picture_as_pdf 2009-06-04

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

RAUL HUGO PAZOS


ORDEN: Juez de Primera Instancia de Circuito de Ejecución de la 1ª. Nominación Rosario. AUTOS: GOMEZ de CHARPENTIER, Jorgelina c/ Otra s/ Demanda Ejecutiva expte. 4510/95.- Subasta por martillero Raúl Hugo Pazos, C.U.I.T. 20-11874442-0

FECHA HORA Y LUGAR: El 10-06-2009 a las 10 hs en el hall de los Tribunales Provinciales de Melincué. SUBASTA DEL INMUEBLE CONSTITUIDO POR: Un lote de terreno situado en la manzana letras “By” del plano oficial del pueblo Melincué, departamento General Lopez, provincia de Santa Fe, que es designada con el número “tres” y tiene las siguientes medidas, linderos y superficie a saber: 21,65m de frente al Sud-Este sobre Avenida Saavedra, por 43m de fondo. Tiene forma de un rectángulo que linda por los otros rumbos a saber: Sud-Oeste, con el lote “Cuatro”; al Nor-Oeste con el lote “Ocho” y al Nor-Este con el lot “dos” todos de la misma manzana y plano oficial citados. Encierra una superficie total de 937,4450m2.Dominio inscripto al Tomo 303 Folio 348 Nª 125103 Dpto. General Lopez. MEDIDAS PRECAUTORIAS: Hipotecas: No Reconoce Embargos:

1)Tomo 113E folio 6660 número 377199 orden Juzgado de Circuito 4ª.Nominación autos Luna Roberto c/ Ramirez Rosa y Ot. s/ Apremio expte. 452/99 oficio 2325 entrado el 20-08-04 por $4.330,14.

2)Tomo 115E folio 4802 número 356407 orden Juzgado de Circuito de Ejecución 1ª.Nominación para estos autos oficio 4348 entrado el 30-06-06 por $6.759. Inhibiciones: 1) Tº 118 I Fº 1256 nº 317003 orden Juzgado de Circuito de la 4º Nominación Rosario Autos Turnaturi, Cocentino c/ Otros s/ Cobro de Pesos expte. 1296/98 oficio 215 ingresado el 24-02-2006 por $4.000 BASES DE VENTA: Primera subasta $3.869 segunda subasta $2.902 y si no hubiere tampoco oferentes sin base y al mejor postor CONDICIONES DE VENTA: Para el caso de que la compra se efectúe en comisión deberá en el acta de remate consignarse los datos identificatorios de las personas para quien se realiza la compra y su número de documento. Los impuestos, tasas y contribuciones serán a cargo del comprador. Respecto a las deudas por tasa municipal deberá estarse a la Ordenanza 280/02. Quien resulte adquirente abonará el 20% del precio al momento de la subasta más el 3% de comisión, el saldo de precio deberá ser depositado al aprobarse la subasta. La transferencia de dominio se efectuará por acta notarial y/o transferencia judicial.TITULOS: En autos, a disposición de los interesados, se encuentra agregada fotocopia de la escritura de compra, la que servirá de título, dejándose expresa constancia que durante y despúes de la subasta no se aceptarán reclamos de ninguna naturaleza.- Lo que se hace saber a los fines que corresponda.- Rosario, 29 de mayo de 2009. María Raquel Pasero, secretaria.-

$ 141 70066 Jun. 4 Jun. 8

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POR

OSCAR OSVALDO KOVALEVSKI


Por orden Sr. Juez Juzgado Primera instancia Distrito Civil Comercial 8ª. Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber en autos: “ANTELO INSUMOS AGROPECUARIOS S.A. c/OTRO s/EJECUCION HIPOTECARIA”, (Expte. Nº 1111/01), se ha dispuesto que el martillero Oscar O. Kovalevski,(Mat. 1179-K-8) (CUIT Nº 20-08444622-0), venda en pública subasta al último y mejor postor el día 12 de Junio de 2009, a las 10:30 hs, en la puerta del Juzgado de Circuito Nº 18 de la ciudad de El Trébol, el siguiente inmueble propiedad de la demandada, hipotecado en autos, consistente en: un lote de terreno situado en el Pueblo El Trébol, Dpto. San Martín, que forman parte de la mitad Este de la quinta Nº 36 del plano oficial y según plano de mensura y subdivisión confeccionado por el Ing. Leandro Campanini inscripto en el Dpto. Topográfico bajo el Nº 96.396, de fecha 6 de Mayo de 1981; se los designa como lotes Nº 10, el que posee las siguientes medidas superficies y linderos, a saber: situado sobre espacio donado a la Municipalidad del El Trébol, a los 33 m. de calle Córdoba hacia el Norte, compuesto de 11m. en sus lados E. y 0. por 23,75 m. en sus lados N. y S. formando una superficie total de 261,25 m2; y linda al E. con el lote Nº 17, al O. con propiedad de la Municipalidad de El Trébol, al N. con el lote Nº 9 y al S. con el lote Nº 11, todo según plano mencionado. Y cuyo Dominio consta inscripto en el Registro Gral. Santa Fe a nombre de la demandada al Tº 210 Par, Fº 748, Nº 77640- Dpto. San Martín.- Registrándose la siguiente Hipoteca: 1) Al Tº 43, Fº 843, Nº 104912, de fecha 21/11/00, por U$S 20.000. - por los autos que se ejecutan. El siguiente Embargo: 1) Aforo Nº 120418, de fecha 31/12/01, por $ 1.942,50. orden Juzg. Circ. 5ª. Nom., autos: “Finank SRL c/Otros s/Ejecutivo. En el supuesto de que el día fijado resultare inhábil y/o por razones de fuerza mayor no se pudiere realizar la subasta, la misma se efectuará el día inmediato posterior hábil a la misma hora y en el mismo lugar.- Dicho inmueble se subastará en el carácter de Desocupado conforme constancias que constatan en autos. Saldrá a la venta con la Base de $ 20.000.-, de no haber postores por dicha base en segunda subasta con una retasa del 25 % y de persistir la falta de oferentes en tercera subasta con la última base del 20% de la base inicial; adjudicándose al último y mejor postor, quién deberá abonar en el acto de la subasta el 30% del precio de su compra, en Pesos y/o cheque certificado y como a cuenta de la misma con más la comisión de ley al martillero, debiéndose abonar el saldo al aprobarse la subasta bajo los apercibimientos previstos en el art. 497 del C.P.C.C.- Se vende en las condiciones que constan en autos, (desocupado), con la condición especial que las deudas por impuestos, tasas y contribuciones y demás conceptos que adeude el inmueble, son a cargo exclusivo del comprador, así como gastos e impuestos de transferencia , e I.V.A., si correspondiere. Además, los gastos, sellados y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble subastado, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar de nuevas mensuras, regularización de planos, y/o medianerías en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese entre otros que corresponda, los siguientes: impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (artículo 125 inc. F Código Fiscal). En el supuesto de comprar en comisión se deberá indicar en el acto de remate los datos del comitente. En autos se encuentra copia de la escritura de hipoteca y en donde se relaciona el título de propiedad, advirtiéndose que luego de la subasta no se atenderá reclamo alguno por falta y/o insuficiencia de título. Documento del demandado L.E. Nº 6.293.441. Todo lo que se hace saber a los efectos legales. Rosario, 29 de Mayo de 2009. - Mónica Gesualdo, secretaria.

$ 150 70020 Jun. 4 Jun. 8

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


POR

MARIA DEL CARMEN MONSANTO


Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil, comercial y Laboral de la 2da Nominación de Villa Constitución, según decreto de fecha, 13 de Mayo de 2009, en autos: “Cuerpo de realización de bienes - Giustozzi, Mario s/Quiebra (Expte. Nº 684/07), Giustozzi, Marcelo s/Quiebra (Expte. Nº 685/07), Bco. Sta. Fe SAPEM c/Giustozzi, Mario s/Concurso especial (Expte. Nº 1.246/07) y Bco. Sta. Fe SAPEM c/Giustozzi, Marcelo s/Concurso especial (Expte. Nº 1.245/07) se ha dispuesto proceder a la inmediata realización de los bienes inmuebles de propiedad de los fallidos, ubicados en las zonas urbana y rural de la localidad de Alcorta, Depto. Constitución, con la modalidad aconsejada por la Sindicatura -venta bajo sobre- con llamado a mejorar oferta con la participación de la enajenadora Maria del Carmen Monsanto, Mat. 1300-M-120, CUIT 27-04531364-1, a saber: 1) Descripción de los Bienes: a) la mitad indivisa de una fracción de terreno situada en la zona rural del Distrito Alcorta, Departamento Constitución, Provincia de Santa Fe, parte del lote “23 c” del plano Nº 94.258/78, designado como Lote “23 C 2” en el plano Nº 128.306/89, con una superficie de 1 ha., 13 as., 39 cas., 13 dm2, inscripto el dominio al Tomo 226, Folio 490, Nº 237.616, Depto. Constitución; b) el 100% de un lote de terreno sito en el pueblo Alcorta, Depto. Constitución, parte del lote C de la manzana 16 del plano oficial, y parte del lote uno del plano Nº 77.794/51, designado como lote 1 A según plano Nº 134.085/93, con una superficie de 195 m2. 1dm2., inscripto el dominio en la matrícula Nº 19.861 (L1 “A”), Depto. Constitución; c) 2/40 partes indivisas de una fracción de terreno sita en la zona rural de Alcorta, Depto, Constitución, designada como lotes “1A” y “1B” según plano Nº 126.614/88, inscripto el dominio al Tomo 221, Folio 28, Nº 200.819, Depto. Constitución; d) parte indivisa de un lote de terreno situado en la zona urbana de la localidad de Alcorta, Depto. Constitución, parte del lote “C” de la manzana 11 del plano oficial, parte del lote “C 1 B” del plano Nº 43.148/65, señalado como lote Nº 1 en el plano Nº 51.248/67, inscripto el dominio al Tomo 205, Folio 282, Nº 117.408, Depto. Constitución. Los que se entregaran en el estado de ocupación en que se encuentran, según actas de constatación obrantes en el expediente. Todos los impuestos adeudados serán a cargo del adjudicatario a partir de auto declarativo de la quiebra (26/06/2007). 2) Base del Precio: las bases serán de: inmueble detallado al punto a), $ 220.000 (pesos doscientos veinte mil); inmueble detallado al punto b), $ 95.000 (pesos noventa y cinco mil); inmueble detallado al punto c) $ 180.000 (pesos ciento ochenta mil); inmueble detallado al punto d), $ 10.000 (pesos diez mil) según tasaciones acompañadas a autos3) Presentación de Ofertas: Las ofertas deberán presentarse en la Secretaría del Juzgado hasta el día 16 de Junio de 2.009 a las 10:00 hs. en sobre cerrado a nombre de estas actuaciones con la leyenda “venta por licitación de precios en “Cuerpo de realización de bienes - Giustozzi, Mario s/Quiebra (Expte. Nº 684/07), Giustozzi, Marcelo s/Quiebra (Expte. Nº 685/07), Bco. Sta. Fe SAPEM c/Giustozzi, Mario s/Concurso especial (Expte. Nº 1.246/07) y Bco. Sta. Fe SAPEM c/Giustozzi, Marcelo s/Concurso especial (Expte. Nº 1.245/07) y el nombre del oferente. En su interior deberá contener por duplicado un escrito con la presentación de la oferta firmada por el oferente, con aclaración o sello aclaratorio en caso de sociedad, expresando el precio ofrecido en pesos (escrito en letras y números), acompañar la garantía de mantenimiento de oferta de acuerdo a la cláusula cuarta, y además consignar: el nombre y apellido completos del oferente, apellido materno, tipo y número de documento de identidad, ocupación, fecha de nacimiento, y estado civil, con número de C.U.I.T. o C.U.I.L., domicilio real y el constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal el cual será considerado domicilio constituido a todos los efectos legales del presente; tratándose de sociedades, acompañar copia auténtica del contrato social y sus modificaciones, o acta constitutiva, copia de los documentos que acrediten la personería del firmante, Nº de C.U.I.T. y situación frente al I.V.A., y los que acrediten la decisión del órgano directivo correspondiente para realizar la oferta, domicilio social y el constituido dentro de la jurisdicción del Tribunal, el que surtirá todos los efectos a los fines de la presente, Asimismo, agregar copia del pliego contenido en la presente resolución firmado en todas sus hojas En caso de ser presentada la oferta por más de una persona, deberá unificar personería en uno o más representantes comunes con facultades plenas para participar en la licitación. En ningún caso se aceptarán ofertas fuera del plazo establecido en la presente cláusula. 4) Garantía de Mantenimiento de la Oferta: Se debe acompañar con la oferta, la garantía de mantenimiento de la misma, válida por el término de 30 (treinta) días hábiles desde la apertura de la licitación, equivalente al diez por ciento (10%) del precio base de la cláusula segunda, con más el 3% de dicha suma en concepto de comisión para el martillero actuante, en cheque certificado, fianza bancaria exigible a la primera demanda o en efectivo por depósito judicial realizado en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., Sucursal Villa Constitución, a la orden de este Juzgado y para estos autos. En caso de mejorarse las propuestas según lo dispuesto en la cláusula séptima, los que resulten mejores oferentes en primer y segundo orden deberán -dentro de los tres días hábiles de realizada la presente licitación- integrar en concepto de garantía de mantenimiento de oferta y bajo las mismas modalidades, la diferencia entre la garantía del primer párrafo de esta cláusula y el precio ofertado que resultare en definitiva de la puja, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la selección que se hubiera efectuado, perdiendo el mismo el derecho a la garantía de mantenimiento de oferta y comisión del martillero. La comisión del martillero actuante (3% sobre el precio de adjudicación) deberá ser abonada al contado en el acto licitatorio, deducido el importe ya depositado por tal concepto conjuntamente con la garantía de mantenimiento de oferta. 5) Desestimación de las Propuestas: El incumplimiento de los requisitos previstos en este pliego, así como de las disposiciones de la ley 24.522 y modificatorias, dará lugar a la desestimación de la propuesta, las que quedan a consideración y juicio de la jueza de la quiebra. 6) Aceptación de las Condiciones: La presentación de la oferta, por parte del oferente, implica el conocimiento y aceptación del presente pliego de condiciones, como así también de las aclaratorias que puedan dictarse. 7) Apertura de Sobres: El acto de licitación se efectuará en la Secretaría del Juzgado, a la que sólo podrán ingresar los oferentes que hubieran presentado sus postulaciones bajo sobre, munidos de documento nacional de identidad, bajo apercibimiento de tenerlos por desistidos en el mismo acto. Los sobres serán abiertos por la Jueza el día 16 de Junio de 2.009 a las 12:00 hs., en el Juzgado en audiencia pública, en presencia de la Sindica, martillero, oferentes y acreedores que concurran. Cada oferta será firmada por la Secretaría, labrándose un acta. En dicho acto la martillera actuante invitará a todos los oferentes a mejorar el precio ofrecido. En caso de existir una sola oferta, se adjudicará el bien al único postor siempre que reúna las condiciones de admisibilidad. De existir más de un oferta, la mayor presentada cumplirá la función de base para comenzar la puja y, de no estar presente el oferente de la misma, se continuará con la anterior y así sucesivamente, Si nadie mejora la mayor oferta presentada se adjudicará el bien a la persona que la hubiera presentado. Las impugnaciones a las propuestas se podrán articular ante el Juez interviniente por escrito y hasta tres días hábiles posteriores a la fecha de apertura de los sobres, las que tramitarán por separado; vencido dicho término no se aceptarán observaciones ni impugnación alguna, las que de formularse, serán devueltas sin sustanciación. La resolución que recaiga se considerará notificada en forma automática, el primer martes o viernes posterior a su dictado, no siendo necesaria su notificación por cédula. 8) Ofertas Sin Base - Posibilidad de Mejoras: Podrán asimismo presentarse ofertas por un monto inferior a las bases establecidas en la cláusula segunda, en sobre cerrado y en las mismas condiciones establecidas en la cláusula “3) Presentación de Ofertas”, procediéndose a su apertura en el mismo acto indicado en la cláusula 7) Apertura de Sobres”. En caso de no existir oferta alguna por las bases estipuladas en la cláusula segunda, se tomará como base el mejor precio ofrecido entre las demás presentadas, con la posibilidad de los demás oferentes de mejorar las ofertas de conformidad a lo establecido en la cláusula séptima. Se deja expresa constancia que la sola presentación al menos de una oferta con las bases establecidas en la cláusula segunda, invalida las demás inferiores a la base, las que quedan automáticamente desestimadas, no pudiendo en consecuencia participar de la convocatoria a mejorar el precio prevista en la cláusula séptima. Queda expresamente establecido que quedarán a consideración de la jueza de la Quiebra las ofertas realizadas, pudiendo ser desestimadas por ésta, si el precio resulta evidentemente desproporcionado, perverso, perjudicial o inadecuado, para los intereses de la masa, 9) Consideración de las Propuestas - Adjudicación: La adjudicación recaerá en la oferta que ofrezca el precio más alto, de acuerdo a lo normado por el art. 205 inc. 7º de la L.C.Q., dictándose resolución, la que se considerará notificada en forma automática el primer martes o viernes posterior a su dictado, no siendo necesaria su notificación por cédula más que al adjudicatario, en el domicilio legal constituido. 10) Condiciones de Venta y Forma de Pago: El adjudicatario deberá depositar en una cuenta a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. sucursal Villa Constitución, a la orden de este Juzgado y para estos autos, el saldo del precio de compra, al contado, dentro de los veinte (20) días hábiles desde la notificación de la resolución que apruebe la adjudicación; debiendo acompañarse a este expediente en dicho plazo la correspondiente constancia de depósito, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la selección que se hubiera efectuado, perdiendo el mismo el derecho a la garantía de mantenimiento de oferta y comisión del martillero. En tal caso, se procederá a adjudicar el bien a la segunda oferta -de existir- que supere la base y siempre que reúna los requisitos de admisibilidad. 11) Obligaciones del Adjudicatario: La adjudicación judicial obliga al oferente en los términos de su oferta y los del pliego, siendo título suficiente para exigir el cumplimiento, ejecutar las correspondientes garantías o rescindir la operación. 12) Suspensión de la Licitación: Si la licitación se suspendiere o anulara o dejara sin efecto por resolución del Tribunal, ello no dará derecho a reclamación alguna por parte de los oferentes, solamente se reintegrará la garantía de mantenimiento de la oferta. 13) Devolución de Garantías de Oferta: Las garantías de cada una de las ofertas serán devueltas dentro de los diez días corridos desde la adjudicación de la licitación; a excepción de la garantía de oferta de quien resultare, en su caso, como segundo mejor oferente, a quien le será devuelta una vez cumplido por el adjudicatario lo dispuesto en la cláusula décima. La correspondiente al adjudicatario será imputada como parte de pago del precio. El Tribunal no reconocerá compensación alguna por los depósitos en Garantía recibidos. 14) Rescisión de la Adjudicación: La adjudicación podrá rescindirse por el Juzgado, mientras esté pendiente el pago del saldo del precio, en los siguientes supuestos: a) por incumplimiento del adjudicatario de las obligaciones asumidas al presentar la oferta; b) por concurso de acreedores o quiebra del adjudicatario, en los términos de la ley 24.522 y modificatorias. 15) Gastos de Transferencia: Serán a cargo del adjudicatario los impuestos y tasas que se adeuden a partir de la fecha de la sentencia de quiebra, independientemente de la toma de posesión, como así los sellados, impuestos, tasas, honorarios y todo otro gasto o tributo que gravaren la transferencia. La transferencia de dominio de los inmuebles a favor del/los adjudicatarios deberán instrumentarse mediante escritura pública, pudiendo los mismos designar el escribano interviniente al efecto. Gastos a cargo de/los comprador/es. 16) Comunicación de Pago: Deberá acompañarse a autos la correspondiente constancia de depósito, de todos los pagos a cargo del adjudicatario, hasta el tercer día siguiente hábil de efectuado, bajo apercibimiento de dejarse sin efecto la selección que se hubiera realizado, perdiendo el mismo el derecho a la garantía de mantenimiento de la oferta. 17) Posesión: Una vez abonada la totalidad del precio con más la comisión correspondiente al martillero actuante, se otorgará la posesión de lo vendido, a pedido del adjudicatario.18) Publicidad: Deberán publicarse edictos en el Boletín Oficial por dos (2) días, autorizándose publicidad adicional en diarios de amplia circulación en la zona. 19) Aclaración del Pliego: Toda aclaración que los interesados en la licitación consideren necesaria solicitar, deberá formularse ante el Tribunal que entiende en la causa. Registro informa: Hipoteca en Primer Grado Acreeedor Banco de Santa Fe SAPEM Tomo 445 A, Folio 230, Nº 316790 del 14.3.96, Escritura Nº 24 por $283.000 (Junto A Lote 1 A Matricula 19861); *Embargo Del 30.5.97 Expte 498/96, por $367.000; Juzgado 1ª. Instancia Villa Constitución, Banco Santa Fe c/Giustozzi Marcelo y Otro s/Ejecución Hipotecaria, *Embargo Tomo 115 E, Folio 59, Nº 301.412 del 4.1.06 por $13.325 Juzgado Distrito 6ª. Nominación Rosario, Expte 30/00, autos Banco Nación Fideicomiso Bisel c/Giustozzi Marcelo y Otros s/Demanda Ejecutiva; *embargo Tomo 117 E, Folio 4927, nº 379.564 del 27/08/08 Juzgado Civil y Comercial 1ª. Nominación Villa Constitución por $35.238,69, Expte. 411/92, autos Acevedo Alfredo c/Giustozzi Rando y Otros s/Demanda Laboral; *Embargo Tomo 114 E, Folio 6341, Nº 367916, del 19/08/05 Juzgado Circuito 14 Villa Constitución por $ 2970, Alesandrini Elizabeth c/Otro s/Demanda Ejecutiva, Expte 523/05; *Embargo Tomo 115 E, Folio 57, Nº 301.410 del 04/01/06 Juzgado Civil 6ª. Nominación Rosario, Expte. 30/00, $ 13.325 Banco Nación c/Otros s/Ejecutivo; *Embargo Tomo 115 E, Folio 58, Nº 301.411, Del 04/01/06, Distrito Civil 6ª. Rosario, Expte. 30/00 Banco Nación c/Otros s/Ejecutivo; *Embargo Tomo 115 E, Folio 59, Nº 301412, del 4.01.06 de $ 13325, Expte 30/00; Oficio 5573, Juzgado Distrito 6ª. Rosario, Banco Nación Fideicomiso Bisel c/Giustozzi Marcelo y otros s/Demanda Ejecutiva; Inhibiciones: *Tomo 17 IC ; Folio 521, Nº375971 del 29/08/07 Giustozzi Mario s/Quiebra; *Tomo 17 IC; Folio 522 Nº 375972 del 29/08/07 Giustozzi Marcelo s/Quiebra, Juzgado Distrito 2ª Villa Constitución; *Tomo 117 I; Folio 1346 Nº 316481 del 08/03/05 por U$S 53.300, Expte. 30/00, Juzgado Civil 6ª- Rosario, Banco Nación Fideicomiso Bisel c/Giustozzi Marcelo y otros s/Ejecutivo; *Tomo 116 I; Folio 7870; Nº 374648, del 12/08/04, Juzgado Circuito 14 Villa Constitución, Expte. 342/97 por $ 5446,86, Seguro Metal Cooperativa De Seguros c/Giustozzi Daniel y Otro s/Ejecutivo. Lo que se notifica a lo que por derecho hubiere lugar. Villa Constitución, de mayo de 2009. Dra. Mirta Armoa (Secretaria en Suplencia)

S/C 70033 Jun. 4 Jun. 10

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