picture_as_pdf 2014-09-04

ROGIRO ACEROS S.A.


PROGRAMA GLOBAL DE OBLIGACIONES NEGOCIABLES SIMPLES Y OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE VI


Conforme al artículo 10 de la ley 23.576 se hace saber que por asamblea del 23-09-2013 se ha aprobado un programa global de obligaciones negociables simples en los términos de la Ley Nro 23.576 y las normas de la Comisión Nacional de Valores (“CNV”) conforme al régimen general, por asamblea del 16-06-2014 se aprobó la ampliación del monto del programa a la suma de $ 150.000.000 (el “Programa”) y por su directorio en su reunión del 06-08-2014, se aprobó el prospecto del Programa y la emisión de la sexta serie de obligaciones negociables (“ON Serie VI”), conforme a los siguientes datos. I.- CONDICIONES DEL PROGRAMA: Monto: El monto del capital total de todas las Series de Obligaciones Negociables en circulación en cualquier fecha no superará el monto revolvente de $ 150.000.000 (pesos ciento cincuenta millones) o el equivalente en otras monedas. Una vez cubierto en forma total el monto máximo del Programa sólo se podrá emitir nuevas Series por el valor nominal de Obligaciones Negociables que se cancelen en forma total o parcial. Tasa de Interés: Podrán emitirse con o sin interés, según se establezca en cada Serie y/o Clase. En el caso que se disponga la emisión con intereses, éstos podrán ser a tasa fija o variable o de la manera que se contemple en cada emisión y se computarán conforme lo que allí se indique. Cuando existan importes adeudados que no hayan sido cancelados en su respectiva fecha de vencimiento, se devengarán, en forma adicional a los intereses compensatorios en su caso, intereses moratorios a una tasa equivalente a una vez y media la última tasa de interés fijada, o la tasa que se determine en cada Serie. Pagos de Interés y Amortizaciones: Los intereses y/o amortizaciones de capital (“Servicios”) respecto de las Obligaciones Negociables serán pagaderos en las fechas que se estipulen en las condiciones de emisión de cada Serie y/o Clase y en el Suplemento correspondiente. Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente día hábil, sin que se devenguen intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Sociedad ponga a disposición de los inversores, o del agente de pago de existir éste, o de la Caja de Valores S.A. en cuanto a las Obligaciones Negociables allí depositadas, los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que las entidades financieras están obligadas a cerrar en la ciudades de Buenos Aires o Rosario, según lo ordene el BCRA. El plazo de amortización será de no menos de treinta (30) días ni superiores a diez (10) años contados desde la fecha de emisión, según se establezca en cada emisión y en cada caso sujeto a las leyes y reglamentaciones aplicables. Garantía: Se emitirán con o sin garantía. Reembolso anticipado a opción de la Sociedad: La Sociedad podrá (a menos que en las condiciones de emisión de una Serie se especifique de otro modo) reembolsar anticipadamente la totalidad o una parte de las Obligaciones Negociables de dicha Serie que se encuentren en circulación, al valor nominal con más los intereses devengados hasta la fecha de pago del valor de reembolso. El importe a pagar a los obligacionistas será el valor de reembolso, que resultará de sumar al valor nominal - total o parcial, según el caso - los intereses devengados conforme a las condiciones de emisión hasta el día de pago del valor de reembolso. La Sociedad deberá garantizar la igualdad de trato entre los tenedores de Obligaciones Negociables (los “Obligacionistas”). La decisión será publicada en el Boletín Diario de la BCR y en la AIF. Tal publicación constituirá notificación suficiente para los obligacionistas. El valor de reembolso se pagará en un plazo no mayor a treinta (30) días desde la publicación del aviso correspondiente. Reembolso anticipado a opción de los Obligacionistas: Las Obligaciones Negociables no serán rescatables total o parcialmente a opción de los Obligacionistas de las mismas con anterioridad a su fecha de vencimiento, ni los Obligacionistas tendrán derecho a solicitar a la Sociedad la adquisición de las mismas de otra manera con anterioridad a dicha fecha, excepto en el caso que así se especifique en el Suplemento correspondientes y de conformidad con los términos y condiciones especificados en el mismo. Reembolso anticipado por razones impositivas: A menos que se especifique lo contrario en los Suplementos correspondientes, las Obligaciones Negociables de cualquier Serie y/o Clase podrán ser rescatadas a opción de la Sociedad en su totalidad, pero no parcialmente, en caso que tuvieran lugar ciertos cambios impositivos que generen en la Sociedad la obligación de pagar montos adicionales bajo las Obligaciones Negociables, conforme surja de un dictamen emanado de un asesor impositivo de reconocido prestigio. En tal supuesto, se procederá como se indica en el apartado “Reembolso anticipado a Opción de la Sociedad”. La Sociedad deberá garantizar la igualdad de trato entre los Obligacionistas. Forma de las Obligaciones Negociables: Podrán serlo: (i) en forma escritural o (ii) estar representadas por participaciones un certificado global nominativo no endosable que será depositado en ocasión de la emisión de cada Serie y/o Clase en un régimen de depósito colectivo, conforme se determinará en el Suplemento pertinente. II CONDICIONES DE EMISIÓN DE LAS OBLIGACIONES NEGOCIABLES SERIE VI (las “Obligaciones Negociables Serie VI” u “ON Serie VI”) las que serán complementadas con las condiciones establecidas en el Suplemento de Prospecto a publicar en el/los Boletín/ines de la/s Bolsa/s de Comercio donde las ON Serie VI se listen y en la Autopista de la Información Financiera de la CNV (www.cnv.gob.ar) (“AIF”) (el “ Suplemento de Prospecto”). Monto: Hasta V/N $ 60.000.000. Vencimiento: A los 18 meses desde la Fecha de Emisión, salvo que de otro modo se establezca en el Suplemento de Prospecto. Intereses: Salvo que de otro modo se especifique en el Suplemento de Prospecto, devengarán una tasa nominal anual variable equivalente a la Tasa de la Referencia más un Diferencial de Tasa a licitarse durante el Período de Licitación. Los intereses se devengarán entre la Fecha de Emisión (inclusive) y la primera Fecha de Pago de Servicios (exclusive) – para el primer servicio- y entre la última Fecha de Pago de Servicios (inclusive) y la próxima Fecha de Pago de Servicios (exclusive) -para los restantes (el “Periodo de Interés”) y se pagarán en cada Fecha de Pago de Servicios. El interés se calculará sobre el saldo de capital (o valor residual de los títulos emitidos) al inicio de cada Período de Interés por la cantidad de días de cada Período de Interés, considerando para su cálculo la base de un año de 365 días (cantidad de días transcurridos/365). Las Fechas de Pago de Servicios se indicarán en el Cuadro de Pago de Servicios. Tasa de Referencia: Se define como el promedio aritmético simple de las tasas de interés para depósitos a plazo fijo de más de un millón de pesos de 30 a 35 días en banco privados (“BADLAR Privada”), en base a las tasas informadas por el Banco Central de la República Argentina (“BCRA”) durante el período que se inicia el séptimo Día Hábil anterior al inicio de cada Período de Interés, y finaliza el séptimo Día Hábil anterior el último día del Período de Interés. Actualmente la tasa BADLAR Privada es informada por el BCRA en su página de internet (www.bcra.gob.ar), Sección “Estadísticas e Indicadores/Monetarias y Financieras/Descarga de paquetes estandarizados de series estadísticas/Tasas de interés por depósitos y BADLAR (serie diaria)”. En caso de que la tasa BADLAR Privada dejare de ser informada por el BCRA, se tomará: (i) la tasa sustitutiva de la Tasa BADLAR Privada que informe el BCRA o (ii) en caso de no existir o no informarse la tasa sustituta indicada en (i) precedente, se calculará la Tasa de Referencia, considerando el promedio de tasas informadas para depósitos a plazos fijo en pesos por un monto mayor a un millón de pesos por periodos de entre 30 y 35 días de los cinco (5) primeros bancos privados de la Argentina. Para elegir los cinco (5) primeros bancos privados se considerará el último informe de depósitos disponibles publicados por el BCRA. Diferencial de Tasa: Es la tasa nominal anual adicional que se pagará por sobre la Tasa de Referencia, y que se determinará a través del sistema de colocación al finalizar el Período de Licitación detallado en la Sección XI “Colocación”. Amortización: Salvo que de otro modo se especifique en el Suplemento de Prospecto, el capital se pagará en 5 cuotas trimestrales a partir del sexto mes de la siguiente forma: 10% del capital en la primer cuota, 20% del capital en la segunda cuota, 20% del capital en la tercer cuota, 25% del capital en la cuarta cuota y 25% del capital en la quinta cuota. Intereses moratorios: Los intereses moratorios se devengarán desde cada Fecha de Pago de Servicios respecto del servicio impago. Los mismos ascenderán a una vez y medio el último servicio de interés. Fecha de Pago de los Servicios: Los servicios de intereses y capital (los “Servicios”) serán pagados a los 6 meses contados desde de la Fecha de Emisión (la “Primera Fecha de Pago de Servicios”), a los 9 meses contados desde la Fecha de Emisión (la “Segunda Fecha de Pago de Servicios”), a los 12 meses contados desde la Fecha de Emisión (la “Tercera Fecha de Pago de Servicios”), a los 15 meses contados desde la Fecha de Emisión (la “Cuarta Fecha de Pago de Servicios”) y a los 18 meses contados desde la Fecha de Emisión (la “Quinta Fecha de Pago de Servicios”), en las fechas que sean un número de día idéntico a la Fecha de Emisión pero del correspondiente mes. Si la fecha fijada para el pago fuera un día inhábil, quedará pospuesta al siguiente Día Hábil, devengando intereses sobre dicho pago por el o los días que se posponga el vencimiento. Las obligaciones de pago se considerarán cumplidas y liberadas en la medida en que la Emisor ponga a disposición de Caja de Valores S.A. los fondos correspondientes. Se entenderá por “Día Hábil” cualquier día lunes a viernes, salvo aquellos en los que los bancos están obligados a cerrar en la ciudad de Rosario y/o Buenos Aires. III. DATOS DEL EMISOR: Rogiro Aceros S.A. (a) Domicilio social: Límite del Municipio 4515 A-Rosario-Pcia. de Santa Fe. (b) Datos de constitución: constituida en la Ciudad de Rosario, Provincia de Santa Fe el 12 de junio de 1979 inscripta en el Registro Público de Comercio de Rosario el 26 de julio de 1979 al Tomo 60, Folio 1202 Nro 525. (c) Plazo: 75 años desde la fecha de inscripción en el Registro Público de Comercio de Rosario; (d) Objeto social: Tiene por objeto dedicarse por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros a las siguientes actividades: a) COMERCIALES E INDUSTRIALES: Compraventa, explotación e industrialización de productos siderometalúrgicos; b) INMOBILIARIAS: Construcción de obras privadas o públicas. Compraventa de inmuebles de cualquier naturaleza, urbanos o rurales, así como también su explotación. En todos estos casos, para cumplimentar las disposiciones legales pertinentes se contará con la asistencia de profesionales de la matrícula correspondiente. Podrá inclusive realizar todas las operaciones sobre inmuebles que autoricen las leyes y las comprendidas en la ley de propiedad horizontal y c) FINANCIERAS: Mediante aportes de capital en sociedades por acciones, constituidas o a constituirse, cualquiera sea su objeto, en forma accidental o continuada y celebrar contratos de colaboración empresaria todo dentro de los marcos legales respectivos. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por el estatuto. Se excluyen las actividades reguladas por la Ley de Entidades Financieras. La actividad principal de la sociedad es Siderometalúrgica: distribución, comercialización y transformación de hierros, aceros y perfiles para la industria y la construcción. (e) Capital social al 30 de junio de 2014 $ 20.000.000 (pesos veinte millones). (f) Patrimonio neto al 30 de junio de 2014: $ 105.080.877 (pesos ciento cinco millones ochenta mil ochocientos setenta y siete) (g) La emisora tiene en circulación las obligaciones negociables Serie IV y V por un monto de $ 54.960.000. ( pesos cincuenta y cuatro millones novecientos sesenta mil) H) Préstamos con garantía real: Prenda para operatoria comercial a favor de Siderar S.A.I.C. de una máquina enderezadora marca Cirmaq, por el valor de U$S 200.000,00 (dólares estadounidenses doscientos mil).

$ 362 239451 Set. 4

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ADMINISTRACION FEDERAL DE INGRESOS PUBLICOS


NOTIFICACION


La Administración Federal de Ingresos Públicos cita por diez (10) días a parientes del/la agente fallecido/a HECTOR RUBEN MUSURUANA D.N.I. 16.387.950, alcanzados por el beneficio establecido en el artículo 173 del Convenio Colectivo de Trabajo Nº 56/92 “E” Laudo N° 16/92 (T.O. Resolución S.T. Nº 924/10), para que dentro de dicho término se presenten a hacer valer sus derechos en Aduana Santa Fe Oficina: Administrativa, Rivadavia 2622, de 9 a 15 hs., Pcia. de Santa Fe de la República Argentina.

Asimismo se cita a quienes se consideren con derecho a la percepción de los haberes pendientes de cobro por parte del/la agente fallecido/a a presentarse en la dirección mencionada en el párrafo precedente, munidos de la documentación respaldatoria que acredite su vinculo familiar con el/la agente fallecido/a y en caso de corresponder la declaratoria de herederos.

$ 45 239374 Set. 4 Set. 8

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COMUNA DE MACIEL


CONCURSO DE PRECIOS Nº 001/14

Ordenanza Nº 32/2014


Objeto: Concurso de Precios para la toma de seguro para el Personal de Planta Permanente y Transitoria de la Comuna de Maciel como se detalla en el Pliego de Bases y Condiciones.

Los interesados podrán adquirir el Pliego de Bases y Condiciones en la Comuna de Maciel, en el horario de 8:00 a 11:00 hs.

Fecha de la Apertura: 15 de Setiembre de 2014 a las 10:00 hs. en la Administración Comunal sito en calle Mendoza 399 de la Localidad de Maciel.

La ofertas se reciben hasta 24: hs. antes del día de la apertura hasta las 12:00 hs.

Pliego: $ 200 (Pesos Doscientos).

$ 180 238920 Set. 4 Set. 9

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ASOCIACION MUTUAL

VILLA ELOISA


La Asociación Mutual Villa Eloísa, en cumplimiento de lo estatuído por el art. 18 del reglamento de servicio de Sepelio, comunica a su asociados el/los siguiente/s fallecimiento/s:

1) CLORI TEMPERINI, 23 de agosto de 2014.

$ 45 239382 Set. 4

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