picture_as_pdf 2015-02-04

DECRETO Nº 0145


Santa Fe, Cuna de la Constitución Nacional, 19 de Ene 2015;

VISTO:

El Expediente Nº 00701-0094860-5 del Sistema de Información de Expedientes del Ministerio de la Producción, mediante el cual la Secretaria del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios de esta Jurisdicción, solicita se declare de interés provincial la “FIESTA DE LA BONDIOLA A LA PARRILLA”, la que se realiza todos los años en el transcurso del mes de Noviembre en el salón comunal de usos múltiples, ubicado en la localidad de Coronel Fraga, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe; y

CONSIDERANDO:

Que esta celebración se encuentra organizada por la Sub Comisión Comunal y se realiza en forma ininterrumpida desde hace 7 años;

Que este evento cuenta con la presencia de un gran número de participantes de la localidad y localidades vecinas, en el cual se realizan espectáculos y se lleva a cabo la elección de la reina;

Que por Disposición Nº 074/14 la Secretaría del Sistema de Turismo, Comercio y Servicios del Ministerio de la Producción, recomienda al Poder Ejecutivo se declare de carácter provincial a la “Fiesta de la Bondiola a la Parrilla” y a la localidad de Coronel Fraga, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la misma;

Que es interés del Poder Ejecutivo apoyar eventos de esta naturaleza que constituyen un estímulo para quienes en las diversas actividades colaboran con esfuerzo y dedicación al afianzamiento del turismo provincial;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

Artículo 1°.- Declárase de Interés Provincial a la “FIESTA DE LA BONDIOLA A LA PARRILLA”, organizada por la Subcomisión Comunal, la cual se realiza todos los años en el transcurso del mes de Noviembre en el Salón de Usos Múltiples de la Comuna de Fraga, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe.

Artículo 2º.- Declárase a la Comuna de Coronel Fraga, Departamento Castellanos, Provincia de Santa Fe, como sede permanente de la Fiesta Provincial de la Bondiola a la Parrilla.

Artículo 3°.- Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

C.P.N. Carlos Alcides Fascendini

12753

__________________________________________