DIRECCION PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPOSICIÓN Nº 0005
SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional", 31 AGO 2015
VISTO:
El expediente N° 02001-0027328-7 del Sistema de Información de Expedientes, por el que la Asociación Comunitaria "RALAGAY YOGOÑI" de la etnia QOM, de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, solicita su inscripción en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes (R.E.C.A.) dependiente del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de Santa Fe; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Provincial N° 11078 regula las relaciones colectivas e individuales de las comunidades aborígenes de la provincia. Reconoce su propia organización y su cultura, propiciando su efectiva inserción social.
Que la mencionada Ley sostiene que se considerará aborigen a toda persona perteneciente a las etnias que habiten el territorio provincial, sean de origen puro o mestizo. También se considerará aborigen a toda persona que, independientemente de su residencia habitual, se defina como tal y sea reconocida por su familia, el asentamiento o comunidad a la cual pertenezca, en virtud de los mecanismos que la comunidad instrumente para su admisión.
Que este Registro constituye una herramienta de política pública dirigido a mejorar las condiciones de existencia de las comunidades aborígenes, a memorializar sus prácticas; cultura y organización.
Que el Decreto N° 2325/12, modificatorio del Decreto N° 1175 transfiere el Registro Especial de Comunidades Aborígenes de la Provincia de Santa Fe bajo la dependencia de la Dirección Provincial de Registros del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos;
Que la Asociación Comunitaria "RALAGAY YOGOÑI” de la ciudad de Rosario ha presentado toda la documentación exigida por el Decreto N° 1175/09 y sus modificatorias, acompañando además el acta de reconocimiento, la correspondiente aprobación de las pautas de organización y designación de autoridades;
Que han intervenido los Consejeros y Presidente del Instituto Provincial de Aborígenes Santafesinos a fs 45, emitiendo una opinión favorable respecto de la presentación de marras, aconsejando su inscripción en el R.E.CA;
POR ELLO:
LA DIRECTORA PROVINCIAL
DE REGISTROS
DISPONE:
ARTICULO 1: Inscribir a la Asociación Comunitaria "RALAGAY YOGOÑI” de la ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe, en el Registro Especial de Comunidades Aborígenes, reconociéndola como Persona Jurídica de Derecho Público en los términos del artículo 75° inciso 17 de la Constitución Nacional y artículo 33° primer párrafo del Código Civil Argentino, otorgándole el Legajo N° 36.-
ARTICULO 2: La Asociación Comunitaria "RALAGAY YOGOÑI" de ciudad de Rosario deberá informar de manera fehaciente a este Registro Especial de Comunidades Aborígenes toda modificación relativa a lo dispuesto por el artículo 6° del Decreto Nº 2325/12.
ARTICULO 3: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.
Dra. SELVA DEGIORGIO
Directora Provincial de Registros
Ministerio de Justicia y Derechos Humanos
S/C 13816 Set. 4 Set. 7
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