picture_as_pdf 2014-12-03

DECRETO N° 4251


SANTA FE, “Cuna de la Constitución

Nacional”, 16 NOV 2014.

VISTO:

El Expediente N° 00320-0004626-5 del S.I.E.; y

CONSIDERANDO:

Que se estima necesario ampliar los alcances del artículo 5° del Decreto N° 4035/14, incorporando a los agentes idóneos que realizan atención social en territorio y desempeñan tareas asimilables a los profesionales y revisten en Categorías inferiores a la 3;

Que consta en el expediente las notas de las entidades sindicales UPCN y ATE;

Que el presente se encuadra dentro de los atributos del artículo N° 72 inc. 1 de la Constitución de la Provincia de Santa Fe;

POR ELLO:

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA

ARTÍCULO 1º: Incorpórese al artículo 5° del Decreto N° 4035/14, a posteriori del cuadro Instituciones/Centros/Hogares/Casas de Amparo/Guardias, el siguiente texto:

Se encuentran comprendidos en el presente artículo los agentes idóneos que realizan atención social en territorio y desempeñan tareas asimilables a los profesionales, y que revistan en Categorías inferiores a la 3, en el porcentaje que les correspondiere de acuerdo a la función.”

ARTÍCULO 2°: Refréndese por los señores Ministros de Economía y de Gobierno y Reforma del Estado.

ARTÍCULO 3°: Regístrese, comuníquese y archívese.

BONFATTI

C.P. Ángel José Sciara

Rubén Dario Galassi

12388

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