REGISTRADA BAJO EL Nº 12156
LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE
SANCIONA CON FUERZA DE
L E Y :
ARTICULO 1º - Dónase a la Comuna de Garabato,
departamento Vera, tres fracciones de terreno ubicadas en la localidad de Pozo
de Los Indios, Distrito Garabato, identificadas como Manzana N° 4, Partida Impuesto Inmobiliario N°
02-11-01-007800/0193, Superficie 8.833,20 metros cuadrados, Manzana N° 5, Partida Impuesto Inmobiliario N°
02-11-01-007800/0192, Superficie 6.652,40 metros cuadrados y Manzana N° 8, Partida Impuesto Inmobiliario N°
02-11-01-007800/0189, Superficie 8.000 metros cuadrados, todas del Plano N° 57453/70, propiedad del Superior Gobierno de la
Provincia, Dominio inscripto al N° 25950, Tomo 98,
Folio 586, año 1966 del Registro General de la Propiedad.
ARTICULO 2º - La donación a que refiere el Artículo 1° de la presente ley,
se realiza con el cargo de que la Comuna los destine a la construcción de
planes de viviendas y otras obras públicas.
ARTICULO 3º - Comuníquese al Poder
Ejecutivo.
DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE,
A LOS NUEVE DIAS DEL MES DE OCTUBRE DEL AÑO DOS MIL TRES.
Alberto Nazareno Hammerly
Presidente
Cámara de Diputados
Marcelo Muniagurria
Presidente
Cámara de Senadores
Avelino Lago
Secretario Parlamentario
Cámara de Diputados
Ricardo Paulichenco
Secretario Legislativo
Cámara de Senadores
DECRETO Nº 3525
SANTA FE, 29 oct 2003
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
V I S T O :
La aprobación de la Ley que antecede Nro. 12.156
efectuada por la H. Legislatura;
D E C R E T A :
Promúlgase como Ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el
sello oficial, publíquese en el Boletín Oficial, cúmplase por todos a quienes
corresponde observarla y hacerla observar.-
REUTEMANN
Carlos Alberto Carranza
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