picture_as_pdf 2008-09-04

DIRECCION PROVINCIAL

DE CONTRATACIONES Y

SUMINISTROS


DISPOSICION N° 196


Santa Fe, 26 de Agosto de 2008.

VISTO:

Los informes elevados por el Registro Oficial de Proveedores de la Provincia, solicitando la inscripción de tres firmas y la renovación de otras; y

CONSIDERANDO:

Que dicho Registro manifiesta que las mismas han cumplido con los requisitos exigidos por el Decreto Acuerdo 5100/55 y Disposición 065/05, quedando debidamente encuadradas en las disposiciones vigentes;

Que la Subdirección General de Gestión y la Coordinación de Asuntos Legales de esta Dirección Provincial, han tomado la respectiva intervención sin observaciones que formular;

Que la presente se dicta en uso de las facultades emergentes del Decreto 5100/55,

POR ELLO,

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE

CONTRATACIONES Y SUMINISTROS

DISPONE:

1. Inscribir en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, dentro de los términos que establece el punto 8 de la Disposición 065/05, a las siguientes firmas: (2.502) INGEMAQ de MARCHISIO, NICOLAS ANTONIO, (2.503) MEGADIST S.R.L.; (2.504) OVNI ASCENSORES S.R.L.

2. Renovar la inscripción en este Registro Oficial de Proveedores de la Provincia de Santa Fe, por el término de 18 meses a partir de su publicación en el Boletín Oficial de la Provincia, de las siguientes firmas: (541) TROMPIA S.R.L. (858) TECNICA INTEGRAL S.R.L.; (1.466) SERVICIO INTEGRAL DE LIMPIEZA de ANGELICO JORGE ALBERTO; (1.639) DE LORENZI, JORGE ESTEBAN; (1667) PERFORACIONES BAIGORRIA S.A.; (1.796) REDFARM S.A.; (1.928) “BATISERVIS” de BATISTELA, SERGIO GABRIEL; (2.015) ALIAR S.A.; (2.097) MEDIPLUS S.R.L.

3. Otorgar a las firmas proveedoras la certificación que las acredite como tales en su inscripción bajo los números y validez mencionados precedentemente.

4. Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

C.P. EMILIANO I. ARZUAGA

Director Provincial de

Contrataciones y Suministros

S/c 1872 Set. 4

__________________________________________


ADMINISTRACION FEDERAL DE

INGRESOS PUBLICOS


REMATE POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal Nº 2-F de Rosario, a cargo de la Dra. Sylvia Aramberri, Secretaria del Dr. Luis Chede, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/VITOLA DOMINGO AMERICO s/EJECUCION FISCAL”, Exp. Nº 14.193-F, Boleta de Deuda Nº 274/02, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 17 de setiembre de 2008, a las 14 hs., la que se llevará a cabo en el local cedido sito en Bv. Balcarce 946 de la ciudad de Cañada de Gómez, Pcia. de Santa Fe, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente que según título se describe así: Una fracción de terreno, situada en la ciudad de Cañada de Gómez, Dpto. Iriondo, Pcia. de Santa Fe, en la manzana Nº 63, al Sud de las vías férreas la que de acuerdo al plano de mensura y loteo, levantado y suscripto por el Agrimensor don Roberto Luis Casañas, archivado en el Registro respectivo bajo el Nº 43.067, del año 1965, se designa con el Nº 8, estando ubicada en calle pública (hoy Guatemala), entre las de Iriondo y Atlántico, a los 60,67 m. de esta última calle hacia el Este y se compone de 13 m. de frente al Sud, por 26 m. de fondo, encerrando una superficie total de 338 m2., lindando: al Sud, con calle pública hoy Guatemala; al Este, con la fracción nº 9, al Norte con la fracción nº 16, y al Oeste, con la fracción nº 7, todas del mismo plano y manzana citados. Inscripción Dominio Tº 181, Fº 338 Nº 146.505 Dpto. Iriondo. Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Consta inscripto el dominio a nombre del demandado, no registrándose hipotecas, ni inhibiciones, pero sí lo siguiente: Embargos: Al Tº 112 E Fº 8955 Nº 403.786 por $ 1.244,95.- del 13.11.03 o/los presentes autos; y Al Tº 112 E Fº 7011 Nº 381209 por $ 124.857.- del 12.09.03 o/Juz. C.C. y L. Nº 2 Cda. de Gómez, Exp. Nº 31/01, autos Jaimes Arsenio c/Vitola Domingo s/Demanda Laboral. Saldrá a la venta con la condición de “Ocupado”, con contrato de alquiler vigente hasta el 01.10.2012, con la base de $ 25.000.-, si por la base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una retasa del 25% de la base o sea $ 18.750.- y de no haber tampoco oferentes por la retasa la subasta se declarará desierta. El que resulte comprador deberá abonar en el acto de subasta el 20% del precio de compra como seña, con más el 3% de comisión a la Martillera, o el honorario mínimo que fija la Ley 7547 de los Colegios de Martilleros, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta. Obran agregados en autos acta de constatación del inmueble, fotocopias del título de propiedad, del contrato de locación y copia del plano de construcción, a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptarán reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Para el caso de compra en comisión el adquirente- deberá designar en el acto de remate la identidad de la persona por la que adquiere, acompañando la autorización para tal actuación, estableciéndose el término de 3 días para la ratificación por la persona indicada, o en su defecto se lo tendrá por adjudicatario definitivo y deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizará al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar. Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera Te. 0341-4402392 (de tarde). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el Nº de C.U.I.T. del ejecutado es 20-06183466-5, y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 25 de Agosto de 2008. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.

S/c 44342 Set. 4 Set. 5

__________________________________________


MINISTERIO DE SALUD


ORDEN N° 72


Santa Fe, 26 de Agosto de 2008.

VISTO:

El expediente Nº 00501-0063733-4 y en relación al mismo el legajo Nº 042-01049-7-17-03-05560 de Renovación de la Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847, modificatoria Nº 10.169 y su reglamentación del establecimiento de salud con internación “CLINICA SANTA MARIA S.R.L.” de la localidad de Firmat; y

CONSIDERANDO:

Que la clínica precitada obtuvo Habilitación para funcionar conforme Ley Nº 9.847 por Resolución Nº 978 del 22 de diciembre de 1.989, bajo denominación e indicación de “Clínica Santa María S.R.L.”;

Que vencida la Habilitación mencionada, la institución inició trámite tendiente a su Renovación, en cumplimiento del Artículo 9º de la referida Ley - fojas 32 y 33;

Que en auditoría en terreno realizada en fecha 17/07/08 el Dr. Luis Garma, socio gerente de la titular “Clínica Santa María S.R.L.”, manifiesta a los auditores encargados de la verificación que en el domicilio de calle Carlos Casado Nº 1.243 la institución “no funciona más como clínica quirúrgica con internación”, lo cual es constatado en terreno por los profesionales intervinientes - fojas 145 y 146;

Que en oportunidad de la referida auditoría, el Dr. Luis Garma requiere a esta Dirección “la baja como clínica”;

Por ello, en virtud de las facultades conferidas a la Dirección General de Auditoría Médica por Resolución Ministerial N° 848/96;

El Director General de Auditoría Médica

ORDENA:

1°. Dar de baja al establecimiento de salud con internación “CLINICA SANTA MARIA S.R.L.” ubicado en calle Carlos Casado Nº 1.243 de la localidad de Firmat, Departamento General López, de la Provincia de Santa Fe, en razón de que en el referido domicilio no funciona más una clínica con internación.

2°. Dejar constancia en el expediente precitado de la medida adoptada precedentemente.

3º. Previa tramitación de estilo, archívese.

Dr. JORGE A. PRIETO

Director General

de Auditoría Médica a/c

Ministerio de Salud

S/C 1876 Set. 4 Set. 5

__________________________________________