picture_as_pdf 2015-08-04

DIRECCION PROVINCIAL DE

PROMOCION DE LOS

DERECHOS DE LA NIÑEZ,

ADOLESCENCIA Y FAMILIA

DELEGACION SUDOESTE


NOTIFICACION


Dentro del Expediente Administrativo nro. 8/2007, en trámite por ante la Delegación Sudoeste de la Dirección Provincial de Promoción de los derechos de la Niñez, Adolescencia y Familia de la Provincia de Santa Fe, sita en calle Garibaldi nro. 387 de Venado Tuerto, a cargo de la Delegada Silvina Braceo, se ha dispuesto NOTIFICAR mediante publicación en el Boletín Oficial a la Sra. CLAUDIA GALIANO, titular de D.N.I. Nro. 21.991.499, las siguiente Resolución Administrativa dictada por la Delegación mencionada, a saber:

Resolución Nº 58 /2015.- Venado Tuerto, 27 de Julio de 2.015.- Y VISTOS:... RESULTA:... Y CONSIDERANDO... RESUELVO: 1.- Disponer el cese de la medida excepcional adoptada con respecto al joven JOAQUIN ALBERTO RODRIGUEZ, titular de D.N.I. Nro. 39.947.581, por los fundamentos que surgen del “Resulta” y “Considerandos” de la presente Resolución; 2- Informar al Juzgado interviniente la presente resolución. Agréguese copia y hágase saber.” Firmado: Silvina Bracco: Delegada.-

Asimismo se le notifica que tiene derecho a recurrirías conforme lo dispuesto en el art. 62 de la Ley Pcial. 12.967 y su decreto reglamentario.-

Venado Tuerto, 27/7/15.

S/C.- 267224 Ag. 4 Ag. 10

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EMPRESA PROVINCIAL

DE LA ENERGIA


CONCURSO PUBLICO DE PRECIO

Nº 10128


Objeto: Contratación en alquiler de un vehículo utilitario tipo furgón liviano (chico) mod. 2008 en adelante por 1400 hs. para el servicio en Sector Inspecciones y Conexiones Sur- Medición -EPE - en Ciudad de Santa Fe y hasta un radio de 50 Kms.

Apertura de Propuestas: día 19/08/15 Hora: 10,00

Consultas Técnicas a: Movilidad y Transporte EPE -Tacuarí 6151 - Santa Fe

Entrega de Pliego e Informes: Empresa Provincial de la Energía

Primera Junta 2558 - 1er. Piso - Of. 4.-

Santa Fe Tel. 0342-4505849

S/C 13650 Ag. 4 Ag. 6

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TRIBUNAL DE CUENTAS


RESOLUCIÓN Nº 0025/15


SANTA FE, 28 de julio de 2015

VISTO:

El Expediente Nº 00901-0070574-1 del registro de actuaciones del Sistema de Información (SIE), del Tribunal de Cuentas de la Provincia, mediante el cual se gestiona la realización de un concurso abierto de antecedentes y oposición para la incorporación de cinco (5) Auxiliares– Nivel IV – Subnivel II – Categoría 3-Decreto Nº 2695/83, en la Planta Permanente de Personal del Tribunal de Cuentas; y,

CONSIDERANDO:

Que, por Resolución Nº 0023/15- TCP se aprobó el perfil de los cargos a cubrir y se convocó a concurso abierto de antecedentes y oposición para proceder a la cobertura de las vacantes de cinco (5) Auxiliares– Nivel IV – Subnivel II – Categoría 3 - Decreto Nº 2695/83, en la Planta Permanente de Personal del Tribunal de Cuentas;

Que, en dicha Resolución, se dispusieron los requisitos a cumplir por parte de quienes se postulen al llamado indicándose que el título requerido es el de “Contador Público Nacional con 6 (seis) meses de antigüedad en la matrícula” (artículo 1º de la Resolución 0023/15 TCP);

Que, se advierte que se ha deslizado un error involuntario en la previsión aludida toda vez que, respecto de las condiciones del título de Contador Público Nacional requerido, es voluntad de este Cuerpo Plenario en este llamado a Concurso, que los postulantes cuenten con 6 (seis) meses de antigüedad como mínimo en dicho título y, además, con inscripción matricular por lo cual deberá procederse a rectificar la Resolución Nº 0023/15 TCP;

Que, en el artículo 3º de la Resolución Nº 0023/15 TCP de llamado a concurso abierto de antecedentes y oposición, se designó como miembros del Jurado Titulares a la CPN María del Carmen Crescimanno, Dra María Delia Costa y CPN Juan Pablo Dellacqua y como Suplentes a la CPN María Cristina Ordíz, Dr Fernando Serricchio y CPN María de los Ángeles Moreno;

Que, la Contadora Fiscal General Área I y II (a/c), CPN María Cristina Ordíz y el CPN Juan Pablo Dellacqua se han excusado de intervenir como Jurados en este concurso manifestando a este Cuerpo la imposibilidad, por motivos de índole personal, de desempeñar las tareas que como miembros del Jurado, Suplente y Titular respectivamente, le correspondería llevar adelante;

Que, en virtud de lo expuesto, y aceptando este Cuerpo Plenario las excusaciones aludidas, corresponde sean designados en esta instancia otros miembros del Jurado, a fin de que el mismo quede correctamente integrado, con sus titulares y suplentes desde esta etapa inicial del llamado;

Que, el artículo 7º inciso c) de la Resolución Nº 0006/08 TCP prevé que pueda designarse como miembro del Jurado a “expertos de reconocida trayectoria en la especialidad y perfil de conocimientos del cargo que se concursa”;

Que, obra agregado a estos actuados Currículum Vitae del Dr Bruno Ariel Rezzoagli que da cuenta de una sólida formación académica y reconocida trayectoria profesional en cargos en el sector público y en gestión institucional, como así también una vasta actividad docente, todo ello relacionado con el perfil de conocimientos del cargo que se concursa;

Que, asimismo, corresponde a los fines de dar cumplimiento a las disposiciones del artículo 8º de la Resolución Nº 0006/08-TCP, corresponde designar un miembro del Jurado que actuará como Suplente, en reemplazo de aquel designado originalmente;

Que, en cuanto al artículo 5º de la Resolución Nº 0023/15 TCP, el mismo se deja sin efecto siendo de aplicación a la mecánica del desarrollo de las evaluaciones de los antecedentes personales y de la prueba de oposición, como así también a las atribuciones, obligaciones y responsabilidades de los miembros del Jurado, todo lo normado en la Resolución Nº 006/08 TCP;

Que, a fin de publicitar debidamente la presente Resolución y atendiendo a que por ésta se introducen modificaciones en la Nº 0023/15 TCP, para preservar la amplitud de la convocatoria y la igualdad entre quienes deseen concurrir a la misma, se dispone una prórroga del plazo de inscripción hasta el día 14 de agosto de 2015, inclusive;

Que, por los motivos expresados precedentemente, corresponde se publique la presente Resolución en los mismos sitios y por el mismo plazo en que fué publicada la Resolución Nº 0023/15 TCP;

Que, atendiendo a que a la fecha del dictado de la presente ya se encuentra abierta la inscripción al concurso de antecedentes y oposición ordenado en Resolución Nº 0023/15 TCP, corresponde que, en caso que hubiera postulantes que ya presentaron sus solicitudes en los términos del artículo 2º de la Resolución 0023/15 TCP, sean notificados de ésta en la forma prevista en el artículo 2º, párrafo 4to. de la Resolución Nº 0023/15 TCP, lo que se hará a través de la Dirección General de Presidencia de este Organismo de manera inmediata; Por ello; en uso de las atribuciones conferidas por el artículo 200º inciso b) de la Ley Nº 12510, y de acuerdo a lo resuelto en Reunión Plenaria realizada en fecha 28-07-2015 y registrada en Acta N° 1442;

EL TRIBUNAL DE CUENTAS

DE LA PROVINCIA

RESUELVE:

Artículo 1°: Dejar sin efecto el artículo 1º de la Resolución Nº 0023/15 TCP en la parte que dispone: “Título requerido: Contador Público Nacional con 6 (seis) meses de antigüedad en la matrícula”, el que quedará redactado de la siguiente forma: “Título requerido: Contador Público Nacional con una antigüedad mínima de seis meses en el título y con inscripción matricular”.

Artículo 2°: Aceptar las excusaciones del CPN Juan Pablo Dellacqua y de la CPN María Cristina Ordíz, para intervenir como miembros del Jurado, Titular y Suplente respectivamente, en el concurso convocado por Resolución Nº 0023/15 TCP y designar como miembros del Jurado Titular al Dr BRUNO ARIEL REZZOAGLI, DNI Nº 25.903.991 y Suplente al CPN ORLANDO ROQUE SÁNCHEZ, DNI Nº 8.106.448, en reemplazo de los profesionales designados originalmente.

Artículo 3°: Dejar sin efecto el artículo 5º de la Resolución Nº 0023/15 TCP.

Artículo 4º: Prorrogar el plazo de inscripción en el concurso de antecedentes y oposición convocado por Resolución Nº 0023/15 TCP hasta el día 14 de agosto de 2015, inclusive.

Artículo 5º: Notifíquese de inmediato, a través de Dirección General de Presidencia, la presente en la forma prevista en el artículo 2º, párrafo 4to. de la Resolución Nº 0023/15 TCP a quienes ya hubieran presentado sus solicitudes de inscripción, en su caso.

Artículo 6º: Regístrese, notifíquese a las Honorables Cámaras Legislativas, comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial, sitio Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe www.santafe.gov.ar y en el link de este Tribunal de Cuentas www.tcpsantafe.gob.ar en el sitio destacado para tal fin, durante 3 días hábiles; luego, archívese.

CPN Germán Luis Huber- Presidente.

Dr Gerardo Gasparrini-Vocal.

CPN María del Carmen Crescimanno-Vocal.

CPN María Cristina Ordíz-Vocal Subrogante.

CPN Silvia María Zonta-Vocal Subrogante.

CPN Estela Imhof- Dtora Gral Asuntos de Plenario.

S/C. 13651 Ag. 4 Ag. 6

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LOTERIA DE SANTA FE


RESOLUCION DE DIRECCION GENERAL DE GESTION N° 121/15.-


REF.; APROBANDO PROGRAMACION DE SORTEOS DE LA “QUINIELA DE SANTA FE” CORRESPONDIENTES AL MES DE AGOSTO /2015 - 1ra. QUINCENA


VISTO:

Las actuaciones obrantes en el Expediente Nº 00302-127311-8 el S.I.E, mediante el cual se elevan para su aprobación Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe”, proyectada por el Departamento respectivo para la Primera Quincena del mes de AGOSTO/2015 y,

CONSIDERANDO:

Que el proyecto de referencia prevé la realización de jugadas de Quiniela El Primero por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados; de Quiniela Matutina por Sorteos Propios de Quiniela, Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S.E, Sorteos de Quiniela de Lotería de Buenos Aires, Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos de lunes a sábados, de Quiniela Vespertina por Sorteos de Quiniela de Lotería Nacional S E, de Lotería Provincia de Buenos Aires, Sorteos Propios de Quiniela de Santa Fe, Quiniela y/o Lotería de Montevideo y Tómbola (Quiniela) de Entre Ríos; de Quiniela Nocturna de lunes a sábados por Quiniela o Lotería de Lotería Nacional S E./ Quiniela y/o Lotería de Lotería Provincia de Buenos Aires, Quiniela o Lotería de Santa Fe, Quiniela o Lotería de Montevideo, Tómbola (Quiniela y/o Lotería) de Entre Ríos y Lotería de Córdoba y Quiniela Poceada Federal que se resolverá por Quiniela y/o Lotería de Lotería de Santa Fe y Tómbola (Quiniela y/o Lotería) de Lotería de Entre Ríos, de lunes a sábados; asimismo se programan sorteos de Tómbola Santafesina, los días martes, jueves y sábados de cada semana, resolviéndose los mismos a través de los resultados de Quiniela Nocturna y/o Lotería Tradicional de Lotería de Santa Fe;


Que con respecto a las otras Instituciones, cuyos sorteos se utilizan para resolver jugadas de nuestra Quiniela, se han tenido en cuenta las Programaciones de Quiniela de Lotería Nacional SE, Lotería de Montevideo y Lotería de Córdoba, que han comunicado su aprobación definitiva;

Que ante la falta de confirmación de sus programaciones por parte de los Organismos restantes (de Provincia de Buenos Aires y de Entre Ríos) y no existiendo situaciones especiales (por ejemplo: días feriados, en alguna de las. jurisdicciones involucradas) durante la primera quincena del próximo mes, debido a urgentes razones comerciales, se hace necesario aprobar la programación de sorteos de la Quiniela de Santa Fe, desde el 01 y hasta el 15 de Agosto de 2015;

Que de acuerdo a los convenios celebrados oportunamente con el I.A.F.A.S, durante el mes de Agosto/2015, los sorteos de la Quiniela Poceada Federal los realizará el Instituto de Ayuda Financiera a la Acción Social, de la Provincia de Entre Ríos;


Que se estima conveniente asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento cincuenta Mil ($ 150.000.-) para el primer premio, de la categoría Poceada Federal, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario el Pozo para Premios seguirá la acumulación de acuerdo a los porcentajes, correspondientes por venta de apuestas. La suma necesaria para alcanzar el monto mínimo para premios, será tomada del Fondo de Reserva, previsto en el Artículo 45° del Reglamento General del Juego de la Quiniela de Santa Fe;

Que para la categoría Quiniela Expres, implementada a partir del 01/06/2012, por Resolución de Vicepresidencia Ejecutiva N° 277/12, durante el presente mes se mantendrá en vigencia el horario de 20.45 horas fijado para el cierre de transmisión de apuestas;

Que también se programan Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe con los tickets no ganadores de sorteos realizados en determinados períodos, instituyéndose dinero en efectivo en todos sus premios;

Que se ha dispuesto mantener la política de premios implementada a partir del Sorteo N° 855 de los Concursos Extras de la Quiniela de Santa Fe que establece para cada una de las zonas, la suma de Pesos Quince Mil ($15.000) para el primer premio, Pesos Diez Mil ($ 10.000) para el segundo premio, Pesos Cinco Mil ($ 5.000) para el tercer premio, Pesos Dos Mil ($2.000) para los premios cuarto y quinto respectivamente, Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, respectivamente y un premio estímulo para agencieros de Pesos Un Mil Quinientos (1.500);

Que las apuestas a cinco cifras se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de Quiniela de Santa Fe, abonándose los aciertos a cinco cifras Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado;

Que la partida presupuestaria correspondiente cuenta con saldo suficiente para hacer frente a los premios establecidos en esta programación;

Por todo ello, y de conformidad a la facultad emergente del Decreto-Acuerdo N°1308/15

LA DIRECCION GENERAL DE GESTION DE LA CAJA DE ASISTENCIA SOCIAL

RESUELVE:

ARTICULO 1°.-Aprobar la Programación de Sorteos de la “Quiniela de Santa Fe” y “Tómbola Santafesina” del 01 al 15 de AGOSTO de 2015, obrante en el Anexo I, el que forma parte integrante de la presente Resolución.-

ARTICULO 2º.- Disponer que los aciertos a las apuestas de cinco cifras se abonarán Diez Mil (10.000) veces, incluido el monto apostado y dichas apuestas se aceptarán únicamente en Quiniela Nocturna al Código de Lotería 3, en oportunidad de realizarse sorteos propios de la Quiniela de Santa Fe.

ARTICULO 3°.- Disponer que para los Concursos Extras continúen en vigencia las modificaciones que fueran previstas en el Artículo 5° de la Resolución de Dirección General N° 170/08, otorgándose la suma de Pesos Quince Mil al primer premio, Pesos Diez Mil al segundo premio, Pesos Cinco Mil al tercer premio, Pesos Dos Mil al cuarto y quinto premio y Pesos Un Mil para los premios sexto al décimo, y Pesos Un Mil Quinientos para el Premio Estímulo Agencieros, para cada una de las zonas, política de premios que rige a partir del Sorteo Nº 855.-

ARTICULO 4°.- Asegurar un Pozo Mínimo de Pesos Ciento Cincuenta Mil ($ 150.000.-) para el Primer Premio, de la categoría Quiniela Poceada, en el caso de registrarse ganador o ganadores con ocho (8) aciertos, caso contrario, el Pozo para premios seguirá la acumulación correspondiente a los porcentajes establecidos por venta de apuestas.

ARTICULO 5°.- Disponer que continúe en vigencia el horario de cierre de captura de apuesta para la Categoría Quiniela Expres fijado en la hora 20.45, de lunes a sábados.

ARTICULO 6°.- El gasto que demande la presente gestión deberá imputarse al Carácter 2 - Organismos Descentralizados, Jurisdicción 36 - Ministerio de Economía, Institución 353 - Caja de Asistencia Social - Lotería, Programa 16, Actividad 04 - Art. 3° Ley Nacional N° 25.917 - Ley Provincial N° 12.402, Fuente de Financiamiento 214, Finalidad 04, Función 07, Inciso 8 - Otros Gastos, Partida Principal 04 - Otras Pérdidas, Partida Parcial 06 - Pérdidas de Operación.

ARTICULO 7°.-Regístrese, comuníquese y archívese.-

Santa Fe, 28 de Julio de 2015.

S/C 13658 Ag. 4

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DIRECCION PROVINCIAL DE DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES


DISPOSICIÓN N° 0028


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28 JUL 2015

VISTO:

El expediente N° 02004-0002606-0 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación de un Centro de Mediación en Rosario;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, mediante Disposición N° 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3º, 4º, 5º Y 7º de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada-;

Que, el articulo 6º establece que: " ... el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial ... la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición";

Que, la Dra. María Verónica León, presenta ante la Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas al Centro de Mediación de Rosario, ubicadas en calle Moreno N° 1739 5 A de dicha ciudad;

Que, el responsable del centro Dra. María Verónica León se compromete a presentar la nómina de mediadores que constituyan domicilio en ése centro de mediación y a notificar las altas y bajar en formulario de declaración jurada, consignando su nombre como responsable de dicho centro;

Que, la Dra. María Verónica León presenta nota comunicando nombre del Centro como "Consensus Communi" (Común Acuerdo);

Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N° 0063/2011 para su habilitación;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el art. 24° Inc. (4) del Anexo I del Decreto N° 1747/2011;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1°: Habilítense las instalaciones destinadas al "Centro de Mediación Consensus Communi", de la ciudad de Rosario, ubicadas en calle Moreno 1739 de la ciudad de Rosario y expídase el correspondiente certificado de habilitación N° 0054.-

ARTICULO 2°: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 10 podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición N° 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Dra. María Eleonora Avilés Tulián

Directora Provincial de Desjudicialización

de la Solución de Conflictos Interpersonales

S/C. 13653 Ag. 4 Ag. 5

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DISPOSICIÓN N° 0029


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28 JUL 2015

VISTO:

El Expediente N° 02004-0002556-6 del Registro del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la Homologación, como horas de capacitación continua del Curso a dictarse por el Centro de Estudio en Métodos Adecuados de Administración de Conflictos del Colegio de Abogados de Rosario; y

CONSIDERANDO

Que, la Ley Provincial N° 13.151 instituyó la Mediación en todo el ámbito provincial, con carácter de instancia previa obligatoria a la iniciación del proceso judicial (artículo 2°), creando el Registro de Mediadores y Comediadores en la órbita del Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, el que será responsable de su constitución, calificación, coordinación, depuración, actualización y gobierno, de acuerdo a la reglamentación (artículo 3°);

Que, el Decreto Reglamentario N° 1747/11 en los artículos 24º y 25º in fine establece que la inscripción en el Registro durará 2 años y caducará automáticamente; que para mantenerse inscripto el interesado deberá acreditar haber realizado al menos sesenta horas (60) en Cursos de Capacitación Continua en Mediación, homologados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del MJDyDH de Santa Fe, en instituciones habilitadas;

Que, el Anexo IV del Decreto N° 1747/11 regula lo referente a los contenidos de Cursos de Capacitación Continua en Mediación, los objetivos, lineamientos, metodología y contenidos que deberán ser propuestos. por las instituciones formadoras en Mediación, respetando los lineamientos conceptuales y temáticos que prevé el Curso Básico de Formación de Mediadores. A tal efecto las Instituciones Formadoras deberán ofrecer y plantear temas que sean superadores de dicho curso básico y tengan finalidad alcanzar los objetivos de la capacitación continua en mediación;

Que, el Centro de Estudio en Métodos Adecuados de Administración de Conflictos del Colegio de Abogados de Rosario, institución habilitada con el N° 008 del Registro de Instituciones Formadoras en Mediación de la Provincia de Santa Fe, Disposición N° 0024/12, presenta ante ésta Dirección Provincial documentación tendiente a lograr la Homologación de los siguiente cursos "Sumando experiencias en Comediación" 1O horas; "Estrategias y Herramientas de Gestión de conflictos de Salud", 20 horas, divididas en 5 módulos y el Curso de Especialización "Gestión de Conflictos Sociales. Procesos de Construcción de Paz en la Comunidad", con carga horaria total de 60 horas, pudiendo cursarse en seis módulos de 10 horas cada uno como Curso de capacitación Continua, todo conforme a lo establecido en el Anexo IV del Decreto N° 1747/11;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 3º inc 5) y artículo 24º del Decreto Nº 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1°: Homológuese, en cumplimiento del Anexo IV del Decreto N° 1747/11, como horas de capacitación continua los cursos: 1) "Sumando Experiencias en Comediación" con una carga horaria de 10 horas reloj"; 2) "Estrategias y Herramientas de gestión en Conflictos de Salud" con una carga horaria de 20 horas, divididas en 5 módulos de 4 horas cada uno y 3) Curso de Especialización "Gestión de Conflictos Sociales. Procesos de Construcción de Paz en la Comunidad" con una carga horaria total de 60 horas homologándose también como capacitación continua cada uno de los seis módulos de éste curso, con una carga horaria de 10 horas cada uno, al Centro de Estudio en Métodos Adecuados de Administración de Conflictos del Colegio de Abogados de Rosario.-

ARTICULO 2°: Establécese que la homologación otorgada en el artículo 1º podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de incumplimiento de los términos previstos en el respectivo programa.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Dra. María Eleonora Avilés Tulián

Directora Provincial de Desjudicialización

de la Solución de Conflictos Interpersonales

S/C. 13654 Ag. 4 Ag. 5

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DISPOSICIÓN N° 0037


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 28 JUL 2015

VISTO:

El Expediente N° 02004-0002383-4 del Registro del Sistema de Información -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona el cómputo como horas de Capacitación continua de horas cursadas en Congreso; y

CONSIDERANDO

Que, el Decreto Reglamentario N° 1747/11 en los artículos 24° y 25° in fine establece que la inscripción en el Registro durará 2 años y caducará automáticamente; que dicho plazo fue prorrogado a tres años por el decreto 4688/14, anexo n, hasta la implementación en toda la provincia; que para mantenerse inscripto el interesado deberá acreditar haber realizado al menos sesenta horas (60) en Cursos de Capacitación Continua en Mediación, homologados por el Ministerio de Justicia y Derechos Humanos de la Nación o por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales del MJDyDH de Santa Fe, en instituciones habilitadas;

Que, el Anexo IV del Decreto N° 1747/11 regula lo referente a los contenidos de Cursos de Capacitación Continua en Mediación, los objetivos, lineamientos, metodología y contenidos que deberán ser propuestos por las instituciones formadoras en Mediación, respetando los lineamientos conceptuales y temáticos que prevé el Curso Básico de Formación de Mediadores. A tal efecto las Instituciones Formadoras deberán ofrecer y plantear temas que sean superadores de dicho curso básico y tengan finalidad alcanzar los objetivos de la capacitación continua en mediación;

Que, los mediadores, Roxana Solina, Silvia Arizaga, Andrea Torres, Laureano Carrozzino y Lisandro Chinellato, solicitan a se computen como horas de capacitación continua exigidas por la Ley N° 13.151, las cursadas en el Pre-Congreso y X Congreso Mundial de Mediación desarrollado en la ciudad de Génova (Italia) en Septiembre de 2014;

Que, se adjuntan certificados que acreditan la participación de los mencionados profesionales en los talleres y cursos del referido pre Congreso y Congreso y el temario y disertantes del Congreso;

Que, en el congreso se promueve el conocimiento y la reflexión sobre nuevos enfoques e investigaciones referidas a la mediación, y promoviendo la actualización y capacitación en la materia por parte de los mediadores, con exponentes y docentes de reconocida trayectoria a nivel internacional en mediación;

Que la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en los artículos 3º inc 5) y artículo 24º del Decreto N° 1747/11;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION DE LA SOLUCION

DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE

ARTICULO 1°: Compútese como horas de capacitación continua a los efectos de la Ley N° 13.151, de manera excepcional a las Doctoras Roxana Solina; Silvina Arizaga, Andrea Torres y Dr. Lisandro Angel Chinellato, las correspondientes a los Talleres desarrollados en el marco del Pre Congreso del X Congreso de Mediación llevado a cabo en la ciudad de Génova, Italia, en el mes de Setiembre de 2014.-

ARTICULO 2°: Establécese que las horas que se computan a cada uno de los interesados mencionados ut supra son: a la Dra. Roxana Solina: 36 horas; a la Dra. Silvina Arizaga: 12 horas: a la Dra. Andrea Torres: 12 horas y al Dr. Lisandro Ángel Chinellato: 12 horas.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese yarchívese.-

Dra. María Eleonora Avilés Tulián

Directora Provincial de Desjudicialización

de la Solución de Conflictos Interpersonales

S/C. 13655 Ag. 4 Ag. 5

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ADMINISTRACIÓN FEDERAL

DE INGRESOS PÚBLICOS


REMATE

POR

MIRTHA N. CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (A.F.I.P.), con intervención del Juzgado Federal N° 1-A de Rosario, a cargo del Dr. Hector Zucchi, Secretaria de la Dra. Mecerdes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ VILLAFAÑE CARLOS FRANCISCO s/ EJECUCION FISCAL”, Exp.N° 86.222-A, Boleta de Deuda N° 5100/2012, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 27 de Agosto de 2015, la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en calle Moreno Nº 1546 de Rosario, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: La 1/4 parte indivisa de la nuda propiedad de cuatro lotes de terreno, situados en el Barrio Fisherton, de esta Ciudad, designados en el plano de subdivisión aprobado por la Dirección Gral. de Catastro de la Pcia. de Santa Fe, Delegación Rosario, Dpto. Topografico, registrado bajo el Nº 40.799, del año 1965, de la manzana Nº 80, a saber: A las 10 Hs.: La 1/4 parte indivisa de la nuda propiedad de 2 lotes de terreno en conjunto, Lote 10-A, esta ubicado en el interior de la manzana formada por las calles José Ingenieros, Sarratea, La República y Boulevard Wilde, ubicado su vértice Nord-Este, a los 50 m. de la calle Sarratea hacia el Este, y a los 61 m. de la calle José Ingenieros hacia el Sud y mide 10 m. de frente al Este, por 25 m. de fondo, encerrando una superficie de 250 m2., lindando: al Este con la fracción letra “E” de la misma manzana, al Norte con el lote Nº 9, al Oeste con fondos del lote Nº 17, y al Sud con el lote Nº 11.- INSCRIPCION DOMINIO Tº 791 Fº 221 Nº 302.035 DPTO. ROSARIO.- Lote 11-A, esta ubicado en el interior de la manzana formada por las calles Jose Ingenieros, Sarratea, La Republica y Boulevard Wilde, ubicado su vértice Nord-Este, a los 50 m. de la calle Sarratea hacia el Este, y a los 61 m. de la calle José Ingenieros hacia el Sud y mide: 10 m. de frente al Este, por 25 m. de fondo, encerrando una superficie de 250 m2., lindando: al Este con la fracción lote letra “E” de la misma manzana, al Norte con el lote Nº 10, al Oeste con fondos del lote Nº 16, y al Sud con el lote Nº 12. INSCRIPCION DOMINIO Tº 791 Fº 223 Nº 302.036 DPTO. ROSARIO.- Saldrán a la venta en conjunto con la Base de $ 450.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrán nuevamente a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 337.500.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa, saldrán a la venta con una 2º Retasa del 50 % de la Base o sea $ 225.000.- y de no haber tampoco oferentes por la 2º Retasa, la subasta se declarara desierta, con el estado de “Ocupada por la condómina”, según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del CPC y CN.- A las 10,30 Hs.: La 1/4 parte indivisa de la nuda propiedad de un lote de terreno, Lote 16-A, esta ubicado en la calle Sarratea, entre las de José Ingenieros y calle La Republica, a los 61 m. de la calle Jose Ingenieros hacia el Sud, y mide: 10 m. de frente al Oeste, por 25 m. de fondo, encerrando una superficie de 250 m2., lindando: al Oeste con la calle Sarratea, al Norte con el lote Nº 17, al Este con fondos del lote Nº 11, y al Sud con el lote Nº 15. INSCRIPCION DOMINIO Tº 791 Fº 225 Nº 302.037 DPTO. ROSARIO.- Saldrá a la venta con la Base de $ 250.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 187.500.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa, saldrá a la venta con una 2º Retasa del 50 % de la Base o sea $ 125.000.- y de no haber tampoco oferentes por la 2º Retasa, la subasta se declarará desierta, con el estado de “Ocupado”, según constancias de autos, siendo de aplicación para su desocupación el Art. 589 del CPC y CN.- A las 11 Hs.: La 1/4 parte indivisa de la nuda propiedad de un lote de terreno, Lote 17A, esta ubicado en la calle Sarratea, entre las calles José Ingenieros y La Republica, a los 61 m. de la calle José ingenieros hacia el Sud, y mide: 10 m. de frente al Oeste, por 25 m. de fondo, encerrando una superficie de 250 m2., lindando: al Oeste, con la calle Sarratea, al Norte con el lote Nº 18, al Sud con el lote Nº 16 y al Este con fondos del lote Nº 10. INSCRIPCION DOMINIO Tº 791 Fº 227 Nº 302.038 DPTO. ROSARIO.- Saldrá a la venta con la Base de $ 300.000.- Si por la Base no hubiere postores saldrá nuevamente a la venta con una 1º Retasa del 25 % de la Base o sea $ 225.000.- y de persistir la falta de oferentes por la 1º Retasa, saldrá a la venta con una 2º Retasa del 50 % de la Base o sea $ 150.000.- y de no haber tampoco oferentes por la 2º Retasa, la subasta se declarará desierta, con el estado de “Ocupado”, según constancias de autos, con contrato de alquiler vigente con vencimiento el 30.06.2016.- Informe del Reg. Gral. de Propiedades: Constan inscriptos los dominios a nombre de la 1/4 parte indivisa del demandado, no registrándose inhibiciones, ni hipotecas, pero si lo siguiente: Embargos: Al Tº 120 E Fº 5529 Nº 404.500 por $ 18.983,70 del 05.12.2011 o/Juz.Federal Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 55.027/2010, autos Fis.Nac.(BD. 7158/10) c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; Al Tº 123 E Fº 2522 Nº 363.134; Tº 123 E Fº 2525 Nº 363.137; Tº 122 E Fº 1069 Nº 325.106; Tº 123 E Fº 2523 Nº 363.135; Tº 122 E Fº 1066 Nº 325.106; Tº 122 E Fº 1068 Nº 325.107, Tº 123 E Fº 2524 Nº 363.136 por $ 3.658,63 del 07.08.2014 o/los presentes autos; Al Tº 120 E Fº 5527 Nº 404.498 por $ 7.157,99 del 05.12.2011, o/Juz.Federal Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 59.236/2011, autos Fis.Nac.(BD: 6051/11) c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; Al Tº 120 E Fº 5528 Nº 404.499 por $ 5.689,23 del 05.12.2011 o/Juz.Fed.Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 56.735/2011, autos Fis.Nac.(BD. 6051/11) c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; Al Tº 121 E Fº 2472 Nº 356.443 por $ 2.299,33 del 06.07.2012 o/Juz.Federal Nº 1, Rosario, Exp.Nº 80.324/2011, autos Fis.Nac. (AFIP-DGI) c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; Al Tº 121 E Fº 3731 Nº 383.476 por $ 5.278,83 del 01.10.2012 o/Juz.Fed.Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 63.510/2011, autos Fis.Nac.(AFIP_DGI) c/Villafañe Carlos Francisco s/Ej.Fiscal; Al Tº 122 E Fº 1638 Nº 334.864 por $ 13.027,82 del 10.05.2013 o/Juz.Fed.Nº 1-S, Rosario, Exp.Nº 87.885/2012, autos AFIP c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; Al Tº 122 E Fº 2502 Nº 355.450 y Tº 121 E Fº 1809 Nº 343.353 por $ 17.811,48 del 12.07.2013 o/Juz.Fed.Nº 1-S, Rosario, Exp.Nº 82.875/2011, autos AFIP c/Villafañe Carlos Francisco s/Ej.Fiscal; Al Tº 123 E Fº 3100 Nº 378.394 por $ 10.763,55 del 24.09.2014 o/Juz.Fed.Nº 1-A, Rosario, Exp.Nº 83.519/2011, autos Fis.Nac. (AFIP-DGI) c/Villafañe Carlos Francisco s/Ej.Fiscal; Al Tº 120 E Fº 4661 Nº 388.076 por $ 14.888,93 del 18.10.2011 o/Juz.Fed.Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 57.074/2011, autos AFIP c/Villafañe Carlos Francisco s/Ej.Fiscal; Al Tº 120 E Fº 5261 Nº 400.287 por $ 10.088,09 del 21.11.2011 o/Juz.Fed.Nº 1-A, Rosario, Exp.Nº 79.619/2011, autos Fis.Nac. (BD. 6174/11) c/Villafañe Carlos s/Ej.Fiscal; y Al Tº 120 E Fº 5577 Nº 405.983 por $ 20.962,24 del 07.12.2011 o/Juz.Fed.Nº 2-F, Rosario, Exp.Nº 55.111/2011, autos AFIP c/Villafañe Carlos Francisco s/Ej. Fiscal.- CONDICIONES COMUNES PARA LAS TRES SUBASTAS: Los que resulten compradores deberán abonar en el acto de subasta el 10 % del precio de compra como seña, con mas el 3 % de comisión a la Martillera, todo en efectivo o cheque certificado de plaza.- El saldo de precio de compra deberá ser depositado judicialmente dentro de los cinco días de notificado el auto aprobatorio de la subasta, en el Banco de la Nación Argentina de Rosario, Sucursal 3020, a la orden del Juzgado y para los presentes autos.- Obran agregados en autos actas de constataciones de los inmuebles y fotocopias del titulo de propiedad a disposición de los interesados, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Todos los impuestos, tasas, servicios, y/o contribuciones que se adeudaren, como así también los gastos de transferencia de dominio e I.V.A. si correspondiere serán a cargo del comprador. Además los gastos, sellados y honorarios notariales producido por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso, como así también la demarcación y deslinde. El adquirente deberá acreditar su condición ante la A.F.I.P. con fotocopia de la documentación pertinente. De resultar inhábil el día designado para la subasta la misma se realizara al día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Para la exhibición y mayores informes comunicarse con la Martillera (TE. 4402392). En cumplimiento de la Resolución Gral. de la A.F.I.P. se deja constancia que el N° de C.U.I.T. del ejecutado es 20-23015745-7 y de la Martillera C.U.I.T. 27-04292229-9 (Monotributista).- Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 27 de Julio de 2015. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C. 267305 Ag. 4 Ag. 5

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REMATE

POR

MIRTHA N.CARDINALETTI


Por disposición de la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), con intervención del Juzgado Federal N° 1-A de Rosario, a cargo del Dr. Hector Zucchi, Secretaria de la Dra. Mercedes Andrada, se hace saber que en los autos caratulados “FISCO NACIONAL (A.F.I.P.) c/ CABRERA JUAN CARLOS s/ EJECUCION FISCAL”, Exp. N° 78.910-A, Boleta de Deuda N° 6077/2011, se ha dispuesto que la Martillera Mirtha Nora Cardinaletti venda en pública subasta el día 13 de Agosto de 2015, a las 11 hs., la que se llevará a cabo en el Colegio de Martilleros de Rosario, sito en calle Moreno 1546 de Rosario, y donde se encontrará expuesta la bandera de remate, lo siguiente: Un casco usado, Matricula 037001 REY; nombre “La Rosa”; arboladura: lancha de motor; material del casco: P.R.F.V.; eslora: 6,28; manga: 2,02; puntal: 0,80; tonelaje total: 2,00; marca: fuera de borda; nombre constructor: Ast. Virgin Marine S.R.L. Modelo: 628, Serie: “A”, Nº 023; puerto construcción: Tigre; fecha construcción: 2003; Inscripción: C-7668-c-b-2004.- Informe de la Prefectura Naval Argentina, Registro Especial de Yates: Consta inscripta la Matricula a nombre del demandado, no registrándose prendas o hipotecas, ni inhibiciones, pero si lo siguiente: Embargos: Nº 02, autos “Fisco Nac. (AFIP-DGI) c/Cabrera Juan Carlos Enrique s/Ej.Fiscal”, Exp.Nº 33.973-F, o/Juz.Federal de Rosario, por $ 526.895,08 del 08.05.08; y Nº 01, autos “Fisco Nac. c/Cabrera Juan Carlos Enrique”, o/los presentes autos, por $ 10.493,56 del 25.07.13.- Saldrá a la venta Al Contado y Al mejor postor, con una Única Base de $ 20.000.- Si por la Base no hubiere postores la subasta se declarará desierta.- En el estado en que se encuentra, sin reclamos posteriores, entrega inmediata, responsabilidad civil, penal, administrativa y de cualquier otra índole a cargo del adquirente en subasta a partir del momento de la compra.- El que resulte comprador deberá abonar sin excepción en el acto de subasta el total del precio de compra e IVA si correspondiere, con mas el 10 % de comisión a la Martillera actuante, todo en efectivo o cheque certificado de plaza. Son a cargo del adquirente todas las patentes y/o multas que se adeudaren como así también los gastos de transferencias, retiro y traslado del casco y cualquier otro concepto o impuesto provincial o nacional creados o crearse, y que de resultar inhábil el día de la subasta, la misma se realizará el día siguiente hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Se encuentran agregados en autos a disposición de los interesados acta de constatación de la embarcación y los respectivos informes, acotándose que luego de la subasta no se aceptaran reclamaciones por insuficiencias o faltas de cualquier naturaleza. Para mayores informes comunicarse con la Martillera, Tel. 4402392.- En cumplimiento de la Resolución Gral. de la AFIP se deja constancia que el Nº de CUIT del demandado es 20-13032520-4 y de la Martillera CUIT 27-04292229-9 (Monotributista). Todo lo que se hace saber a los efectos que por derecho hubiere lugar. Rosario, 27 de Junio de 2015. Fdo.: Dra. Marisa Giordano de Camiletti (Agente Fiscal de la A.F.I.P.). Todo conforme Ley Nac. 25.239 y su modificatoria Decreto 65/2005.-

S/C. 267304 Ag. 4 Ag. 5

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