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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por encontrarse dispuesto en los autos caratulados “YOSSEN, ROSANA MARIELA s/Quiebra” Expte. CUIJ N° 21-01966726-7 que se tramita por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Judicial N° 1 en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se hacer saber que, se ha presentado el Informe Final y Proyecto de Distribución de Fondos, de acuerdo a lo establecido en el art. 218 de la ley 24522 (LCQ), regulándose los honorarios de los profesionales intervinientes. A continuación se transcribe la parte pertinente del decreto que así lo ordena: “Santa Fe, 25 de abril de 2017.... Proveyendo escrito cargo N° 3440 (fs. 276 y vlta.): Por presentado Informe Final y Proyecto de Distribución a tenor de lo dispuesto por el art. 218 de la LCQ. Pónganse los mismos de manifiesto por el término de ley. Publíquense edictos en legal forma” Fdo. Dr. Carlos Federico Marcolin (Juez)- Dra. Daniela de Lourdes Fuentes (Secretaria). Publíquense edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de dos días, sin cargo (art. 218 Ley 24522). Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Daniela de LOURDES FUENTES, SECRETARIA.

S/C 322077 May. 4 May. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados: “CABE GONZALO y Otros c/CISILIN GERMÁN ANTONIO y Otros s/Prescripción Adquisitiva” (Expte. Nº 753 - Año 2012) (CUIJ: 21-00900746-3) de conformidad con lo normado por el Art. 47 del C.P.C y C se ha dispuesto citar y emplazar a los herederos de los Sres. Gonzalo Antonio Cabe (D.N.I Nº 13.925.344) y Nelly del Corazón de Jesús Martínez (L.C N° 6.092.107) para que comparezcan a estar a derecho bajo apercibimientos de ley. Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la la Nominación, de la ciudad de Santa Fe, se hace saber que en autos: “BANNI, JORGE DANIEL s/Quiebra” (CUIJ Nº 21-01967516-2), por Resolución, de fecha 10.03.2017, se ha dispuesto declarar la Quiebra de de Jorge Daniel Banni, D.N.I. N° 20.779.324, de apellido materno González, domiciliado realmente en calle Pasaje Hermano Madeo Nº 9618 de la ciudad de Santa Fe. Se ordenó: al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes del fallido; al deudor para que cumpla los requisitos a los que se refiere el Art. 86 si no lo hubiera efectuado hasta entonces y para que entregue al sindico dentro de las veinticuatro horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad; La prohibición de hacer pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se ha fijado el día 16.05.2017 como fecha hasta, la cual los acreedores deberán presentar al Síndico sus peticiones de verificación de sus acreencias; el día 04.07.2017 para la presentación del Informe Individual; y el día 31.08.2017 para la presentación del Informe General. Se deja constancia que el Síndico sorteado es la C.P.N. Gloria Barroso de Vainman, con domicilio en Necochea 5383, (horario de atención de 9 a. 16 horas) de la ciudad de Santa Fe (Santa. Fe). Santa Fe, 24 de Abril de 2.017. Dra. Rodríguez, Prosecretaria.

S/C 321995 May. 4 May. 10

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2da. Nominación, se hace saber que en los autos: “ALARCON ELSA HAYDEE s/Quiebra” CUIJ N° 21-00718363-9 - se hace saber que el Síndico designado en autos es la CPN María Florencia Santiago, quien constituye domicilio en calle Av. Galicia 1923 de la ciudad de Santa Fe, fijando horarios de atención de lunes a viernes de 10 a 12 horas y de 16 a 20 horas. Secretaría, 26 de Abril de 2017. Dra. Fuentes, Secretaria.

S/C 322037 May. 4 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez Primera Instancia de Distrito UNO en lo Civil y Comercial de la Quinta Nominación de la Ciudad de Santa Fe, en autos caratulados: A.P.I. c/GALIANO, CARLOS TOMAS s/Ejecución Fiscal, Expte. CUIJ Nº 21-01956376-3, ha dispuesto se publiquen por el término y bajo los apercibimientos de ley, los siguientes proveídos, a saber: “Santa Fe, 18 de Octubre de 2016. AUTOS Y Vistos:… Resulta:... Considerando:... Resuelvo: Mandar se lleve adelante la ejecución hasta que la actora se haga íntegro cobro del capital reclamado, con más los intereses conforme lo señalado en los considerandos precedentes, con costas que se imponen a la accionada. Dejase en suspenso la regulación de los honorarios profesionales hasta tanto se practique la correspondiente liquidación. Hágase saber, insértese, agréguese copia y oportunamente archívese. Fdo.: Dr. Diego Aldao (Juez) Dra. Luisina Balestieri (Secretario). Otro decreto: Santa Fe, 22 de Febrero de 2017. A los fines solicitados, publíquense edictos. Notifíquese. Dra. Alicia Isabel Roteta (Secretaria) Dr. Diego Raúl Aldao(Juez). Nota: La presente publicación deberá efectuarse por el término de cinco (5) días y sin cargo conforme lo establece el Código Fiscal vigente. Santa Fe, 19 de Abril de 2017. Dra. Roteta, Secretaria.

S/C 321958 May. 4 May. 10

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Por disposición del señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación del Distrito Judicial Nº 1, se hace saber que en los autos: “RODAZ, CRISTIAN LUIS s/Solicitud propia quiebra” CUIJ Nº 21-01983796-0, se ha dispuesto: 1) Declarar la quiebra de Cristian Luis Rodaz, D.N.I. Nº 31.115.051, argentino, mayor de edad, empleado, domiciliado realmente en calle Servando Bayo Nº 9720 y legalmente en calle Amenabar N° 3066, Dpto. 1, ambos de esta ciudad. 3) Ordenar al fallido y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél. 4) Intimar al deudor para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 5) Disponer la prohibición de hacer pagos al fallido los que serán ineficaces. 6) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia del fallido y su entrega al Síndico. 7) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 L.C.Q. A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (23/10/17). A los efectos, se oficiará dejando constancia que la restricción de salida del país pesa hasta la fecha de presentación del informe general (5/5/17). 10) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 03/05/17 a las 10.00 hs.. 13) Fijar el día 30/06/17 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 14) Señalar el día 04/09/17 como fecha hasta la cual el Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 23/10/17 para la presentación del Informe General. 16) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el art. 89 L.C.Q en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe.-Firmado: Dr. Daniel Alonso - Juez- Dr. Pablo Silvestrini – Secretario – Secretaría, 26 de Abril de 2017.

S/C 321949 May. 4 May. 10

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Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “RETAMAR, SERGIO DANIEL s/Pedido de quiebra” (CUIJ Nº 2101984915-2) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe 27 de abril de 2017: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Sergio Daniel Retamar, DNI Nº 17.007.268, argentino, mayor de edad, empleado, casado, domiciliada en calle Lasalle 4746, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle San Martín Nº 2047 Locañ N° 12, de la ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 03 de mayo de 2017 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces. 10) Fijar el día 14 de junio de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el Art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Secretario. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 321992 May. 4 May. 10

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Por así estar dispuesto en los autos OJEDA, DAIANA NATALI s/Quiebra; (Expte. Nº 21-01977054-8) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 25 de Abril de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Daiana Natalí Ojeda, argentina, D.N.I. Nº 37.577.854, CUIL N° 27-37577854-3, mayor de edad, empleada, con domicilio real en Ex Combatientes de Malvinas 6545 y legal en calle Crespo 2582, Oficina 6, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc. 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 26/04/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos, en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 12/06/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la Ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/06/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 08/08/2017 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/09/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaría, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 26 de Abril de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Ortiz, Nancy Cristina con domicilio en calle Alberdi 4655 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 322038 May. 4 May. 10

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Por así estar dispuesto en los autos: AVALOS, ALCIDES RICARDO s/Quiebra; (Expte. N° 21-01983682-4) la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación, Dra. Beatriz Forno de Piedrabuena, ha ordenado lo siguiente: Santa Fe, 25 de Abril de 2017. Autos y Vistos:...; Considerando:...; Resuelvo: 1) Declarar la quiebra de Alcides Ricardo Avalos, apellido materno Chacón, argentino, D.N.I. N° 14.760650, CUIL N° 20-14760650-9, mayor de edad, empleado, con domicilio real en Pje. Estanislao del Campo 5240 y legal en calle Amenábar 2850, Oficina 4, ambos de esta ciudad de Santa Fe. 2) Disponer la anotación de esta quiebra en el Registro de Procesos Universales, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Disponer asimismo la inhibición general de bienes del fallido y su anotación en el Registro General, Registros de la Propiedad Automotor, Registro Público de Comercio y demás que pudieren corresponder. Se librarán a tal fin los oficios correspondientes. 3) Ordenar a la fallida y a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquélla. 4) Intimar a la deudora para que cumplimente los requisitos a que refiere el Art. 86 L.C. 5) Intimar a la deudora para que entregue al Síndico, dentro de las veinticuatro horas, los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad. 6) Disponer la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces. 7) Ordenar que se proceda a la interceptación de la correspondencia de la fallida y su entrega al Síndico. 8) Ordenar que se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del Art. 103 L.C.Q. 9) Disponer que el inventario que prevé el inc, 10) del Art. 88 L.C.Q. se efectúe por el Sr. Oficial de Justicia al momento de efectuarse la entrega de los bienes al Síndico según lo dispuesto en el pto. 13) de la presente. 10) Diferir el modo de realización de los bienes, para luego de producida la incautación. 11) Intimar al fallido para que dentro de las cuarenta y ocho horas constituya domicilio procesal en el lugar de tramitación del juicio, con apercibimiento de tenerlo por constituido en los estrados del Juzgado. 12) Designar audiencia para el sorteo de Síndico de la lista de Contadores Públicos Nacionales obrante en el Juzgado, Categoría “B”, para el día 26/04/2017 a las 10.00 hs. 13) Disponer la inmediata incautación de los bienes del fallido por medio del Sr. Oficial de Justicia ó Juez Comunal correspondiente, a cuyo fin se librará el mandamiento y/o oficio respectivo, quien deberá hacer entrega de los bienes al Síndico en la forma prevista por el inc. 2) del Art. 177 L.C.Q. Asimismo, se librará oficio a la empleadora a los fines de que proceda a suspender la aplicación de códigos de descuentos (a excepción de la cuota alimentaria), en las remuneraciones afectables que percibe el mismo, por el pago de deudas anteriores a la declaración de quiebra debiendo retener en concepto de incautación, el 20% de tales remuneraciones y depositarse los importes resultantes en una cuenta judicial a abrirse en el Nuevo Banco de Santa Fe S.A. -Sucursal Tribunales- para estos autos y a la orden del Juzgado, oficiándose a sus efectos. Asimismo, se oficiará, en su caso, a la entidad bancaria pertinente, a los fines de que, de existir, cese los débitos automáticos correspondientes a deudas contraídas con anterioridad a la fecha de declaración de la presente quiebra. Hágase saber a la empleadora y al banco correspondientes que la retención en concepto de incautación durará un año contado a partir de la fecha del primer depósito, debiendo cesar automáticamente cumplido que sea el plazo indicado, salvo comunicación expresa del Juez de la quiebra en sentido contrario. Encomiéndase a la Sindicatura su inmediato diligenciamiento. 14) Fijar el día 12/06/2017, como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar al Síndico los pedidos de verificación de créditos así como los títulos pertinentes. A tal fin, se fija el arancel previsto en la ley 27.170, en el 10% del salario mínimo, vital y móvil, excluyéndose del mismo a los créditos de causa laboral, y a los equivalentes a menos de tres salarios mínimos, vitales y móviles. 15) Fijar el día 27/06/2017 como fecha hasta la cual se podrán efectuar las observaciones a los créditos. 16) Señalar el día 08/08/2017 como fecha hasta la cual Síndico deberá presentar los informes individuales sobre cada crédito y el día 20/09/2017 para la presentación del Informe General. 17) Requiérase informes a las Mesas de Entradas Única de Distrito, Circuito, Laboral, Tribunales Colegiados Extracontractual y Juzgados Federales sobre la radicación de causas contra el fallido, a sus efectos ofíciese. Fecho: exhórtese a los Juzgados ante los cuales tramitan causas contra la fallida a los fines previstos y con las excepciones contempladas por los Art. 132 y por su remisión el Art. 21 ambos de la L.C.Q. Ordenar que, por Secretaria, se proceda a la reserva de todos los expedientes tramitados en este Juzgado comprendidos en el supuesto anterior. 18) Publíquense edictos en la forma preceptuada en el Art. 89 L.C.Q en el BOLETIN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe. 19) Notifíquese a la Administración Provincial de Impuestos y al Registro de Proveedores de la Provincia de Santa Fe. 20) Encomendar al Síndico la tarea de librar, firmar y diligenciar toda cédula u oficio que sea menester a fin de cumplimentar las comunicaciones dispuestas en la presente resolución, de conformidad con las facultades que así le confiere el Art. 275 inc. 1 y 2 LCQ., con las únicas excepciones allí dispuestas. Insértese el original. Agréguese copia. Notifíquese. Fdo: Beatriz Forno de Piedrabuena, Jueza; Viviana Naveda Marcó, Secretaria. Conste: Que en la audiencia realizada el día 26 de Abril de 2017 para sorteo de Síndico, en estos autos resultó designada Sindica la C.P.N. Adur, María Lucia, con domicilio en calle Juan de Garay 2855 de esta ciudad. Dra. Marcó, Secretaria.

S/C 322041 May. 4 May. 10

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Por disposición de la Jueza de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de la ciudad de Santa Fe, en los autos caratulados “URIARTE, NILDA OLGA s/Quiebra” (Expte. N° 21-01984097-9) se ha resuelto lo siguiente: Santa Fe 27 de Abril de 2017: 1) Declarar, a su propio pedido, la quiebra de Nilda Olga Uriarte, DNI F5.802.682, argentina, mayor de edad, jubilada, casada, domiciliada en Pasaje Publico 9250, Casa 8759, B° Nueva Esperanza, provincia de Santa Fe, y con domicilio ad litem constituido en calle Francia 1743, Of. 2, de esta ciudad de Santa Fe. 3) Disponer como fecha para que tenga lugar el sorteo de un Contador Público Nacional que actuará como Síndico el día 03 de mayo de 2017 a las 10 horas. 5) Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de ser éstos ineficaces.10) Fijar el día 14 de junio de 2017 como fecha hasta la cual los acreedores podrán presentar las peticiones de verificación de sus créditos al Síndico. 13) Disponer la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL, dentro de las veinticuatro horas y en la forma prevista por el art. 89 de la Ley 24.522, computándose el plazo que tiene la deudora para ello desde el día de notificación posterior a la aceptación del cargo por el Síndico, dado que los edictos deberán contener su nombre y domicilio.”... Fdo. Ana Rosa Alvarez, Jueza. Walter E. Hrycuk, Secretario. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y de acuerdo a la Ley 11827, en el lugar habilitado por la CSJP en el Palacio de Tribunales. Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Dr. Hrycuk, Secretario.

S/C 321993 May. 4 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “VILLALBA, VANINA ALEJANDRA s/Quiebra” (Expte. CUIJ 21-01984871-7) se ha declarado la quiebra de Vanina Alejandra Villalba, DNI 36.263.971, argentina, de apellido materno Traverso, mayor de edad, empleada pública, domiciliada realmente en calle Necochea 7761 y legalmente en calle Angel Cassanello 680, ambos de la ciudad de Santa Fe en fecha 27 de Abril de 2017. Se dispuso el día 17.05.2017 como fecha en la que se realizará el sorteo del síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 02.06.2017.2017. Se ordenó al fallido y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos al fallido, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes del fallido en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes del fallido. Disponer que el fallido no puede ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley 24.522 y punto 7 de la resolución de quiebra, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (Art. 89 L.C.Q.). Fdo. Dr. Luciano F. Pagliano (Juez) - Dr. Jorge A. Gómez, (Secretario). Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Dr. Gómez, Secretario.

S/C 322040 May. 4 May. 10

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito Judicial Nro. 1 en lo Civil y Comercial de la Séptima Nominación de la Ciudad de Santa Fe, se hace saber que en los autos caratulados “GUEVARA, AGUSTÍN EXEQUIEL sobre Solicitud Propia Quiebra” (Expte. N° CUIJ 21-01984481-9) se ha declarado la quiebra en fecha 26.04.2017 de Agustín Exequiel Guevara, DNI N° 35.448.571, argentino, mayor de edad, domiciliado realmente en calle Pasaje Geneyro n° 8267 del Barrio Los Troncos y legalmente en calle Monseñor Vicente Zaspe nº 8267, Piso 2, oficina 22, de la ciudad de Santa Fe. Se dispuso el día 03.05.2017 como fecha en la que se realizará el sorteo del Síndico que intervendrá en la quiebra. Se estableció que los acreedores pueden requerir la verificación de sus créditos al Síndico hasta el día 02.06.2017. Se ordenó a la fallida y, en su caso, a terceros que entreguen al Síndico los bienes de aquél que estuvieren en su poder. Prohibir hacer pagos a la fallida, bajo apercibimientos de resultar éstos ineficaces. Disponer la liquidación de los bienes de la fallida en la forma que se determinará, una vez que el Síndico realice el inventario de los bienes de la fallida. Disponer que la fallida no pueda ausentarse del país sin autorización judicial en los casos y términos del art. 103 de la Ley N° 24.522, oficiándose a sus efectos. Ordenar la publicación de edictos en el BOLETÍN OFICIAL por el término de cinco días (art. 89 LCQ). Fdo. Dr. Luciano F. Pagliano (Juez) - Dr. Jorge A Gómez (Secretario). Santa Fe, 26 de Abril de 2017. Dr. Gómez, Secretario.

S/C 322039 May. 4 May. 10

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Por disposición del Señor Juez de lª Instancia de Distrito n° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (Santa Fe), se notifica a la parte demandada que en los autos “VIOLA, CARMEN BONIFASIA c/MAHÓN Vda. de URDANIZ, CATALINA y otros s/Usucapión” (Expte. N° 1151/2016), se ha dictado la siguiente providencia: “Villa Ocampo, 28 de marzo de 2017. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a los accionados. Notifíquese. Fdo. Gastón Germán Caglia, Secretario. María Isabel Arroyo, Juez. Villa Ocampo (SF), 18 de Abril de 2017.

$ 45 321996 May. 4 May. 8

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Por disposición del Señor Juez de la Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (SF), se notifica a la parte demandada que en los autos: SALPIETRO, MARÍA DEL CARMEN c/MAHÓN Vda. de URDANIZ, CATALINA y Otros s/Usucapión (Expte. n° 1152/2016), se ha dictado la siguiente providencia: Villa Ocampo, 28 de marzo de 2017. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárese rebelde a los accionados. Notifíquese. Fdo. Gastón Germán Caglia, Secretario. Dra. María Isabel Arroyo, Juez. Villa Ocampo (SF), 18 de Abril de 2017.

$ 45 321994 May. 4 May. 8

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Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 17, circunscripción judicial Nº 4 de la ciudad de Villa Ocampo, Santa Fe, en autos caratulados: “BENVENUTTI, DELIA s/Sucesorio”, Expte. N° 626 año 2016 se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de la Sra. Benvenutti Delia, DNI N° F.0.596.242, domiciliada en Zona Urbana S/N de la localidad de Ingeniero Chanourdié, Dpto. Gral. Obligado, Santa Fe, a fin de que comparezcan en autos, dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Villa Ocampo, 6 de Febrero de 2017. Dra. Caglia, Secretario.

$ 45 321974 May. 4 May. 17

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito nº 17 en lo Civil, Comercial y Laboral de Villa Ocampo (SF), se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Silvestre Del Fabro, L.E. N° 2.464.910, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo apercibimientos de ley en autos: “DEL FABRO, SILVESTRE s/Sucesorio” (Expte. n° 164/2017). Villa Ocampo (Santa Fe), 24 de Abril de 2017. Dr. Caglia, Secretario.

$ 45 321999 May. 4 May. 17

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Por disposición del Juez de 1° Instancia de Distrito N° 17 en lo Civil y Comercial de la Ciudad de Villa Ocampo (S.F.)se hace conocer que en autos caratulados: “MARTÍNEZ ANÍBAL EDUARDO s/Sucesorio”, Expte N° 1095/2014, se cita y emplaza a todos los que se creyeren con derecho a bienes de la herencia de Aníbal Eduardo Martínez DNI Nº 11.758.696, para que en el término de ley comparezcan a hacerlos valer, lo que se publica cinco veces en diez días a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado Villa Ocampo, 2 de Diciembre de 2014. Gastón Germán Caglia - Secretario. María Isabel Arroyo, Juez. Villa Ocampo (SF), 12 Abril de 2017. Dr. Caglia, Secretaria.

$ 45 321989 May. 4 May. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito de Primera Instancia Nº 1 en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don Luis Antonio Mauricci, L.E. N° 6.255.786, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en autos caratulados: “MAURICCI, LUIS ANTONIO s/Sucesorio” C.U.I.J. Nº 21-01982376-5, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirá en el hall de Tribunales en lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de esta Provincia. Santa Fe, 11 de Abril de 2017. Dr. Hrycuk, Secretario.

$ 45 321983 May. 4 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de don OSCAR JORGE IFRÁN, L.E. N° 6.241.776, para que comparezcan a hacer valer sus derechos, en autos caratulados: “IFRAN, OSCAR JORGE s/Sucesorio”, C.U.I.J. N° 21-01982378-1, dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibirá en el hall de Tribunales en lugar dispuesto por la Corte Suprema de Justicia de esta Provincia. Santa Fe, 18 de Abril de 2017. Dra. Marcó, Secretaria.

$ 45 321981 May. 4 May. 10

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Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Sexta Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de la causante Doña María Teresa Graziani, D.N.I. Nº F 2.990.191, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: GRAZIANI, MARÍA TERESA s/Sucesorio (CUIJ 21-01982467-2, año 2016). Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Dr. Pablo Silvestrini (Secretario). Dr. Daniel Alonso (Juez).

$ 45 322002 May. 4 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial - 6° Nomin. -Secretaría Unica, San Gerónimo 1551, Santa Fe - (3000). Santa Fe, en autos caratulados PONCE NELLY GLADIS s/Declaratoria de herederos, (Expte. 21-01976809-8), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Ponce Nelly Gladis, DNI. 2.403.995, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y se exhibe en el hall de Tribunales. En la ciudad Santa Fe, 17 de Abril de 2017. Dr. Silvestrini, Secretario Subrogante.

$ 45 321998 May. 4

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, a cargo del Dra. Beatriz Forno y la Secretaría de la Dra. Viviana Naveda Marcó, en los autos caratulados: Expte. CUIJ: N° 21-01983448-1 Año 2017. DESIVO, CLARA GLADYS s/Sucesorio, por el presente se notifica y se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios a comparecer a estar a derecho en la declaratoria de herederos de la Señora Clara Gladys Desivo, Documento Nacional de Identidad Nro. F 2.977.431, nacida el día 15 de Enero de 1933 en Luján, Provincia de Buenos Aires y fallecida el día 21 de Septiembre de 2016 en la ciudad de Santa Fe. Santa Fe, 21 de Abril de 2017. Fdo: Dra. Viviana Naveda Marcó (Secretaria).

$ 45 321973 May. 4 May. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la Octava Nominación de esta ciudad de Santa Fe, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña María Esther González, D.N.I. 5.070.035, fallecida en fecha 21/11/2016, en los autos caratulados “GONZÁLEZ, MARÍA ESTHER s/Sucesorio” CUIJ 21-01984254-9, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Santa Fe, 21 de Abril de 2017. Dra. Mántaras, Prosecretaria.

$ 45 321961 May. 4 May. 10

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Por disposición del juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de Santa Fe, se cita llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante Miria Elsa Velazquez, D.N.I N° 3.277.325, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos en los autos: VELAZQUEZ, MIRIA ELSA s/Sucesorio; CUIJ 21-01979804-3- Año 2016. Lo que se publica a los efectos y en el BOLETÍN OFICIAL y en la Sede Judicial respectiva. Santa Fe, 27 de Abril de 2017. Dra. Fuentes, Secretaria.

$ 45 321938 May. 4 May. 10

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la ciudad de Santa Fe, en autos: CARDONNET LEANDRO RAFAEL s/Sucesorio (Expte. N° 21-01972623-9) y su acumulado “CARDONNET LEANDRO RAFAEL s/Sucesorio” (Expte. N° 21-01974785-6), se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios y a todos aquellos que se creyeren con derecho sobre los bienes de Leandro Rafael Cardonnet, D.N.I. 8.501.545, para que comparezcan a este Juzgado a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Se publica a sus efectos en el diario BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales (Acordada C.S.J. del 7.2.96, Acta nro. 3). Fdo. Dra. Piedrabuena (Jueza), Dra. Marcó (Secretaria). Santa Fe, 3 de Abril de 2017.

$ 45 322042 May. 4

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Por disposición de la Señora Jueza en lo Civil y Comercial de la Novena Nominación, Secretaría Única, con sede en la ciudad de Santa Fe, en autos: “PIAZZESI, CORRADINA s/Declaratoria de herederos” (CUIJ Nº 21-01984383-9) se cita, llama y emplaza a los herederos, legatarios, acreedores o a quienes se consideren con derecho a los bienes de la herencia de la causante, PIAZZESI CORRADINA, D.N.I. Nº 2.402.329, para que dentro del término y bajo apercibimientos de ley comparezcan a hacer valer sus derechos ante su sucesorio. Santa Fe, 23 de Marzo de 2017. Dr. Néstor A Tosolini, Secretario. Dra. Viviana Marín, Jueza a/c. Dr. Tosolini, Secretaria.

$ 45 322014 May. 4 May. 10

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El Juzgado de Primera Instancia de distrito en lo Civil, Comercial de la 10° Nominación de la ciudad de Santa Fe (Prov. de Santa Fe), cita y emplaza por el término y bajo apercibimientos de ley a herederos, acreedores y legatarios que se consideren con derecho a los bienes dejados por el causante: Sasvata Wenceslao, L.E. N° 7.896.330, en los autos caratulados: “SASVATA, WENCESLAO s/Declaratoria de herederos” (CUIJ N° 21-01984074-0) para que en dicho plazo comparezcan a hacer valer sus derechos. Se publican los edictos por el término de ley en el BOLETÍN OFICIAL y atento al art. 67 del C.P.C. Santa Fe, 21 de Abril de 2017. Dra. Eduardo Sodero (Juez) – Dra. Ma. Ester Noé de Ferro (Secretaria).

$ 45 322024 May. 4 May. 10

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Por disposición de la Sra. Jueza de Distrito en lo Civil y Comercial de la Undécima Nominación de Santa Fe en los autos caratulados: UDRIZAR, ARIEL DARIO s/Declaratoria de herederos CUIJ 21-01979134-0, se cita y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de doña Udrizar, Ariel Darío, D.N.I. Nº 16.879.953, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL y hall de Tribunales. Fdo: Dra. Ana Rosa Alvarez (Jueza), Dra. Walter Eduardo Hrycuk (Secretaria).

$ 45 322033 May. 4

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TOSTADO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil, Comercial y Laboral de la ciudad de Tostado, Dpto. 9 de Julio, Pcia. de Santa Fe, se ha dispuesto publicar en autos: “Compañía Comercial SRL c/NÚÑEZ NÉSTOR GABRIEL y/u Ot. s/Ejecutivo” Expte. 112 Año 2014, la siguiente resolución: Resuelvo: 1- Ordenar llevar adelante la ejecución hasta que la acreedora se haga integro cobro del capital reclamado, con más un interés igual a la tasa promedio entre la que percibe el Banco de la Nación Argentina en préstamos a 30 días y la que paga por depósitos a igual plazo, calculados desde que la obligación era exigible y hasta el efectivo pago. 2- Imponer las costas a los demandados, art. 251 del C.P.C.C. 3- Diferir la regulación de honorarios al momento de practicarse liquidación. Hágase saber, agréguese y archívese oportunamente. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETÍN OFICIAL de la Provincia de Santa Fe y espacio destinado para tal fin. Tostado, 29 de Marzo de 2017. Dra. Barrera, Secretaria.

$ 33 322026 May. 4 May. 8

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Por disposición de la Sra. Jueza del Juzgado de Primera Instancia de Distrito N° 15 en lo Civil y Comercial de la ciudad de Tostado (SF), secretaría única a mi cargo en autos caratulados: Expte. N° 645/2016 - DE LOS SANTOS, OSVALDO CESAR s/Sucesorio, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del señor De Los Santos, Osvaldo César, para que dentro del término y bajo apercibimiento de ley, comparezcan a hacer valer sus derechos. Lo que se publica en el BOLETÍN OFICIAL y espacio destinado a tal fin. Tostado, 12 de Abril de 2.017. Fdo. Dra. Marcela Barrera, Secretaria.

$ 45 322020 May. 4 May. 10

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VERA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de Distrito N° 13, Vera, la Nominación, en autos: PIGHIN, PAOLA CAROLINA y Otros c/ JUNCO, NICASIO SUC y Otros s/Prescripción Adquisitiva, Expte. 51/17, cítese y emplácese a sucesores de Nicasio Junco, y Rosario Mancilla y a todos los que se consideren con derechos a los bienes inmuebles inscriptos al Tomo 29, Folio 130, N° 11238, Departamento Vera, del Registro General de Santa Fe, para que dentro del término legal comparezcan a estar a derecho, bajo apercibimientos de rebeldía. Cítese y emplácese a la Provincia de Santa Fe y a la Municipalidad de Calchaquí - Santa Fe- por el término de ley, para que manifiesten si existe interés fiscal en dicho inmueble, lo que se publica a sus efectos legales en el BOLETÍN OFICIAL y Puertas del Juzgado. Vera, 24 de Abril de 2017. Fdo.: Dres. Margarita Savant (Secretaria) y Jorgelina Yedro (Juez).

$ 33 321997 May. 4 May. 8

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RAFAELA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Tercera Nominación de la Ciudad de Rafaela, Provincia de Santa Fe, Dra. Ana Laura Mendoza, Secretaría a cargo de la Dra. Carolina Castellano, en autos caratulados: “MUTUAL REGIONAL C. CULTURAL Y DEPORTIVO RAMONA c/MITRI JAVIER ALBERTO Y MITRI ANGEL RUBÉN s/Ejecución Hipotecaria”, Expte. Nº 618, Año. 2016, se cita y emplaza a los Sres. Javier Alberto Mitri, D.N.I. Nº 11.226.501, y Angel Rubén Mitri, D.N.I. Nº 13.700.398, a terceros adquirentes si los hubiere, a sus sucesores o administrador provisorio de la herencia o al representante legítimo respectivo en caso de concurso, quiebra o incapacidad, o representante legítimo, y a los acreedores hipotecarios, si los hubiere, a fin de que dentro del término de cinco días contados a partir de la última publicación, paguen el importe del crédito, intereses y costas prudencialmente estimadas u opongan excepción legítima y ofrezcan prueba, bajo apercibimiento de dictarse sentencia en rebeldía sin más trámite y de darlos por notificados de cualquier resolución o providencia posterior desde su fecha. Las providencias que ordenan la medida dicen: “Rafaela, 27 de junio de 2016.- Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado, en mérito al poder general en copia acompañado, acuérdasele participación de ley. Certifíquese por la actuaría la procura obrante en autos, previo cotejo con sus originales, los que se devuelven al interesado. Por iniciada la presente gestión de Ejecución Hipotecaria contra Javier Alberto Mitri y Angel Rubén Mitri por el cobro de la suma de pesos un millón doscientos doce mil ciento cuarenta ($ 1.212.140), con más sus intereses y/o tasa de servicios convenidos, cargos adicionales de la Hipoteca y costas y/o el monto que en definitiva surja de la certificación de deuda extendida por el CPN Martín Marcos Rossi y/o de las probanzas que se arrimen a autos desde la mora y hasta su efectivo pago. Resérvese en Secretaría la documental detallada en el cargo Nº 5672/16, glosándose copia a autos previa certificación por la actuaría. A los fines de dar cumplimento al art. 510 del CPCC: I) Ofíciese al Registro General de la Propiedad para que informe: a-sobre la subsistencia del crédito y de la inscripción de la hipoteca, b- sobre la subsistencia del dominio del inmueble hipotecado a nombre del demandado o en su defecto quién es el actual propietario y medidas cautelares de embargo, inhibiciones y otros gravámenes que afectaren el inmueble hipotecado con indicación del importe de los créditos, sus titulares y domicilio, fecha, autos y Tribunal que lo dispuso. 2) Se trabe embargo sobre el inmueble hipotecado a nombre de su actual propietario por la suma reclamada, con más la suma de $606. Desestimada prudencialmente para intereses y costas. 3) Líbrese Oficio Ley al Juez de igual grado y fuero que por tumo corresponda a la localidad de Porteña para que por medio del Sr. Oficial de Justicia a su cargo se constituya en el inmueble hipotecado y verifique: a- El estado actual del mismo con más sus mejoras y adherencias, b- Quién o quienes habitan el inmueble hipotecado y en qué carácter-lo hacen recabando en su caso la exhibición de documentos que pudieren probar tal relación de ocupación. A lo demás, oportunamente y de corresponder. Notifiquen indistintamente además de los oficiales notificadores, los empleados de este Juzgado. Notifíquese. Fdo. Dra. Ana Laura Mendoza. Juez. Dra. Carolina Castellano. Secretaria.” Otro decreto: “Rafaela, 29 de diciembre de 2016. Agréguense los oficios diligenciados acompañados. Cítese a la parte accionada de conformidad con lo dispuesto en el artículo 511 C.P.C.C. mediante edictos y cédula. Teniendo en cuenta el domicilio de los demandados, autorícese a practicar las notificaciones conforme artículo 66 CPCC mediante Correo Argentino. Notifíquese. Fdo.: Dra. Laura Mendoza, Juez; Dra. Carolina Castellano, Secretaria.

$ 680 321986 May. 4 May. 10

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RECONQUISTA

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de: Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. Nº 4 Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación en autos caratulados: DEÁN AROLDO c/BARBERIS DELFINO MARCELINO s/Ord. Prescripción adquisitiva (Expte. Nº 439/2014), el señor Juez ha ordenado lo siguiente: Reconquista, 30 de Marzo de 2016. Certifíquense edictos. Atento constancias de autos y los apercibimientos oportunamente decretados, declarase rebelde a la parte demandada. Notifíquese. Fdo.: Dra. Corina Serrichio, Secretaria. Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista, 28 de Marzo de 2017. Dra. Vanrrell, Secretaria.

$ 52,50 321972 May. 4 May. 8

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación, se hace saber que en autos: “ZAPATA RAMONA c/SUC. DE FRANZOI HERMELINDA y Otros s/Ordinario Prescripción Adquisitiva (Expte. Nº 020/2017)“, se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: “Reconquista, 10 de Abril de 2017. Agréguese. Certifíquense los edictos. Haciendo efectivos los apercibimientos decretados, declárase rebeldes a los demandados. Publíquense edictos. Fdo. Dr. Zarza - Juez - Dra. Vanrrell, Secretaria. Reconquista, 25 de Abril de 2017.

$ 33 321967 May. 4 May. 8

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Por disposición del Señor Juez de 1ra. Instancia de Distrito Nº 4 en lo Civil y Comercial de Reconquista, Primera Nominación, se hace saber que en autos: ARCE OTILIA ANA c/SUC. DE ARCE MABEL E. s/Usucapión (Expte. Nº 513/2012)“, se hace saber a los herederos y/o terceros con derecho sobre el inmueble Dpto. General Obligado del Registro General Santa Fe, se ha dictado sentencia que se transribe a continuación: Reconquista, 15 de Mayo de 2015. Autos y Vistos:... Considerando:... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la demanda y en consecuencia declarar que Otilia Juana Arce, D.N.I. Nº 6.500.414, ha adquirido por usucapión el dominio sobre una quinta parte indivisa (1/5) del inmueble descripto ut supra sito en la ciudad de Reconquista (SF), individualizado con la partida del impuesto inmobiliario 03-20-00-008791/0003-1. A los efectos de la correspondiente inscripción dominial se librará el pertinente oficio al Registro General de la Propiedad Inmueble, autorizando al Dr. Andrés Leonardo Alvarez, a intervenir en su diligenciamiento. 2) Con costas al accionado, no obstante los honorarios del Defensor de Oficio serán soportados por la actora hasta tanto sea concreta y real la posibilidad de repetirlas del demandado representado por el Dr. Eduardo Marcelo Dolan. Regúlanse los honorarios del mandatario de la actora Dr. Andrés Leonardo Alvarez, en la suma de Pesos Veinte Mil ($ 20.000) equivalentes a 22,12 unidades jus, y los del Dr. Eduardo Marcelo Dolan, en la suma de Pesos Quince Mil ($15.000) equivalentes a 16,59 unidades jus, estableciéndose el valor de la unidad jus en $ 904,16. Fíjase a los fines del art. 32 de la Ley 12851, un interés igual al 8% anual, dése vista a la Caja Forense. Insértese el original, agréguese copia y notifíquese a la demandada rebelde por edictos que se publicarán por el término de ley. Hágase saber, insértese y resérvese el original.” Fdo. Dr. Zarza -Juez-; Dra. Vanrrel -Secretaria. Reconquista, 10 de Abril de 2017. Dra. Vanrrell, Secretaria.

$ 175 321970 May. 4 May. 8

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Por disposición del Sr. Juez de 1ra. Instancia de Dto. N° 4 Civil y Comercial de Reconquista, 1ra. Nominación en autos caratulados: “OJEDA JULIO ALBERTO s/Sucesorio” (Expte. Nº 443/2016), se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores y/o legatarios de Ojeda Julio Alberto a fin de que comparezcan en autos, dentro del término de 30 días contados desde la publicación del presente y con las formalidades de ley. Reconquista, 9 de Febrero de 2.017. El presente edicto se publicará por 1 día conforme art. 2340 in fine Código Civil y Comercial de la Nación. Dr. Mosconi, Secretario Subr.

$ 45 321971 May. 4

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito N° 4, Tercera Nominación de la ciudad de Reconquista (SF), se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derecho a la sucesión de doña Angélica Pereyra y de Sergio Gustavo LUGO en autos caratulados: PEREYRA, ANGÉLICA y Otros s/Sucesorio - Expte. N° 433/2016, sean herederos, acreedores y/o legatarios, para que en el término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dra. María Martina Ballario, Secretaria; Dra. Margarita A. Cismondi, Jueza.

$ 45 322011 May. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Distrito N° 4, Segunda Nominación de la ciudad de Reconquista (SF), se cita, llama y emplaza a todos los que se crean con derecho a la sucesión de don Hugo Fabián Rolón y de Brian Alexis Rolón, en autos caratulados: ROLON, HUGO FABIÁN y Otros s/Sucesorio - Expte. N° 547/2.016”, sean herederos, acreedores y/o legatarios, para que en e! término de ley comparezcan a hacer valer sus derechos. Fdo.: Dr. Nicolás Mosconi, Secretario Subrogante; Dr. José María Zarza, Juez. Reconquista, 17 de Abril de 2017. Dra. Mosconi, Secretaria.

$ 45 322010 May. 4 May. 17

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