picture_as_pdf 2008-04-04

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA

POR

ALBERTO P. PILON

Por disposición del señor Juez del Juzgado de Distrito de la 9ª. Nominación de Rosario, la secretaría que suscribe, hace saber que en los autos caratulados: MUNICIPALIDAD DE FUNES c/OTROS s/APREMIO Expte. N° 1913/02, se ha dispuesto que el Martillero Alberto P. Pilón D.N.I. N° 6.067.639, venderá en pública subasta el día 15/04/08 a las 10 hs en las puertas Juzgado Comunal de Funes, con la base de $ 18.000, en caso de no haber oferentes, con una retasa del 25% y de persistir la falta de postores en tercera y última subasta con la base del avalúo inmobiliario. El siguiente inmueble descripción del inmueble: Un lote de terreno, situado en la localidad de Funes, Departamento Rosario, de esta Provincia, Señalado con el N° Nueve de la manzana Veintisiete, del plano de mensura confeccionado por el Ingeniero don Fernando Luis Guillermo Micheletti, archivado en la Dirección General de Catastro, Departamento Topográfico de la Provincia, bajo el número seiscientos noventa y tres, duplicado año mil novecientos sesenta y cuatro, esta ubicado en una calle pública abierta de veinte metros de ancho, cuyo arranque comienza a los cien metros de dos calles públicas en dirección al Este, y mide: diez metros de frente al Norte por treinta metros de fondo, encerrando una superficie de trescientos metros cuadrados y linda: al Norte, calle pública abierta de veinte metros de ancho, al Este lote ocho, al Oeste lote diez, y por su contrafrente al Sur, fondos del lote treinta, todos de la misma manzana y plano. Inscripto a su dominio al T° 345 C F° 1515 N° 159966 Depto. Rosario, siendo el lote de referencia el numero "9" de la manzana "27".ref. catas. 04/066/9 Número de Cta. 041504/3. Del informe del Registro surge el siguiente embargo al Tomo 116 E Folio 3236 N° 349288 del 07/06/07 monto de $ 6.479,31. Orden Juzgado de Distrito de la 9ª. Nom. Rosario. Autos Municipalidad de Funes c/Otro s/Apremio. Expte. N° 1913/02; por el que se ejecuta no registrando hipotecas ni inhibición. Sale a la venta según decreto: Rosario, 28 de Febrero de 2008. Vistos: Los autos caratulados: Municipalidad de Funes c/Vidosevich Nicolás y Ot s/Apremio, (Exp. N° 1913/02)", tramitados por ante este juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9na Nominación de Rosario, de los que Resulta: A fs. 82 el martillero propuso las condiciones de la realización de la subasta del lote baldío, inscripto su dominio al T° 345 C F° 1515 N° 159966, Depto Rosario, siendo el lote "9" manzana "27". A fs. 66/67 consta el avaluó fiscal de la propiedad Considerando: De lo indicado por el martillero surge claramente que el avaluó fiscal es muy inferior al valor de mercado del bien a rematar. El carácter del experto en la tasación de inmuebles y la experiencia del martillero, dan garantías suficientes de la corrección de la tasación. La fijación de la base para la subasta de un valor tan bajo respecto del verdadero valor podría distorsionar el procedimiento y llegar a un precio de venta muy bajo. Resuelvo: Dispongo la venta del 100% del lote baldío inscripto a su dominio al Tomo 345 C, Folio 1515, N° 159966 Depto Rosario, siendo el lote "9" manzana "27" mediante subasta publica para el día 15 de Abril de 2008 a las 10 hs., en el Juzgado de Paz de Funes, con la base del valor de mercado, reducido en un 10% esto es $ 18.000. En caso de no haber oferentes, con una retasa del 25% y de persistir la falta de postores en tercera y última subasta con la base del Avalúo inmobiliario. El comprador deberá abonar en el acto de remate el 30% del valor alcanzado a cuenta de precio y el 3% del mismo valor como comisión del martillero. El pago deberá hacerse en dinero efectivo, cheque certificado u otro medio a satisfacción del martillero. El saldo de precio deberá abonarse dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio del remate. El inmueble sale a la venta en el estado de desocupación que da cuenta el acta de constatación. Los impuestos; tasas y contribuciones que adeude el inmueble serán a cargo del comprador, como así también el I.V.A., si correspondiere y los gastos e impuestos que graven la transferencia de dominio; la posesión será entregada una vez cancelado el total del precio. Si la venta fracasara por culpa del postor u oferente será aplicado el art. 497 del C.P.C.C. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL y hall de Tribunales. Regístrese y agréguese copia al expediente. De resultar inhábil, feriado y/o por causas de fuerza mayor el día fijado para la subasta, la misma se realizará el próximo día hábil siguiente a la misma hora y lugar, el inmueble sale a la venta en el estado de ocupación según acta de constatación agregada en auto junto con informes de deudas y copia de títulos, a disposición de los interesados haciéndose saber que no se aceptará reclamo alguno después de realizada la subasta por insuficiencia deficiencia falta de títulos o información correspondiente. Rosario, 27 de Marzo de 2008. Patricia N. Glencross, secretaria.

S/C 27748 Abr. 4 Abr. 8

__________________________________________

POR

LEON MARCO GAMBERINI

Por disposición Juez Primera Instancia Distrito Civil y Comercial Decimotercera Nominación Rosario, dentro autos "QUISPE TORRES PERCY JULIO c/ OTRA s/ DIVISION DE CONDOMINIO", Expte 467/06, Martillero León Marco Gamberini (CUIT 20-06009377-7), venderá en pública subasta día 18 abril 2008, 19 hs, (o en caso de ser feriado, la misma se realizará en día inmediato posterior a la misma hora y lugar fijado) en Asociación de Martilleros, Entre Ríos 238 de Rosario, con Base $25.218 (A.I.I.), no habiendo postores seguidamente ambos con retasa del 25% ($18.913,50) y persistiendo falta postores, última base 20% A.I.I. ($5.043,60), en estado de ocupación en que se encuentran conforme constancias de autos (fs 76/77), siguiente inmueble: "Lote terreno con lo edificado, clavado y plantado, situado en esta ciudad en sección 11ª., manzana 57, gráfico 1, S/D.1, del Registro Catastral Municipal; cuyo lote es designado con letra "A" del plano 38141/1964.- Está ubicado en la esquina formada por calles Alsina y Virasoro; y se compone de 12,51 m. frente al Norte, por 12,99 m. fondo y frente al Oeste.- Superficie total: 162,50 m2; y linda: Por su frente al Oeste, con calle Alsina; por su frente al Norte, con calle Virasoro; por el Este, con lote B; y por el Sud, con lote C.; todos mismo plano." Dominio asentado en Matrícula 16-11773, Depto Rosario, Registro General.- De informe registral consta a nombre actor y demandado y no registra gravamen alguno.- El comprador abonará en acto remate 10% monto venta más 3% comisión Martillero en efectivo o cheque certificado. Saldo precio se depositará judicialmente al aprobarse la subasta, caso contrario, se abonará por retraso un interes correspondiente a la tasa activa promedio mensual que percibe el Nuevo Banco de Santa Fe S.A., desde la fecha de subasta hasta efectivo pago, todo bajo apercibimiento del art. 497 del CPCC y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta.- Hágase saber que estarán a cargo del adquirente los impuestos, tasas, contribuciones y expensas que se adeudaren a la fecha se la subasta. Para el caso de compra por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto del remate la identidad de la persona para la cual adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación por la persona indicada. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto de subasta. El adquirente deberá acudir a escribano público a fin de protocolizar los testimonios correspondientes a las diligencias relativas a la venta y posesión para su posterior inscripción en el Registro General; quedando excluidas las otras opciones previstas en el art. 505 del CPCC. Los gastos, sellados y honorarios notariales, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar de la nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianeras en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador, inclúyese, entre otros que corresponda, los siguientes: Impuesto nacional a la transferencia del inmuebles, de personas físicas y sucesiones indivisas (Ley 23.905), Impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. f. Código Fiscal) e IVA.- Se hace saber a efectos legales. Secretaría, 28 de marzo de 2008.- Mabel A. M. Fabbro, secretaría.

$ 138 27775 Ab. 4 Ab. 8

__________________________________________