
j) Informe
relativo al cumplimiento de obligaciones impositivas expedido por la
Administración Provincial de Impuestos y de la Administración Federal de
Ingresos Públicos.
k) Informe
expedido por el Registro de Deudores Alimentarios Morosos.
DECLARACIÓN
JURADA (1)
Lugar y fecha: .
Al Consejo de
Selección de Vocales del
Tribunal de
Cuentas de la
Provincia de
Santa Fe
Quien suscribe,
…..…………………………………..., tipo y
Nro. de
documento …………………..…, declara bajo Juramento no
encontrarse
incluido en los impedimentos establecidos en el artículo 195 del
la ley 12.510,
no hallándose inhabilitado judicialmente, inhibido, ni declarado
incapaz;
procesado por delitos dolosos; condenado por delito doloso, o, en
su caso, que de
haberlo sido, ha transcurrido desde la finalización de la
pena un plazo
igual a ésta y otro tanto; no ser fallido no rehabilitado; ni
haber
desempeñado cargos en los últimos dos años, cuyas funciones sean
materia de
contralor por parte del Tribunal de Cuentas y que
manifiestamente
me coloquen en estado de incompatibilidad.
Atentamente.
____________________________________
Firma
DECLARACIÓN
JURADA (2)
Lugar y fecha: .
Al Consejo de
Selección de Vocales del
Tribunal de
Cuentas de la
Provincia de
Santa Fe
Quien suscribe,
…..…………………………………..., tipo y
Nro. de
documento …………………..…, declara bajo Juramento la
inexistencia de
parientes dentro del cuarto grado de consanguinidad o
segundo de
afinidad y/o cónyuge, aunque estuviere divorciado, en la
Administración
Pública Provincial y sus organismos descentralizados y/o el
Tribunal de
Cuentas de la Provincia de Santa Fe.
Atentamente.
____________________________________
Firma
DECLARACIÓN
JURADA (3)
Lugar y fecha: .
Consejo de
Selección de Vocales del
Tribunal de
Cuentas de la
Provincia de
Santa Fe
Quien suscribe,
…..…………………………………..., tipo y N°
de
documento…………………..…, declara bajo Juramento, de conformidad
a lo dispuesto
por el Decreto N° 3067/08, Anexo I, Punto 1°, inciso m, la no
existencia de
procesamientos firmes o condenas por delitos dolosos en
cualquier
tribunal federal o provincial del país o del extranjero.
Atentamente.
___________________________________
Firma