REGISTRADA BAJO EL Nº 13026
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA
SANCIONA CON FUERZA DE
LEY:
ARTÍCULO 1.- Dónase a la Comuna de Amenábar, Departamento General López, una fracción de terreno ubicada en el citado distrito sobre Ruta Nacional Nº 33 S/Nº, cuya superficie es de 10.000 m2. El dominio figura inscripto a nombre del Superior Gobierno de la provincia de Santa Fe, al Tomo 21, Folio 480, Número 25966 en la Sección Propiedades del Registro General Rosario; Partida Impuesto Inmobiliario Nº 17-31-00-385916/0002.
ARTÍCULO 2.- La donación dispuesta en el Artículo anterior se destinará a la construcción de viviendas de emergencia y granja comunitaria.
ARTÍCULO 3.- La totalidad de los gastos que demande la presente donación serán a cargo de la donataria.
ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.
Eduardo Alfredo Di Pollina
Presidente
Cámara de Diputados
Griselda Tessio
Presidenta
Cámara de Senadores
Lisandro Rudy Enrico
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Diego A. Giuliano
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 2108
SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 27 OCT 2009
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
VISTO:
La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.026 efectuada por la H. Legislatura;
DECRETA:
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-
BINNER
Antonio Juan Bonfatti
3842
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