picture_as_pdf 2006-05-04

MINISTERIO DE HACIENDA Y FINANZAS

 

COMUNICADOS

 

“Por medio de la presente, se hace saber a las señoras ROSANA ELVIRA KILCHENMANN, MARIA BEATRIZ VICO y ALICIA ESTELA RODENAS lo expresado en el Decreto 0456 de fecha 21 de Febrero del año 2006, que dice: ARTICULO 1° Declárase abstracta la impugnación interpuesta por las Señoras ROSANA ELVIRA KILCHENMANN (CUIL 27-14820755-6) domiciliada en calle Presidente Roca 2637 de la ciudad de Rosario; MARIA BEATRIZ VICO (CUIL 27-13255577-5) domiciliada en calle Juan Manuel de Rosas 1479 - Piso 1° - Dpto. “B” de la ciudad de Rosario y ALICIA ESTELA RODENAS (CUIL 27-11125758-8) domiciliada en calle Dorrego 841 - PB - Depto. “C” de la ciudad de Rosario, todos de la Provincia de Santa Fe, en lo referente al Suplemento “No Remunerativo y No Bonificable” establecido en el artículo 12 del Decreto 1840/04. Artículo 2°. Declárase improcedente la impugnación en lo que refiere al “Suplemento Remunerativo y No Bonificable” estatuido en el artículo 7° del mencionado Decreto. Artículo 3°. Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo. Ing. Jorge Alberto OBEID, Gobernador de la Provincia; C.P.N. Walter Alfredo Agosto, Ministro de Hacienda y Finanzas.”

S/C         10077    May. 4

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“Por medio de la presente, se hace saber al señor RUBEN ALBERTO VEIRA lo expresado en el Decreto 3080 de fecha 25 de Noviembre del año 2005, que dice: Artículo 1°: Recházanse por improcedente los recursos de revocatoria interpuestos por los agentes transferidos del ex Banco Provincial de Santa Fe, contra el Art. 8° del Decreto 2063/03, Veira, Rubén Alberto (CUIL 20-08322480-1) domiciliado legalmente en Zona Rural de Soutomayor, Provincia de Santa Fe, por las razones expuestas en los considerandos precedentes. Artículo 2°: Regístrese, comuníquese y archívese.- Fdo. Ing. Jorge Alberto OBEID, Gobernador de la Provincia; C.P.N. Walter Alfredo Agosto, Ministro de Hacienda y Finanzas.”

S/C         10076    May. 4

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