picture_as_pdf 2009-11-04

REGISTRADA BAJO EL Nº 13026


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

SANCIONA CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Amenábar, Departamento General López, una fracción de terreno ubicada en el citado distrito sobre Ruta Nacional Nº 33 S/Nº, cuya superficie es de 10.000 m2. El dominio figura inscripto a nombre del Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe, al Tomo 21, Folio 480, Número 25966 en la Sección Propiedades del Registro General Rosario; Partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-31-00-385916/0002.

ARTÍCULO 2.- La donación dispuesta en el Artículo anterior se destinará a la construcción de viviendas de emergencia y granja comunitaria.

ARTÍCULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la donataria.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2108


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 27 OCT 2009

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.026 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Antonio Juan Bonfatti

3842

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