picture_as_pdf 2015-05-04

COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA

REGULARIZACION DOMINIA


Citación


Por disposición de la COORDINACION EJECUTORA PROVINCIAL para la REGULARIZACION DOMINIAL - Ley Nacional 24.374 y su modif. Dto. Prov. Nº. 1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle Salta 3211 de la ciudad de Santa Fe ; en 27 de Febrero 2289 de la ciudad de Rosario; en Centro Cívico –H. Irigoyen 1415, de la Ciudad de Reconquista; en Perusia 50 – Delegación Oeste Bº Barranquitas de la ciudad de Rafaela; dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fin de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art. 6 inc. d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en el Boletín Oficial y los Diarios El Litoral y Uno de la ciudad de Santa Fe, en fecha MARTES 5 de MAYO de 2015, a las siguientes personas:

REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTA FE

1 FRANCISCA GALAN DE ACEBAL; PEDRO MANUEL ACEBAL, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ALBERDI 7622 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 13 Manzana s/m 7615 Plano Nº 000448/1950: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-04-1195420200-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 261 Par Fº 1092 Nº 8944/66 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0010131-1/01501-0045662-4, Iniciador :CORIA AMALIA.

2 ROSA BEATRIZ MONZON, Matrícula Individual DNI 10850938, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: NEUQUEN 6955 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 32 Manzana s/m 9269 Plano Nº 7038 MU 1964: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-133810/0338-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 408 Impar Fº 1903 Nº 30049/1982 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0069888-4, Iniciador :DOMINGUEZ SANDRA LILIANA ALICIA.

3 JOSE LUIS AMBROSIO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: GOROSTIAGA 3714 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 8 Manzana 6137 B Plano Nº 60470/1970: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-131275/0016-1 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 215 Par Fº 388 Nº 8196/59 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0062861-2, Iniciador :FERREYRA ISOLINA.

4 JUAN CARLOS GAMBUZZA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: CALLEJON FUNES 3097 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 1 Manzana E (conf. Catastro) Plano Nº 117368/90: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-05-133400/0051-5 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 516 Par Fº 4917 Nº 61073/89 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0068483-6, Iniciador :PEREZ ELIZABETH GUADALUPE.

5 COMPAÑÍA DE TIERRAS Y EDIFICACIONES, SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: ANGEL CASANELLO 4353 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 22 Manzana 6343-O Plano Nº 3886/1956: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-06-131421/0071-3 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 186 Par Fº 1991 Nº 43522/1954 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067552-8, Iniciador :RETAMOZO RODOLFO ANIBAL.

6 ENRIQUE CARLOS LOPEZ (condómino), NARCISO PEDRO LOPEZ BELZUNCE (condómino), ENRIQUE CARLOS LOPEZ (heredero de CATALINA MAGDALENA o CATALINA M. PONCIO DE LOPEZ), ANGELA ELENA LOPEZ (heredero de CATALINA MAGDALENA o CATALINA M. PONCIO DE LOPEZ), Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: J. J. PASO 3911 ,de la ciudad de: SANTA FE, identificado como: Lote 7 Manzana C Plano Nº 3299/1955 modif. Plano Nº 4117/1956: Partida Inmobiliaria Nº 10-11-01-099699/0093-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 178 Impar Fº 849 Bis Nº 19389/53, Nº 00125/66, Nº 22858/67 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0060847-8, Iniciador :RIARTE MERCEDES OLGA.


REGION III – NODO SANTA FE

DEPARTAMENTO LA CAPITAL – LOCALIDAD SANTO TOME

7 ROBERTO ANDRES CETTOUR, ANGELA ELSA MANTICA, Matrícula Individual MORENO 2238 (3016) SANTO TOME, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAVALLE 3185 ,de la ciudad de: SANTO TOME, identificado como: Lote 29 Manzana s/m Plano Nº 56781/1970: Partida Inmobiliaria Nº 10-12-00-742374/0050-2 y cuyo dominio obra inscripto en: Tomo 318 Par Fº 3860 Nº 28052/73 Departamento: LA CAPITAL, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Santa Fe. Expediente Nº 01501-0067128-9, Iniciador :GOMEZ JUAN ANDRES.

S/C. 13093 Mayo 4 Mayo 6

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SUBSECRETARIA DE

TRANSPORTE


RESOLUCION N° 371


VISTO:

El Expediente Nº 01804-0013352-7 del Sistema de Información de Expedientes; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Ley Provincial N° 13.462 se creó el Fondo Compensador del Transporte Automotor Urbano e Interurbano Provincial de Pasajeros;

Que por Decreto N° 0777/15 se reglamentó el mismo, disponiendo que el Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente a través de la Subsecretaría de Trasporte será la autoridad de aplicación del presente Reglamento, facultándoselo a implementar el procedimiento a los fines del cumplimiento del objeto del Fondo Compensador del Transporte Automotor Urbano e Interurbano de Pasajero de la Provincia de Santa.

Que al efecto es necesario establecer los requisitos y documentación que deberán presentar y/o cumplimentar las empresas prestatarias de servicios urbanos e interurbanos de pasajeros a los fines de acceder y mantener los beneficios del citado Fondo Compensador;

Que ha tomado intervención la Dirección General de Transporte de Pasajeros con informe favorable;

Que mediante Dictamen N° 11138 la Dirección General de Asuntos Jurídicos ha dado su conformidad al presente acto administrativo;

Por ello, y en uso de las facultades conferidas en el mencionado Decreto,

EL SUBSECRETARIO DE TRANSPORTE

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°.- Serán beneficiarios del Fondo Compensador del Transporte Automotor Urbano e Interurbano de Pasajeros de la Provincia de Santa Fe, las empresas de transporte automotor de pasajeros urbano que prestan servicio por ómnibus en jurisdicción de las Comunas y Municipios de la Provincia, y otorgados por autoridad competente, incluyendo a los servicios extendidos comprendidos en el artículo 4° de la Ley Provincial N° 2499; y las empresas de transporte automotor de pasajeros Interurbanos de línea regular por ómnibus dentro de la jurisdicción provincial, otorgados por la autoridad provincial competente.

ARTÍCULO 2º- Con el fin de acceder y mantener el beneficio otorgado por el “Fondo Compensador”, las empresas de transporte automotor de pasajeros urbano deberán cumplimentar los siguientes requisitos conforme los Anexos I, II, III y IV de la presente:

1.-Declarar los servicios efectivamente prestados acompañando las copias, certificadas por única vez, de los actos administrativos que así lo establecen y la certificación del cumplimiento de los mismos por parte de la autoridad competente en forma mensual.

2.-Seguros exigibles por la normativa vigente, al día.

3.-Revisión técnica obligatoria vigente en la jurisdicción correspondiente.

4.-Constancia de habilitación, y matriculación si correspondiere, para efectuar Transporte Público Regular de Pasajeros, otorgada por la Autoridad de aplicación competente.

Las unidades serán computables en una única jurisdicción. No serán consideradas las unidades que se encuentren simultáneamente inscriptas, habilitadas o matriculadas para realizar servicio de transporte público de pasajeros dependiente de otras jurisdicciones ajenas al territorio provincial.

5.-Las tarifas vigentes para los servicios declarados, incluyendo la estructura de costo/tarifa.

Asimismo, deberán adjuntar:

6.-Presentación Mensual del Constancia de Cumplimiento Fiscal, emitido por la A.P.I. de la persona física o jurídica titular de los servicios de transporte.

7.-Nómina del personal de conducción afectado al cumplimiento de los servicios de transporte urbano. Este requisito se cumplimentará presentando el Formulario 931 AFIP con nómina de personal respectivo, por única vez y posteriormente, deberá ser presentado cuando se registren bajas o altas de personal de las empresas.

Los mencionados requisitos serán presentados por los Municipios y Comunas ante la Subsecretaría de Transporte, certificando, la máxima autoridad en materia de transporte de la jurisdicción, los datos suministrados por las empresas, en relación al cumplimiento de los servicios, las revisiones técnicas, los seguros vigentes y las habilitaciones de las unidades utilizadas en los servicios respectivos.

ARTÍCULO 3º - Las empresas de transporte automotor de pasajeros Interurbanos para acceder y mantener el beneficio otorgado por el “Fondo Compensador” deberán presentar ante la Subsecretaría de Transporte conforme Anexos V, VI, VII y VIII de la presente:

1.-Declaración de los servicios efectivamente cumplidos según el Anexo V de la presente.

2.-Siendo la Subsecretaría de Transporte la autoridad de aplicación, será la responsable de certificar el Cumplimiento de los servicios declarados. A cuyo efecto, las empresas deberán contar con un sistema de Localización Automática de Vehículos basado en geoposicionamiento satelital de los mismos, abierto a la autoridad de aplicación, ajustándose a los requisitos técnicos y plazos de instalación que se determinen.

3.-Seguros exigibles para las unidades por la normativa vigente, al día. Las empresas deberán presentar constancia mensual del seguro obligatorio vigente, pudiendo ser reemplazado por información emitida por la entidad aseguradora en forma directa, y certificada, a la Subsecretaría de Transporte.

4.- Revisión técnica obligatoria vigente en la jurisdicción correspondiente.

5.- Las unidades serán computables en una única jurisdicción. Las mismas deberán estar matriculadas y habilitadas en la jurisdicción. No serán consideradas las unidades que se encuentren simultáneamente inscriptas, habilitadas o matriculadas para realizar servicio de transporte público de pasajeros dependiente de otras jurisdicciones ajenas al territorio provincial.

Asimismo, deberán adjuntar:

6.- Presentación Mensual del Constancia de Cumplimiento Fiscal, emitido por la A.P.I. de la persona física o jurídica titular de los servicios de transporte.

7.- Nómina del personal de conducción afectado al cumplimiento de los servicios de transporte urbano. Este requisito se cumplimentará presentando el Formulario 931 AFIP con la nómina de personal respectivo, por única vez y posteriormente, deberá ser presentado cuando se registren bajas o altas de personal.

ARTÍCULO 4°.- Las presentaciones se efectuarán en la Subsecretaría de Transporte de la Provincia, y, asimismo, los Anexos previstos por correo electrónico a la cuenta: fondo-compensador@santafe.gov.ar entre el 1° al 5° día hábil del mes que corresponda.

Las variaciones ocurridas respecto de las informaciones suministradas en los Anexos deberán notificarse inmediatamente a la Subsecretaría de Transporte.

ARTÍCULO 5º.- Con el fin de hacer frente a eventuales imprevistos se constituirá, a partir de la primera liquidación del “Fondo Compensador”, una Reserva de Liquidez, equivalente al cinco por ciento (5%) de lo recaudado.

Mensualmente se retendrá dicho monto por sesenta (60) días, a efectos de hacer frente a posibles variaciones o ajustes que correspondieren. Vencido dicho plazo, el monto remanente de la Reserva de Liquidez pasará a integrar el Fondo Compensador del mes correspondiente a la liberación de los mismos.

ARTÍCULO 6º- Para la percepción de las acreencias las empresas deberán contar con una cuenta bancaria del Nuevo Banco de Santa Fe SA o del Banco Municipal de Rosario, cuyo titular será la persona física o jurídica responsable de la prestación del servicio de transporte.

Dicha cuenta deberá ser informada a la Subsecretaría de Transporte. Respecto de las cuentas pertenecientes a las empresas de transporte urbano de pasajeros, la información será brindada por la autoridad jurisdiccional.

ARTÍCULO 7º - La Subsecretaría de Transporte procesará la información y calculará los coeficientes de asignación de los recursos a los beneficiarios del Fondo Compensador, que serán remitidos a la Dirección de Administración del Ministerio de Aguas, Servicios Públicos y Medio Ambiente para que esta proceda a su liquidación y transferencia de los fondos correspondientes a los beneficiarios.

El pago de acreencias se realizará mediante el depósito en la cuenta informada.

ARTÍCULO 8º.-Cuando un beneficiario no cumplimente la presentación del Certificado de Cumplimiento Fiscal y/o del Formulario 931 AFIP con nómina de personal, se retendrá el 20% de las acreencias del mes correspondiente. Verificado el cumplimiento al mes siguiente, se liquidará lo retenido.

De continuar con el incumplimiento, el segundo mes consecutivo se retendrá el 50% del beneficio. Verificado el cumplimiento al mes siguiente, se liquidará lo retenido.

Si al tercer mes consecutivo no hubiere subsanado el incumplimiento, se suspenderá el beneficio y las sumas retenidas pasarán a integrar el Fondo Compensador, y la empresa no será considerada en las futuras liquidaciones hasta el cumplimiento de los requisitos exigidos.

ARTÍCULO 9°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

Nota: Se publica sin los anexos pudiéndose consultar en la página Web del Gobierno de la Provincia de Santa Fe.

S/C. 13127 Mayo 4 Mayo 5

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LA DIRECCION PROVINCIAL

DE DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE

CONFLICTOS INTERPERSONALES


DISPOSICIÓN N° 0010


SANTA FE, Cuna de la Constitución Nacional, 27 ABR 2015

VISTO:

El expediente N° 02004-0002508-3 del Registro del Sistema de Información de expedientes -MINISTERIO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS-, mediante el cual se gestiona la habilitación del Centro de "Espacio Mediar San Lorenzo" de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe;

CONSIDERANDO:

Que, mediante Decreto N° 1747/2011 se reglamenta la Ley N° 13.151 de Mediación;

Que, mediante Disposición N° 0063/2011 -DPDSCI- se regula lo referido a oficinas y centros de mediación;

Que, los artículos 3°, 4°, 50 Y 70 de la referida normativa establecen los requisitos con que deben contar los centros de mediación para su habilitación, aprueban los formularios de croquis de arquitectura -los que deberán presentarse con carácter de declaración jurada-;

Que, el articulo 6° establece que: " ... el estado general, las dimensiones e instalaciones del inmueble que el croquis describa podrán ser verificadas por esta Dirección Provincial... la habilitación otorgada podrá ser revocada por esta Dirección Provincial en caso de que no se cumplan con los requisitos previstos en la presente disposición";

Que, la Dra. Romina Aymará Matteucci Luciana, de la ciudad de San Lorenzo presenta ante la Dirección Provincial, documentación tendiente a obtener la habilitación de las instalaciones destinadas al Centro Mediación "Espacio Mediar San Lorenzo", ubicadas en calle Sargento Cabral N° 1204 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe;

Que, luego se compromete a presentar la nómina de mediadores que constituyan domicilio en ése centro de mediación y a notificar las altas y bajas en formulario de declaración jurada, consignando su nombre como responsable de dicho centro;

Que, dichas instalaciones se ajustan a los parámetros establecidos en la Disposición N° 0063/2011 para su habilitación;

Que, la presente se dicta en uso de las facultades conferidas en el art. 24º Inc. (4) del Anexo 1 del Decreto N° 1747/2011;

POR ELLO:

LA DIRECTORA PROVINCIAL DE

DESJUDICIALIZACION

DE LA SOLUCION DE CONFLICTOS INTERPERSONALES

DISPONE:

ARTICULO 1°: Habilítense las instalaciones destinadas al Centro de Mediación "Espacio Mediar San Lorenzo", ubicadas en calle Sargento Cabral N° 1204 de la ciudad de San Lorenzo y expídase el correspondiente certificado de habilitación N° 0047.-

ARTICULO 2º: Establécese que la habilitación otorgada en el artículo 1° podrá ser revocada por la Dirección Provincial de Desjudicialización de la Solución de Conflictos Interpersonales en caso de que no se cumplan los requisitos previstos en la Disposición N° 0063/2011-DPDSCI- o la norma vigente en la materia.-

ARTICULO 3°: Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.-

S/C 13129 May. 4 May. 6

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COORDINACIÓN EJECUTORA PROVINCIAL PARA LA REGULARIZACIÓN DOMINIAL-


Citación


Por disposición de la Coordinación Ejecutora Provincial para la Regularización Dominial- Ley Nacional 24.374 y su modificatoria Dto. Prov. N°.1178/09 se cita, llama y emplaza para que comparezca/n por ante esta dependencia sita en calle 27 de febrero 2289 de la ciudad de Rosario, dentro del término de 30 días hábiles y bajo los apercibimientos de ley, a fín de que deduzcan formal oposición si correspondiere, en los términos del art.6 inc d) de la Ley mencionada, lo que se publica a sus efectos en los Diarios Locales de la ciudad de Rosario, en fecha 5 DE MAYO 2015,y en el Boletín oficial por 3 (tres) días a las siguientes personas:

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ - LOCALIDAD VENADO TUERTO

1. Sr/a: BARD DUFOUR MICAELA MARGARITA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR FRANCISCA CLARA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR ELENA JACQUELINE, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR FRANCISCO ENRIQUE ROGELIO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, DUFOUR JACQUELINE CLARA ANDREA, Matrícula Individual DESCONOCIDA Y CHATENAY VIVIANNE NADEGE, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: REPÚBLICA DE CROACIA 530, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 30 Manzana: 11 Plano N°:62902/1970 partida inmobiliaria N° 17-13-00-360453/0097-1 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 12 Folio 614 N° 24114 Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0001856-8, Iniciador: PERUCHÍN CARLOS NORBERTO

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO

2. Sr/a: BARD DUFOUR MICAELA MARGARITA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR FRANCISCA CLARA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR ELENA JACQUELINE, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BARD DUFOUR FRANCISCO ENRIQUE ROGELIO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, DUFOUR JACQUELINE CLARA ANDREA, Matrícula Individual DESCONOCIDA Y CHATENAY VIVIANNE NADEGE, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: REPÚBLICA DE CROACIA 498, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 33 Manzana: 11 Plano N°: 62902/1970 partida inmobiliaria N° 17-13-00-360453/0129-3 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 12 Folio 614 N° 24114 Departamento: GRAL LOPEZ, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N°01502-0003273-1, Iniciador: GALVAN CARMEN

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO GENERAL LOPEZ – LOCALIDAD VENADO TUERTO

3. Sr/a: GAMBOA, MARÍA ESTHER, Matrícula Individual 3.306.746, GAMBOA DE TEMPORINI RAQUEL NOEMÍ, Matricula Individual 3.962.085, GAMBOA DE DE DIEGO, NÉLIDA SILVIA, Matricula Individual 4.850.336, GAMBOA JOSÉ ANDRÉS, Matricula Individual 6.143.706,sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: 26 DE ABRIL 957, de la ciudad de VENADO TUERTO identificado como: Lote: 26 Manzana: 19 Plano N°: 106624/1981 partida inmobiliaria N° 17-13-00-360333/0145-4 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 378 Folio 440 s/ N° Departamento: GRAL LOPEZ,Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003289-0, Iniciador SUAREZ CLARO GUILLERMO

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO _ LOCALIDAD GRANADERO BAIGORRIA

4. Sr/a: MOLINA, SANTIAGO ALBERTO, Matrícula Individual DESCONOCIDA, BORRAS, GLORIA PILAR Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PAINE 520, de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA identificado como: Lote:19 Manzana: 25 Plano N°: 29375/1961 partida inmobiliaria N° 16-02-00-335447/0134-3 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 273 A Folio 861 N° 99400 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0004068-2, Iniciador KRUCZEK GUSTAVO ISMAEL.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO _ LOCALIDAD GRANADERO BAIGORRIA

5. Sr/a: ITU S.A, Matrícula Individual DESCONOCIDA, JULIO AURELIO ENZ S.A Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: VICENTE LOPEZ 619, de la ciudad de GRANADERO BAIGORRIA identificado como: Lote: 4 Manzana: 35 B Plano N°: 28638/1961 partida inmobiliaria N° 16-02-00-334130/0031-3 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 371 C Folio 7 N° 109562 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003972-3, Iniciador COMARI RAÚL PEDRO.

REGION IV- NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ

6. Sr/a: CELULOSA S.A, CUIT N°30-50106215-0, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL CHOCÓN 574, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 7 Manzana: D; Plano N°:97649/1978 partida inmobiliaria N° 15-05-00-207207/0273 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 60 Folio 88 N°61078 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003978-9, Iniciador FIORE MARÍA LAURA.

REGION IV- NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ

7. Sr/a: CELULOSA S.A, CUIT N°30-50106215-0, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: EL CHOCÓN 488, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 17 y 18 Manzana: C; Plano N°:97649/1978 partida inmobiliaria N° 15-05-00-207207/0262 -0263 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 60 Folio 88 N°61078 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0003869-8, Iniciador VEGA LUIS MARIO.

REGION IV- NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ

8. Sr/a: GUEGLIO, ALFREDO FRANCISCO, Matrícula Individual DESCONOCIDO, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: LAS ORQUIDEAS 245, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 9 Manzana: 25; Plano N°: 33798/1934; partida inmobiliaria N° 15-05-00-335348/0001-2 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 145 A Folio 804 N°53696 Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0000187-8, Iniciador MOYANO DANIEL OMAR.


REGION IV- NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO SAN LORENZO - LOCALIDAD CAPITAN BERMUDEZ

9. Sr/a: CORREA, BENJAMÍN SALVADOR, Matrícula individual 6.044.450; VELAZQUEZ, ERMELINDA LIDIA, Matrícula individual 4.544.267; sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: MAIPÚ 448, de la ciudad de CAPITAN BERMUDEZ identificado como: Lote: 23 Manzana: 15; Plano N°: 87045/1950; partida inmobiliaria N° 15-05-00-707021/0191-5 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 232 Folio 448 N° 181095, Departamento: SAN LORENZO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0000491-2, Iniciador ORTIZ, PORFIRIA.

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO ROSARIO – LOCALIDAD VILLA GOBERNADOR GALVEZ

10. Sr/a: ARPINI Y MORO S.R.L Cuit 30-51902164-8, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: PJE 6 2438, de la ciudad de VILLA GOBERNADOR GALVEZ identificado como: Lote: 18 Manzana: 13 Plano N°: 70140/1971 partida inmobiliaria N° 16-08-00-340814/0008-7 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 337 Folio 142 N° 152941 Departamento: ROSARIO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01502-0001186-4, Iniciador BURGUEÑO EDUARDO WENCESLAO

REGION IV – NODO ROSARIO

DEPARTAMENTO IRIONDO– LOCALIDAD SALTO GRANDE

11. Sr/a: GIMENEZ DONATA, Matrícula Individual DESCONOCIDA, sus herederos, sucesores y/o legatarios y/o cualquier otra persona que se considere con derechos sobre el inmueble sito en calle: Mitre y Belgrano , de la localidad de SALTO GRANDE identificado como: Lote: 7 Manzana: 45, Plano archivado al Duplicado 775 I, partida inmobiliaria N° 14-08-00-192169/0000-1 y cuyo dominio obra inscripto en Tomo 26 Folio 665 N° 41627 Departamento: IRIONDO, Sección Propiedades, del Registro General de la Propiedad Inmueble de Rosario, Expediente N° 01501-0009875-2, Iniciador QUIROGA JORGE RUBÉN.

S/C. 13126 Mayo 4 Mayo 6

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