picture_as_pdf 2008-01-04

REGISTRADA BAJO EL Nº 12842

LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA

DE SANTA FE

SANCIONA CON FUERZA DE

L E Y:

ARTÍCULO 1.- Dónase a la Municipalidad de El Trébol, departamento San Martín, la fracción de terreno con todo lo clavado y plantado, ubicada en calle Larrechea N° 124, - Manzana N° 93-, del Distrito N° 15 - El Trébol, Departamento N° 12 - San Martín, Provincia de Santa Fe, cuyo dominio aparece anotado el 21/06/1927 a nombre de Gobierno de la Provincia de Santa Fe, al N° 024457, F° 00194, T° 056 - 1. El inmueble está empadronado a los fines del pago de impuesto inmobiliario bajo partida N° 12-15-00172680/0000-5.

ARTÍCULO 2.- La presente donación se efectúa con el cargo de proceder a la regularización del predio mediante la realización de un loteo, subdivisión y urbanización en beneficio de núcleos familiares.

ARTÍCULO 3.- Los gastos que demanden la donación establecida en esta ley serán soportados por la Municipalidad de El Trébol.

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo.

DADA EN LA SALA DE SESIONES DE LA LEGISLATURA DE LA PROVINCIA DE SANTA FE, A LOS VEINTINUEVE DÍAS DEL MES DE NOVIEMBRE DEL AÑO DOS MIL SIETE.

EDMUNDO CARLOS BARRERA

Presidente

Cámara de Diputados

MARÍA EUGENIA BIELSA

Presidenta

Cámara de Senadores

DIEGO A. GIULIANO

Secretario Parlamentario

Cámara de Diputados

RICARDO H. PAULICHENCO

Secretario Legislativo

Cámara de Senadores

SANTA FE, 26 diciembre de 2007

De conformidad a lo prescripto en el Artículo 57 de la Constitución Provincial, téngasela como ley del Estado, insértese en el Registro General de Leyes con el sello oficial y publíquese en el Boletín Oficial.

HERMES JUAN BINNER

Gobernador de Santa Fe

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