picture_as_pdf 2012-12-03

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA


POR

MARIA DEL CARMEN GRANATO


Por disposición del Sr. Juez de Distrito Civil y Comercial de la 9° Nominación de Rosario a cargo del Dr. Marcelo R. Bergia, la Secretaria que suscribe hace saber que en autos: “REYNA, RUBEN JOSE s/Quiebra”; (Expte. Nº 1156/02), se ha dispuesto que la Martillera María del Carmen Granato proceda a lo que resuelvo: dispongo la venta del 100% del automotor marca Peugeot modelo 306 XR1.8 5 puertas. Tipo Sedan, dominio BMU754, año 1997 de titularidad del fallido mediante licitación por sobre cerrado con mejoramiento de ofertas para el día 10 de diciembre de 2012 a las 13:30 horas en el Juzgado. Los interesados deberán presentar ofertas en sobre cerrado en el expediente hasta el día 7 de diciembre de 2012. Los oferentes deberán depositar a nombre de este juicio y a la orden del Juzgado en una cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Sucursal Caja de Abogados (Suc. 80) un importe de $ 1.300 adjuntando el comprobante correspondiente conjuntamente con el sobre con la oferta (no pudiendo estar dentro del sobre). La falta de acompañamiento del comprobante del depósito tendrá como consecuencia la no consideración de la oferta. La exhibición de la unidad estará a cargo de la martillera y se realizará los dos días hábiles anteriores (6 y 7 de diciembre) a la licitación en el horario de 10 a 12 horas en el depósito N. Scabuzzo sito en calle San Lorenzo 4563. Los sobres con las ofertas se abrirán en la audiencia en la que podrán participar sólo los oferentes el día 10 de diciembre de 2012 a las 13:30 horas en el Juzgado. En tal oportunidad todos los oferentes tendrán posibilidad de mejorar la mejor oferta, con la base del valor de mercado, reducido en un 50%, esto es, $ 13.000. A tal fin se determinará un orden por sorteo con exclusión del que haya realizado la mejor oferta que ocupará el último lugar en el orden. Si hubiera más de una oferta igual que resultaran ser las mayores se sorteará entre los oferentes de las mismas para establecer su orden en los últimos lugares de la lista. Cada oferente que no manifieste interés en mejorar la oferta más alta perderá definitivamente el derecho de mejorar las posteriores. El mejoramiento deberá ser en todos los casos de $ 200. El bien se venderá a quien haya formulado la mejor oferta y una vez que no haya más interesados en mejorar la más alta obtenida. El comprador deberá constituir en el acta de licitación domicilio en Rosario, quedando constituido en la Secretaría si así no lo hiciere. El comprador deberá abonar la comisión al martillero que se fija en el 10% del valor de la venta más IVA si correspondiere en el acto de licitación y depositar o transferir el 30% del precio (además del depósito ya realizado) el día hábil bancario siguiente en la cuenta judicial a abrirse en el Banco Municipal de Rosario, Suc. Caja de Abogados (Suc. 80) a nombre y a la orden de este Juzgado. El saldo deberá ser depositado o transferido dentro de los 5 días de notificado el auto aprobatorio de la venta en la misma cuenta. Los depósitos de los oferentes no adjudicados serán reintegrados inmediatamente. El automóvil sale a la venta en el estado y condiciones que se encuentra y que constan en el acta de secuestro de fojas 735/736. Las patentes y multas que adeude el automotor, como el IVA, el impuesto a las ganancias, el impuesto a los ingresos brutos y cualquier otro impuesto (en caso de corresponder) que graven el acto de venta y los impuesto y los impuestos que graven el acto de transferencia de dominio y que por ley corresponda ser pagados por el vendedor, serán abonados con el producto de la venta con el privilegio que corresponda según lo dispuesto por la ley 24.522 y el C. Civil. A tal fin, una vez aprobada la licitación se le correrá traslado a los organismos recaudadores a fin de que se presenten dentro del plazo de 10 días a acreditar su crédito y aportar todos los datos necesarios para transferir el importe de los mismos a sus cuentas o los datos de la persona autorizados para cobrarlos en forma directa, bajo apercibimiento de hacerse reserva de los importes informados previo a la licitación si los mismos resultaran verosímiles o de no hacerse reserva si no resultaran tales y disponer del saldo. La falta de ejercicio de tales derechos en ningún caso suspenderá el proceso de distribución del dividendo concursal (incluido los fondos obtenidos en esta venta). Los impuestos que gravan el acto de transferencia serán reservados por el valor que surja de aplicar las alícuotas respectivas, lo que deberá ser solicitado por el comprador al depositar el saldo de precio acompañando el cálculo de los mismo bajo apercibimiento de abonarlos él si así no lo hiciera. Cualquier incremento en los mismos que surja a la fecha de transferencia serán a cargo del comprador. Las patentes y cualquier otro impuesto que graven el automotor serán a cargo del comprador desde la fecha de la licitación. La posesión será entregada una vez cancelado el total del precio. Si la venta fracasara por culpa del postor u oferente, será aplicado el artículo 497 del CPCC. Publíquense edictos en el BOLETIN OFICIAL, en el diario La Capital de conformidad con el presupuesto glosado en autos a fojas 804, en el diario jurídico El Jurista y hall de Tribunales. En tales publicaciones y en el total de la publicidad a realizarse se detallará todo el procedimiento precedentemente dispuesto en forma sintetizada. Hágase saber a la martillera actuante que los edictos de licitación deberán ser presentados para su firma en Secretaría por los menos 5 días antes del último día para su publicación en los diarios respectivos como así también que la publicación deberá haber terminado 5 días antes de la fecha de presentación de sobres. Regístrese y agréguese copia al expediente. Todo lo que se hace saber a los efectos legales que por derecho hubiere lugar. Rosario, 28 de noviembre de 2012. Eliana Gutiérrez White, secretaria.

S/C 186247 Dic. 3 Dic. 7

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MIGUEL ANGEL MERCERAT


Por disposición Sr. Juez 1° Instancia Distrito Civil Comercial 6° Nominación Rosario, en autos: “MUNICIPALIDAD DE FUNES c/OTROS s/Apremio Fiscal”, Expte. 767/01 (demandado L.E. 2.175.483), el Martillero Miguel Angel Mercerat (C.U.I.T. 20-17669315-1), venderá en pública subasta el día 11 de diciembre de 2012 a las 11,30 horas, en el Juzgado Comunitario de las Pequeñas Causas de la localidad de Funes, con la base de $ 6.813,28, de no haber postores por la base, seguidamente saldrá con retasa del 25%, y de persistir la falta de postores saldrá con la última base del 50% de la primera base, el siguiente inmueble: “un lote de terreno, situado en la localidad de Funes, Depto Rosario, el cual de acuerdo al plano levantado por el Ingeniero Civil Antonio I. Azurmendi, en noviembre de 1959, registrado en el mismo año bajo el N° 23.787, es el designado con el N° 35 de la manzana letra “A”; se halla ubicado en la calle Dos entre calle Pública y General López, a los 61,45 m. de la calle General López hacia el Este, y mide 12 m. de frente hacia el Sud, sobre la calle N° Dos, por 39,25 m. de fondo hacia el Norte; lindando: al Sud con la calle n° Dos, al Norte con fondo del lote N° 4, al Este con el lote N° 34 y al Oeste con el lote N° 36, todos de igual plano, encerrando una superficie total de 471 m2”. Dominio inscripto al T° 414 B, F° 240, N° 121.512, Depto Rosario. Embargo: T° 121 E, F° 1861, N° 344.606 del 31/05/12 (nota anterior T° 116 E, F° 3392, N° 352.039 del 15/06/07) por $ 4.226,97, por orden del Juez de estos autos. No se registran hipotecas ni inhibiciones. El comprador abonará en el acto de remate el 10% del precio de compra más el 3% de comisión al martillero, en dinero efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio deberá depositarse dentro de los 5 días de notificada la aprobación de la subasta, de acuerdo al art. 499 del C.P.C.C., y si intimado el adquirente no efectuare el pago, se dejará sin efecto la misma, con el apercibimiento del art. 497 del C.P.C.C. Previo a la aprobación de la cuenta de gastos deberá oficiarse al Registro General con copia certificada del acta de subasta a fin de que se tome razón marginalmente de la misma sin que implique transferencia a favor del adquirente, lo cual se efectivizará una vez reunidos los requisitos correspondientes (saldo de precio, posesión, etc.). De comprarse en comisión debe indefectiblemente comunicarlo en el acto del remate, haciendo saber los datos personales de aquel por quien compra en el plazo de tres días a partir de la fecha de subasta. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, por lo que se excluye en la especie la opción prevista en el art. 505,2° parr. del C.P.C.C. Para el caso que la suma ut supra mencionada supere el valor de $ 30.000, no podrá realizarse en efectivo, optando por los medios de pago mencionados o en su defecto se deberá depositar previo al día de la subasta dicha monto en el Banco Municipal de Rosario Sucursal 80 Caja de Abogados a la orden de este Juzgado y para estos autos conforme disposición del Banco Central de la República Argentina según comunicación “A” 5147 de fecha 23.11.2010. Respecto del saldo de precio deberá asimismo cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A por lo cual de superar el importe de $ 30.000, deberá realizarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este Tribunal y/o el martillero actuante a la A.F.I.P. Las deudas por impuestos, tasas, contribuciones y/o servicios, deudas con la Municipalidad de Funes de acuerdo a la ordenanza N° 280/02, gastos e impuestos de transferencia, e I.V.A. si correspondiere, serán a cargo del comprador. Las copias de títulos se hallan agregadas a autos y a disposición de los interesados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por la falta o insuficiencia de los mismos posteriores al remate. Se subasta en el estado de ocupación en que se encuentra según constancias de autos. Se hace saber a efectos legales. Rosario, 27 de Noviembre de 2012. María Belén Baclini, secretaria.

S/C 186015 Dic. 3 Dic. 5

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MARIA LAURA MASSERA


Por disposición del Sr. Juez de 1° Instancia de Distrito Civil y Comercial de la 8ª Nominación de Rosario, la Secretaría que suscribe hace saber: Que en los autos caratulados: “MUNICIPALIDAD DE ROLDAN c/OTRO s/Apremio Fiscal Expte. Nº 977/07”, se ha ordenado que la Martillera María Laura Massera, Matrícula Nº 1983-M-192, C.U.I.T. 23-25171329-4, proceda a vender en Pública Subasta el día 10 de Diciembre de 2012, a las 10 horas, en el Juzgado Comunal de Roldán, Pcia. de Santa Fe, con la base de $ 26.500, de no haber oferentes, en segunda subasta, con la base retasada en un 25%, y de persistir la falta de interesados se retirará la oferta del siguiente Inmueble, situado en la ciudad de Roldán (Lote 6 de la Manzana F, Plano N° 62314/1970, Catastro Nº 08446/00) que forma parte de una fracción de terreno de mayor área y que según su título se describe así: “Tercero: Los Lotes Números Uno, Dos, Tres, Cuatro, Cinco, Seis, Siete, Ocho y Nueve de La manzana Letra F, que unidos miden veinte metros en sus costado Norte y Sud por ciento veinte metros en el Este y Oeste, Lindando: por el norte, Oeste y Sud con calles Públicas y por el Este con Mamerto Rentería; forma una superficie de dos mil cuatrocientos metros cuadrados. “El inmueble se vende en el estado de ocupación en que se encuentra desocupado según constancia de autos. De informes, Registro General, surge dominio del inmueble inscripto a nombre del demandado, al T° 165 F° 68 N° 177487, Dpto. San Lorenzo. El demandado no registra Inhibición.- El inmueble no registra Hipoteca; Registra Embargo: 1) al T° 121 E F° 1610 N° 339897, de fecha 16/05/12, por la suma de $ 13.442,37 por orden de este Juzgado y para estos autos. Quien resulte adquirente deberá abonar en el acto de subasta el 10% del precio alcanzado, más el 3% en concepto de comisión de ley al martillero, en efectivo y/o cheque certificado. El saldo de precio deberá ser depositado por el adquirente, mediante depósito en cuenta judicial del Banco Municipal de Rosario Sucursal Colegio de Abogados para estos autos y a la orden de este Juzgado, una vez aprobada la subasta en el termino de cinco días caso contrario deberá abonarse por el retraso en concepto de interés la tasa activa que cobra el Banco Nación Argentina en las operaciones de descuento de documentos a 30 días desde la fecha de subasta y bajo el apercibimiento contenido en el art. 497 C.P.C.C. Para el caso que las sumas ut supra mencionadas superen el valor de $ 30.000, deberá cumplimentarse con lo dispuesto por la comunicación “A” 5147 del B.C.R.A. según la cual no podrá realizarse en efectivo debiendo optarse por transferencia interbancaria. En caso de incumplirse dicha disposición se hace saber de manera expresa que la infracción a la normativa vigente será comunicada por este tribunal y/o el martillero actuante a la A.F.I.P. Los impuestos, tasas, contribuciones y/o cualquier otro gravamen que pesen sobre el bien inmueble adeudados (nacionales, provinciales, municipales o comunales) e I.V.A. si correspondiere son a cargo exclusivo del comprador, como así también los gastos, sellados, y honorarios notariales producidos por la transferencia dominial del inmueble. También serán a su cargo los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianerías en su caso. Incluyese también a cargo del comprador: impuesto nacional a la transferencia de inmuebles de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) o ganancias, impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 inc. F Código Fiscal). El oferente deberá encontrarse presente en el remate, bajo apercibimiento de tenerlo por desistido en ese mismo acto. El adquirente del inmueble subastado deberá acudir a escribano público para confeccionar la escritura pública que instrumentará la transferencia de dominio a su favor, consecuentemente se excluye la opción prevista en el art. 592 2° párrafo del C.P.C.C. Las copias y los títulos agregados a autos están a disposición de los interesados en Secretaría para ser examinados, haciéndose saber que no se aceptarán reclamos por insuficiencia o falta de ellos en el acto de remate o con posterioridad. Lo que se hace saber a todos los fines y efectos legales.- Rosario, de Noviembre de 2012. Santiago M. Malé Franch, secretario.

S/C 185967 Dic. 3 Dic. 5

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POR

NORMAN EFRAIN FARIAS


Por disposición del Juzgado de Distrito de la 13ª Nom. de Rosario, la Secretaría que suscribe manifiesta que en autos MULHALL HECTOR DANIEL s/Quiebra Expte. 1465/06, el Martillero Norman Efrain Farias, (Cuit 20-06026324-9) subastará el día 19 de Diciembre de 2012 a las 15 hs, en la Asoc. de Martilleros, calle Entre Ríos 238 Rosario, o el día inmediato posterior de resultar aquel feriado o inhábil, a la misma hora y lugar fijados, la Cochera A-14 ubicada en el edificio Cosmos, calle Mitre 957 y las partes comunes que establece el Regl. de Co-Prop. y Adm. inscripta al T° 412 F° 463 Nº 107538 Depto. Rosario. Se incluye la parte indivisa que representa el Cero con Seis Mil Veinticuatro Diez Milésimos por Ciento de la Parcela 00-04 que forma parte del mismo edificio destinada a ingreso vehicular en rampa y circulación de cocheras. Es de indivisión forzosa debido a la especial afectación. Informe Registro, consta el dominio en forma. Inhibición: T° 18 IC F° 21 N° 303320 del 9/1/08 s/quiebra, estos actuados. Saldrá a la venta con la base de $ 85.000 en el estado de ocupación en que se encuentre, según constancia de autos. Si no hubiere postores con retasa del 25% y si tampoco hubiere postores con una última retasa del 10% del monto resultante de 1ra. retasa. El comprador abonará acto remate el 10% del precio en efectivo, cheque certificado o cheque cancelatorio, con más el 3% de comisión al Martillero. Deberán cumplimentarse con las comunicaciones del Banco Central de la Rep. Argentina “A”5147 y “A”5212 según circular Nº 79/11 de la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe. Para el caso de que el precio de compra, el saldo de venta o la comisión del Martillero superen la suma de Treinta mil pesos ($ 30.000) no se aceptará su cancelación en dinero en efectivo, debiendo optarse por las siguientes medios de pago: Transferencia bancaria, cheque cancelatorio o cheque certificado. El saldo de precio deberá ser abonado una vez aprobada la subasta, caso contrario deberá abonarse por el retraso, en concepto de intereses, la tasa activa promedio mensual que percibe el nuevo Banco de Santa Fe S.A., desde la fecha de la subasta hasta su efectivo pago, todo sin perjuicio de la aplicación en su caso del art. 497 del C.P.C.C. y si intimado no efectúa el pago, se dejará sin efecto la venta. Copia de títulos agregados a los autos en Secretaría a disposición interesados para ser examinados, no aceptándose reclamo alguno por insuficiencia o falta de ellos posteriores al remate (art. 494 inc. 2 y 3 del C.P.C.C.) Los impuestos, tasas, contribuciones, expensas que se adeudaren a partir de la fecha de declaración de quiebra están a cargo del adquirente. Compra por terceros, fíjase como condición de subasta que el adquirente designe en el acto del remate la identidad de la persona para la cual adquiere, estableciéndose el término de cinco días para la ratificación de la persona indicada. Transcurrido el plazo señalado sin la ratificación correspondiente, todos los efectos de la subasta se producirán respecto del adquirente que participó en el acto de subasta. Publíquense edictos de Ley en el BOLETIN OFICIAL y diario El Jurista. A los fines de obtener el título el adquirente deberá acudir a Escribano público a fin de protocolizar los testimonios correspondientes a las diligencias relativas a la venta y posesión para su posterior inscripción en el Registro General, quedan excluidas por lo tanto las otras opciones previstas en el art. 505 del C.P.C.C. Los gastos, sellados y honorarios notariales, serán exclusivamente a cargo del comprador en subasta, como así también los que puedan resultar por nuevas mensuras, regularización de planos y/o medianería en su caso. Entre los impuestos a cargo del comprador incluyese, entre otros que corresponda, los siguientes: impuestos nacional a la transferencia de inmuebles, de personas físicas y sucesiones indivisas (ley 23.905) impuesto provincial sobre los ingresos brutos en caso de corresponder su aplicación (art. 125 Inc. f Código Fiscal) e I.V.A. El inmueble se exhibirá dos días hábiles anteriores a la subasta en el horario de 10 a 12 hs. Todo lo que se hace saber a sus efectos legales. Secretaría, 23 de Noviembre de 2012. Jessica Cinalli, secretaria.

S/C 186054 Dic. 3 Dic. 7

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