picture_as_pdf 2008-06-04

DECRETO Nº 1327

Santa Fe, 26 de Mayo 2008

VISTO:

La gestión obrante en Expediente Nº 00320-0004146-6 del registro del Sistema de Información de Expediente, y;

CONSIDERANDO:

Que el Superior Gobierno de la Provincia, a través de distintos Decretos de alcance sectorial, fijó a partir del 1º de Febrero, la política salarial del sector público para el año 2008, procurando establecer un mecanismo que asegure la proporcionalidad y relación de las remuneraciones de los agentes dependientes del Estado Provincial de manera tal de no provocar distorsiones que se traduzcan en desigualdad de tratamiento entre los distintos sectores;

Que en el marco de la política salarial del Sector Público Provincial, el Poder Ejecutivo en ejercicio de las competencias que le son propias entiende conveniente adecuar la escala salarial del Sector Gráfico Provincial, evitando distorsiones con la política del sector Público Provincial;

Que con ese criterio, se reunieron representantes del Sindicato de Artes Gráficas de Santa Fe y representantes del Gobierno de la Provincia a efectos de acordar la Política Salarial del Sector Gráfico;

Que corresponde mencionar que el Sector Gremial deja constancia en tal oportunidad que la aceptación de la propuesta no implica el renunciamiento a los derechos legítimos que le corresponde conforme lo sostenido en demanda judicial, y que este aumento es a cuenta del resultado de reclamo que se trata en la ocasión;

Que por otra parte la Provincia deja constancia que tanto en sede administrativa como judicial sostuvo la improcedencia de la aplicación automática del Convenio Colectivo del Sector Privado para la Imprenta, en el marco de las atribuciones que le son propias de regular la relación de empleo público;

Que en el marco normativo previsto por la Ley Nro. 6915, corresponde adecuar el monto de las pasividades de los Sectores comprendidos en el presente decreto, a cuyo efecto es preciso autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia;

Que el presente instrumento se encuadra en las disposiciones contenidas en el artículo 72º inciso 1º de la Constitución Provincial, no excediendo autorización de gastos dada por la Ley Anual de Presupuesto Nº 12.850;

Que atento a lo expuesto corresponde dictar el acto administrativo que fije la política salarial para el Sector Gráfico;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTICULO 1º) Acuérdase la Política Salarial para el Personal del Sector Gráfico de las Imprentas Oficiales que funcionan dentro de la órbita de la Administración Pública Provincial, fijando un incremento en los básicos del 20,4% (veinte coma cuatro por ciento) a partir del 1º de Febrero del año 2008.

ARTICULO 2º) Homológase el Acta suscripta entre el Sindicato de Artes Gráficas de Santa Fe y representantes del Gobierno de la Provincia, la cual forma parte del presente Decreto.

ARTICULO 3º) Autorizar a la Caja de Jubilaciones y Pensiones de la Provincia a adecuar, en el marco de las disposiciones vigentes, los haberes que perciben los beneficiarios de los sectores respectivos, sobre la base de los aumentos establecidos para el personal activo en el presente decreto.

ARTICULO 4º) El gasto que demande la aplicación del presente decreto, será atendido con reducción de créditos compensatorios de partidas que dispongan del saldo afectable en el Presupuesto de la Administración Pública Provincial.

ARTICULO 5º) Establecer que las Direcciones Generales de Administración de las Jurisdicciones que tengan a su cargo personal del Sector Gráfico, deberán elaborar mediante pedidos de contabilización, las modificaciones presupuestarias necesarias para la aplicación de las disposiciones del presente Decreto, debiendo remitirlas al Ministerio de Hacienda y Finanzas en un plazo no mayor de diez (10) a partir de la fecha de este decisorio.

ARTICULO 6º) Refréndese por los señores Ministros de Gobierno y Reforma del Estado y de Economía.

ARTICULO 7º) Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

BINNER

Dr. Antonio Juan Bonfatti

C.P.N. Angel José Sciara

En la ciudad de Santa Fe, a los nueve días del mes de Mayo de 2008 se reúnen en la oficina del Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública en representación del Superior Gobierno de la Provincia, la señora Subsecretaria de Planificación Publicitaria CPN. Claudia Giavón y el señor Subsecretario de Recursos Humanos y Función Pública CPN. Juan Carlos Pucciarelli, y por el Sindicato de Artes Gráficas de Santa Fe su Secretario General, señor Agustín R. Sarla, su Secretario Adjunto, señor Sergio Giorgetti y el Doctor Oscar Tinivella en carácter de asesor legal, a efectos de fijar la política salarial del sector.

En tal sentido se deja constancia de lo siguiente:

Primero: el Poder Ejecutivo, en el marco de la política salarial de la totalidad del Sector Público Provincial para el año 2008, ofrece al Sector Gráfico en particular un incremento salarial del 20,4% (veinte coma cuatro por ciento) sobre el concepto "Sueldo Básico", a partir del 01 de Febrero del año dos mil ocho.

Segundo: Habiendo consultado al personal del Sector, el gremio acepta la propuesta del gobierno.

Tercero: Lo acordado en el presente acta, se hace extensivo al sector pasivo de acuerdo con la legislación vigente.

Cuarto: El Sector Gremial manifiesta que la aceptación de esta propuesta no implica renunciar a los derechos legítimos que le corresponde conforme lo sostenido en demanda judicial, y que este aumento es a cuenta del resultado de este reclamo.

Quinto: La Provincia por su parte manifiesta que tanto en sede administrativa (Decreto Nº 962/06 en base al Dictamen de Fiscalía Nº 0723/04) como judicial sostuvo la improcedencia de la aplicación automática del Convenio Colectivo del Sector Privado para la Imprenta, en el marco de las atribuciones que le son propias de regular la relación de empleo público.

No siendo para más, previa lectura y ratificación de los términos de la presente, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en lugar y fecha indicados.

1410

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