picture_as_pdf 2009-03-04

JUZGADO FEDERAL


El Juez Federal a cargo del Juzgado Federal N° 1 de Rosario, a cargo del Dr. Héctor A. Zucchi (Bvard. Oroño 940 de Rosario), Secretaría de la Dra. Adriana Netri, de conformidad con la ley 346, texto 24.951, hace saber que en el expediente N° 2418, la Srta. Doris Angélica Wong Pasache, nacida el 20/11/1971, en la ciudad de Lima, República del Perú, D.N.I. N° 93.941.295, domiciliada en calle Carranza 1195 de Rosario, Pcia. de Santa Fe, tramita su ciudadanía argentina, así cualquier persona queda facultada para deducir oposición fundada contra la concesión del beneficio y hacer llegar las consideraciones que pudiesen obstar a su concesión. Secretaría, 4 de febrero de 2009. Adriana Netri, secretaria suplente.

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JUZGADO DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Laboral de la 5ª. Nominación de Rosario, dentro de los autos RUEDA FRANCISCO ANTONIO c/QUEVEDO FABIO y Otros s/Cobro de Pesos (Expte. Nro. 39/2000), se ha resuelto: Rosario, 21/11/08. Intímese como se pide. Quedando el Sr. Rueda, Francisco Antonio debidamente notificado de lo que antecede para que concurra por sí o por medio de representante a manifestar si tiene interés en la prosecución de la causa. Enrique A. Girardini, juez, Graciela Canalda, secretaria.

S/C 60766 Mar. 4 Mar. 10

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TRIBUNAL COLEGIADO


Por disposición del Sr. Juez de trámite del Tribunal Colegiado de Responsabilidad Extracontractual N° 1 de Rosario, Dr. Fernando Longhi, se hace saber que en los autos: LOPEZ, OSCAR DAVID c/OJEDA, OSVALDO DANIEL s/Pobreza, Expte. N° 849/02 se hace saber: Rosario, 11 de febrero de 2009. Téngase presente lo manifestado. A iguales fines que la anterior fíjase el día 23 de marzo de 2009 a las 8.30 hs. Rosario, 24 de febrero de 2009. María Fernanda Baldomá, secretaria.

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JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18ª. Nominación, Secretaría a cargo de la Autorizante, en los autos caratulados: DEPETRIS RICARDO RODOLFO c/CONTRERAS EVELIN s/Ejecutivo, Expte. N° 64/07, se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe: Rosario, 15 de Junio de 2007. Por presentado, domiciliado, en el carácter invocado a mérito del poder especial acompañado. Por iniciada la acción que expresa la que tramitará por la vía del juicio Ejecutivo. Cítese y emplácese a la parte demandada por el término de tres días comparezca a estar a derecho, bajo apercibimiento de rebeldía. Resérvese en Secretaría la documental acompañada. Martes y viernes para notificaciones en la Oficina. Notifíquese. Expte. N° 64/07. Fdo: Dra. Myrian R. Huljich (Secretaría). Dra. Susana Silvina Gueiler (Juez). Rosario, marzo de 2009. Myrian R. Huljich, secretaria.

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La Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 14ª. Nominación de Rosario, en los autos caratulados “Moretta, Carlos c/Transporte de Maquinarias J.R. y Otros s/Cobro de Pesos”, Expte. N° 1502/03, hace saber que en autos se ha dictado el siguiente decreto: “Rosario, 10 de febrero de 2009. Informando verbalmente la Actuaria en este acto que los herederos de JUAN RAUL RODRIGUEZ no han comparecido a estar a derecho, decláraselos rebeldes y siga el juicio sin su representación. Señálase fecha de audiencia para sorteo de Defensor de Oficio en marzo 10 de 2009 a las 9,00 hs. Notifíquese por edictos. (1502/03). Fdo.: Dra. Entrocasi (Secretaria) - Dra. Loti (Juez). Rosario, Secretaría, de Febrero del 2009.

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El Sr. Juez a cargo del juzgado de Primera Instancia de Distrito civil y comercial de la Novena Nominación, Dr. Marcelo Bergia, Secretaría de la Dra. Patricia Glencross, notifica, dentro de los autos caratulados “FERRANTI SILVIA NORA c/FAYO DEOLIDIA BERNARDINA y/o FAYO AMPARO s/APREMIO POR HONORARIOS”, Expte. 416/08, a FAYO DEOLIDIA BERNARDINA y/o FAYO AMPARO, la resolución que a continuación se transcribe: “Nº 2064.- Rosario, 11 de junio de 2008. Vistos:... Considerando:... Fallo: Hago lugar a la demanda y, en consecuencia, ordeno llevar adelante la ejecución contra el patrimonio de la Sra. Deolidia Bernardina Fayo y/o Amparo Fayo hasta que se pague a la Dra. Silvia Ferranti la suma de $ 11.000.- más el 13% de aportes con más intereses a la tasa pasiva promedio del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. no capitalizada desde el 07/08/96 hasta la fecha de pago. Costas a la demandada. Todos los rubros que integran las costas, salvo los honorarios, devengarán un interés compensatorio en las mismas condiciones que el indicado para el capital, calculado desde la fecha en que cada gasto se haya realizado y hasta la fecha de pago. Los honorarios se regularán cuando sea aprobada la correspondiente liquidación. Los obligados al pago deberán pagarlos dentro del plazo de 15 días corridos desde que quedan firmes. En caso que no sean pagados dentro de ese plazo, los mismo devengarán desde la fecha de vencimiento y hasta la fecha de efectivo pago, un interés a la tasa activa promedio del Nuevo Banco de Santa Fe S.A. capitalizada.- Regístrese, agréguese copia al expediente y notifíquese personalmente o por cédula.-“ (Expte. Nº 416/08.) Fdo: Dr. Marcelo Bergia, Juez - Dra. Patricia Glencross, Secretaría. Rosario, de febrero de 2009.

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Por disposición del Sr. Juez de Distrito en lo Civil y Comercial de la III Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados “LOPEZ, Antonio s/QUIEBRA”, Expte. Nº 539/04, se ha dispuesto poner de manifiesto en la oficina la regulación de honorarios del órgano sindical en la suma de $ 11.000 y de las Dras. Ivana Ayala y Lucrecia Mantello en la suma de $ 5000, así como el Informe Final y Proyecto de Distribución presentados por la Sindicatura. Dra. Gabriela Cossovich (Secretaria).

S/C 60858 Mar. 4 Mar. 10

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Rosario, 27 de Noviembre de 2008. Atento a lo solicitado e informado verbalmente el Actuario en este acto que la demandada LOMBARDO NORMA GLADYS y MORENO JULIO ENRIQUE, no han comparecido a estar a derecho, pese a estar debidamente notificado con las cédulas que se agregan, decláreselo rebelde y prosiga el juicio sin su representación. Notifíquese por edictos. Expte. Empresa Pcial. de la Energía c/Lombardo Norma G. s/Demanda Ejecutiva, Expte. 893/07. Fdo. Dra. S.S. Gueiler (juez) Dra. M.R. Huljich (secretaria).

S/C 60839 Mar. 4 Mar. 6

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En los autos caratulados “MICROSISTEMAS S.H. ROBERTO COLOMBO s/QUIEBRA PEDIDA POR ACREEDOR”, Expte. Nº 213/99, que tramita por ante el Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Marcelo Ramón Bergia, Secretaría de la Dra. Patricia N. Glencross, en fecha 30 de Mayo de 2008. En el día de la fecha y con los autos a la vista se agrega escrito cargo Nº 4137/08 y se provee: Por presentado proyecto de distribución e informe final. Publíquense edictos por el término de ley. Agréguense las constancias acompañadas. A lo solicitado al punto 4) previamente, acompañe constancia situación ante el AFIP de la Dra. Mónica Chiarvetti y del Dr. Guillermo Roldán. Y en fecha 5 de febrero de 2009 se ha resuelto lo siguiente: Nº 95 Rosario 5 de febrero de 2009. Resuelvo: Regulo los honorario del CP Raquel Liliana Purman, CUIT Nº 23-06433207-4, IVA Monotributo, en la suma de $ 8.588,51 con más aportes de ley. Regulo los honorarios de la Dra. Mónica Liliana Chiarvetti, CUIT Nº 27-13692212-8, I.V.A. Monotributo, en la suma de $ 3.680,91, con más aportes de ley. Regulo los honorarios del Dr. Mario Gustavo Gaspar, CUIT Nº 20-16033728-2, I.V.A. Monotributo, en la suma de $ 3.607,32 con más aportes de ley. Regístrese y agréguese copia al Expte. (Expte. Nº 213/99) Fdo: Dr. Bergia (Juez) Dra. Glencross (Secretaria). Publíquese por el término de 2 (dos) días en forma gratuita en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 18 de Febrero de 2009. Patricia N. Glencross, secretaria.

S/C 60796 Mar. 4 Mar. 5

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, en autos caratulados: “RODRIGUEZ JUAN HESMERILDO LUJAN s/Concurso Preventivo”, Expte. Nº 1274/08 mediante Resolución Nº 4198 de fecha 29/12/08 se ha resuelto declarar abierto el concurso preventivo de Juan Hesmerildo Lujan Rodríguez D.N.I. Nº 16.480.487, con domicilio en calle Derqui 7602 Monoblock 29 Planta Baja Dto. Nº 577 de Rosario. Por resolución Nº 272 de fecha 19/02/09 se ha resuelto. Fíjase el 03/04/09 la fecha hasta la cual los acreedores deben presentar los pedidos de verificación en el domicilio del Síndico C.P.N. Héctor Silverio Díaz Miy sito en Rodríguez 262 de Rosario, siendo el horario de atención de Lunes a Viernes de 9 a 12 hs y de 17 a 19 hs. El período de exclusividad se extenderá hasta el 15/03/2010 realizándose la audiencia informativa el 07/03/2010 a las 10 hs., en la Sala de Audiencias del Juzgado. Rosario, 2 de Febrero de 2009. Mónica L. Gesualdo, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18° Nominación Dra. Susana Silvia Gueiler, secretaría Dra. Myrian R. Huljich, se hace saber que dentro de los autos caratulados: “EMPRESA PROVINCIAL DE LA ENERGIA DE SANTA Fe c/GENCO HORACIO ANGEL s/Juicio Ejecutivo”, Expte. Nº 1096/07, se ha dictado lo siguiente: Rosario, 26 de Diciembre de 2008. Por practicada planilla, póngase de manifiesto por el término y bajo apercibimientos de ley. Notifíquese por Edictos con expresión de monto. Expte. Nº 1096/0. Fdo: Dra. Gueiler. Huljich. Que el monto de la planilla asciende a $ 18.473,61 por capital e intereses. Publicación sin cargo art. 45 de la Ley 10.014. Rosario, 9 de Febrero de 2009. Myrian R. Huljich, secretaria.

S/C 60771 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 6° Nominación a cargo de la Dra. Graciela Abraham, Secretaría Dra. María Belén Baclini, por Empresa Provincial de la Energía de Santa Fe c/Giacomello Aldo Jorge y Parodi Horacio José, se ha ordenado la publicación por edictos a los Sres. Aldo Jorge Giacomello D.N.I. Nº 08.344.782 y Parodi Horacio José D.N.I. Nº 14.055.762, del siguiente auto: Nº 3180. Rosario, 31 de Octubre de 2008. Y Vistos... Resuelvo: Regular los honorarios por su actuación desplegada en los presentes a la Dra. María Alicia Juana Righetti (CUIT 27-10594597-9) en la suma de 6,82 Jus y/o en la suma equivalente en $ 1.050,29 (arts. 7 inc. 2b Ley 6767 y sus modificatorias) los que devengarán un interés moratorio equivalente al promedio entre la tasa activa y pasiva sumadas del Banco de la Nación Argentina. Insértese y hágase saber. Autos: EPE c/Giacomello Aldo J. y otro s/Juicio Ejecutivo”, Expte. Nº 705/07. Fdo: Dr. Kvasina (en suplencia) María Belén Baclini. Publicación sin cargo Art.45 Ley 10.014. Rosario, Diciembre 17 de 2008. María Belén Baclini, secretaria.

S/C 60773 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito de la Décimo Sexta Nominación de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, en los autos: “RIOS ROMUALDO c/CAMARGO ROBERTO P. y/o OT. s/Escrituración”, Expte. Nº 1026/07, se ha dispuesto: Rosario, 24/11/08: Surgiendo del informe del Registro de Procesos Sucesorios la existencia de sucesorio del codemandado Daniel Roberto Camargo, cítese y emplácese por edictos a los herederos del demandado conforme lo previsto por el art. 597 C.P.C. Rosario, 26/02/09. María Fabiana Genesio, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado Circuito de Ejecución Civil N°1 de Rosario, Dr. Federico J. Amsler, dentro de los autos caratulados “NUEVO BANCO SUQUIA S.A. c/FLORES, SANTOS s/Demanda Ejecutiva”, Expte. 4314/05, se ha dictada lo siguiente: Rosario, 17/08/06. Por iniciada la demanda Ejecutiva, cítese y emplácese a la parte demandada para que dentro del término de 3 días comparezca a estar a derecho bajo apercibimiento de rebeldía. Trábase embargo de haberse en proporción de ley de la parte demandada, hasta cubrir la suma de $ 947, librándose el despacho pertinente. Rosario, 24/02/09. María Raquel Passero, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16° Nominación de Rosario, Dr. Pedro Boasso, se hace saber que dentro de los caratulados BELTRAME LAURA VANESA s/PROPIA QUIEBRA” (Expte. Nº 1353/07), se ha dispuesto lo siguiente: N° 122 Rosario 23/2/09. Y Vistos: .. Y Considerando:.. Por tanto, Fallo:) Declarar la quiebra de Laura Vanesa Beltrame, argentina, D.N.I. 26.356.579, con domicilio real en Riobamba 6840 y legal en calle Génova 1525 ambos de la ciudad de Rosario; 2) Designar como fecha para sorteo de síndico de la lista respectiva categoría “B”, la audiencia del día 25 de febrero de 2009 a las 10 horas. Asimismo, se hará saber al síndico que resulte designado que, al aceptar el cargo, deberá establecer el horario de atención al público durante todos los días hábiles que no deberá ser inferior a las 6 horas diarias y estar comprendido entre las 8 y las 20 horas (art. 275 inc. 7mo. de la L.C.Q. y art. 14 de la Reglamentación de la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de Rosario). 3) Ordenar anotar la quiebra y la inhibición general de bienes de la fallida en los Registros correspondientes. Ofíciese; 4) Intimar a la fallida para que en el término de 24hs. entregue al síndico la documentación relacionada con su actividad; 5) Declarar la prohibición de hacer pagos a la fallida los que serán ineficaces; 6) Intimar a la deudora para que cumpla con los requisitos referidos por el artículo 86 de la Ley de Concursos, y para que entregue a la Sindicatura a designar en el término de las 24hs. los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, si los llevare; 7) Intimar al fallido y a los terceros para que entreguen al síndico los bienes de aquella; 8) Diferir la determinación de las fechas de verificación de créditos hasta que el síndico sorteado acepte el cargo; 9) Fijar los días martes y viernes para notificaciones en la Oficia; 10) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL de esta provincia; 11) Líbrense las comunicaciones correspondientes, a los fines normados por el art. 132 de la ley 24.522, autorizándose a la Sindicatura a diligenciar los despachos pertinentes a tales efectos; 12) Hacer saber a la fallida que sólo podrá salir del país previa autorización de este Juzgado y en las condiciones previstas por el art. 103 de la ley 24.522, efectuándose a tales fines las comunicaciones pertinentes; 13) Desapoderar a la fallida de los bienes de su propiedad existentes a la fecha de declaración de ésta quiebra y de los que adquiera hasta su rehabilitación (arts. 107, ss. y ccs., ley 24.522); 14) Proceder a la incautación de los bienes y papeles de la fallida poniéndose los mismos en posesión de la Sindicatura. Desígnese funcionario incautador al Síndico interviniente, quien realizará la medida conjuntamente con el oficial de justicia que en turno corresponda, librándose lo despachos correspondientes; 15) Ordenar la intercepción de la correspondencia epistolar, oficiándose a esos efectos, haciéndole saber al síndico que debe cumplimentar lo dispuesto por el art. 114 de la Ley de Concursos y Quiebras; 16) Notificar al A.P.I. (a los fines del art. 23 del Código Fiscal), a la D.G.I., y a la Municipalidad de Rosario; 17) Oficiar al Registro de Procesos Concursales y demás registros pertinentes. Insértese y hágase saber. Autos: “Beltrame, Laura Vanesa s/Propia Quiebra” (Expte. Nº 1353/07). Fdo: Dr. Pedro Boasso (Juez). Dra. María Fabiana Genesio (Secretaria).

S/C 60762 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de Rosario, Juez Dr. Pedro A. Boasso, Secretaría Dra. María Fabiana Genesio, en los autos caratulados: “CHAVEZ, JUAN BAUTISTA s/QUIEBRA” (Expte. 1356/08)“ se ha dictado la resolución Nº 2120 de fecha 30/12/08 que dispone: A) Hacer saber que se ha designado en el cargo de Síndico al CPN Franklin Nicolás Zarco Pérez con domicilio en calle Alvear 1316 de esta ciudad, horario de atención de lunes a viernes de 14 20 hs, Tel: 4211290; B) Ordenar la publicación de edictos en el BOLETIN OFICIAL; C) Fijar el día 8/4/09 como fecha hasta la cual los acreedores deberán presentar sus pedidos de verificación de créditos; D) Fijar como fecha para que la sindicatura presente el informe individual el día 21/5/09 y el 7/7/09 el informe general. Fdo. Dr. Pedro A. Boasso (Juez), Dra. María Fabiana Genesio (Secretaria). Publíquense sin cargo en el BOLETIN OFICIAL por cinco días. María Fabiana Genesio, secretaria.

S/C 60764 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 2ª. Nominación de Rosario, a cargo del Dr. Luis Alberto Ramunno Secretaría del Dr. Néstor Osvaldo García, se llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del Sr. ANTONIO MARTIN GONZALEZ, a fin que comparezcan a este Tribunal para hacer valer sus derechos, dentro del término de diez días, bajo apercibimiento de ley. Rosario, marzo de 2009. Néstor Osvaldo García, secretario.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17ª. Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Alejandro Pedro Martín, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores de doña Sara Rodríguez, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: RODRIGUEZ SARA s/Decl. de Herederos, Expte. N° 1771/08. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 25 de febrero de 2009. Ricardo J. Lavaca, secretario.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 17° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Alejandro Pedro Martín, se cita, llama y emplaza a los herederos y/o acreedores de don Carlos Alberto Bove, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales dentro de los autos: BOVE CARLOS ALBERTO s/Decl. de Herederos - Sucesión, Expte. N° 19/09. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 24 de febrero de 2009. Ricardo J. Lavaca, secretario.

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El Sr. Juez a cargo del Juzgado de 1° Instancia Civil y Comercial de Distrito de la 17° Nominación de Rosario Dr. Alejandro Pedro Martín, Secretaría del Dr. Ricardo J. Lavaca, llama a los herederos acreedores y/o legatarios de doña RAMONA BERON y de don JOSE CARLOS BUSSANO, por el término de diez días para que comparezcan a este Tribunal para hacer valer sus derechos. Rosario, 23 de febrero de 2009. Ricardo J. Lavaca, secretario.

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Por disposición de la Sra. Jueza de 1° Instancia en lo Civil y Comercial de la 6a. Nominación de Rosario, Dra. Graciela I. Abraham, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de Don GERMAN GUALBERTO RODRIGUEZ y de Doña RAQUEL MELGAREJO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales. Secretaría, 25 de febrero de 2009. María Belén Baclini, secretaria.

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don CAYETANO MOREYRA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 25 de febrero de 2009. María Fabiana Genesio, secretaria.

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El Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 9ª. Nominación de Rosario en autos caratulados BUSTAMANTE MARIA ELENA s/Sucesorio, Expte. N° 1232/08, hace saber que en fecha 17/02/09. No habiendo comparecido ningún heredero hasta la fecha, a los efectos de reputar la vacancia de la herencia, de acuerdo con lo dispuesto por el Art. 3539 C. Civ. Cítese por edictos a publicarse en el BOLETIN OFICIAL y Hall de Tribunales durante 30 días, a los que se crean con derecho a la sucesión de MARIA ELENA BUSTAMANTE, para que comparezcan a hacerlos valer dentro del término de 10 días contados desde la última publicación. Rosario, 26 de febrero de 2009. Patricia N. Glencross, secretaria.

$ 45 60800 Mar. 4 Abr. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 16° Nominación de la ciudad de Rosario, Dr. Pedro A. Boasso, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios del causante don RICARDO ANTONIO WEHBE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 25 de febrero de 2009. María Fabiana Genesio, secretaria.

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El Sr. Juez del Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8° Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios de MARIA LUISA CEOLATO, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 25 de febrero de 2009. Mónica L. Gesualdo, secretaria.

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Dentro de los autos caratulados: “NOGUERA EÑZO HEBEL s/SUCESION”, Expte. Nº 564/07, en trámite por ante el Juzgado de Primera Instancia de Distrito Nº 2 en lo Civil y Comercial de la Décimo Sexta Nominación de la ciudad de Rosario, se ha dictado el auto siguiente “Nº 72.- Rosario 13 de febrero de 2009.- Y Vistos:... Y Considerando: ... Resuelvo: Reputar vacante la herencia de Don Enzo Hebel Noguera.- Para sorteo de Curador de los bienes de la Herencia desígnase la audiencia del día 18 de marzo de 2009 a las 8 horas. Publíquense edictos en el Boletín Oficial por el término de ley.- Notifíquese al Ministerio de Educación y Cultura de la Provincia de Santa Fe. Insértese y hágase saber.- Firmado: Dra. María Fabiana Genesio, Secretaria, Dr. Pedro A. Boasso, Juez. - Rosario, de febrero de 2009. Dra. María Fabiana Genesio, Secretaria; Profesional interviniente: Dr. Mauro Roberto Aimar Tel. (03471)-423257- Cañada de Gómez.

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Por disposición de la Jueza a cargo del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Octava Nominación de Rosario, Dra. Liliana A. Giorgetti, dentro de los caratulados: “MORLIVO, MARIA ESTER s/DECLARATORIA DE HEREDEROS” (Expte. Nº 36/09), la Secretaria que suscribe: cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores o legatarios de Doña María Ester Morlivo por el término de 10 días para que concurran a este tribunal a hacer valer sus derechos. Rosario, 19 de febrero de 2009. Dra. Mónica L. Gesualdo Secretaria.

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El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 8ª. Nominación de Rosario llama a los herederos, acreedores y legatarios de DANILO ARNALDO CIAMBOTTI, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publique se edicto en el Boletín Oficial. Rosario, 25 de febrero de 2009. Fdo. Dra. Mónica Gesualdo. ( Secretaria).

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El Señor Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 13ª. Nominación de Rosario llama a los herederos, acreedores y legatarios de GABRIEL SANDOVAL, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Publíquense edicto en el Boletín Oficial. Rosario, 26/02/09. Fdo. Dra. Patricia Glencross, Secretaria en Suplencia.

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial Nº5 de Rosario de los caratulados: Apoloni Daniel Epifanio s/Declaratoria de Herederos. Expte. Nº 39/09, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don DANIEL EPIFANIO APOLONI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 24/02/09. - Alfredo R. Farías, secretario.

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El Señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 5ª. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Don JOSE BENEDETTO por diez días, para que comparezcan, ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: BENEDETTO, JOSE s/SUCESION Expte. Nº 1265/08. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 20 de Febrero de 2009. - Alfredo R. Farías, secretario.

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El Señor Juez de 1ª. Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 9ª. Nominación de Rosario, llama a los herederos, acreedores y legatarios de Don HUGO RUBEN SENDRA por diez días, para que comparezcan, ante este Tribunal a hacer valer sus derechos, en los autos caratulados: SENDRA, HUGO RUBEN s/SUCESION Expte. Nº 1438/08. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 11 de Febrero de 2009. Patricia N. Glencross, secretaria.

$ 15 60816 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la l8va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de FEDERICO SINFORIANO CORDOBA y de MARIA ASCENCION DIAZ, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante éste Tribunal. Rosario, Secretaria, 26 de Febrero de 2009. Myrian R. Huljich, secretaria.

$ 15 60911 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 18va. Nominación de Rosario, Secretaría a cargo de la Autorizante, se ha dispuesto llamar a los herederos, acreedores y legatarios de PEDRO MANUEL VICENTE, para que comparezcan dentro del término de diez días a hacer valer sus derechos ante este Tribunal. Rosario, Secretaria, 26 de Febrero de 2009. Myrian R. Huljich, secretaria.

$ 15 60914 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 1ra. Nominación de Rosario, se hace saber que en los autos caratulados: “NAVARRO DAMIÁN ANTONIO s/Declaratoria de Herederos”, Expte. Nº 1181/08, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y/o legatarios de Don Damián Antonio Navarro , por diez días, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos de ley, lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. Rosario, 06 de Febrero de 2009.

$ 15 60893 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición del Sr. Juez del Juzgado de 1ra. Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 16ta. Nominación de la ciudad de Rosario, a cargo del Dr. Antonio Boasso (Juez) - Dra. María Fabiana Genesio (secretaria) en los autos caratulados: “SANAGUA, RAMON HORACIO s/Declaratoria de herederos”, Expte. Nº 81/09, se llama a herederos, legatarios y acreedores de Don Sanagua, Ramón Horacio, para que comparezcan ante este Tribunal en el término de 10 días a hacer valer sus derechos. Rosario, 25 de Febrero de 2009. María Fabiana Genesio, secretaria.

$ 15 60871 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 11ra. Nominación de Rosario, se cita, llama y emplaza a los herederos, acreedores y legatarios de los Sres; Mourgoux, Nelly Nora y de Montechiani, Bruno Alfredo, para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término de 10 días y bajo los apercibimientos de ley, en los autos caratulados: “MOURGOUX NELLY NORA y MONTECHIANI BRUNO ALFREDO s/Declaratoria de herederos y/o juicio sucesorio”, Expte. Nº 1312/08. Lo que se publica a sus efectos, en el BOLETIN OFICIAL y hall de Planta Baja de Tribunales. Rosario, Febrero de 2009. Fdo. Dra. Delia M. Giles, (Juez) y; Dr. Sergio A. González, secretario.

$ 15 60891 Mar. 4 Mar. 17

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CAÑADA DE GOMEZ

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, de la 2° Nom. del Distrito Judicial Nº 6 a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría de la Dra. Cecilia F. Castellan, en los autos caratulados: “UNREIN MARIA ALEJANDRA s/AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO” Expte. Nº V-304/06, se cita y emplaza a la Señorita Unrein María Alejandra, argentina, nacida el 13 de Febrero de 1979, de apellido materno Nicolini, último domicilio conocido en Paraná 375 de la ciudad de Carcarañá, tal como fuere decretado en fecha 22 de marzo de 2006, rezando ...”cítese y emplácese a doña María Alejandra Unrein, por el término de cinco (5) días a estar a derecho bajo apercibimiento de ley. Publíquese a tal fin edictos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal (Art. 67 C.P.C.C., Art. 18 Ley 14.394)“... Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL por el término de ley. Cañada de Gómez, Cecilia F. Castellan, secretaria.

$ 15 44339 Mar. 4

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Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 2 de Cañada de Gómez, el/la Secretario/a que suscribe notifica a Supervilla S.A., en su carácter de titular de la Partida de Impuesto Inmobiliario Nº 141001-183171-0017-6, que dentro de los autos caratulados “ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/SUPERVILLA S.A. s/EJECUCION FISCAL” (Expte. Nº AF-1295/06) se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice: “N° 1833. Cañada de Gómez, 13 de Noviembre de 2008. Y Vistos: Y Considerando: Por lo tanto; Fallo: 1) Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto a la acreedora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses hasta su efectivo pago según la tasa mensual del Decreto Provincial N° 1560/1991 -08/01/1992, con costas art. 251 CPCC, aplicable por remisión del art. 81 de la Ley 3456 2) Honorarios oportunamente, firme el presente y estimados que fueren el capital e intereses, conforme art. 4 inc. a) y 6 Ley 6767. Insértese, déjese copia y hágase saber”. Fdo: Dra. María Laura Aguaya (Juez); Dra. Cecilia Castellan (Secretaria). Publíquense sin cargo por dos (2) días (arts. 76 y 87 del Código Fiscal de la Pcia. de Santa Fe t.o. 1997 y modif. y art. 482 del C.P.C.C.S.F.). Cañada de Gómez, 23 de Febrero de 2009. Cecilia Castellan, secretaria.

S/C 60846 Mar. 4 Mar. 5

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En los autos caratulados BACHIECCA RUBEN ALFREDO s/QUIEBRA Expte. Nº 330/99, que tramita por ante el Juzgado de 1° Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez, Secretaría de la Dra. Cecilia Fátima Castellan (s), se ha dictado lo siguiente: “Nº 1529. Cañada de Gómez, 9 de octubre de 2008. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Tener por presentado informe final y proyecto de distribución en los términos del Art. 218 de la Ley 24.522, obrante a fs. 580/581 con aclaraciones del mismo a fs. 585/586. 2) Poner de manifiesto el mismo a los fines que el Fallida y los Acreedores presenten sus observaciones en el término de ley, disponiéndose la notificación mediante edictos que se publicarán en el BOLETIN OFICIAL y por cédula al acreedor Hipotecario “Embotelladora del Atlántico S.A.” de acuerdo a lo dispuesto a fs. 582 y a lo expuesto por la Sindicatura a fs. 586 vta. 3) Fijar las regulaciones de honorarios en el mínimo de tres (3) sueldos de Secretario de 1° Instancia (Arts. 265, 267, Ley 24.522) que se determina en la suma de pesos Doce Mil Setenta y Uno con treinta y Siete Ctvos. ($ 12.071,37), que será distribuida, de acuerdo a las actuaciones realizadas y a la petición de la Sindicatura de fs. 581 vta., en un 80% para la Sindicatura C.P. Alberto E. Kozenitzky, quien deberá remunerar a sus letrados patrocinantes y el 20% restante a los letrados peticionantes de la quiebra, Dres. Fernando Arturo Boente Bottai y María José Herrero, en proporción de ley, con vista a Caja Forense. 4) Oportunamente y aún no existiendo impugnaciones, elevar los presentes a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial, Secretaría de Presidencia, a los fines, previstos por el art. 272 de la ley 24.522, haciendo saber que en los presentes no prevenido tribunal de alzada. Insértese, déjese copia en autos y hágase saber. Fdo. Dra. Aguaya (Jueza), Dra. Castellan (Secretaria). Cañada de Gómez, 24 de Febrero de 2009. Publíquese en el BOLETIN OFICIAL en forma gratuita por el término de dos (2) días. Cecilia F. Castellan, secretaria.

S/C 60810 Mar. 4 Mar. 5

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Cañada de Gómez, el/la Secretario/a que suscribe notifica a Supervilla Sociedad Anónima, en su carácter de titular de la Partida. de Impuesto Inmobiliario N° 141001-183171-0003-3, que dentro de los autos caratulados ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/SUPERVILLA SOC. ANON. s/Ejecución Fiscal (Expte. N° AF-514/06) se ha dictado lo siguiente: “Cañada de Gómez, 21 de Septiembre de 2006.- Por designación de nuevo titular de este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral, 2da. Nominación, Distrito Judicial N° 6, Dra. María Laura Aguaya, hágase saber el Juez que va a entender. Notifíquese.- Fdo: Dra. María Laura Aguaya (Juez); Dra. Cecilia Castellán (Secretaria). N° 2047.- Cañada de Gómez, 28/12/07. - Autos y Visto: Téngase presente el informe, las copias y las constancias glosadas a fs. 13/20, lo expuesto a fs. 21 y el domicilio que refiere.- Como se solicita, se provee lo peticionado a fs. 5: Por presentada, con domicilio procesal constituido -el que se acepta- y en el cáracter que invoca a tenor del instrumento de fs. 1/3. Por iniciada demanda de ejecución fiscal contra Supervilla Soc. Anón., con domicilio que según constancias de autos, de lo expuesto a fs. 21 y de la copia de fs. 15 se encuentra “prima facie” en calle Brown y Maipú y Brown entre Maipú y Quintana, ambos de esta ciudad de Cañada de Gómez.- Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si no opone excepción legítima alguna dentro del término de diez (10) días, se llevará adelante la ejecución por la suma reclamada de $ 57.531,65.- más los intereses correspondientes y las costas. Líbrese despacho de intimación de pago y embargo por la suma antes consignada con más la de $ 17.200.- presupuestada provisoriamente para intereses y costas, autorizándose a la peticionante, Dra. Claudia Marcela Radesca a intervenir en el diligenciamiento con facultades de ley. Como se solicita y de acuerdo al Art. 78 del C.F., desígnase oficiales de justicia Ad-Hoc a los Dres. Adriana Miloni, Hugo Ricardo Gainza y Mario Raymundo Ibañez, quienes deberán comparecer cualquier día y hora hábil de audiencia a aceptar el cargo y los que deberán proceder en cuanto a las notificaciones de acuerdo a lo normado por el Código de Procedimiento de la Provincia de Santa Fe.- Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Notifiquen los empleados del juzgado indistintamente. Notifíquese por cédula.- Autos: Administración Provincial de Impuestos c/Supervilla Soc. Anón. S/Ejecución Fiscal, (Expte. Nro. 514/06).- Fdo: Dra. María Laura Aguaya (Juez); Cecilia Castellán (Secretaria). Publíquense sin cargo por 5 días (Arts. 76 y 87 del Cod. Fiscal de la Pcia. de Santa Fe, t.o. 1997 y modif. y Art. 482 del C.P.C.C.S.F.). Cañada de Gómez, 23 de febrero de 2009. Cecilia F. Castellán, secretaria.

S/C 60848 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral N° 2 de Cañada de Gómez, el/la Secretario/a que suscribe notifica a Nóbile, Víctor Hugo, en su carácter de titular de la Partida de Impuesto Inmobiliario N° 150900-209106-0002-5, que dentro de los autos caratulados ADMINISTRACION PROVINCIAL DE IMPUESTOS DE LA PROVINCIA DE SANTA FE c/NOBILE VICTOR HUGO s/Ejecución Fiscal (Expte. N° AF-1302/06) se ha dictado la Sentencia cuyo encabezamiento y parte dispositiva dice: N° 1832.- Cañada de Gómez, 13 de Noviembre de 2008.- y Vistos:... y Considerando:... Por lo tanto; Fallo: 1) Mandando llevar adelante la ejecución hasta tanto a la acreedora se haga íntegro cobro del capital reclamado con más los intereses hasta su efectivo pago según la tasa mensual del Decreto Provincial Nro. 1560/1991 -08/01/1992-, con costas (Art. 251 CPCC, aplicable por remisión del Art. 81 de la Ley 3456), 2) Honorarios oportunamente, firme el presente y estimados que fueren el capital e intereses, conforme Art. 4 inc. a) y 6 Ley 6767. Insértese, déjese copia y hágase saber.- Fdo: Dra. María Laura Aguaya (Juez); Dra. Cecilia Castellán (Secretaria). Publíquense sin cargo por 5 días (Arts. 76 y 87 del Cod. Fiscal de la Pcia. de Santa Fe, t.o. 1997 y modif. y Art. 482 del C.P.C.C.S.F.).- Cañada de Gómez, 23 de febrero de 2009. Cecilia F. Castellán, secretaria.

S/C 60844 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral N° 2 Distrito Judicial N° 6 de la ciudad de Cañada de Gómez, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Secretaría a cargo de la Dra. Cecilia Castellán, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de Doña María Inés Baroni para que comparezcan a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL. (Autos: BARONI MARIA INES s/Decl. de Herederos - Expte. N° 1210/08) Cañada de Gómez, 10 de febrero de 2009. Cecilia F. Castellán, secretaria.

$ 15 60922 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición del Sr. Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ra. Nominación de Distrito N° 6 de Cañada de Gómez, Dra. Adriana M. del H. Cuaranta (jueza), dentro de los autos caratulados: MATTIOLI, ALBERICO ANGEL s/Declaratoria de Herederos y Sucesión, Expte. N° 1088/08, ha dispuesto que se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores o legatarios de Don Alberico Angel Mattioli, por el término y bajo apercibimientos de ley para que comparezcan ante este Tribunal a hacer valer sus derechos. Cañada de Gómez, 10 de febrero de 2009. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 15 60788 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral. de la 1ra. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6 a cargo de la Dra. Adriana M. del H. Cuaranta, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de MARIA EVA SUAREZ y/o MARIA EVA SUAREZ de MOYANO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 15 60785 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral. de la 1ra. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6 a cargo de la Dra. Adriana M. del H. Cuaranta, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de LILIANA LUISA CIATTAGLIA, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 15 60782 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral. de la 1ra. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6 a cargo de la Dra. Adriana M. del H. Cuaranta, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de LOVATO JUAN JOSE, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 15 60783 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Jueza de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral. de la 1ra. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6 a cargo de la Dra. Adriana M. del H. Cuaranta, Secretaría del Dr. Guillermo Coronel, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ABIGAIL LOURDES ATAL, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Guillermo R. Coronel, secretario.

$ 15 60789 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez, Secretaría de la Dra. Cecilia Castellán, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de DELIA NARDI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Cecilia F. Castellán, secretaria.

$ 15 60798 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez, Secretaría de la Dra. Cecilia Castellán, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de JACINTO ROQUE BOSCO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Cecilia F. Castellán, secretaria.

$ 15 60795 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez, Secretaría de la Dra. Cecilia Castellán, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ROBERTO JOSE SAMPABLO, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Cecilia F. Castellán, secretaria.

$ 15 60793 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición de la Juez de Primera Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2da. Nom. del Distrito Judicial Nro. 6, a cargo de la Dra. María Laura Aguaya, Juez, Secretaría de la Dra. Cecilia Castellán, se cita, llama y emplaza a herederos, acreedores y legatarios de ROMILDA DOMINGA SERRANI, para que comparezca a hacer valer sus derechos dentro del término y bajo los apercibimientos legales. Lo que se publica a sus efectos en el BOLETIN OFICIAL y Estrados del Tribunal. Cañada de Gómez. Cecilia F. Castellán, secretaria.

$ 15 60794 Mar. 4 Mar. 17

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SAN LORENZO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


La señora Juez del Juzgado de 1° Instancia Civil, Comercial y Laboral de la 2° Nominación de la ciudad de San Lorenzo, dentro de los autos caratulados: “COMUNA DE ALDAO c/BENEDETTI JULIO s/Prescripción Adquisitiva”, Expte. Nº 789/04, se ha ordenado lo siguiente: Nº 004. San Lorenzo, 2 de Febrero de 2009. Y Vistos:... Y Considerando:... Resuelvo: 1) Hacer lugar a la presente demanda de información posesoria, teniendo por acreditada la prescripción adquisitiva respecto de la Comuna de Aldao, en relación al inmueble descripto en la demanda. 2) Imponer las costas a la parte actora. Insértese y hágase saber. Fdo.: Dra. Graciela Fournier (Secretaria) Dra. Liliana Pasquinelli (Juez). San Lorenzo, 16 de Febrero de 2009. Graciela Fournier, secretaria.

S/C 60812 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición de la Dra. Gladys Silvia López de Pereyra, Juez del Juzgado en lo Civil y Comercial de la 1° Nominación de San Lorenzo, Distrito Judicial Nº 12, Secretaría de la Dra. Liliana Reynoso, se hace saber que en los autos caratulados: “SANATORIO SAN LORENZO S.A. s/Concurso Preventivo, Hoy Quiebra”, Expte. Nº 5/07, por resolución Nº 136, de fecha 20 de febrero de 2009, se ha resuelto lo siguiente: 1. Declarar la quiebra de Sanatorio San Lorenzo S.A., con domicilio en Avda. San Martín 1318 de San Lorenzo. 2. Ordenar se comunique la apertura de la quiebra al Registro de Procesos Universales. 3. Ordenar, conforme a lo dispuesto en el art. 253 inc. 7) LCQ, que continúe en sus funciones la sindicatura ya designada en autos, con funciones indicadas en el art. 254, quien asumirá además el carácter de liquidadora falencial. 4. Disponer la inhibición general de bienes del fallido, a cuyos fines se librarán los respectivos despachos al Registro General de Propiedades, Registro Nacional de la Propiedad Automotor, Registro Público de comercio y Registro de Créditos Prendarios. 5. Ordenar al fallido y a los terceros a que entreguen a la sindicatura los bienes de aquel, librándose a tal fin los despachos respectivos. 6. Prohibir se hagan pagos al fallido, bajo apercibimiento de ser declarados ineficaces. 7. Ordenar se intercepte la correspondencia del fallido y se entregue a la sindicatura, oficiándose a sus efectos. 8. Ordenar se efectúen las comunicaciones necesarias para asegurar el cumplimiento del art. 103 de la LCQ. 9. Intimar al fallido a que cumplan con los requisitos exigidos por el art. 86 LCQ si no lo hubiese efectuado antes y para que entregue a la sindicatura, dentro de las 24 horas, los libros de comercio y documentación contable en su poder. 10. Designar al Oficial de Justicia de San Lorenzo a fin de que realice el inventario correspondiente a los bienes del fallido en el término de 30 días, el que comprenderá solamente rubros generales y se hará a los fines de la inmediata incautación de los bienes, de conformidad con lo dispuesto por los arts. 88 inc. 10) y 177 de la LCQ. 11. Disponer se libren los oficios pertinentes a fin, de recabar la existencia de procesos patrimoniales contra la fallida, salvo las excepciones del art. 132 de la LCQ, y en caso afirmativo, solicitar su remisión a esta sede. 12. Ordenar se publiquen los edictos que dispone el art. 89 de la LCQ. 13. Hacer saber a los acreedores posteriores a la presentación del deudor en el concurso preventivo fracasado, que podrán requerir la verificación de sus créditos por vía incidental, conforme lo dispuesto por el art. 202 de la LCQ. 14. Fijar la fecha del 11 de noviembre de 2008 para que la sindicatura presente nuevo informe general, a fin de actualizar la información proporcionada por el anterior. 15. Ordenar la realización de los bienes del fallido, corriéndose vista a tal fin a la sindicatura para que se expida sobre la forma más conveniente a la quiebra, de conformidad con lo prescripto por el art. 204 de la LCQ, y diferir la designación del enajenador hasta tanto sea contestada la misma. 16. Encomendar a la sindicatura el pronto diligenciamiento de las comunicaciones ut supra ordenadas las que estarán bajo su carga y responsabilidad. Insértese, dése copia y hágase saber. Se hace saber que la sindicatura se encuentra integrada por CPN Juan Carlos Bua, C.P.N. Raúl Strickler, C.P.N. Casadidio, con domicilio en calle Tucumán 575 de la ciudad de San Lorenzo. La presente publicación se realizará sin previo pago de conformidad con el art. 89 de la Ley 24.522. Liliana C. Reynoso, secretaria.

S/C 60902 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1° Nominación de San Lorenzo, Dra. Gladys López, en autos caratulados: “ESTABLECIMIENTO AGROPECUARIO DOBLE A S.A. s/Usucapión”, Expte. Nº 675/06, se ha declarado la rebeldía de la parte demandada, fijándose fecha de audiencia para el sorteo de Defensor de Oficio para el día 23 de marzo del 2.009. Ello de acuerdo al siguiente proveído: San Lorenzo, 4 de Noviembre de 2.008. Declárese rebelde a la demandada y fíjese fecha de audiencia a los fines de sorteo de Defensor de Oficio para el día 23 de marzo de 2009. (675/06). Fdo: Dra. Gladys López Jueza, Dra. Liliana C. Reynoso Secretaria. San Lorenzo, 24 de Febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 11 60899 Mar. 4 Mar. 6

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito en lo Civil, Comercial y Laboral Nº 1 de la ciudad de San Lorenzo, Provincia de Santa Fe, llama a los herederos, acreedores y legatarios de doña NEMESIA NÚÑEZ y de don NICOLAS DANIEL STAIOLO, por diez días, para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. San Lorenzo, Febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60910 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don VIRGILIO TEODOLINO MASSARI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60907 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de doña MARGARITA TAPIA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60904 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don DONATO LIOI y de doña CELESTINA ANGELA PETINARI, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60909 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don ESTEBAN PRISCHUK y de doña LIDIA JUSZKA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60913 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don JOSEFA BRUGOGNONE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60915 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 1° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don NORBERTO SANTIAGO REDIGONDA, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 15 60919 Mar. 4 Mar. 17

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El Juzgado de 1° Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial, 2° Nominación de San Lorenzo, ha ordenado citar, llamar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatario de don JOSE ROQUE RECAGNO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos en el término y bajo los apercibimientos de ley. San Lorenzo, 25 de febrero de 2009. Graciela Fournier, secretaria.

$ 15 60903 Mar. 4 Mar. 17

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La Señora Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial de la Segunda Nominación de la ciudad de San Lorenzo, Dra. Liliana Pasquinelli, Secretaria del autorizante, ha dispuesto llamar, citar y emplazar a los herederos, acreedores y/o legatarios de Doña ROSALIA VIRGINIA FERNANDEZ, por su fallecimiento, a hacer valer sus derechos por el término y bajo los apercibimientos de ley. Autos FERNANDEZ, ROSALIA s/JUICIO SUCESORIO Expte. Nº 104/09. San Lorenzo, 25 de Febrero de 2009. - Graciela Fournier, secretaria.

$ 15 60924 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición del Juzgado de 1ª. Instancia Civil y Comercial 1ª. Nom. del Distrito Judicial Nº 12 de San Lorenzo, en los autos caratulados: Oronao Juan M. c/Banco Intercoop y/ot. s/Escrituración Expte. 127/07 se ha ordenado: que a los efectos solicitados se fija fecha a los efectos del otorgamiento de escritura traslativa de dominio para el día 20 de Marzo de 2009 a las 10 hs. San Lorenzo, 25 de Febrero de 2009. Liliana C. Reynoso, secretaria.

$ 11 60897 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición del Juzgado de 1ra. Instancia Civil y Comercial 2da. Nom. del Distrito Judicial Nº 12 de San Lorenzo, Villarruel Leonor c/Iglesias José s/Usucapión Expte. 1039/04 se ha ordenado: que no habiendo comparecido a estar a derecho los herederos del Sr. José María Iglesias y de doña María Angélica Rosales de Iglesias se los declare rebeldes y siga el juicio sin su representación. San Lorenzo, 25 de Febrero de 2009. - Graciela Fournier, secretaria.

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VILLA CONSTITUCION

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 14 Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos COMUNA DE MAXIMO PAZ c/SOSA JULIO s/APREMIO Expte. Nº 422/05, en relación al inmueble ubicado en calle 9 de Julio 872 de Máximo Paz, manzana 1, lote 4/ plano Nº de catastro 4/2 se ha resuello lo siguiente: Nº 1259 Fº 293 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin mas trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil treinta y siete con ochenta centavos ($ 1.037,80= en concepto de capital, con más la suma de pesos quinientos dieciocho con noventa ($ 518,90) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltase a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos Comuna de Máximo Paz c/Sosa Julio s/Apremio Expte. Nº 422/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Dr. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60832 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 14ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/VALERINO CARLOS s/APREMIO Expte. Nº 427/05, en relación al inmueble ubicado en calle Granaderos 722 de Máximo Paz, manzana 30 lote 5/B plano Nº de catastro 827/06 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1261 Fº 295 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil setecientos cincuenta y nueve con cuarenta centavos ($ 1.759,40) en concepto de capital, con más la suma de Pesos Ochocientos setenta y nueve con setenta centavos ($ 879,90) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Valerino Carlos s/Apremio Expte. Nº 427/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria, Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60833 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14ta. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al, cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/MENDOZA ELISA DE s/Apremio”, Expte. Nº 428/05, en relación al inmueble ubicado en calle Ituzaingo 243 de Máximo Paz, manzana 19 lote 3/A plano N° de catastro 493/7, se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1272 Fº 306 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos setecientos ochenta y nueve con cuarenta centavos ($ 789,40) en concepto de capital, con más la suma de pesos trescientos noventa y cuatro con setenta centavos ($ 394,70) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltase a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Mendoza Elisa s/Apremio”, Expte. Nº 428/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60876 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/REINOSO MARTA Y DONATO s/Apremio”, Expte. Nº 415/05, en relación al inmueble ubicado en calle Chacabuco 197 de Máximo Paz, manzana 21 lote 1/B plano Nº de catastro 560/3 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1283 Fº 317 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos dos mil noventa y seis con cuarenta centavos ($ 2.096,40) en concepto de capital, con más la suma de pesos mil cuarenta y ocho con veinte centavos ($ 1.048,20) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Reinoso Marta y Donato s/Apremio”, Expte. Nº 428/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60877 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/VERGINI ELDA s/Apremio”, Expte. Nº 423/05, en relación al inmueble ubicado en calle Ituzaingó 239 de Máximo Paz, manzana 19 lote 3/B plano Nº de catastro 492/9 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1276 Fº 310 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil doscientos sesenta y seis con cincuenta centavos ($ 1.266,50) en concepto de capital, con más la suma de pesos seiscientos treinta y tres con veinticinco centavos ($ 633,25) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Vergini Elida s/Apremio”, Expte. Nº 423/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60880 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/RIBOT HUGO s/Apremio”, Expte. Nº 431/05, en relación al inmueble ubicado en calle Chacabuco 365 de Máximo Paz, manzana 23 lote 2/A plano Nº de catastro 625/4 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1265 Fº 299 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos dos mil cuatrocientos cuarenta y seis con sesenta centavos ($ 2.446,60) en concepto de capital, con más la suma de pesos mil doscientos veintitrés con treinta centavos ($ 1.223,30) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Ribot Hugo s/Apremio”, Expte. Nº 431/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60882 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera instancia de Circuito de la 14ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/BAIOCCHI REMO s/APREMIO Expte. Nº 421/05, en relación al inmueble ubicado en calle Suipacha/ 9 de Julio de Máximo Paz, manzana 3 lote 4/plano Nº de catastro 38/0 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1277 Fº 311 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos cuatro mil quinientos ochenta y cinco con treinta centavos ($ 4.585,30) en concepto de capital, con más la suma de Pesos dos mil doscientos noventa y dos con sesenta y cinco centavos ($ 2.292,65) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Baiocchi Remo s/Apremio Expte. Nº 421/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria, Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60841 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera instancia de Circuito de la 14ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/GRAZIOLI HORACIO s/APREMIO Expte. Nº 419/05, en relación al inmueble ubicado en calle Ituzaingo 322 de Máximo Paz, manzana 7 lote 13/C plano Nº de catastro 120/6 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1279 Fº 313 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil trescientos cuarenta y dos con diez centavos ($ 1.342,10) en concepto de capital, con más la suma de Pesos seiscientos setenta y uno con cinco centavos ($ 671,05) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Grazioli Horacio s/Apremio Expte. Nº 419/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria, Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60835 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera instancia de Circuito de la 14ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/ZARATE EUGENIO s/APREMIO Expte. Nº 434/05, en relación al inmueble ubicado en calle Patricios 763 de Máximo Paz, manzana 12 lote 9/ plano Nº de catastro 281/6 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1269 Fº 303 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil quinientos veintisiete con cuarenta centavos ($ 1.527,40) en concepto de capital, con más la suma de Pesos seiscientos sesenta y tres con setenta centavos ($ 763,70) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Zarate Eugenio s/Apremio Expte. Nº 434/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria, Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60884 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera instancia de Circuito de la 14ª Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/SOSA JUAN CARLOS s/APREMIO Expte. Nº 424/05, en relación al inmueble ubicado en calle 9 de Julio 872 de Máximo Paz, manzana 1 lote 3/ plano Nº de catastro 5/9 se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1275 Fº 309 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil cuatro con ochenta centavos ($ 1.004,80) en concepto de capital, con más la suma de Pesos quinientos dos con cuarenta centavos ($ 502,40) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Sosa Juan Carlos s/Apremio Expte. Nº 424/05 Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria, Dra. Dora M. Corrente, Juez. Fdo. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60875 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/FOUQUET ENRIQUE s/Apremio Expte. N° 416/05, en relación al inmueble ubicado en calle 5 de Julio 962 de Máximo Paz, manzana 22 lote 9 plano N° de catastro 578/5 se ha resuelto lo siguiente: N° 1282 F° 316 T° III, Villa Constitución, 24, de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos mil setecientos siete con ochenta ($ 1.707,80) en concepto de capital con más la suma de pesos ochocientos cincuenta y tres con noventa ctvos. ($ 853,90) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Fouquet Enrique s/Apremio. Expte. N° 416/05. Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60883 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/COOPERATIVA LUZ Y FUERZA DE MAXIMO PAZ s/Apremio Expte. N° 429/05, en relación al inmueble ubicado en calle Ayacucho 595 de Máximo Paz, manzana 32 lote 5 plano N° de catastro 882/1 se ha resuelto lo siguiente: N° 1260 F° 294 T° III, Villa Constitución, 24, de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos seis mil setenta y nueve con veinte ctvos. ($ 6.079,20) en concepto de capital con más la suma de pesos tres mil treinta y nueve con sesenta ctvos. ($ 3.039,60) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Cooperativa Luz y Fuerza de Máximo Paz s/Apremio. Expte. N° 429/05. Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60867 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/LOPEZ ESTHER y Ots. s/Apremio Expte. N° 426/05, en relación al inmueble ubicado en calle 25 de Mayo 820 de Máximo Paz, manzana 16 lote 1/A plano N° de catastro 419/2 se ha resuelto lo siguiente: N° 1274 F° 308 T° III, Villa Constitución, 24, de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos seiscientos ochenta ($ 680) en concepto de capital con más la suma de pesos trescientos cuarenta ($ 340) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/López Esther y Ots. s/Apremio. Expte. N° 426/05. Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60864 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/GONZALEZ MAGDALENA s/Apremio Expte. N° 418/05, en relación al inmueble ubicado en calle 9 de Julio/5 de Julio de Máximo Paz, manzana 5 lote 1 plano N° de catastro 50/5 se ha resuelto lo siguiente: N° 1280 F° 314 T° III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos cuatro mil ciento veinte con veinte ctvs. ($ 4.120,20) en concepto de capital con más la suma de pesos dos mil sesenta con diez ctvos. ($ 2.060,10) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/González Magdalena s/Apremio. Expte. N° 418/05. Adriana Oronao, Secretaria. Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60843 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 14ta. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al, cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/CARAVILLO MARIA s/Apremio”, Expte. Nº 410/05, en relación al inmueble ubicado en calle Chacabuco 832 de Máximo Paz, manzana 13 lote 6/B plano Nº de catastro 313/7, se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1293 Fº 322 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos mil cuatrocientos ochenta y nueve con diez centavos ($ 1.489,10) en concepto de capital, con más la suma de pesos setecientos cuarenta y cuatro con cincuenta y cinco ($ 744,55) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Caravillo María s/Apremio”, Expte. Nº 410/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60830 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 14ta. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al, cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/CALLEGARI LILIANA y M. JOSE s/Apremio, Expte. Nº 411/05, en relación al inmueble ubicado en calle 25 de Mayo/Chacabuco de Máximo Paz, manzana 24 lote 1/B plano Nº de catastro 627/0, se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1292 Fº 321 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos cinco mil trescientos cincuenta y dos con trece centavos($ 5.352,13) en concepto de capital, con más la suma de pesos dos mil seiscientos setenta y seis($ 2.676) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Callegari Liliana y M. José s/Apremio”, Expte. Nº 411/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60828 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de Primera Instancia de Circuito de la 14ta. Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría al, cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: “COMUNA DE MAXIMO PAZ c/MONTENEGRO JUAN C. s/Apremio”, Expte. Nº 425/05, en relación al inmueble ubicado en calle 9 de Julio / Junín de Máximo Paz, manzana 13 lote 6/B plano Nº de catastro 313/7, se ha resuelto lo siguiente: “Nº 1273 Fº 307 Tº III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado con domicilio legal constituido, por parte y en el carácter invocado a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguese en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de Pesos dos mil doscientos cuarenta y nueve con ochenta centavos ($ 2.249,80) en concepto de capital, con más la suma de pesos mil ciento veinticuatro con noventa centavos ($ 1.124,90) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facultades a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula. Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: “Comuna de Máximo Paz c/Montenegro Juan C. s/Apremio”, Expte. Nº 425/05. Fdo. Dra. Adriana Oronao, secretaria; Dora M. Corrente, Juez. Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60825 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/KRUNRICH ALFREDO s/Apremio Expte. N° 435/05, en relación al inmueble ubicado en calle Patricios 973 de Máximo Paz, manzana 28 lote 9/B plano N° de catastro 756/7 se ha resuelto lo siguiente: N° 1267 F° 301 T° III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos dos mil setecientos veintiocho ($ 2.728) en concepto de capital con más la suma de pesos mil trescientos sesenta y cuatro ($ 1.364) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Krunrich Alfredo s/Apremio. Expte. N° 435/05. Adriana Oronao, Secretaria. Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60823 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición de la Sra. Juez de 1° Instancia de Circuito de la 14° Nominación de la ciudad de Villa Constitución, Dra. Dora M. Corrente, Secretaría a cargo de la autorizante, se hace saber que en los autos caratulados: COMUNA DE MAXIMO PAZ c/MAGDALENO LUIS s/Apremio Expte. N° 417/05, en relación al inmueble ubicado en calle Maipú 1083 de Máximo Paz, manzana 34 lote 14/B plano N° de catastro 954/8 se ha resuelto lo siguiente: N° 1281 F° 316 T° III, Villa Constitución, 24 de Junio de 2005. Por presentado, con domicilio Legal constituido, por parte y en el carácter invocado, a mérito del poder general que exhibe y se le devuelve dejando copia certificada en autos. Por iniciada la acción de Apremio que expresa. Cítese de remate a la parte demandada con la prevención de que si dentro del término de ocho días no opone excepción legítima, se llevará adelante la ejecución sin más trámite. Agréguense en autos el certificado de deuda acompañado. Trábese el embargo solicitado sobre el inmueble propiedad de la parte demandada, hasta cubrir la suma de pesos mil doscientos noventa y nueve con veinte ctvos. ($ 1.299,20) en concepto de capital con más la suma de pesos seiscientos cuarenta y nueve con veinte ctvos. ($ 649,60) estimados provisoriamente para intereses y costas futuras. Líbrese a sus efectos oficios de ley en forma al Registro General de la Propiedad. Facúltese a intervenir en el diligenciamiento al solicitante. Al punto 5) en su oportunidad. Notifíquese por cédula Martes y Viernes para notificaciones en la oficina. Autos: Comuna de Máximo Paz c/Magdaleno Luis s/Apremio. Expte. N° 417/05. Adriana Oronao, Secretaria, Dora M. Corrente, Juez, Hernán Ismael Procajlo, secretario subrogante.

S/C 60827 Mar. 4 Mar. 6

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª. Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos: DOMINGO ERNESTO E. s/Sucesión Expte. N° 15/09, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Ernesto Enrique Domingo, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 23 de febrero de 2009. Mirta G. Armoa, secretaria.

$ 15 60769 Mar. 4 Mar. 17

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito N° 14 en lo Civil, Comercial y Laboral de la 1ª. Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos: DOMINGO FERNANDO E. s/Sucesión Expte. N° 14/09, se cita a los herederos, acreedores y/o legatarios de Fernando Enrique Domingo, por diez días para que comparezcan a este Tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 23 de febrero de 2009. Mirta G. Armoa, secretaria.

$ 15 60760 Mar. 4 Mar. 17

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El Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito de la 1° Nominación de Villa Constitución, dentro de los autos caratulados: OLAZAR MARIA ESTHER s/Decl. de Herederos. Expte. N° 1295/08, llama a los herederos, legatarios, acreedores, de doña María Esther Olazar, por diez (10) días para que comparezcan a éste tribunal a hacer valer sus derechos. Villa Constitución, 24 de febrero de 2009. Orsaria, Agueda, Jueza, Mirta G. Armoa, secretaria.

$ 15 60765 Mar. 4 Mar. 17

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MELINCUE

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Octavo Distrito de Melincué, a cargo del Dr. Federico Longobardi, Secretaría de la Dra. Analía Irrazabal, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores legatarios de don LUIS SANTIAGO GUERINO, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Conste. (Exp. Nº 1531 - año 2008). Melincué, de 2009.

$ 18 60842 Mar. 4 Mar. 17

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia en lo Civil, Comercial y del Trabajo, Octavo Distrito de Melincué, a cargo del Dr. Federico Longobardi, Secretaría de la Dra. Analía Irrazabal, se cita, llama y emplaza a los herederos acreedores legatarios de don EVARISTA JUANA NORBERTA CUFRE, para que comparezcan a hacer valer sus derechos por el término de ley. Conste. (Exp. Nº 1445 - año 2008). Melincué, de 2009.

$ 18 60845 Mar. 4 Mar. 17

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VENADO TUERTO

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JUZGADO CIVIL, COMERCIAL

Y DEL TRABAJO


En autos caratulados “FERRARI, JUAN CARLOS s/LESIONES CULPOSAS” (Expte. Nº 1034/2006) que tramitan por ante este Juzgado Correccional de la Primera Secretaría de Venado Tuerto, a cargo de Dr. Héctor Vitelli; Dra. Lidia E. Barroso, Secretaria subrogante, hace saber que en los autos de la referencia se ha dictado la siguiente resolución: “Nº 435 Tº 12 Fº 234, Venado Tuerto 18 de Abril de 2008. Y VISTOS:... Y CONSIDERANDO:... RESUELVO: Regular los honorarios profesionales de los Dres. Víctor Hugo Gabbi y Pablo Ignacio Chiarlone en la suma de Pesos un mil ($.1.000) en conjunto y en proporción de ley, de conformidad a lo normado por el artículo 3º, 5º y 14 inciso “b” de la ley 6767.- Insértese el original, agréguese copia en autos, dese intervención a Caja Forense y notifíquese. Fdo. Dr. Héctor Vitelli, Juez; Dra. Lidia E. Barroso, Secretaria Subrogante.- Art. 24 de la Ley 6767: El profesional interviniente podrá solicitar la regulación de sus honorarios ante el Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial en turno, del lugar donde su hubiere tramitado el asunto.- Subsiguientemente, se procederá: a) El Juez hará la estimación con vista de las actuaciones administrativas y sin substanciación.- La regulación será notificada a la parte contra quien se hubiere solicitado, en su domicilio real y al mismo tiempo se la emplazará para que dentro del término ordinario, que es efecto nunca será inferior a diez días, constituya domicilio legal, con apercibimiento de que si no lo hiciere, se considerará que lo ha constituido en la Secretaría del Juzgado y se lo tendrá notificado de toda ulterior providencia o resolución en la forma y oportunidad establecida en el Art. 61º del Código Procesal Civil y Comercial.- b) El Juez de la regulación será también competente para conocer del juicio por cobro de los honorarios, cualquiera que fuere su cuantía.- El auto regulatorio, luego que quede firme constituirá título hábil para el apremio.- La citación y emplazamiento del deudor se practicará en el domicilio legal que hubiere constituido o en su defecto en la Secretaría, en la forma ya establecida.- c) Contra la regulación del juez procederá revocatoria y apelación en subsidio.- El plazo para interponer los recursos correrá desde el siguiente día de vencer el del inciso a) Art. 32 de la Ley 6767 modificado por Ley 12857: La solicitud de reajuste deberá notificarse también en el domicilio real de la parte a cuyo cargo se encuentra el pago de los honorarios con el fin de que ésta formule las observaciones que crea menester dentro del plazo de tres días, vencido el cual el tribunal resolverá sin más trámite. Venado Tuerto, 12 de Febrero de 2009. Dr. Héctor C. Vitelli, Juez, Dr. Ignacio E. Vacca, secretario.

$ 99,38 60894 Mar. 4 Mar. 6

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la Primera Nominación de Venado Tuerto, a cargo del Dr. Marcelo Ferraro, Juez, Secretaría de la Dra. María Celeste Rosso, en autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE VENADO TUERTO c/KOVACICH, PEDRO s/APREMIO” (Expte. Nº 90/2006), se ha dispuesto notificar a los Herederos del demandados Sr. Kovacich, Pedro y/o Quien Fiscalmente Responsable el siguiente Decreto: “Venado Tuerto, 22 de Febrero de 2005.- Proveyendo cargo Nº 1131/06: Por presentado, domiciliado y parte a mérito del Poder General que en fotocopia acompaña y se agrega en autos juntamente con la restante documental que adjunta.- Por iniciada la demanda de Apremio que expresa. Cítese y emplácese a la parte demandada par que dentro del término de ocho días oponga excepciones legítimas al progreso de la acción, bajo apercibimientos de que si así no lo hiciere se ordenará llevar adelante la ejecución del capital reclamado, intereses y costas.- Decrétase embargo Ejecutivo sobre el bien de la demandada hasta cubrir la suma reclamada con más la de $ 4845 estimados provisoriamente para intereses y costas futuras, oficiándose a sus efectos al Registro General de la Propiedad en la forma y con las constancias peticionadas. A lo demás oportunamente, Notifíquese. (Expte. Nº 90/06).- Dr. Marcelo Ferraro, Juez, Dra. María Celeste Rosso, Secretaria Venado Tuerto, 20 de Febrero de 2009.

$ 18 60829 Mar. 4 Mar. 10

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Por disposición del Señor Juez de Primera Instancia de Distrito en lo Civil y Comercial de la 10ma. Nominación de Rosario, Dr. Eduardo Oroño, Secretaría de la Dra. María Silvia Beduino, en los autos caratulados: ROMERO OSVALDO ALBERTO s/AUSENCIA CON PRESUNCION DE FALLECIMIENTO - Expte. Nº 586/05, se ha ordenado citar al ausente Sr. Osvaldo Alberto Romero, D.N.I. 12.404.228, a fin que comparezca a este Tribunal a tomar intervención, bajo apercibimientos de declararse el fallecimiento presumido, si no se presentare enjuicio, conforme lo normado por el art. 18 de la ley 14.394 C.C..- Publíquense los edictos en el Boletín Oficial, una vez por mes, durante seis meses.- Fdo. Dra. María Silvia Beduino - Secretaria.- Rosario.

$ 15 55028 Mar. 4

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