CAMARA DE APELACION
Por disposición del Vocal de Trámite de la Cámara de Apelación de Circuito de la ciudad de Santa Fe Dr. Gustavo Alejandro Ríos y la Secretaría Laura Alvarez Ferro, en los autos: “NUEVO BANCO DE SANTA FE c/PACHECO, JORGE CARLOS s/Juicio Ordinarios (Caducidad) - CUIJ 21-16342003-9 se ha ordenado la publicación de Edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de ley, a fin de notificar al demandado rebelde Jorge Carlos Pacheco, la resolución recaída en los autos de mención, que así dispone: Santa Fe, 31 de Mayo de 2018. Autos y Vistos:... Considerando... Por ello, la Cámara de Apelación de Circuito, Resuelve: Hacer lugar parcialmente al recurso de apelación interpuesto, revocando el fallo del 21 de Junio de 2016 en tanto impone las costas del incidente de caducidad en el orden causado, disponiendo que las mismas son a cargo de la parte actora; e, integrando el pronunciamiento con la disposición de que la parte actora deberá hacerse cargo de los honorarios a regular a la Defensora de Ausentes, sin perjuicio de su oportuna repetición contra el demandado. Las costas de esta instancia se impondrán a la apelada vencida. Regístrese, notifíquese y bajen. Fdo: Dres. Javier Miguel Mirande- Mario César Barucca- Gustavo Alejandro RÍOS (Jueces de Cámara) - Laura Alvarez Ferro (Secretaria). Firmado el presente edicto en la secretaría de la Cámara de Apelación de Circuito de Santa Fe, a los 21 días de junio 2018. Dra. Ferro, Secretaria.
$ 33 361147 Jul. 4 Jul. 6
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JUZGADO LABORAL
Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Primera Nominación de la ciudad de Santa Fe, se publican edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de tres (3) días, a los efectos de notificar a todos aquellos que revistan carácter de herederos y/o sucesores del Sr. Francisco Ariel Scheffer, D.N.I. 18.698.546 a comparecer a estar a derecho en los autos caratulados “REAL, JUAN DE LA CRUZ y Otros c/SUC. DE ÍTALO GINI y Otro s/C.P.L.” Expte. Nº 205 año 2012, Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 28 de Junio de 2018. Fdo: Dra. Biroccesi, Jueza; Dr. López, Secretario.
S/C 361259 Jul. 4 Jul. 6
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Laboral de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: “SUCESORES DE SÁNCHEZ ROQUE DANIEL c/LOZANO, URIEL JESÚS y Otros s/Cobro de pesos laborales” CUI3 No 21-04659450-6 (Expte. Nº 798 - Año 2010), se ha resuelto declarar rebelde al demandado Jesús Uriel Lozano, D.N.I. Nº 28.925.640. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el lugar para tales fines habilitado por la C.SJ.S.F. en el hall de Tribunales. Santa Fe, 1 de Junio de 2018. Fdo.: Dra. Silvina Paula Melchiori, Secretaria.
S/C 361261 Jul. 4 Jul. 5
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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA
Por disposición del Sr. Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: “Burkett Simonutti María Alejandra s/Rectificación de partida” CUIJ. 21-01977834-4, año 2016, la Sra. María Alejandra Burkett Simonutti ha solicitado la rectificación judicial de: acta de matrimonio de Ítalo Ghiglia Titacia y Valentina Estanislada Gómez, Acta N° 195 de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, año 1936, pidiendo se sustituya “Italo Titaccio Ghiglia”, por “Italo Ghiglia Titacia”; en relación al lugar de nacimiento de ítalo, se sustituya “Novan”, por “Trivero, Provincia de Vercelli, Italia”; en relación a la madre de ítalo, se sustituya “Celestina Tilaccia Ghiglia”, por “Celestina Ghiglia Titacia”. acta de defunción de Ítalo Ghiglia Titacia, N° 24, de la ciudad de Alta Gracia, departamento Santa María, provincia de Córdoba, Año 1969, pidiendo se sustituya “ítalo Titaccia Ghiglia”, por “ítalo Ghiglia Titacia” que es el correcto; en relación al lugar de nacimiento, se sustituya “Novaro”, por “Trivero, Provincia de Vercelli, Italia”; se sustituya “Celestina Titlaccia” por “Celestina Ghiglia Titacia”. acta de nacimiento de Aída Luz Ghiglia, N° 799, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, año 1940, pide que respecto del padre de Aída, se sustituya “ítalo Titacio Ghiglia” por “Italo Ghiglia Titacia”, respecto de su abuela paterna, se reemplace “Celestino Titacio Chiglia” por “Celestina Ghiglia Titacia” que es el correcto. Acta de matrimonio de Aída Luz Ghiglia con Juan Eduardo Simonutti, Nº 156, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, año 1960, donde solicita se reemplace “Italo Titaccia Ghiglia” por “Italo Ghiglia Titacia”. acta de matrimonio de Aída Luz Ghiglia y José Victorio Burkett, N° 158, Tomo I, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, año 1975, donde pide se sustituya “Italo Titacio Ghiglia” por “ítalo Ghiglia Titacia”. Acta de nacimiento de María Alejandra Burkett Simonutti, N° 1128, de la ciudad de Santa Fe, provincia de Santa Fe, año 1961, solicita se sustituya “ítalo Titaccia Ghiglia” por “Italo Ghiglia Titacia”; se consigne que ítalo Ghiglia Titacia era de nacionalidad “italiana” y no argentino. Acta de matrimonio de la actora con Nicolás Rubén Paduli, N° 432, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, año 1988, pide se reemplace “María Alejandra Burket Simonutti”, por “María Alejandra Burkett Simonutti” que es el correcto. De conformidad a lo dispuesto por el artículo 70 del Código Civil y Comercial de la Nación, se publican edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, 28 de Mayo de 2018. Dra. Verónica Toloza (Secretaria). Dra. Romagnoli, Prosecretaria.
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados JAZMÍN EXEQUIEL IGNACIO s/Quiebra” (CUIJ: 21-0199172-1) tramitados por ante este Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: “Santa Fe, 25 de Junio de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Jazmín Exequiel Ignacio, argentino, apellido materno PASSERINI, DNI Nº 31.058.750, CUIL: 20-31058750-9, divorciado, empleado del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe domiciliado realmente en calle Islas Malvinas Nº 669 de la localidad de San Carlos Centro, Provincia de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Saavedra Nº 2233 Depto 1 “A” de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en él art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27.06.2018 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe y al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 17.08.2018 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el dia04.09.2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 03.10.2018 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 ley 24.522) y designar el día 20.11.2018 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).- Otro Decreto: “Santa Fe, 28 de Junio de 2018: “Habiéndose realizado día 27.05.2018 el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado la Sindica CPN Gabriela Verónica Trivisono a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361230 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “URIBE, SUSANA BEATRIZ s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ N° 21-01994573-9), atento lo ordenado en fecha 24 de Mayo de 2018 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°)- Se ha declarado la quiebra de Susana Beatriz Uribe, D.N.I. Nº 14.093.459, de apellido materno Ríos. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°)- Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 21 de Agosto de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones ‘de verificación. 5°) Se ha designado síndico a la C.P.N. Alicia Nélida Valiente, con domicilio en calle Pasaje Koch Nº 1057, Dpto. 2, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (Art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 28 de Junio de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.
S/C 361198 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición de la Sra. Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “VILLANUEVA, SOLEDAD DEL CARMEN s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ N° 21-01995925-9), atento lo ordenado en fecha 30 de Mayo de 2018 se ha dispuesto publicar el presente de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522, haciendo saber que: 1°) Se ha declarado la quiebra de Soledad Del Carmen Villanueva, D.N.I. N° 27.063.061, de apellido materno Gamarra. 2°) Se ordena a la fallida y a terceros la entrega al síndico de los bienes de pertenencia de la primera, y se intima a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas de que aquel acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad. 3°) Se ordena la prohibición de hacer pagos a la fallida, bajo el apercibimiento de ser ineficaces. 4°) Se ha fijado hasta el día 21 de Agosto de 2018 la fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación. 5°) Se ha designado síndico a la C.P.N. Sandra Del Carmen Cerino, con domicilio en calle Moreno Nº 2407, Planta Alta, de esta ciudad. Fdo: Dra. Viviana Marín - Jueza- Dr. Daniel R. Maurutto - Secretario. Lo que se publica es a los efectos legales. Publíquense edictos por el término de cinco días en el BOLETÍN OFICIAL sin cargo (art. 89 Ley 24522). Santa Fe, 28 de Junio de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.
S/C 361200 Jul. 4 Jul. 24
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El Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8va. Nominación de Santa Fe hace saber que en los autos caratulados: “FLORES, ALICIA INÉS s/Quiebra”, CUIJ 21-01974760-0 se ha ordenado poner de manifiesto el Informe final y proyecto de distribución reformulado por la sindicatura, como así también se han regulado los honorarios del funcionario y letrado interviniente. Como recaudo se transcribe el resolutivo y decreto, que textualmente dicen en su parte pertinente: Santa Fe, 18 de Abril de 2018. Tomo: 42 Folio: 122 Resolución: 254 Vistos:... Considerando:... Resuelvo: Fijar los honorarios totales en la suma de $ 59.271,52.-, equivalente a un sueldo de Secretario de Primera Instancia, a distribuir en la siguiente proporción: 1°) $ 41.490,06.- (pesos cuarenta y un mil cuatrocientos noventa con seis centavos) para el CPN Roberto R. Escobar y 2°) $.17.781,46 (pesos diecisiete mil setecientos ochenta y uno con cuarenta y seis centavos) (9,480766 Jus), para el Dr. Juan B. Fossa. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza, Juez; Dra. Mariana Nelli, Secretaria. Otro: Santa Fe, 12 de Junio de 2018. Por reformulado informe final y proyecto de distribución. De manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos de conformidad con lo dispuesto por el art. 218 de la L.C.Q. Fdo. Dr. Iván Di Chiazza; Juez; Dra. Mariana Nelli, Secretaria. Dra. Mántaras, Prosecretaria. Santa Fe, 15 de Junio de 2018.
S/C 361221 Jul. 4 Jul. 5
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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación, Santa Fe, se hace saber que en autos LEGUIZAMON, MARÍA CRISTINA s/Quiebra” que tramitan por expediente C.U.I.J. Nº 21-01957999-6 se ha se ha se ha presentado el Informe Final y el Proyecto de Distribución. Lo que se publica por dos días a sus efectos legales. Santa Fe, 26 de Junio de 2018. Dra. Noé de Ferro, Secretaria.
S/C 361260 Jul. 4 Jul. 5
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “GÓMEZ, JORGE ALBERTO s/Quiebra” (Expte. CUIJ 21-01991609-7), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, Junio 22 de 2018.- ...AUTOS Y VISTOS... RESULTA... CONSIDERANDO... RESUELVO: 1- Declarar la quiebra de Jorge Alberto Gómez, argentino, mayor de edad, DNI: 14.048.781, empleado, domiciliada realmente en calle Juan Díaz de Solisl528 y constituyendo domicilio legal en calle Francia 1743 Of. 2 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose.3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Sindico.5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal.6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.10- Designar el día 27.06.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 24.08.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 08.10.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 20.11.18 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522.14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q.- Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Otro decreto: “Sta. Fe, Junio 28 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente al CPN Edgardo Pedro Moschitta.....con domicilio en calle Feo Zuviría 3675...Comparezca a aceptar el cargo.......Notifíquese”.- Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor (Secretaria).
S/C 361232 Jul. 4 Jul. 24
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados “ROMERO, RICARDO s/Solicitud Propia Quiebra” (CUIJ: 21-01959967-9) que se tramitan ante el Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, se ha resuelto lo siguiente: “Santa Fe, 14 de Mayo de 2018. Agréguese el proyecto de distribución acompañado por la Sindicatura. A consideración de los interesados. Publíquese edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y lugar designado por la CSJ. Notifíquese. Fdo.: Dr. Claudio Bermúdez (Juez) - Dra. María Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
Dra. Pacor Alonso, Secretaria.
S/C 361201 Jul. 4 Jul. 5
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Por estar así dispuesto en los autos caratulados: “RUIZ, FACUNDO DANIEL s/Solicitud propia quiebra”, Expediente N° 21-01966716-9, de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, se ha dispuesto librar el presente, a los fines de que se sirva ordenar la publicación del siguiente edicto judicial (sin cargo - Quiebra-), por el término de dos días, cuyo texto es el siguiente: El Juzgado de primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, Secretaría a cargo de la Doctora Alicia Isabel Roteta, sito en calle San Jerónimo 1.551 de la ciudad de Santa Fe, hace saber que en los autos caratulados: “RUIZ, FACUNDO DANIEL s/Solicitud propia quiebra, Expediente N° 21-01966716-9, se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 21 de Junio de 2018. Por presentado el proyecto de distribución readecuado. De manifiesto el mismo por el término de ley. Publíquense edictos conforme lo dispone el art. 218 de la Ley 24.522. Notifíquese. Firmado: Dra. Alicia Isabel Roteta: Secretaria; Dr. Diego Raúl Aldao: Juez.
S/C 361183 Jul. 4 Jun. 5
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MALLOZZI, YOANA LETICIA GUADALUPE s/Quiebra” (Expte. CUIJ 21-01995845-8), se ha ordenado lo siguiente: “Santa Fe, Junio 25 de 2018. ...Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Yoana Leticia Guadalupe Mallozzi, argentina, mayor de edad, DNI: 36.002.900, empleada, domiciliada realmente en calle Fray Mamerto Esquiu 2930 y constituyendo domicilio legal en calle Crespo 2582 Of. 6 ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ.10- Designar el día 27.06.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11 - Fijar el día 24.08.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 08.10.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 20.11.18 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley Concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q.- Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos.- Otro decreto: “Sta. Fe, Junio 28 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un síndico......bolilla correspondiente a la CPN Estela Maria Togneni.....con domicilio en calle San Lorenzo 2826...Comparezca a aceptar el cargo... Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361233 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados FRUTOS CLAUDIO ALEJANDRO s/Quiebra” (Expte. CUIJ 21-01995991-8), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, Junio 15 de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Claudio Alejandro Frutos, argentino, mayor de edad, casado, DNI: 25.116.215, empleado, domiciliado realmente en calle Formosa 2145, Barrio Zaspe de Santo Tome y constituyendo domicilio legal en calle Belgrano 5527 de esta ciudad de Santa Fe. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes de la fallida, oficiándose a sus efectos para la toma de razón al Registro General de la Propiedad, Registro Nacional de la Propiedad Automotor y Registro de Créditos Prendarios. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos de la fallida los entreguen al Síndico. 5- Intimar a la fallida para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir a la fallida la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber a la fallida que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles de la fallida con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 21.06.18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11 - Fijar el día 17.08.18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (Art. 32 Ley 24.522). 12- Señalar el día 01.10.18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 13.11.18 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley concursal). 13- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra la fallida a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 14- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el BOLETÍN OFICIAL de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 15.- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la L.C.Q. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 ley 3.456) y al Concejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro decreto: Sta. Fe, Junio 28 de 2018. Habiéndose realizado.....sorteo.....un sindico......bolilla correspondiente al CPN Héctor González...con domicilio en calle 25 de Mayo 3407...Comparezca a aceptar el cargo...Notifíquese. Fdo: Dr. Claudio A. Bermúdez (Juez). Dra. Alfonsina Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361234 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados: GREGORI, BRENDA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ) 21-01994718-9), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 15/06/18/18. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Brenda Guadalupe Gregori, apellido materno Merlo, argentina, DNI N° 33.686.824, soltera, mayor de edad, empleada del Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Espora 3363 de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle 25 de Mayo 2126, Piso 2 Dpto. B, de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en turno para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27/06/18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 17/08/18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 03/09/18 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 01/10/18 orno fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 13/11/18 como fecha para que el Sindico presente el informe general (art. 39 de la ley concursal). 14- Exhortar a los juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. [Art. 23 ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Pe, 27/06/18. Habiendo resultado sorteado el síndico Ariel Raúl Perella domiciliado en calle Saavedra 2015 para intervenir en autos GREGORI, BRENDA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra” (CUI) 21-01994718-9) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361226 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados MARTÍNEZ CARINA ISABEL s/Solicitud propia quiebra” (CUIJ: 21-01996285-1) tramitados por ante este Juzgado dé Primera Instancia de Distrito Judicial Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, de los que: Santa Fe, 15 de junio de 2018. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Carina Isabel Martínez argentina, apellido materno Olivares, DNI Nº 20.283.171, CUIL: 20-20283171-6, casada, empleado de la Municipalidad de Santa Fe, domiciliada realmente en calle Las Flores II MB Dto.451 de la ciudad de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Lisandro de la Torre Nº 3049 de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27.06.2018 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Santa Fe y al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 17.08.2018 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12- Fijar el día 04.09.2018 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 03.10.2018 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 20.11.2018 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria). Otro Decreto: “Santa Fe, 28 de Junio de 2018: Habiéndose realizado día 27.06.2018 el sorteo correspondiente a un Sindico que intervendrá en autos, ha sido sorteado el Síndico CPN Néstor Eduardo Amut a quien se designa en tal carácter, debiendo comparecer a aceptar el cargo en cualquier día y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361229 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación, en los autos caratulados “LUNA, SANDRA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra” (CUI1 21-01996644-2), se ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 25/06/18. Autos y Vistos... Resulta... Considerando... Resuelvo: 1- Declarar la quiebra de Sandra Guadalupe Luna, apellido materno Godoy, argentina, DNI N° 21.411.947, casada, mayor de edad, empleada en la Municipalidad de Santa Fe, domiciliado realmente en calle Vélez Sarfield 3447, 3 piso Dpto. A de Santa Fe y constituyendo domicilio legal en calle Manzana 6 Vivienda 17, Barrio El Pozo, de esta ciudad. 2- Mandar anotar la presente sentencia de quiebra a los Registros correspondientes, oficiándose. 3- Decretar la inhibición general de bienes del fallido, oficiándose a sus efectos para la toma de razón a los Registros pertinentes. 4- Ordenar a los terceros que tengan en su poder bienes y documentos del fallido los entreguen al Síndico. 5- Intimar al fallido para que dentro de las 24 hs. de aceptado el cargo por el Síndico, ponga sus bienes a disposición del funcionario concursal. 6- Prohibir al fallido la realización de pagos, reputando ineficaces los que eventualmente pudiera efectuar. 7- Ordenar interceptar la correspondencia, las comunicaciones dirigidas al fallido, que deberán ser entregadas al Síndico. A sus efectos se oficiará. 8- Hacer saber al fallido que sólo podrá ausentarse del país previa autorización de este Tribunal, y de conformidad a lo dispuesto por los arts. 25 y 103 de la Ley 24.522. Practíquese las pertinentes comunicaciones a la Jefatura de Policía de la Pcia. de Santa Fe, a la Delegación Santa Fe de la Policía Federal y a la Oficina de Migraciones del Ministerio del Interior, oficiándose. 9- Designar al Oficial de Justicia en tumo para que efectúe el inventario e incautación de los bienes y papeles del fallido con los alcances previstos en el art. 177 de la Ley 24.522 sin perjuicio de que en el término de 30 días el Síndico realiza el inventario ordenado en el inc. 10 del art. 88 de LCQ. 10- Designar el día 27/06/18 a las 10:00 hs. para que tenga lugar la audiencia por la que se sorteará el Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales existentes en el Juzgado. Comuníquese al Consejo de Profesionales de Ciencias Económicas. 11- Fijar el día 17/08/18 inclusive, como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos, así como los títulos pertinentes (art. 32 Ley 24.522). 12 - Fijar el día 03/09/18 como fecha hasta la cual el fallido y los acreedores podrán impugnar las solicitudes formuladas. 13- Señalar el día 01/10/18 como fecha en la cual la Sindicatura deberá presentar los informes individuales de los créditos (art. 35 Ley 24.522) y designar el día 13/11/18 como fecha para que el Síndico presente el informe general (art. 39 de la Ley concursal). 14- Exhortar a los Juzgados donde se tramiten juicios de contenido patrimonial contra el fallido a los fines de que procedan a la remisión de los mismos en los términos y con los alcances del art. 132 de la Ley 24.522. 15- Disponer la publicación de Edictos durante cinco días en el Boletín Oficial de la Pcia. de Santa Fe, de acuerdo a los normado por el art. 89 de la LCQ. 16- Aceptado el cargo por parte de la Sindicatura designada, córrase vista a los fines dispuestos en los incisos 11 y 12 del artículo 14 de la LCQ. Hágase saber, insértese, expídase copia. Ofíciese a los Registros correspondientes. Comuníquese a la A.P.I. (Art. 23 Ley 3.456) y al Consejo Profesional de Ciencias Económicas (acordada 195, punto 2 de la Excma. Corte Suprema de Justicia de la Pcia. del 19 de Noviembre de 1.986. Comuníquese a la empleadora oficiándose a sus efectos. Otro Decreto: Santa Fe, 27/06/18. Habiendo resultado sorteado el síndico Adriana Raquel Bonaparte domiciliado en calle 9 de Julio 2804 para intervenir en autos “LUNA, SANDRA GUADALUPE s/Solicitud propia quiebra” (CUI) 21-01996644-2) desígnaselo en tal carácter. Comparezca a aceptar el cargo cualquier d(a y hora de audiencia con las formalidades y bajo los apercibimientos de ley. Notifíquese. Fdo. Bermúdez (Juez) - Pacor Alonso (Secretaria).
S/C 361228 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición de la Dra. Lilián Insaurralde, Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial en lo Civil, Comercia, Laboral y de Familia N° 20 de la ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe, se hace saber que en autos caratulados: VERON LIDIA JUANA s/Quiebra” (Expte. Nº 81; Año: 2018), por resolución de fecha 03 de mayo de 2018 se ha resuelto: (...) 1) Declarar la Quiebra (arts. 288 y 289, ley 24.522) de la señora Verón, Lidia Juana, D.N.I. N° 29.687.189, argentina, mayor de edad, empleada del Ministerio de Salud de la Provincia de Santa Fe; con domicilio real en Barrio el Once s/n y constituyendo domicilio procesal en calle Libertad 1707, ambos de esta ciudad de San Javier, Provincia de Santa Fe (...), 3) Ordenar al fallido, como así también a terceros, para que en el término de 48 horas de su designación, entreguen al Síndico todos los bienes de pertenencia del primero. Intimar a la deudora para: a) que entregue a la Sindicatura, dentro de las 24 hs de que aquél acepte el cargo, la documentación relacionada con su contabilidad (Art. 88 inc 4 LCQ); b) Intimar al fallido para que en el término de diez días contados a partir de la presente resolución, de cumplimiento a lo dispuesto por el art. 86 de la Ley 24.522; 4) Prohibir hacer pagos a la fallida, los que de realizarse se reputarán ineficaces (...). Otra Resolución: por resolución de fecha 15 de Junio de 2018 se ha resuelto reprogramar las fechas: Autos y Vistos:… Resulta:... Considerando:... Resuelvo: I) Fijar hasta el día 17 de Agosto de 2018 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) como plazo dentro del cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación y los títulos pertinentes al Síndico, en la forma establecida en el art. 200 y 32 de la LC. Q. II) Señalar entre los días 21 de Agosto de 2018 y 6 de Septiembre de 2018 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), el Periodo de Observación e Impugnaciones (Art. 34 y 200). III) Para que el Síndico presente al Juzgado un Informe Individual (Art. 35 L.C.Q.) de cada solicitud de verificación en particular, señálese el día 19 de Octubre de 2018 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado) y para que presente el Informe General (Art. 39 L.C.Q.), el día 5 de Diciembre de 2018 inclusive (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado), haciéndole saber explícitamente que antes de la fecha de presentación de los informes individuales deberán estar debidamente diligenciados TODOS LOS OFICIOS REQUERIDOS. IV) Ordenar las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento de lo dispuesto por el art. 103 de la Ley 24.522, haciéndose saber que conforme dicha disposición el fallido no podrá ausentarse del país hasta la presentación del informe general, el cual deberá cumplimentarse el día 5 de Diciembre de 2018 (o el día hábil inmediato posterior, si aquel resultare feriado). Sin perjuicio de ello, la suscripta se reserva la facultad que le confiere el mencionado artículo, de extender tal prohibición hasta seis meses más. A tales fines, ofíciese a la Policía Federal, Oficinas de Migraciones del Ministerio del Interior y autoridades de control de fronteras (Gendarmería Nacional y Prefectura Naval Argentina). V) Publíquense los edictos de ley, en la forma y condiciones establecidas en la resolución que declara la quiebra. VI) Insértese el original, agréguese copia y hágase saber. Fdo.: Dra. Luían Insaurralde, Juez. - Dra. Silvina Demboryniski, Secretaria. El Síndico designado en autos es el CPN Ileana Fasano, con domicilio constituido en calle San Martín 11561 de la ciudad de San Javier, fijando horario de atención de 8 a 11 y de 16 a 19 horas. Lo que se publica a los efectos legales y por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL, medio gráfico, radial y espacio destinado a tal fin. Dra. Demboryniski, Secretaria. Santa Fe, 15 de Junio de 2018.
S/C 361255 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: “ASOCIACIÓN MUTUALISTA CLUB CENTRAL SAN CARLOS c/MAROLO, ZULMA GLADIS s/Juicio Ejecutivo; (Expte. Nº 69/18), se hace saber a la Sra. Zulma Gladis Marolo (D.N.I. Nº 17.969.649), que con fecha 10.05.2018 se ha dictado sentencia, ordenando llevar adelante la ejecución, hasta que la parte adora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más el interés a la tasa activa que para descuentos de documentos comerciales en Pesos a 30 días, percibe el Banco de la Nación Argentina, desde la mora y hasta el efectivo pago, capitalizables, con más las costas del proceso. Se difiere la regulación de honorarios hasta tanto se practique liquidación. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro, 21 de Junio de 2.018. Dra. Fertonani, Secretaria.
$ 33 361224 Jul. 4 Jul. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito N° 24 de la ciudad de San Carlos Centro, en los autos caratulados: FERREYRA, CAROLINA LORENA c/ALVAREZ, SILVANA MARIELA y BAZAN, DANIEL NICOLÁS s/Juicio Ejecutivo; (Expte. Nº 146/18), se hace saber a la Sra. Silvana Mariela Alvarez (D.N.I. N° 25.289.152) y al Sr. Daniel Nicolás Bazán (D.N.I. Nº 25.773.721) que con fecha 11.04.18 se tiene por entablada en su contra demanda ejecutiva por cobro de la suma de $ 23.835 con más sus intereses y costas, y se los cita y emplaza para que dentro del término de 3 días comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Fdo.: Marini (Juez) - Fertonani (Secretaria). San Carlos Centro, 21 de Junio de 2.018. Dra. Fertonani, Secretaria.
$ 33 361223 Jul. 4 Jul. 5
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro 28 de la ciudad de Santo Tomé. Provincia de Santa Fe, se cita y emplaza al Sr. Miguel Angel Jorge Gallo y/o a quien resulte jurídicamente responsable del inmueble identificado como Manzana 2035N Parcela 2 de la ciudad de Santo Tomé, para que tomen intervención y/u opongan excepciones legitimas en el término de ley a contar desde la última publicación, y bajo apercibimientos de ley dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/GALLO, MIGUEL ANGEL JORGE s/Apremio Fiscal”, Expte. Nº 21-22620387-4. Se publicará sin cargo. San Tomé, 4 de Junio de 2018. Dra. Serrano, Secretaria. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 4 de Junio de 2018. Dra. Serrano, Secretaria.
$ 1 361185 Jul. 4 Jul. 6
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Por disposición del Señor Juez a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Circuito Nro 28 de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, se cita y emplaza a la firma Independencia S.R.L. y/o a quien resulte jurídicamente responsable de los inmuebles identificados como Manzana 3223 Parcela 2 y Manzana 3224 Parcela 9 de la ciudad de Santo Tomé, para que tomen intervención y/u opongan excepciones legitimas en el término de ley, a contar desde la última publicación y bajo apercibimientos de ley dentro de los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/INDEPENDENCIA S.R.L. s/Apremio Fiscal, Expte. 21-22620708-9. Se publicará sin cargo. Santo Tomé, 4 de Junio de 2018. Dra. Serrano, Secretaria.
S/C 361184 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 28, de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/EMPRESA FERNANDO PEREL S.R.L. s/Apremio; (Expte. Nro. 980 Año 2017), se ha dictado el siguiente decreto: Santo Tome, 28 de Septiembre de 2017. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, el que le es devuelto. Téngase por deducida demanda de apremio, contra Empresa Fernando Perel S.R.L. y/o q.r.j.r, por la suma de $ 22.425,71, con más intereses y costas. Líbrese cédula de intimación de pago. En el mismo acto, se citara de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandara a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 4: De no verificarse el pago, y si el dominio subsistiere a nombre de los demandados, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 22.425,71, con más la suma de $ 11.000, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando a la peticionante a intervenir en el diligenciamiento. En caso de no subsistir el dominio y si existieren bienes libres, líbrese mandamiento de embargo al Oficial de Justicia en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. A lo demás: oportunamente. Notifiquen en Secretaria los empleados: Vallejo, Bogner, Avila, Wuthrich. Notifíquese. Fdo. Dra. María Alejandra Serrano - Secretaria - Dr. Néstor Pedro Cogliano - Juez. Santo Tomé, 14 de Junio de 2018. Dra. Serrano, Secretaria.
S/C 361180 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito N° 28, de la ciudad de Santo Tomé, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME c/USINQUER, RAÚL ATILIO s/Apremio; (Expte. Nro. 1138 Año 2017.), se ha dictado el siguiente decreto: “Santo Tome, 19 de Octubre de 2017. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, -el que le es devuelto- previa certificación de la copia por la actuaría. Téngase por deducida demanda de apremio, contra Sr/es Raúl Atilio Usinquer y/o q.r.j.r, por la suma de $ 17.917,74- con más intereses y costas. Líbrese cédula de intimación de pago. En el mismo acto, se citara de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandara a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 4: De no verificarse el pago, y si el dominio subsistiere a nombre de los demandados, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $17.917,74- con más la suma de $ 9.000, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando a los profesionales requirentes a intervenir en el diligenciamiento. En caso de no subsistir el dominio y si existieren bienes libres, líbrese mandamiento de embargo al Oficial de Justicia en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. A lo demás: oportunamente. Notifiquen en Secretaria los empleados: Vallejo, Bogner, Avila, Wuthrich. Notifíquese. Fdo. Dra. Maria Alejandra Serrano - Secretaria - Dr. Néstor Pedro Cogliano - Juez. Santo Tomé, 14 de Junio de 2008.
S/C 361181 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Circuito No 28, de la ciudad de Santo Tome, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE SANTO TOME C/ COELHO, DIEGO ANDRÉS y/o COELHO, VANESA ALEJANDRA S/APREMIO” (Expíe. Nro. 1615 Año 2017.f, se ha dictado el siguiente decreto: “Santo Tome,2 de Febrero de 2018. Por presentado/s, domiciliado/s y en el carácter invocado, acuérdasele la participación legal correspondiente en mérito al Poder General que en fotocopia obra en autos, y cuyo original he tenido a la vista, -el que le es devuelto- previa certificación de la copia por la actuaría. Téngase por deducida DEMANDA DE APREMIO, contra Sr/es DIEGO ANDRÉS COELHO y/o VANESA ALEJANDRA COELHO y/o q.r.j.r, por la suma de $ 23.714,90- con más intereses y costas. Líbrese cédula de intimación de pago. En el mismo acto, se citara de remate con la prevención de que si dentro del plazo de ley no opone excepción legítima alguna, se mandara a llevar adelante la ejecución por el capital reclamado, sus intereses y costas. Al apartado 4: De no verificarse el pago, y si el dominio subsistiere a nombre de los demandados, trábese embargo sobre el inmueble denunciado, hasta cubrir la suma de $ 23.714,90, con más la suma de $ 11.500, calculados para intereses y costas. Ofíciese al Registro General de la Propiedad, autorizando a los profesionales requirentes a intervenir en el diligenciamiento. En caso de no subsistir el dominio y si existieren bienes libres, líbrese mandamiento de embargo al Oficial de Justicia en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado con más el 50% de dicho monto, estimado provisoriamente para intereses y costas futuras. A lo demás: oportunamente. Notifíquese. Fdo. Dra. María Alejandra Serrano - Secretaria - Dra. Ana Cristina Gianfrancisco - Juez. Santo Tomé, 14 de Junio de 2018. Dra. Serrano, Secretaria.
S/C 361182 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición de la Señora Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de San Justo, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derecho a los bienes dejados por los causantes Cavatorta Juan Clemente, LE. 2.492.324 y Scotta Margarita Emma DNI N° 6.452.692 en autos caratulados “SCOTTA MARGARITA EMMA y CAVATORTA JUAN CLEMENTE s/Sucesorio” (Expte. 244/2018) para que comparezcan a hacer valer sus derechos, lo que se publica a sus efectos legales. Fdo. M. Itatí Gohringer (secretaria) - Laura M. Alessio (Jueza). San Justo, 18 de Junio de 2018.
$ 45 361164 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 4ta. Nominación de la ciudad de Santa Fe, Provincia de Santa Fe, en autos caratulados: “PICCA, ELIDA SUSANA s/Sucesorio, Expte. CUIJ N° 21-01996749-9, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios doña Elida Susana Picca, DNI N° 11.294.288, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Tribunales. Santa Fe, Pcia. de Santa Fe, 27 de Junio 2.018. Dra. Pacor Alonso, Secretaria.
$ 45 361235 Jul. 4 Jul. 31
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Por disposición del señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos: “MONJE, RAMONA s/Sucesorio” (CUIJ: 21-019940-19-2) se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de MONJE, RAMONA, D.N.I. 13.476.255, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 19 de Junio de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.
$ 45 361257 Jul. 4 Jul. 3
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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dr. Carlos Federico Marcolin y Secretaria del Dr. Pablo Cristian Silvestrini, en los autos caratulados: NOVILLO, DELIA CATALINA s/Sucesorio CUIJ Nro. 21-01992013-2 Año 2017, por el presente se notifica y se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios a comparecer a estar a derecho en la declaratoria de herederos de la Señora Novillo, Delia Catalina, D.N.I. Nro. 1.910.420, nacida el 30 de Abril de 1921 y fallecida en fecha 17 de Octubre de 2017. Santa Fe, 13 de Marzo de 2018. Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez). Dr. Pablo Cristian Silvestrini (Secretario). Santa Fe, 19 de Mayo de 2018. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.
$ 45 361257 Jul. 4 Jul. 3
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil de la Cuarta Nominación, Santa Fe, en los autos: “RUGLIO, SILVINA CLAUDIA s/Declaratoria de herederos” CUIJ 21-01982770-1 se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Silvina Claudia Ruglio, Documento de Identidad, D.N.I. 22.861.452; para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y en el hall de Planta Baja del Tribunal (art. 67 CPC mod. por Ley 11.287). Santa Fe, 4 Junio de 2018. Dra. Silvestrini, Secretario.
$ 45 361159 Jul. 4 Jul. 31
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Décima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos caratulados autos: “DE GIOVANNI Edward José Esteban s/Sucesorio; Expte. CUIJ Nro: 21-01996925-5. Año 2018, se cita, llama y emplaza a todos los que se consideren con derechos a los bienes del causante Edward José Esteban de Giovanni, D.N.I. Nº 6.205.426, para que los hagan valer en el término y bajo los apercibimientos de ley. Santa Fe, 27 de Junio de 2018. Dr. Noé de Ferro, Secretaria.
$ 45 361189 Jul. 4
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la Ciudad de Santa Fe en autos “PANESSIDI, MARIO ALBERTO s/Sucesorio - CUIJ Nº 21-01995619-6, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios del Sr. Mario Alberto Panessidi, de apellido materno Cruz, D.N.I. Nº 12.437.885, domiciliado en calle Sarmiento Nº 4946, de la ciudad de Santa Fe, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Santa Fe, 28 de Junio de 2018. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria. Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, Juez. Santa Fe, 28 de Junio de 2018.
$ 45 361190 Jul. 4
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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe de la provincia de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor MIGUEZ, DIONISIO, D.N.I. Nº 6.194.720, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en autos MIGUEZ, DIONISIO s/Sucesorio (Expte. C.U.I.J. 21-01990863-9). Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y se exhibe en el lugar fijado por la Corte Suprema de Justicia (Ley 11.267). Santa Fe, 19 2018. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, Secretaria.
$ 45 361156 Jul. 4 Jul. 31
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial Jugado de la Cuarta Nominación de la ciudad de Santa Fe en autos caratulados LATURNERIE INOSENCIO ALBERTO s/Juicio Sucesorio - CUIJ N° 21-00869642-7 y sus acumulados: LATURNERIE, INOSENCIO ALBERTO s/ Sucesorio; (Expte. Nº 743/12 y MUÑOZ BASILIA ELISA s/Sucesorio; (Expte. Nº 1115/2012), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Muñoz Basilia Elisa, DNI 1.528.751; para que comparezcan a hacer valer sus derecho dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y Hall de Tribunales de la ciudad de Santa Fe Junio de 2018. Fdo. Dra. María Alfonsina Pacor Alonso, (Scria)., Dr. Claudio Alejandro Bermúdez, (Juez).
$ 45 361154 Jul. 4 Jul. 31
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Por orden del Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de esta ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: CISMEROS, SERGIO LEOPOLDO s/Declaratoria de herederos (CUIJ 21-01994298-5) de trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Sergio Leopoldo Cisneros, D.N.I. 18.440.475, fallecido el día 7/08/2017, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL. Santa Fe, 21 de Junio de 2018. Dr. Leizza, Prosecretario.
$ 45 361149 Jul. 4 Jul. 31
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Por disposición del señor Juez de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don Santiago Alejandro Piana, argentino, DNI 11.795.676, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales en autos caratulados: PIANA, SANTIAGO ALEJANDRO s/Sucesorio, (CUIJ 21-01993951-8), tramitan por ante el Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial de la Octava Nominación de la ciudad de Santa Fe. Santa Fe, 8 de Junio de 2018. Dra. Mántaras, Prosecretaria.
$ 45 361175 Jun. 4 Jul. 31
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TOSTADO
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado -Distrito Judicial Nº 15 - Secretaría única a cargo del Dra. Marcela A. Barrera, en autos caratulados: “Expte. 60 año 2016 - AGUIRRE GRACIELA NOEMI y OT. c/SANDOBAL DE TURENNE GREGORIA s/Usucapión”, se ha dispuesto “Tostado, 26 de febrero de 2018. Atento lo solicitado y constancias de autos, haciendo efectivos los apercibimientos de ley declárese rebelde a la accionada. A los fines de la notificación, publíquense edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Notifíquese. Fdo. Dra. Hayde María Regonat (Jueza) - Dra. Marcela A. Barrera (Secretaria). Tostado, 25 de Junio de 2018. Dra. Barrera, Secretaria.
$ 33 361216 Jun. 4 Jun. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral, Secretaría Unica, de Tostado, en autos: PERRIG, DIEGO ABEL s/Sucesorio” Expte. N° 46 Año 2018, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o legatarios del Sr. Perrig Diego Abel, para que comparezcan a este juzgado dentro del término y bajo los apercibimientos de ley a hacer valer sus derechos. Lo que se publicara en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Fdo.: Hayde M. Regonat (Jueza), Marcela Barrera (Secretaría). ///TADO, 8 de Junio de 2018.
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SAN JORGE
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito N° 11 de San Jorge (SF), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Acuña, Catalina Guadalupe, D.N.I. N° F 4.724.954, para que comparezcan en autos ACUÑA, CATALINA GUADALUPE s/Sucesorio - Expte. 587 - Año 2018, a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de Ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y transparente del Juzgado. San Jorge, 21 de Junio de 2018. Fdo. Dra. Daniela G. Piazzo, Secretaria.
$ 45 361227 Jul. 4 Jul. 24
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SAN CRISTOBAL
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Por disposición de la señora Jueza de Primera Instancia de Distrito Civil, Comercial y Laboral Nº 10 de la Ciudad de San Cristóbal, Provincia de Santa Fe, en los autos caratulados: BIANCHI HAYDEE s/Declaratoria de Herederos Expte. 699/2017, se cita, llama y emplaza a ios herederos, acreedores y legatarios que se consideren con algún derecho sobre los bienes de la herencia de doña Haydeé Bianchi D.N.I. 5.705.230 para que comparezcan dentro del término de ley, a hacer valer sus derechos que le pudieran corresponder, lo que publicaran por el término y bajo los efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y hall de tribunales. -Fdo. Dr. Ruiz Díaz, secretario - Dra. Gutscher, Jueza.
$ 45 357097 Jul. 4 Jul. 31
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CERES
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito No 16 con asiento en la ciudad de Ceres, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE LA RUBIA c/LEDESMA, AGUSTÍN QUINTO s/Apremio -Ley 5066 - (Expte. Nº 43 - Año 2018); se ha dispuesto lo siguiente: “Ceres, 17 de abril de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado; acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por deducida demanda de Apremio -Ley 5066- por cobro de $ 7.406,64, en concepto tasa general de inmuebles, intereses y costas contra Agustín Quinto Ledesma sin domicilio conocido en la provincia y/o contra quien resulte propietario, ocupante y/o poseedor del inmueble afectado al pago del tributo-lote 7 - manzana 21- ubicado en el Distrito de La Rubia -a quién se citará de remate por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL (art. 28 Ley 5066), en el inmueble y en Puertas del Juzgado para que en el término de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución.- Para su notificación, ofíciese al Juzgado Comunitario de La Rubia. Ofíciese a la Secretaría electoral, a fin de que informe sobre la supervivencia o en su caso el domicilio registrado de los accionados y al Registro de Procesos Sucesorios como se pide al punto f). Resérvese en secretaria el sobre documental que acompaña, glosando copia autos. Trábese embargo sobre el inmueble descripto, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado de $ 7.406,64, con más la suma de $ 4.000, presupuestado provisoriamente para accesorios legales. Autorízase al Dr. Arturo Ferrero y/o profesional que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de las medidas ordenadas. Notifiquen, Gorosito, Strobino, y/u Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Dra. Luciana M. Silva (Secretaria) - Dra. Alicia Longo (Jueza). Céres, 7 de Mayo de 2018.
S/C 361248 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 16 con asiento en la ciudad de Ceres, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE LA RUBIA c/CALDENTEY, ESTEBAN s/Apremio -Ley 5066 - (Expte. N° 46 - Año 2018); se ha dispuesto lo siguiente: Ceres, 13 de marzo de 2018. Por presentado, domiciliado y en el carácter invocado; acuérdasele la participación que por derecho corresponda. Por deducida demanda de Apremio -Ley 5066- por cobro de $ 16.828,24, en concepto de tasa general de inmueble, intereses y costas contra Esteban Caldentey sin domicilio conocido en la provincia y/o contra quien resulte propietario, ocupante y/o poseedor del inmueble afectado al pago del tributo-lote 9- ubicado en el Distrito de La Rubia —a quién se citara de remate por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL (art. 28 Ley 5066), en el inmueble y en Puertas del Juzgado para que en el término de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Para su notificación, ofíciese al Juzgado Comunitario de La Rubia. Ofíciese a la Secretaría electoral, a fin de que informe sobre la supervivencia o en su caso el domicilio registrado de los accionados y al Registro de Procesos Sucesorios como se pide al punto f). Resérvese en secretaria el sobre documental que acompaña, glosando copia autos. Trábese embargo sobre el inmueble descripto, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado de $ 16.828,24, con más la suma de $ 8.000, presupuestado provisoriamente para accesorios legales. Autorizase al Dr. Arturo Ferrero y/o profesional que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de las medidas ordenadas. Notifiquen, Palavecino, Strobino y/u Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Dra. Luciana M. Silva (Secretaria) Dra. Alicia Longo (Secretaria). Ceres, 11 de Abril de 2018.
S/C 361249 Jul. 4 Jul. 6
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Circuito Nº 16 con asiento en la ciudad de Ceres, Pcia. de Santa Fe, en los autos caratulados: COMUNA DE LA RUBIA C7 LEDESMA, AGUSTÍN QUINTO s/Apremio - Ley 5066 (Expte. Nº 44 - Año 2018), se ha dispuesto lo siguiente: Ceres, 17 de Abril de 2018. Cumplido con el proveído de fecha 13/03/2018 de fs. 11. Agréguese. Por deducida demanda de Apremio -Ley 5066- por cobro de $ 7.406,64, en concepto tasa general de inmuebles, intereses y costas contra Agustín Quinto Ledesma sin domicilio conocido en la provincia y/o contra quien resulte propietario, ocupante y/o poseedor del inmueble afectado al pago del tributo -lote 6 -manzana 21- ubicado en el Distrito de La Rubia —a quién se citara de remate por edictos a publicarse en el BOLETÍN OFICIAL (art. 28 Ley 5066), en el inmueble y en Puertas del Juzgado para que en el término de 8 días oponga excepción legítima bajo apercibimientos de mandar llevar adelante la ejecución. Para su notificación, ofíciese al Juzgado Comunitario de La Rubia. Ofíciese a la Secretaria electoral, a fin de que informe sobre la supervivencia o en su caso el domicilio registrado de los accionados y al Registro de Procesos Sucesorios como se pide al punto f). Resérvese en secretaria el sobre documental que acompaña, glosando copia autos. Trábese embargo sobre el inmueble descripto, en cantidad suficiente a cubrir el capital reclamado de $ 7.406,64, con más la suma de $ 3.500, presupuestado provisoriamente para accesorios legales. Autorízase al Dr. Arturo Ferrero y/o profesional que éste indique a intervenir en el diligenciamiento de las medidas ordenadas. Notifiquen, Gorosito, Strobino, y/u Oficial de Justicia. Notifíquese. Fdo. Dra. Luciana M. Silva (Secretaria) Dra. Alicia Longo (Jueza). Ceres, 7 de Mayo de 2018.
S/C 361258 Jul. 4 Jul. 24
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Nº 10 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Ceres, se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes relictos dejados por el causante Sr. Ediht Osmar González, D.N.I. N° 6.271.259, para que en el término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos, a sus efectos se publican edictos en el Boletín Oficial y Sede Judicial por el término de ley en los autos: Expte. N° 21-17426433-0 - año 2017 - GONZÁLEZ, EDHIT OSMAR s/Sucesorio. Iniciado con patrocinio letrado de la Dra. Valeria A. Gerchen. Jorge A. Da Silva Catela, Juez. Luciana M. Silva, Secretaria. Ceres, 14 de Junio de 2018. Dra. Palacios, Secretaria Subr.
$ 45 361244 Jul. 4 Jul. 31
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RAFAELA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
El señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial (4° Nominación) de la ciudad de Rafaela (Pcia. de Santa Fe), Dra. María José Alvarez Tremea, Secretaría a cargo de la Dra. Carina Gerbaldo, en los autos caratulados: Expte. Nº 412 - Año 2017 - MARCHI, GUSTAVO HECTOR c/PAUTASSO, JUAN ANDRES s/Prescripción Adquisitiva, han ordenado: que no habiendo comparecido a estar a derecho dentro del término de ley, se declara rebelde a la parte demandada, por falta de presentación en juicio. Rafaela, 19 de Junio de 2018. Dra. Silvestre, Prosecretaria.
$ 33 361125 Jul. 4 Jul. 5
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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia Distrito 5 Civil Comercial Primera Nominación Rafaela (SF), en autos: BOASSO EDELMA LUCÍA s/Sucesorio; Expte. N° 252 Año 2017 se ha dispuesto citar, llamar y emplazar a los herederos y/o sucesores y/o acreedores y/o legatarios del causante Sra. Edelma Lucía Boasso, DNI 3.963.660, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica en BOLETÍN OFICIAL y Sede Judicial. Rafaela, 12 de Junio de 2018. Dr. Elido Ercole (Juez) Dra. Sandra Cerliani (Secretaria).
$ 45 361218 Jul. 4 Jul. 31
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Por disposición del/a señor/a Juez/a de Primera Instancia de Distrito Nº 5 Civil y Comercial de la Cuarta Nominación de la ciudad de Rafaela, en los autos caratulados BORETTO JOSÉ ARTEMIO; ROSSI ISABEL TERESA s/Sucesorio; (Expte. N° 818 - Año 2017), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la Sra. Isabel Teresa Rossi, argentina, apellido materno Molineris, nacida el 05/09/1951, DNI N° 6.730.618, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Sede Judicial (Art. 67 C.P.C.C. Ref. Ley 11.287). Fdo. Dra. Sandra Inés Cerliani (Secretaria), Dr. Elido G. Ercole (Juez). Rafaela, 21 de Junio de 2018. Rafaela (SF), 21 de Junio de 2018. Dra. Silvestre, Prosecretaria.
$ 93,60 361152 Jul. 4 Jul. 31
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RECONQUISTA
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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL
Y DEL TRABAJO
Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. N° 4 Civil y Comercial de Reconquista, 2da. Nominación en autos caratulados: FERESIN SANTOS VALENTÍN s/Sucesorio; (Expte. N° 650/2017), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Santos Valentín Feresin, a fin de que comparezcan en autos, dentro del término de 30 días contados desde la publicación del presente y con las formalidades de ley. El presente edicto deberá publicarse cinco veces en diez días. Reconquista, 31 de Mayo de 2018. Dr. Boaglio, Secretario.
$ 45 361210 Jul. 4 Jul. 31
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