picture_as_pdf 2016-02-04

MINISTERIO DE JUSTICIA Y

DERECHOS HUMANOS


RESOLUCIÓN Nº 0001


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional",

08 de Enero de 2016

VISTO:

El expediente Nº 02001-0028471-1 del registro del Sistema de Información de Expedientes, de este Ministerio de Justicia y Derechos Humanos, en cuyas actuaciones se gestiona la modificación de los integrantes del Jurado del Concurso Interno para la cobertura del cargo de Subdirector de la Dirección General de Despacho - Nivel 08 - de esta Jurisdicción; y

CONSIDERANDO:

Que mediante Resolución N° 0441/14 (modificada por Resoluciones Nº 277/15 y Nº 369/15) se convocó a concurso interno para la cobertura del cargo de Subdirector General de Despacho - Nivel 08;

Que atento a la nota obrante a fs. 2, resulta necesario modificar parcialmente la integración del Jurado oportunamente conformado, en cuanto a los integrantes de la Entidad Gremial A.T.E.;

POR ELLO:

EL MINISTRO DE JUSTICIA Y DERECHOS HUMANOS

RESUELVE:

ARTÍCULO 1°- .Modifícase el Anexo II de la Resolución N° 0441/14 -modificada por Resoluciones Nº 277/15 y Nº 369/15- en la parte pertinente al apartado 1. Composición del Jurado, el cual quedará conformado, en cuanto a los Miembros por Entidades Sindicales (A.T.E.) de la siguiente manera: Titular: Sr. SERGIO TIRELLI y Suplente: Sra. MÓNICA GHIGLIA.

ARTÍCULO 2° - Regístrese, comuníquese a la Subsecretaría de Inclusión para Personas con Discapacidad dependiente del Ministerio de Salud, a la U.P.C.N., Seccional Santa Fe y A.T.E. Consejo Directivo Provincial Santa Fe, publíquese y remítase a la Dirección Provincial de Recursos Humanos.

Dr.RICARDO I.SILBERSTEIN

Ministro de Justicia y Derechos Humanos

16546 Feb. 4

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MINISTERIO DE GOBIERNO Y

REFORMA DEL ESTADO


SECRETARÍA DE TECNOLOGÍAS

PARA LA GESTIÓN


RESOLUCIÓN Nº 0003


SANTA FE, "Cuna de la Constitución Nacional"

29 de Enero de 2016.

VISTO:

El Expediente N° 00101-0256058-6 del Sistema de Información de Expedientes, mediante el cual la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado gestiona autorización para utilizar software propietario para la Escribanía de Gobierno; y

CONSIDERANDO:

Que la Ley Provincial N° 12.360, referida al uso de software libre, expresa en su Título IV - Excepciones -, Artículo 4° "La Autoridad de Aplicación será el encargado de establecer los casos en que podrá utilizarse software propietario....", atribución que fuera encomendada al Ministerio de Hacienda y Finanzas, en el Título III - Autoridad de Aplicación - Artículo 3°;

Que la ley N° 13.509, en su artículo 17°, incisos 29 y 30, asigna al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado las competencias específicas de entender en la definición y gestión de los estándares tecnológicos, procesos y procedimiento aplicables a la mejora de la gestión y a la incorporación de las Nuevas tecnologías de la Información y de las Comunicaciones (TICS) y de entender en la formulación y desarrollo de políticas informáticas;

Que a los fines del desarrollo de las competencias que se le asignan al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado se aprobó su organigrama funcional por Decreto N° 173/15, creándose diversos órganos intraministeriales y entre ellos, la Secretaría de Tecnologías para la Gestión bajo la dependencia directa e inmediata de su titular;

Que el Decreto N° 0205/07, en su Artículo 1° transfiere a la órbita de la Secretaría de Tecnologías para la Gestión del Ministerio de Gobierno y Reforma del estado a la Dirección General de Informática dependiente del ex Ministerio de Hacienda y Finanzas;

Que la autorización solicitada por la Sectorial de Informática del Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado, esta referida a la compra de una (1) licencia de Sistema Operativo MS Windows a ser destinada a una computadora portátil perteneciente a la Escribanía de Gobierno, la cual debe soportar el sistema notarial Escriplus.

Que el Decreto 1820/2005 establece en el Art. 4° inciso -f) "Razones de fuerza mayor debidamente justificados", que es el caso en el que se encuentra el presente requerimiento;

Que en cuanto a política informática la Provincia mantiene desde hace varios años la utilización preferente del software libre, lo que ha permitido la elaboración de diversas aplicaciones informáticas que comprenden varios miles de programas, que se encuentran hoy instalados en diversos Organismos que desarrollan sus actividades en toda la Administración;

Que esta tecnología ha creado un notable grado de independencia y autonomía con relación a los productos propietarios y consecuentemente de sus proveedores y si bien requiere de una significativa inversión en capacitación, en el largo plazo redundará en importantes ahorros de recursos para el Estado Provincial;

Que si bien aún se mantiene una gran cantidad de programas y sistemas propietarios heredados, tal cuestión obedece a que las funcionalidades cubiertas por los mismo no pueden ser abandonadas ni convertidas en el corto plazo, no obstante lo cual la Secretaría de Tecnologías para la Gestión recomienda enfáticamente la elaboración de planes de migración que faciliten la transición de la situación actual a una que se ajuste a la legislación vigente en el más corto lapso de tiempo posible;

Que los planes de migración deben permitir superar las limitaciones existentes en materia de software libre dando la solución adecuada a las necesidades actuales sin condicionar, modificar o contradecir la política general fijada para el sector y ya en ejecución, dirigida a sustituir los modelos denominados propietarios por otros que brinden la más amplia libertad de su utilización a la Provincia;

Que conforme lo expuesto, se considera procedente autorizar la Escribanía de Gobierno en carácter de excepción, a adquirir y usar el software propietario peticionado;

Por ello;

EL SECRETARIO DE TECNOLOGÍAS

PARA LA GESTIÓN

RESUELVE

ARTÍCULO 1°.- Autorizar a la Escribanía de Gobierno, a utilizar software propietario de conformidad al siguiente detalle:

MS Windows, una (1) licencia.

ARTÍCULO 2°.- Regístrese, comuníquese, publíquese y archívese.

16544 Feb. 4

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