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DECRETO 0633

 

Santa Fe. 22 de Marzo de 2006.

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0062311-9 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual el Ministerio de la Producción gestiona una modificación al Decreto Nº 4267/03, que reglamenta la Ley Nº 12091; y

CONSIDERANDO:

Que el artículo 3º del Anexo Unico del Decreto Nº 4267/03 dispone la conformación de la Comisión de Adjudicación creada por el artículo 3º de la Ley Nº 12091, que funcionará en el ámbito de la Autoridad de Aplicación, Ministerio de la Producción;

Que el acápite 1. del artículo 3º del citado decreto establece que dicha Comisión será presidida por el Sr. Ministro de la Producción o quien este designe en su reemplazo, y el acápite 2. fija los integrantes que componen la misma;

Que resulta necesario incorporar a la Comisión de Adjudicación un representante del Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto, en razón de atender diversas problemáticas planteadas por las organizaciones que integran la misma;

Que la gestión cuenta con dictamen favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de la Producción;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Sustitúyese el acápite 2. del artículo 3º, del Anexo Unico del Decreto Nº 4267 del 9 de diciembre de 2003, por el siguiente:

“2. La Comisión estará conformada además, por los siguientes integrantes:

Un (1) representante por cada uno de los municipios y comunas que se enuncian a continuación: Vera, La Gallareta, Fortín Olmos, Garabato y Toba.

- Un (1) representante de la ONG FUNDAPAZ.

- Un (1) representante de la ONG Asociación Amigos del Aborigen.

- Tres (3) representantes de las familias asentadas en el área de situación de los predios, elegidos entre ellos por simple mayoría.

- Dos (2) representantes de la Organización de Comunidades Aborígenes de Santa Fe (OCASTAFE).

- Un (1) representante de la Iglesia Católica Diocesana Reconquista.

- Un (1) representante de la Unidad Técnica de Coordinación Provincial del Programa Social Agropecuario.

- Un (1) representante de cada una de las dependencias de la Administración Pública Provincial que a continuación se enuncian:

- a) Coordinación Patrimonio;

- b) Servicio de Catastro e Información Territorial;

- c) Escribanía de Gobierno;

- d) Secretaría de Estado de Promoción Comunitaria; y

- e) Ministerio de Gobierno, Justicia y Culto.

- Un (1) representante de la Cámara de Diputados.

- Un (1) representante de la Cámara de Senadores.

ARTICULO 2º- Refréndese por los señores Ministros de la Producción; de Gobierno, Justicia y Culto y de Salud.

ARTICULO 3º- Regístrese, comuníquese y archívese.

OBEID

Ing. Qco. Roberto Armando Ceretto

Dr. Roberto Armando Rosúa

Dra. Silvia Rosa Simoncini

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