picture_as_pdf 2009-11-04

REGISTRADA BAJO EL Nº 13025


LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA

CON FUERZA DE

LEY:


ARTÍCULO 1º.- Modifícanse los Artículos 1 y 2 de la Ley Nº 12.109, los que quedarán redactados de la siguiente manera:

"Artículo 1.- Dónase a la Comuna de Clason, Departamento Iriondo, los inmuebles propiedad del Superior Gobierno de la Provincia ubicados en el citado distrito, que se describen a continuación:

a) Lote identificado como polígono C, parcela 42, Partida Impuesto Inmobiliario 186953/0000, con una superficie de 11660 m2, cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General al Tomo 17, Folio 122, Número 12555, departamento Iriondo.

b) Parte de la Manzana 13, Partida Impuesto Inmobiliario 14-01-00940159/0000, con una superficie de 5830 m2 cuyo dominio se encuentra inscripto en el Registro General al Tomo 17, Folio 122, Número 12555, departamento Iriondo."

Artículo 2.- Efectivizada la transferencia a favor de la Comuna de Clason, autorízase a la misma a permutar dichos inmuebles por otros de propiedad del señor Ovidio Ismael Pissinis, D.N.I. 6.034.391, inscriptos en el Registro General al Tomo 219, Folio 66, Nº 134424 en fecha 26/07/1988, Departamento Iriondo e identificados como:

a) lotes 108 y 109, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 186921/00 superficie según título 4664 m2;

b) lotes 23 y 24, Partida Impuesto Inmobiliario Nº 186922/00, superficie según título 10.482,34 m2 cada uno.

ARTÍCULO 2º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS QUINCE DÍAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL NUEVE.

Eduardo Alfredo Di Pollina

Presidente

Cámara de Diputados

Griselda Tessio

Presidenta

Cámara de Senadores

Lisandro Rudy Enrico

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

Diego A. Giuliano

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores


DECRETO Nº 2107


SANTA FE, “Cuna de la Constitución Nacional”, 27 OCT 2009

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

VISTO:

La aprobación de la Ley que antecede Nº 13.025 efectuada por la H. Legislatura;

DECRETA:

Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes corresponde observarla y hacerla observar.-

BINNER

Antonio Juan Bonfatti

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