picture_as_pdf 2008-04-04

MINISTERIO DE GOBIERNO Y REFORMA DEL ESTADO

RESOLUCION N° 0021

Santa Fe, 25 de Marzo de 2008.

VISTO:

El Expediente N° 00301-0056935-8 del registro del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos dependiente del Ministerio de Economía gestiona autorización para utilizar software propietario, y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario ...", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 12.817, en su artículo 17°, incisos 30 y 31, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 0038/07, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos dependiente del Ministerio de Economía en este expediente, está relacionada con la adquisición de una (1) licencia de Sistema Operativo MS-Windows XP PRO en español, que estará destinada entre otras a la instalación del Programa Bapin II (BaPP1-Banco Provincial de Proyectos de Inversión), en virtud de que el software en que está desarrollada esta aplicación, así lo requiere;

Que la aplicación antes mencionada ya existe, y se trata de un sistema transferido, realizado en lenguaje de programación propietario que requiere sistema operativo MS-Windows para su ejecución:

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -d- "Sistemas transferidos cuya utilización resulte ineludible, ya sean provenientes de los Municipios, de otras Provincias o del Estado Nacional o de Organismos Internacionales", que es el caso en el que se encuentra la citada aplicación.

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar a la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos dependiente del Ministerio de Economía, en carácter de excepción, a usar el software propietario peticionado;

POR ELLO:

EL SECRETARIO DE TECNOLOGIAS

PARA LA GESTION

RESUELVE

1°.- Autorizar a la Dirección General de Formulación y Evaluación Económica de Proyectos dependiente del Ministerio de Economía, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle,

MS WINDOWS XP Profesional, una (1) Licencia.

2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

S/C 1145 Abr. 4

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DIRECCION PROVINCIAL

DE VIALIDAD

NOTIFICACION

En relación a los autos administrativos N° 16101-0075599-4 del Registro del Sistema de Información de Expedientes, caratulados Acta de Constatación de Infracción N° 0974 de fecha 28/04/05 se procede a notificar fehacientemente por este medio conforme lo preceptuado en los artículos 20° inc. e) y 28° del Decreto - N° 10.204/58, al sr. Gustavo Andrés Angulo, con último domicilio conocido en Zona Rural, de la localidad de San Jorge provincia de Santa Fe, de lo establecido en la Resolución N° 2056 dictada el 26 de septiembre de 2005 por el Ingeniero Antonio Grbavac, Administrador General de la Dirección Provincial de Vialidad y que textualmente en su parte pertinente expresa lo siguiente: Visto ... Y Considerando ... Resuelve ... Artículo 1°.- Rechazar el Recurso de Revocatoria interpuesto por los Sres. Norberto Francisco Beltramo y Adrián Norberto Beltramo, por sí y como socios de Norberto y Adrián Beltramo Sociedad de Hecho, mediante apoderados contra el Acta de Infracción N° 974/05, por los motivos invocados y elevar las actuaciones al Ministerio de Obras, Servicios Públicos y Vivienda en virtud de la apelación planteada subsidiariamente, Artículo 2° Intimar al Sr. Angulo, Gustavo Andrés en carácter de conductor con domicilio en Zona Rural, Localidad de San Jorge, Provincia de Santa Fe y al transportista Norberto F. y Adrián N. Beltramo S.H. con domicilio en Bartolomé Mitre 673, de la localidad de San Jorge, Provincia de Santa Fe, para que en el plazo perentorio e improrrogable de 20 (veinte) días de recibida la Presente abonen la suma de $ 4.440,57 (Pesos cuatro mil cuatrocientos cuarenta con 57/100), con más el 1% de interés mensual desde el momento en que se cometió la infracción y hasta la fecha de su efectivo pago, bajo apercibimiento de procederse a la ejecución para el cobro por vía judicial. El pago deberá efectuarse en el domicilio de la Dirección General de Finanzas y Presupuesto de la Dirección Provincial de Vialidad, calle Salta N° 2951 - 9° Piso - Palacio Municipal de la ciudad de Santa Fe mediante cheque de cualquier Banco y Plaza que se extenderá a nombre de la Dirección Provincial de Vialidad de Santa Fe con la aclaración al dorso "para ser depositado en la Cta. 9715/07", pudiendo suscribir convenio de pago en cuotas. Artículo 3.- La falta de pago en el término acordado dará lugar a la iniciación del juicio ejecutivo, a cuyo efecto se autoriza a la Dirección de Asuntos Jurídicos a promoverlo contra el conductor y transportista del vehículo marca Mercedes Benz, modelo L1114/42, dominio chasis VPX316, dominio acoplado UCV529, Sr. Angulo, Gustavo Andrés, con domicilio en Zona Rural, Localidad de San Jorge, provincia de Santa Fe y al transportista, Norberto F. y Adrián N. Beltramo S.H. con domicilio en Bartolomé Mitre 673, de la localidad de San Jorge, provincia de santa Fe, tendiente al cobro de la suma de $ 4.440,57 (Pesos cuatro mil cuatrocientos cuarenta con 57/100), con más los intereses que correspondan a la fecha en que se cometió el pago y hasta el momento de su efectivo pago. Artículo 3°. Regístrese, comuníquese y archívese. Lo que se publica en el BOLETIN OFICIAL a sus efectos y por el término y apercibimientos legales.

S/C 1151 Abr. 4 Abr. 7

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MINISTERIO DE SALUD

NOTIFICACION

Se notifica por este medio, que en los autos Caratulados: "CONCARI CARLOS ALBERTO - REF.: s/ Pago de Licencia no Gozadas Período 2003/2004 en Forma Parcial y Período 2004-05 en forma total en Razón de haberse dispuesto la Baja por Incapacidad. Nota 23616/05", se ha dictado la Resolución Nº 1431, de fecha 20 de noviembre de 2007, que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1º) Recházase el reclamo, formulado por el señor CARLOS ALBERTO CONCARDI (M.I. Nº 11.127.076 - Clase 1954), ex agente de la División Laboral de Rosario, dependiente de la Dirección General de Higiene y Salud del Trabajador, tendiente al pago de licencias ordinarias no gozadas correspondientes a los años 2003, 2004 y 2005 -parte proporcional- Dra. Silvia R. Simoncini.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 12071, se le hace saber el derecho a interponer recurso, el plazo para hacerlo diez (10) días hábiles, conforme a la normativa vigente.

Dirección General de Despacho, 22 de febrero de 2008.

S/C 1138 Abr. 4 Abr. 7

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NOTIFICACION

Se notifica por este medio, que en los autos Caratulados: "MARTIN SUSANA DOLORES Ref: s/ Pago Licencias Adeudadas en Razón de haber sido dada de baja por Incapacidad Física Total y Permanente. 13698/06", se ha dictado la Resolución Nº 1433 de fecha 20 de noviembre de 2007; que en lo pertinente expresa:

ARTICULO 1º) Recházase el reclamo formulado por la Sra. ELBA ESTHER DOYLE de MARTIN (M.I. Nº 2.837.007), en representación de su hija Dra. Susana Dolores Martín, ex -agente del Hospital de Niños "Dr. Orlando Alassia " de esta ciudad, tendiente al pago de licencias ordinarias no gozadas, correspondientes a los años 2003, 2004, 2005 y 2006 - parte proporcional.- Fdo. Dra. Silvia R. Simoncini - Ministro de Salud.

De acuerdo a lo establecido en la Ley Nº 12071, se le hace saber el derecho a interponer recurso, el plazo para hacerlo diez (10) días hábiles, conforme las normativas vigentes.

Dirección General Despacho, 12 de marzo de 2008.

S/C 1139 Abr. 4 Abr. 7

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NOTIFICACION

Se notifica por este medio, que en los autos caratulados: "DIAZ DIEGO GUILLERMO - REF. : Instruir Sumario Administrativo p/Serias Irregularidades en su Comportamiento (Agresiones Verbales y Amenazas) Hacia Compañeras de Trabajo. Se Adjunta Denuncia Policial". Expte. Nº 00501-0061168-0, se ha dictado la siguiente providencia: "Santa Fe, 25 de marzo de 2008. Atento lo aconsejado por la Delegación 2da. Circunscripción de la Dirección General de Asuntos Jurídicos mediante Dictámenes nros. 2863/07 y 2917/08 (fs. 81 y 86, respectivamente), intímase al agente DIEGO GUILLERMO DIAZ para que en término de dos (2) días formule su descargo por las inasistencias en las que incurrió con antelación al 18/03/05 en que dejó voluntariamente de cumplir funciones y con posterioridad a la fecha mencionada por la misma causa, según lo establecido en el artículo 56, último párrafo de la Ley 8525, bajo apercibimiento de disponerse su cesantía por tal causa, por aplicación del artículo 53, inciso a), del citado cuerpo legal, quedando el referido expediente a su disposición para ser consultado en la mencionada asesoría jurídica. Notifíquese mediante la publicación de edictos en el Boletín Oficial (artículo 20, inciso e), reglamentación Decreto Nº 10204/58)". Dirección General de Despacho, 10 de setiembre de 2007.

S/C 1140 Abr. 4 Abr. 7

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